Líneas estratégicas

‘La policía cree que solo por ser afro uno es un criminal’: denuncian nuevo caso de perfilamiento racial en Cartagena 

ILEX brindará acompañamiento jurídico a los jóvenes del colectivo Barrio Fino Mundial que fueron retenidos y trasladados de forma irregular por la policía en Cartagena. Para Ariel Valdez es difícil recordar con exactitud el número de ocasiones en las que ha sido víctima de perfilamiento racial en su natal Cartagena. Ser un reconocido artista de las faldas del Cerro de la Popa y haber sido nombrado embajador para la Reconciliación de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), en 2018, tampoco lo ha librado de las constantes requisas, hostigamientos y malos tratos por parte de los agentes de policía en la ciudad.  El caso más reciente se presentó el pasado 27 de octubre.  Ariel y otros cuatro jóvenes afrodescendientes que hacen parte del proyecto Barrio Fino Mundial, un colectivo que promueve entornos de paz por medio de la producción musical en los barrios vulnerables de la ciudad, fueron perfilados, retenidos y traslados injustamente a una Estación de Policía ubicada cerca a la Plaza de la Aduana. “Esa noche habíamos salido de un evento en el Centro de Convenciones y nos encontramos en  la Plaza de la Trinidad con Sheyla, una comunicadora con la que estamos trabajando en un proyecto cultural. Pasaron diez minutos y fuimos interceptados por cuatro policías que atravesaron toda la plaza hasta llegar a donde estábamos nosotros. Sin más, no pidieron una requisa. Cuando preguntamos por qué el motivo de la requisa, no recibimos una respuesta. Lo único que nos dijeron fue: “que a quien le moleste, que no salga de su casa””, denunció Ariel.   La situación escaló rápidamente. De acuerdo con el relato de Sheyla Blanco, la comunicadora social y gestora cultural que se encontraba con los jóvenes en la Plaza de la Trinidad, uno de los integrantes del grupo, sin justificación alguna, fue conducido por los agentes hasta un vehículo de la policía, pese a que ya se le había hecho la requisa.  “En ningún momento nos dijeron a dónde se iban a llevar al compañero. Todo el tiempo nos trataron de forma muy agresiva. Ahí fue cuando todos decidimos montarnos en el camión de la policía y acompañarlo”, recuerda Sheyla.  Los jóvenes  también relataron a ILEX Acción Jurídica que fueron víctimas de hostigamientos e intimidaciones verbales por parte de los agentes que los escoltaron en el camión hasta una estación de policía. Allí se toparon con otros treinta jóvenes que también habían sido retenidos esa noche, en su mayoría afrodescendientes, artistas y vendedores informales que trabajan en el gentrificado Centro Histórico de la Ciudad. “Me duele mucho que estas situaciones pasen. Lo he vivido en un banco en un barrio como Manga, como Crespo, simplemente por parecer sospechoso para la policía mereces ser requisado y conducido sin explicación a un CAI. Y si pides explicaciones y ellos se sienten ofendidos, quizás, hasta te pegan, en esta ciudad es así. No tiene sentido que esto nos pase a quienes estamos apoyando la cultura en Cartagena. No tiene sentido que los afros  no podamos gozar como los turistas de los espacios turísticos en nuestra ciudad”, denunció Ariel en un video grabado tras salir de la estación.  No tiene sentido que esto nos pase a quienes estamos apoyando la cultura en Cartagena. No tiene sentido que los afros  no podamos gozar como los turistas de los espacios turísticos en nuestra ciudad” En las imágenes se ve al grupo de jóvenes con los rostros desconfigurados por las esquirlas de la violencia policial racista que acecha a diario los cuerpos de las personas afrodescendientes en una de las ciudades con mayor proporción de población afro en todo el país. “Por este tipo de situaciones es que cada vez nuestros chicos van menos al centro. Nos están desplazando del Centro Histórico. Uno no puede estar ahí porque enseguida le cae la policía porque creen que solo por ser afro uno es un criminal. No podemos seguir callando, estos hechos tienen que ser denunciados”, sentencia Sheyla.  Desde  ILEX Acción Jurídica condenamos este caso de perfilamiento racial y brindaremos acompañamiento jurídico a los jóvenes del colectivo Barrio Fino Mundial que fueron retenidos y trasladados de forma irregular por la Policía en Cartagena. Además, reiteramos a la Policía que no puede hacer uso de la fuerza sin el cumplimiento de los principios de proporcionalidad, necesidad, legalidad y no discriminación , ni incurrir en conductas discriminatorias o racistas en el ejercicio de sus funciones. La violencia policial racista es un fenómeno constante que debe ser atendido y eliminado por el Estado con la aplicación de una reforma policial integral y contundente, y la revisión y cambio estructural de las instituciones.  Reiteramos que la ausencia de procesos disciplinarios que sancionen la discriminación racial por parte de miembros de la Fuerza Pública representa una falta de garantías para el derecho a la justicia de la población étnico-racial en Colombia. La violencia policial racista que se esconde tras las murallas de Cartagena El “corralito de piedra” es un territorio inseguro para las juventudes afro. En los últimos dos años, ILEX Acción Jurídica ha registrado un aumento sustancial en el número de denuncias de homicidios y casos de violencia policial racista contra jóvenes afrodescendientes en la ciudad.  El 24 de agosto del 2020, durante el periodo de aislamiento social decretado por la pandemia del COVID-19, fue asesinado en Cartagena, a manos de la policía, el adolescente afro, Harold Morales Payares, de 17 años de edad.  Sobre el caso, el antiguo comandante de la policía de Cartagena y actual director de la Policía Nacional, Henry Sanabria, afirmó en su momento que el joven resultó herido en medio de un enfrentamiento armado con agentes de la policía. No obstante, tras una investigación alentada por organizaciones de derechos humanos, la Fiscalía pudo demostrar que le dispararon por la espalda mientras corría luego de un cruce de palabras con policías que lo asediaron en su lugar de trabajo. Por estos hechos fueron judicializados tres policías.  Ocho meses después del asesinato de Harold, el 7 de febrero del 2021, …

