Sala de prensa

Balance de los indicadores étnicos concertados: cuarto año (agosto2026)

La consulta previa del Plan Nacional de Desarrollo constituye uno de los mecanismos mediante los cuales los pueblos y comunidades étnicas participan en la definición de compromisos estatales susceptibles de afectar directamente sus derechos e intereses colectivos. En el caso de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, el Espacio Nacional de Consulta Previa funciona como instancia de interlocución con el Gobierno nacional para la concertación y seguimiento de dichos compromisos. En el PND 2018–2022, “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, se concertaron 249 indicadores. Para el PND 2022–2026, “Colombia, potencia mundial de la vida”, el proceso de consulta se adelantó entre septiembre de 2022 y febrero de 2023 y produjo 163 indicadores para las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. En ese sentido, el Centro de Estudios para la Justicia Racial (CEJR) de ILEX ha realizado seguimiento al avance de cumplimiento de los indicadores concertados con el Espacio Nacional de Consulta Previa. En enero de 2026, por ejemplo, publicó un primer balance con base en información oficial del Departamento Nacional de Planeación, identificando avances desiguales y rezagos sectoriales relevantes. El presente informe se inscribe en esa línea de seguimiento y actualiza el análisis con la información disponible a agosto de 2026. Este documento examina el estado de los indicadores del PND 2022–2026 con información consolidada a agosto de 2026, diferenciando entre indicadores de producto e indicadores de gestión. Finalmente, identifica conclusiones y formula recomendaciones para fortalecer el cierre del seguimiento, la calidad de la información y la rendición de cuentas sobre los acuerdos étnicos.

Balance de los indicadores étnicos concertados: cuarto año (agosto2026) Leer más »

Retomar la aspersión aérea: cultivos muertos, niños enfermos y mujeres rurales en peligro

Por: Beatriz Valdés Correa, líder de Comunicaciones e Incidencia de ILEX Acción Jurídica Pacha recuerda haber visto y escuchado las avionetas. Pasaron por encima de su casa en Bocas de Fugiadó, un corregimiento del municipio de Medio San Juan, en el Chocó. Sí había coca. Pero cerca de esos cultivos también había matas de plátano, yuca, maíz, caña de azúcar y pozos de peces. Estos últimos, o sea, la comida, los había sembrado ella y su familia.  Cuando el sonido de las avionetas les alertó, la gente se guardó en sus casas. Pero sobre todo lo que quedó afuera cayó el veneno, incluyendo a las personas que estaban trabajando en el monte. Dos días después, Pacha por fin se decidió a salir. Fue a ver sus peces y los encontró volteados, flotando. Muertos. Se murieron también los cultivos, y hasta los cerdos. Y a los niños y niñas les salieron sarpullidos. Esto pasó varias veces, con mayor intensidad entre 2012 y 2015. En el Chocó las aspersiones de glifosato se hicieron durante casi 15 años, y el daño fue tanto que más cinco mil habitantes de la región del San Juan y del Baudó se movilizaron en 2011 para pedir que pararan. Incluso, las comunidades enviaron una carta al entonces presidente Juan Manuel Santos en la que denunciaban la aspersión indiscriminada sobre cultivos, animales, quebradas y ríos, así como las afectaciones en la piel de niños y personas mayores. Pero en esa época no estaba en el centro otra cosa que Pacha sí veía: cómo el glifosato afectaba a las mujeres negras rurales como ella.  Pacha es partera. Hace 38 años que se dedica a cuidar la salud sexual y reproductiva de las mujeres, antes, durante y después del embarazo, y calcula que ha atendido 9.000 partos. Por esos años, recuerda, hubo muchos abortos espontáneos y partos en los que los bebés venían con malformaciones: traían las orejas pegadas al cráneo, les faltaba una o tenían labio leporino. Y aunque no lo sabían con certeza, la gente decía que se debía al glifosato. Esa realidad se ha documentado en poblaciones que también fueron asperjadas, como Calamar (Guaviare) y Las Mesas, municipio de El Tablón de Gómez (Nariño). E incluso el caso de Yaneth Valderrama, una mujer caqueteña que tuvo un aborto espontáneo y perdió la vida a causa del glifosato, llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.  La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) obliga a Colombia a garantizar a las mujeres rurales el acceso a la salud y a condiciones de vida adecuadas (artículos 12 y 14), y su Recomendación General 34 pide protegerlas de los efectos nocivos de los agroquímicos y asegurar su participación en las decisiones sobre la tierra y los recursos. En 2017, las relatorías especiales de la ONU sobre el derecho a la alimentación y sobre sustancias tóxicas advirtieron que la exposición a plaguicidas afecta de forma desproporcionada a mujeres embarazadas, niñas y niños. Para las mujeres negras rurales, estos daños se suman al racismo estructural que el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial ha pedido enfrentar en su Recomendación General 34 sobre personas afrodescendientes, y a una carga de cuidado que ya es desproporcionada. Otra situación que observó y vivió Pacha fue la inseguridad alimentaria. ¿Qué se puede comer cuando todos los cultivos fueron envenenados, cuando todos los peces amanecieron muertos, cuando el agua de la quebrada fue contaminada? ¿Qué se deja de atender cuando toca destinar la plata a comprar comida, cuando antes solo se trataba de ir a buscarla? Apenas unos días después de que Abelardo de la Espriella llegó a la presidencia, el Consejo Nacional de Estupefacientes expidió la Resolución 006 que deroga la Resolución 6 de 2015, que prohibía el uso de glifosato en la erradicación de cultivos de uso ilícito mediante aspersión aérea. Después, la resolución 007, que ordena un “plan piloto controlado y evaluable” de erradicación también con aspersión aérea en el Putumayo, esta vez con glufosinato de amonio: otro pesticida que está clasificado como “moderadamente peligroso” para la salud por la OMS (la clasificación del glifosato es “ligeramente peligroso”). Más recientemente, la Policía Antinarcóticos solicitó permiso a la ANLA para avanzar con las fumigaciones. Pero el 22 de septiembre el Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa suspendió el piloto, porque no se habían cumplido los requisitos ambientales, sanitarios y de consulta previa fijados por la Corte Constitucional en la Sentencia T-236 de 2017 y el Auto 387 de 2019. El Gobierno impugnó la decisión, y hoy el caso está en manos del Tribunal Administrativo de Putumayo. En el plan piloto, según dijo el ministro de Justicia, Iván Cancino, están siendo “perfeccionistas” con la delimitación de los polígonos. También dijo que el piloto no está diseñado para “experimentar qué le pasa al ser humano cuando le hagan una aspersión con uno de los componentes”, sino que se trata de “alejarlo [al ser humano] y ver qué le causa a la mata”.  Esta explicación es insuficiente. Las mujeres rurales están preocupadas porque saben, porque lo vieron, que un avión asperjando no diferencia una mata de coca de una de yuca; que los animales no se mueven en polígonos delimitados; y que el agua que se contamina, contamina a la gente. El resultado es gravísimo: las mujeres se quedan sin su economía de subsistencia y deben destinar a comprar comida y agua el dinero que tenían para atender otras necesidades, o deben recorrer largas distancias para conseguir agua limpia. Entonces, terminan, ellas y sus hijos, sumidas en la inseguridad alimentaria.  También saben, porque lo han vivido, que toda afectación en la salud de un miembro de su familia terminará por aumentar la carga de cuidado no remunerado, ya muy pesada, que cada una de ellas lleva. Esto es especialmente grave en los territorios en los que el acceso a los centros de salud y tratamientos médicos es muy limitado, por lo que deben desplazarse largas distancias para buscar un

Retomar la aspersión aérea: cultivos muertos, niños enfermos y mujeres rurales en peligro Leer más »

Seis razones por las que el gobierno Colombiano se equivoca en su lectura restrictiva de la discriminación en la ONU