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Presentamos intervención ciudadana que controvierte nulidad del título colectivo del Consejo Comunitario de La Boquilla

En el documento señalamos que el Tribunal Administrativo de Bolívar interpretó erróneamente el régimen de tierras  para comunidades negras. ILEX Acción Jurídica radicó ante el Consejo de Estado una intervención ciudadana con el objetivo de contradecir los argumentos que llevaron a la decisión de primera instancia del  Tribunal Administrativo de Bolívar (sentencia No. 1 del 31 de  julio de 2020) que anuló la Resolución 467 de 2012 del INCODER que adjudicó la titulación colectiva  de una parte del sector de la Boquilla a las comunidades negras de Cartagena.  En el documento advertimos que el Tribunal Administrativo de Bolívar interpretó erróneamente el régimen de tierras  para comunidades negras establecido en la LEY 70 de 1993,  al argumentar que este territorio no podía ser adjudicado como propiedad colectiva debido a que se encuentra  cobijadO por el “componente urbano” del Plan de Ordenamiento Territorial de Cartagena (POT). Consideramos que esta conclusión es errada por tres razones:  1) Las expresiones “zona  rural” y “área urbana” del régimen de tierras de las comunidades negras no se refieren a  los componentes ni a las clasificaciones de suelo del régimen de ordenamiento territorial  de los municipios y Distritos, sino a la organización político-administrativa entre  corregimiento y comuna del régimen municipal y distrital. 2) Los POT, por su naturaleza  jurídica, no pueden modificar los mecanismos de acceso a la propiedad, aunque sí pueden  modificar usos que pueden afectar los derechos territoriales de comunidades negras.  3)  La titulación colectiva en la Boquilla es necesaria para defender los derechos territoriales de  las comunidades negras, frente a los riesgos que permite el POT de Cartagena.  Descarga aquí la intervención completa.web

Raíces del Manglar: las mujeres concheras que son ejemplo de economía solidaria en Tumaco

Te recomendamos leer: Política fiscal y justicia racial: el desafío de transformar las realidades de la población afro en América Latina La concha o piangua es un bivalvo que tiene como hábitat los bosques de manglar del Chocó biogeográfico y es fuente de alimento de las comunidades del Pacífico sur colombiano. Es por esta razón que un grupo de mujeres, llamadas concheras, generan ingresos a partir de la extracción de este molusco de los manglares. Aunque se trata de una práctica ancestral, fundamental para la cultura del territorio, las concheras no cuentan con condiciones laborales dignas y sus ingresos no les permiten salir de la pobreza, pese al arduo esfuerzo en su labor. Raíces del Manglar, mujeres concheras, ejemplo de economía solidaria en Tumaco, es un documental realizado por Play Tumaco y la Asociación de Mujeres Concheras Raíces Del Manglar, con el apoyo de ILEX Acción Jurídica y la Iniciativa por los Derechos Humanos en la Política Fiscal. Desde ILEX Acción Jurídica hacemos un llamado al Estado para que implemente medidas efectivas que permitan a las mujeres concheras de Tumaco desarrollar esta actividad de forma digna, garantizando así su autonomía económica y el desarrollo sostenible de sus comunidades.   La conchería es una actividad que hace parte de la identidad étnico y cultural de la población afrodescendiente. Cuando el Estado al no protege a las concheras está poniendo un riesgo un activo cultural esencial dentro de las dinámicas de los territorios y los lazos comunitarios que esta implica. Así mismo, insistimos en la necesidad de implementar políticas fiscales progresivas, con enfoque étnico racial, que subsanen de forma efectiva la desigualdad que afronta la población afrodescendiente en el país, especialmente en el Pacífico colombiano. Análisis de la política fiscal como instrumento para alcanzar la justicia racial desde el enfoque étnico-racial en América Latina

Recomendaciones para la implementación de un sistema de monitoreo con enfoque étnico-racial

Recomendaciones para la implementación de un sistema de monitoreo con enfoque étnico-racial para la recopilación de datos sobre riesgo y vulneraciones a los derechos humanos de líderes y lideresas sociales y personas afrocolombianas defensoras de derechos humanos La diversidad de fuentes de información, las diferencias metodológicas entre los sistemas, las diferencias entre la cobertura y presencia territorial, la periodicidad y los problemas del concepto de defensor/a afrocolombiano hacen que el resultado final de la recolección de datos varíe entre organizaciones de la sociedad civil y entidades oficiales. Las amenazas y asesinatos contra líderes, lideresas y personas defensoras de derechos humanos en Colombia son una preocupación tanto nacional como internacional. En la actualidad, diferentes organizaciones de la sociedad civil afirman la existencia de sistematicidad en la comisión de estos delitos. Este fenómeno ha sido objeto de seguimiento y análisis por parte de entidades del Estado y la sociedad civil, razón por la cual existen varios sistemas de monitoreo que buscan entender la dimensión real del problema. Sin embargo, ello no ha sido del todo posible debido a la complejidad de lograr la interacción y diálogo entre estos sistemas. La diversidad de fuentes de información, las diferencias metodológicas entre los sistemas, las diferencias entre la cobertura y presencia territorial, la periodicidad y los problemas del concepto de defensor/a afrocolombiano hacen que el resultado final de la recolección de datos varíe entre organizaciones de la sociedad civil y entidades oficiales. Al hacer un análisis de las cifras disponibles sobre amenazas y asesinatos a personas defensoras de derechos humanos se presenta una paradoja entre la informació geográfica de estas violencias y las cifras de violencias contra líderes, lideresas y personas negras/afros defensoras de derechos humanos. Es decir, aunque las zonas en las que se registran la mayoría de estas violencias coinciden con los municipios que tienen alta presencia de comunidades negras, al consultar las cifras de afectación a los liderazgos afros, estas se presentan como mínimas o, en muchos casos, como nulas. Esto es lo que llamamos un subregistro de las violencias contra líderes, lideresas y personas negras/afros defensoras de derechos humanos. Nos interesa dejar claro que, en este documento usamos las categorías “persona defensora de derechos humanos” y “líder” o “lideresa”, con pleno conocimiento y conciencia de las diferencias que se discuten al respecto, aunque en algunos apartes parezca usarse indistintamente. En el caso de las personas particulares que fueron entrevistadas en el desarrollo de la investigación, aclaramos que nos referimos a ellas como líderes y lideresas, respetando el autorreconocimiento que esa persona hizo en el desarrollo de la correspondiente entrevista. Reconocemos la necesidad de seguir reflexionando conjuntamente sobre este tema. Este documento no pretende llegar a conclusiones que cierren las brechas y problemas identificados en tanto su magnitud impide tal objetivo, sino identificar algunas dificultades y seguir construyendo el camino hacia su superación. Te recomendamos leer: ¿Cómo superar el amplio subregistro de las violencias contra líderes y lideresas afro en Colombia?