Durante el 63.º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, la delegación de Colombia formuló una explicación de posición sobre las resoluciones L.9, L.17, L.20, L.29, L.30, L.34 y L.36, que el país apoyó, y sobre cualquier otra resolución del período que use los mismos términos. En ella, el Gobierno afirma que las «formas múltiples e interseccionales de discriminación», el «racismo sistémico, estructural e institucional» y la «justicia reparativa» son «términos sin definición convencional precisa, que no constituyen categorías jurídicas autónomas». Adicionalmente, en el mismo pronunciamiento, Colombia se abstuvo frente a las enmiendas que buscaban retirar de una resolución la referencia a la salud y los derechos sexuales y reproductivos.  Dichas afirmaciones no son meros tecnicismos: constituyen una posición política y jurídica que promueve una interpretación restrictiva de la discriminación y de la reparación que contraría nuestra propia constitución y el bloque de constitucionalidad. Nuestra Constitución, la jurisprudencia constitucional e instrumentos internacionales ratificados especializados por el estado colombiano desarrollan estos conceptos. En primer lugar, Colombia tiene la obligación internacional de eliminar la discriminación racial en todas sus formas conforme a la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación (CERD). Este mismo instrumento, define la discriminación (artículo 1.1), ordena medidas especiales para los grupos que la padecen (artículos 1.4 y 2.2) y exige reparación (artículo 6). Con base en ese tratado, el Comité que supervisa la implementación del mismo, señaló en su Recomendación General No. 26 que tribunales y otras autoridades competentes deberían considerar, siempre que sea conveniente, conceder compensación económica por los daños, materiales o morales, sufridos por la víctima el derecho a obtener una compensación o satisfacción justa y adecuada por cualquier daño sufrido como resultado de esos actos de discriminación. De forma tal que la noción de justicia reparativa se encuentra en la misma Convención. Por otro lado, ha destacado la noción de discriminación estructural en su Recomendación General No. 34. Es necesario distinguir lo que la intervención del Gobierno de Colombia mezcla. La discriminación racial es una categoría jurídica definida en el artículo 1.1 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos raciales que tenga “por objeto o por resultado” anular o menoscabar el goce de los derechos humanos. El racismo es el sistema de ideas y prácticas fundado en la superioridad racial, que la misma Convención condena en su preámbulo y en su artículo 4. Las expresiones racismo sistémico, estructural e institucional describen la manera en que ese sistema se incorpora en las normas, las políticas, las instituciones y las prácticas sociales, y produce discriminación racial aun sin una intención individual de discriminar.  Esta declaración pone en duda la disposición del Estado colombiano para reconocer y enfrentar el carácter estructural del racismo que históricamente ha afectado a los pueblos étnicos del país. Por sus posibles efectos restrictivos, esta declaración interpretativa representa un riesgo serio de retroceso en el reconocimiento y la garantía de los derechos humanos de los pueblos étnicos.  Sostenemos que la prohibición de la discriminación racial directa e indirecta, la obligación de eliminar la discriminación racial estructural, la obligación de abordar la discriminación múltiple e interseccional y el derecho a recursos efectivos y a reparación son obligaciones vinculantes para Colombia. Esas obligaciones derivan de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, aprobada mediante la Ley 22 de 1981, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de la CEDAW y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Su contenido ha sido precisado por los órganos de tratados y por la Corte Interamericana, y ha sido aplicado por el propio Estado. Una explicación de posición sobre resoluciones no vinculantes no puede modificar, restringir ni condicionar esas obligaciones. Sí puede, en cambio, orientar la política pública interna en sentido restrictivo, y ese es el riesgo que denunciamos. El principio de progresividad y la prohibición de regresividad, consagrados en el artículo 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en el artículo 26 de la Convención Americana, y desarrollados por la Corte Constitucional y por la Corte Interamericana, impiden que el Estado retroceda en el nivel de protección ya alcanzado sin una justificación estricta. Es cierto que estas tres expresiones no aparecen definidas literalmente en el texto de los tratados que vinculan a Colombia, y que no son derechos autónomos. Pero de ahí no se sigue lo que el Gobierno pretende: que carezcan de efectos jurídicos. Son categorías de interpretación que los órganos de tratados utilizan para dar contenido a obligaciones que sí son vinculantes.  Ahora bien, ¿por qué esto importa fuera de Ginebra? El racismo estructural describe desigualdades persistentes que se reproducen mediante reglas, prácticas y distribución de recursos. El racismo institucional identifica el papel de las entidades y sus procedimientos; el racismo sistémico destaca la interacción entre distintos ámbitos. La discriminación también puede ocurrir cuando una regla parece neutral y produce desventajas raciales injustificadas. Si el Estado trata esos patrones como hechos aislados, puede sancionar un incidente sin cambiar las condiciones que permiten su repetición. La dimensión estructural permite preguntar por los protocolos policiales, las barreras de acceso a servicios, los datos que se recogen y la distribución territorial de la inversión. La interseccionalidad ayuda a identificar cómo el racismo interactúa con el género, la pobreza, la discapacidad u otras condiciones. La reparación exige atender a las víctimas y evitar nuevos daños. Por eso la afirmación del Gobierno es jurídicamente incorrecta por seis razones; Primera. La Convención ya obliga a enfrentar la dimensión estructural de la discriminación racial. Al incluir la discriminación “por resultado”, el artículo 1.1 prohíbe no solo la discriminación directa, sino también la indirecta, la que producen normas o prácticas aparentemente neutrales. El artículo 2.1c. obliga al Estado a “revisar las políticas gubernamentales nacionales y locales, y enmendar, derogar o anular las leyes y las disposiciones reglamentarias que tengan como consecuencia crear la discriminación racial o perpetuarla donde ya exista”.