¿Cómo superar el amplio subregistro de las violencias contra líderes y lideresas afro en Colombia?

Nilson Antonio Velasquez Gil fue el primer líder social cuya vida perdimos en 2022. El pasado 10 de enero, el afrodescendiente de 51 años de edad y líder comunitario en el Medio San Juan (Chocó), fue torturado y asesinado  durante una arremetida violenta de la guerrilla del ELN que generó el desplazamiento masivo de las comunidades de Paimadó, Choqui y Calle del Fuerte.  Siete días después, la Mesa de Derechos Humanos y Atención Humanitaria del Oriente de Antioquia denunció el homicidio de Mario Jonathan Palomino, afrodescendiente, defensor del medio ambiente y profesor de una escuela rural en la vereda La Chapa, del municipio El Carmen Viboral.  Sin embargo,  a pesar de que los dos crímenes estarían ligados a la grave crisis humanitaria que asola a buena parte de los territorios afrodescendientes en el país, la pertenencia étnico-racial de los líderes asesinados fue invisibilizada en las bases de datos de entidades del Estado y organizaciones de la sociedad civil que monitorean los crímenes cometidos contra personas defensoras de derechos humanos en Colombia.  La ausencia de un sistema robusto, con parámetros claros y unificados para el registro o monitoreo sobre las violaciones contra personas defensoras de derechos humanos, ha permitido que en muchos casos el registro de amenazas y asesinatos (dos de las principales violaciones registradas) de defensores y defensoras deje de lado el factor étnico-racial cuando este no es identificado como la principal causa del riesgo. Esta situación también explicaría las discrepancias en las cifras de los consolidados sobre asesinatos de líderes líderes, lideresas y personas negras/afrodescendientes defensoras de derechos humanos en Colombia. 

¿Qué está pasando en Buenaventura?

Los enfrentamientos entre las grupos armados locales mantienen confinados y en medio de la zozobra a miles de personas en la zona de Baja Mar del Distrito.  Este martes, unidades de la policía de Buenaventura fueron hostigadas por más de dos horas por grupos al margen de la ley, en los barrios Kennedy, San Luis y Juan XXIII.  “En el marco de las confrontaciones que se viene librando por parte de los “Shotas” y los “Espartanos” de la organización multicrimen la “Local”. (…) En el barrio Juan XXIII del Distrito de Buenaventura se presentó un intercambio de disparos entre estas dos estructuras (…) por lo cual se genera una oportuna reacción por parte de la Policía Nacional y la Armada Nacional que permitió oportunamente las circunstancias protegiendo la vida e integridad de los moradores”, manifestó en un comunicado Arlington Agudelo, secretario de Gobierno de Buenaventura.  Así reportaron la emergencia algunos/as  lideres/as de la ciudad en sus redes sociales:  Los Shotas y Los Espartanos son dos facciones armadas de La Local,  un grupo multicrimen descendiente de las estructuras narco-paramilitares que cooptaron y formaron a toda una generación de niños y niñas bonaverenses en las lógicas de la guerra desde mediados de la década del 2000. Estas bandas también han capitalizado el resentimiento, la rabia o el ánimo de venganza de algunos jóvenes cuyos familiares o amigos han sido víctimas del mismo ciclo de violencia. “Ante la ausencia de oportunidades educativas y de empleo en la ciudad, los actores armados se convirtieron en los principales agentes socializadores para estas nuevas generaciones de bonaverenses”, señala la Comisión de la Verdad.  De acuerdo con la Defensoría, en el último año, tanto Los Shotas como Los Espartanos han incrementado sus presiones para que niños, niñas y adolescentes se unan a cada una de las organizaciones criminales.  Estos grupos ejercen control territorial en 40 barrios y nueve veredas donde se disputan el control de las rutas del narcotráfico, cobran extorsiones y envían mensajes a través de homicidios selectivos y actos de violencia basada en género. Los reportes de las autoridades señalan que en Buenaventura también hacen presencia el Ejército de Liberación Nacional (ELN), el Clan del Golfo, el Comando Coordinador de Occidente, a través de la Columna Móvil Jaime Martínez, las Guerrillas Unidas del Pacífico (GUP), la Fuerza Unida del Pacífico (FUP) y Defensores del Pacífico.   Exigimos al Estado desarrollar acciones efectivas para garantizar la “vida digna”, la seguridad y los derechos humanos de la población afro de Buenaventura.  Reitaramos que Estado Colombiano tiene la tarea de impulsar políticas públicas antirracistas, que promuevan la igualdad material y la desarticulación de  las formas sistemáticas de violencia que afectan a la población afrodescendiente, sobre todo a los jóvenes.

Corte Constitucional reconoce que el Censo del 2018 vulneró los derechos de la población afrocolombiana y ordena tomar medidas para mitigar impactos 

Las organizaciones tutelantes celebramos esta decisión en favor de la garantía de los derechos fundamentales de las personas afrodescendientes. La Corte Constitucional reconoció este martes las graves vulneraciones a los derechos fundamentales de la población afrodescendiente acaecidos por la invisibilización estadística en el Censo 2018 del Departamento Nacional de Estadística (DANE). A través de la sentencia T-276 de 2022, la Corte resolvió la acción de tutela interpuesta por ILEX Acción Jurídica, la Asociación Colombiana de Economistas Negras “Mano Cambiada”, la Corporación Agencia Afrocolombiana Hileros-PCN, la Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca (ACONC), la Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados (AFRODES) y la Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas (CNOA), así como un grupo de personas afrocolombianas individualmente consideradas. Este proceso de litigio contó además con el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación y el Centro de Estudios Afrodiaspóricos de la Universidad ICESI. De acuerdo con la Sala Primera de Revisión, una variedad de factores, incluyendo errores cometidos por el DANE durante el proceso de ejecución del Censo 2018, dieron lugar a la disminución significativa en el número de personas contabilizadas como afrodescendientes, vulnerando así los derechos fundamentales a la igualdad, al reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, a la información de calidad y a la materialización progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales de esta población. (Te recomendamos leer:ABC TUTELA INVISIBILIDAD ESTADÍSTICA DE LA POBLACIÓN AFRODESCENDIENTE EN EL CENSO 2018) Este “daño irreversible” en la visibilización estadística de las comunidades afrocolombianas, asegura la Corte, afecta el “reconocimiento oficial de las diversidades en la población colombiana” y “obstruye el diseño de políticas públicas idóneas que permitan superar las enormes brechas que golpean de forma desproporcionada a las poblaciones afrocolombianas”. Cabe recordar que en la acción de tutela decidida por la Corte Constitucional las organizaciones tutelantes advertimos que en los resultados del Censo de 2018 el número de personas afrocolombianas contabilizadas disminuyó de 4´311.757 a 2´982.224 en relación con el Censo de 2005, lo que representa una reducción de 30.8% de esta población en el país. Esta situación desconoce el derecho del pueblo afrocolombiano de ser contabilizado adecuadamente en las estadísticas oficiales y puso en grave riesgo sus derechos económicos, sociales y culturales, para cuya materialización se requiere contar con datos estadísticos de calidad sobre los grupos étnico-raciales. (También puedes leer: INVISIBILIDAD ESTADÍSTICA LLEGA A LA CIDH: ¿QUÉ SE ARGUMENTÓ EN LA AUDIENCIA PÚBLICA?) Además, argumentamos que las medidas correctivas adoptadas por el DANE, a manera de estimaciones estadísticas, no subsanaron completamente el impacto de estos errores en los derechos fundamentales de la población afrodescendiente. Con la sentencia T-276 del 2022, la Corte Constitucional sienta un precedente histórico para el país al exhortar al DANE a realizar, en un plazo de diez meses, un estudio que “evalúe de manera sistemática y comprensiva” las causas que dieron lugar a la disminución en la identificación de la población afrodescendiente en los tres últimos censos. De igual forma, se le ordena a la entidad diseñar un Plan Integral de Preparación para el Censo en materia de identificación de los pueblos negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros, y evaluar y discutir con esta población, en el marco del Espacio Nacional de Consulta Previa, “la viabilidad, riesgos y conveniencia de incluir en la próxima Encuesta de Calidad de Vida un piloto de criterio de heterorreconocimiento en su operaciones estadísticas”. Las organizaciones accionantes celebramos esta decisión en favor de la garantía de los derechos fundamentales de las personas afrodescendientes y reiteramos que la ausencia de información estadística confiable y de calidad sobre esta población es un elemento clave de la situación discriminación estructural que experimenta la población afrodescendiente que, en muchos casos, vive el racismo no a través de actos directos de exclusión sino por medio de situaciones estructurales de invisibilización. Así mismo, invitamos a las entidades de control y a la sociedad colombiana a hacer seguimiento al cumplimiento del fallo. ILEX ACCIÓN JURÍDICA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE ECONOMISTAS NEGRAS “MANO CAMBIADA” CORPORACIÓN AGENCIA AFROCOLOMBIANA HILEROS-PCN ASOCIACIÓN DE CONSEJOS COMUNITARIOS DEL NORTE DEL CAUCA (ACONC) ASOCIACIÓN NACIONAL DE AFROCOLOMBIANOS DESPLAZADOS (AFRODES) CONFERENCIA NACIONAL DE ORGANIZACIONES AFROCOLOMBIANAS (CNOA).

¡El viche se respeta, carajo!: Así va el proceso jurídico con el que buscamos amparar los derechos de lxs productorxs de esta bebida ancestral

Anuncio de suspensión de incautación del viche llega una semana después de admisión de tutela interpuesta por ILEX Acción Jurídica y Viche Canao. La ministra de Cultura, Patricia Ariza, selló este domingo un acuerdo con el mayor General, Henry Sanabria, director de la Policía Nacional, para suspender la incautación y decomiso del Viche a los productores artesanales del país. La decisión se dio a conocer una semana después de que fuera admitida una acción de tutela interpuesta por Viche Canao e ILEX Acción Jurídica, con la que buscamos amparar los derechos a la igualdad y no discriminación de los productoras de esta bebida ancestral.  En la acción de tutela, admitida el pasado 8 de agosto por el Juzgado 19 laboral del circuito de Bogotá, solicitamos al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), a la Policía Nacional, al Ministerio de Cultura, al Ministerio del Interior,  Ministerio de Salud y a las Secretarías de Salud departamentales de Nariño, Valle del Cauca, Cauca y Chocó, proteger la diversidad étnica y cultural de la nación, y garantizar el derecho al trabajo y mínimo vital de los y las productoras de viche en el país.  Para las organizaciones accionantes, la ausencia de la creación de la categoría Artesanal Étnico estipulada en la Ley 2158 del 2021,  así como la falta de directrices y acompañamiento para la movilización y comercialización de la bebida  y sus derivados durante el periodo de transición y expedición de la reglamentación sobre registro sanitario especial, vulneran los derechos de los y las productoras de esta bebida a la identidad étnica y cultural, a la igualdad y no discriminación, y al derecho al trabajo en condiciones dignas, justas y seguras.  En este sentido, solicitamos al juez constitucional que ordene al Invima establecer un mecanismo o permiso transitorio conforme a lo que regula a esta institución, que les permita a las productoras de Viche Canao obtener los permisos sanitarios para continuar su producción y comercialización durante el periodo transición y/o  creación de la categoría artesanal étnica dispuesta en la ley 2158 del 2021. De igual forma, pedimos que se decrete la medida provisional de ordenar detener el decomiso del Viche Canao, o extender los efectos de esta medida a los demás productores de viche hasta tanto esta categoría no  haya sido reglamentada.  ¿Qué han dicho las entidades accionadas?  Tras ser notificado sobre la admisión de la acción de tutela por el Juzgado 19 laboral del circuito de Bogotá, el Ministerio de Cultura anunció la suspensión de la incautación del Viche a los productores artesanales e informó que la reglamentación de  la categoría Artesanal Étnico estaría lista en enero del 2023. Posteriormente se comenzaría a reglamentar el registro sanitario para derivados como curao y tomaseca. “Una vez, la cartera de salud  emita la reglamentación en enero de 2023 para obtener el registro sanitario ante INVIMA, los vicheros deberán presentar el registro de marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio y el certificado como vicheros tradicionales para el cual se creará un sistema de información a partir de la constancia expedida por el respectivo consejo comunitario y por la asociación de vicheros de su departamento, quienes los validarán como sabedores tradicionales del viche”, asegura el Ministerio de Cultura.  De acuerdo con esa cartera, el Gobierno Nacional avanza actualmente en la recolección de muestras de la bebida tradicional que “permitirán determinar la línea base para registro sanitario artesanal étnico del Viche, gracias a la articulación con el Ministerio de Salud e INVIMA, quienes han demostrado toda la disposición para reglamentar este registro especial”.  Desde ILEX Acción Jurídica celebramos las medidas implementadas por las entidades accionadas, sin embargo, seguimos a la espera del fallo de primera instancia de la acción de tutela con el objetivo de que se construyan vías sólidas para garantizar la igualdad, mínimo vital y demás derechos fundamentales colectivos de los y las productoras de viche tradicional en las comunidades negras y afrocolombianas del Pacífico. 

Presentamos intervención ciudadana en demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Ciudadana

Señalamos que el artículo 13 de la esta ley abre paso a la criminalización del ejercicio de los derechos fundamentales a la expresión, reunión, asociación y manifestación pública y pacífica. ILEX Acción Jurídica presentó una intervención ciudadana en la demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 4, 7 (PARCIAL), 11, 13 (PARCIAL), 16.1, 25 y 48 de la Ley 2197 de 2022 mediante la cual “se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones”. En el escrito enviado a la Corte Constitucional apoyamos las solicitudes de La Comisión Colombiana de Juristas -CCJ-, Sisma Mujer y el Centro de Estudios Derecho, Justicia y Sociedad –Dejusticia-, demandantes en el proceso, con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 13 (parcial) de Ley de Seguridad Ciudadana, considerando que su contenido y eventual  aplicación exacerba los riesgos de abuso policial en contra de personas afrodescendientes, contrariando el principio de igualdad y no discriminación, establecido en el artículo 13 de la Constitución Política.  De igual forma, señalamos que el artículo 13 de la esta ley abre paso a la criminalización del ejercicio de los derechos fundamentales a la expresión, reunión, asociación y manifestación  pública y pacífica que configuran el derecho complejo a la protesta social, pues pretende  controlar la ubicación estática, temporal o continua, de un colectivo de manifestantes en  lugares estratégicos.   En la intervención advertimos que la norma podría tener un impacto desproporcionado sobre poblaciones históricamente  discriminadas y violentadas. En consecuencia, proponemos una visión diferencial de las  reformas de la actividad policial, que se centre en la escucha de la sociedad  civil y sus advertencias frente a los impactos que esta tiene en las poblaciones en especiales  condiciones de vulnerabilidad, como la población afrodescendiente.  

Alumbradoras de vida

    El primer parto que atendió Magdalena Obregón fue “impulsivo”, trepidante, inesperado. La matrona recuerda que muy joven tuvo que alumbrar el camino del bebé de una mujer que se encontraba sola y clamando por atención médica en su rancho perdido en la selva del Pacífico colombiano. “Atendí ese parto y dije tengo que capacitarme y aprender más, porque esto, la partería, fue lo que me tocó hacer en la vida”, asegura Magdalena con el espíritu fatigado. En estos más de cuarenta y tres años que lleva ejerciendo el oficio ancestral de la partería, la matrona ha alumbrado el camino a la vida de decenas de niños y niñas en Buenaventura, y socorrido a un centenar de mujeres que, bien sea por falta de recursos o por la baja cobertura del sistema de salud en la región, no pudieron contar con acompañamiento médico durante el parto. Sin embargo, la satanización histórica de la medicina ancestral de las comunidades negras ha sometido a las parteras a ejercer su trabajo bajo la sombra alienante del racismo estructural en el país. Magdalena, vinculada a la Asociación de Parteras Unidas del Pacifico (Asoparupa), la cual agrupa a más de 254 sabedoras de la región, relató que en muchas ocasiones se sintió discriminada y pordebajeada por el personal médico de los centros de salud a donde ingresa a las madres gestantes. Que nos anexen al Sistema de Salud significa que ya nosotras estamos a la par; ya nos van a ver con otros ojos y nosotras nos vamos a sentir recompensadas”. “Que nos anexen al Sistema de Salud significa que ya nosotras estamos a la par; ya nos van a ver con otros ojos y nosotras nos vamos a sentir recompensadas”, afirma la partera haciendo referencia a la sentencia T-128 del 2022, con la cual la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Salud integrar a las parteras al Sistema General de Seguridad Social en Salud y exhortó al Congreso a legislar sobre el tema. El fallo, publicado el pasado 19 de mayo, se dio en respuesta a una acción de tutela interpuesta en febrero de 2021 por ILEX Acción Jurídica, las Parteras Unidas del Pacífico (Asoparupa) y la  Asociación de la Red Interétnica de parteras y parteros del departamento del Chocó (Asoredipar – Chocó). De acuerdo con la Sala Sexta de Revisión de la Corte, el Ministerio de Salud vulneró los derechos fundamentales a la salud, a la igualdad, a la no discriminación y a la diversidad étnica de las parteras y parteros de Asoparupa y Asoredipar – Chocó, al no priorizarlas en el Plan Nacional de Vacunación en contra del COVID-19 y al excluirlas del reconocimiento económico previsto en el Decreto Legislativo 538 de 2020, aún cuando atendieron personalmente a pacientes contagiados del virus.           La decisión de la Corte rompe con una cadena histórica de vulneraciones de las que han sido víctimas las personas que ejercen la partería a lo largo y ancho del país. Eduvina Mena Ramírez, residente en el municipio de Medio San Juan (Chocó) y una de las 1.050 parteras afiliadas a Asoredipar-Chocó, denunció que ha tenido dificultades con los médicos en los hospitales porque a ellos “no les gusta que los partos se atienden en casa. También nos ponen trabas para emitir el Certificado del Nacido Vivo”.  Cergelia Hernández Angulo, partera del Corregimiento de Santa María, en Timbiquí  (Cauca), aseguró que también ha sido vetada de las salas de parto de los hospitales y que en muchas ocasiones su trabajo de acompañamiento médico no ha sido remunerado por estas instituciones.  Para las parteras, su vinculación al Sistema General de Seguridad Social en Salud representa una oportunidad para combatir la alta tasa de mortalidad materna en la región porque muchas veces los centros médicos “no tienen la capacidad de saber cuándo un niño viene atravesado o con una trama”. Además,  las parteras brindan servicios de medicina ancestral, diagnóstico y trata de enfermedades a las comunidades a las que pertenecen.  De acuerdo con una investigación de la Universidad del Valle, la tasa de mortalidad materna en la región Pacífico es de 86,1 por cada 100.000 habitantes, 11,2 puntos más que el promedio nacional: 74.9. En el departamento del Chocó, la tasa asciende a 227,4, muertes de madres gestantes por cada 100.000 habitantes. En Cauca llega a 97,1 y en Nariño a 75,9.           Para el Ministerio de Cultura, los partos llevados a cabo a través de la  partería tradicional, reconocida en 2017 como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación,  reafirman el vínculo de las comunidades con su territorio y constituyen un acto de confianza que afianza los lazos de solidaridad existentes entre ellos. La cartera ha señalado  que  “al ser conocedoras de las propiedades medicinales de las plantas y otros alimentos, también brindan estos conocimientos para interpretar la salud y la enfermedad de todas las personas de la comunidad y sus servicios son una alternativa confiable, frente al sistema de salud”.  Al ser conocedoras de las propiedades medicinales de las plantas y otros alimentos, también brindan estos conocimientos para interpretar la salud y la enfermedad de todas las personas de la comunidad y sus servicios son una alternativa confiable, frente al sistema de salud”.  Informes de la Organización Mundial de la Salud, la Organización Panamericana de la Salud y el Fondo de Población de las Naciones Unidas han aseverado que  la partería contribuye a aliviar la saturación de los servicios de salud, brinda acceso a atención en salud en aquellos lugares donde no hay puestos médicos y tiene el potencial de disminuir la violencia contra la mujer y la discriminación que las comunidades raciales pueden experimentar por parte de algunas personas del personal hospitalario. En este orden de ideas, el fallo de la Corte Constitucional representa un hito para el país porque, además de estatuir un criterio de igualdad y no discriminación, establece una guía para que el Estado ejerza los compromisos de respetar, reconocer y resguardar la pluralidad racial y cultural que contiene el sostenimiento de …

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