Seis razones por las que el gobierno Colombiano se equivoca en su lectura restrictiva de la discriminación en la ONU Leer más »

Entramos por las ventanas: los caminos hacia el derecho al aborto

Por: Eliana Robles-Pallares, directora de Investigaciones de ILEX Acción Jurídica En 1705, la naturalista Maria Sibylla Merian anotó en Surinam que las mujeres esclavizadas e indígenas usaban las semillas de la flor de pavo real para interrumpir sus embarazos. Lo hacían, escribió, para que “sus hijos no nacieran esclavos como ellas”.  Las mujeres negras esclavizadas, dueñas del conocimiento y el uso de las plantas para la salud del útero y la regulación de la menstruación, encontraron en el aborto la manera de sostener el gobierno de su propia reproducción bajo un sistema que había atado su capacidad de gestar al lucro esclavista. Como mostró Angela Davis en Mujeres, raza y clase, interrumpir un embarazo fue para ellas un acto de resistencia contra un sistema que convertía su descendencia en propiedad y, a la vez, una afirmación de soberanía sobre sus propios cuerpos, allí donde el derecho no las reconocía como mujeres ni como personas. La pulsión por decidir sobre el propio cuerpo es tan antigua como el intento de negarla. Así como entonces, los caminos hacia el derecho al aborto los han labrado y andado las mujeres desde tiempos remotos, antes incluso de que existiera el control del Estado sobre las decisiones que atraviesan, afectan y transforman sus cuerpos. Y también después de los marcos legales restrictivos y de la mayor criminalización. Han sido muchos esos caminos y diversas las formas de abrirlos. Las mujeres de los años setenta, con el movimiento de prácticas de autoayuda, inventaron formas de acompañamiento y protocolos para la extracción menstrual que ayudaban a autogestionar el aborto de manera segura y clandestina, y diseminaron esas guías a otros territorios donde pudieran adaptarse. Eran aprendidas y practicadas por mujeres que buscaban el control colectivo de la salud, conformando redes que siguen siendo vitales frente a la criminalización. Angustiadas por una morbilidad y una mortalidad materna que en muchos países dobla y hasta triplica la de sus pares sin pertenencia étnico-racial, las mujeres negras han transmitido y garantizado el traspaso de información que salva vidas a través de acompañantes, multiplicadas como respuesta solidaria a los marcos legales que las empujan a la clandestinidad y al aborto inseguro. En el Brasil de los años ochenta, en un contexto de restricción total, las mujeres pobres, en su mayoría negras, siguieron buscando rutas, herramientas e invenciones que les permitieran interrumpir sus embarazos sin que les costara la vida, la salud y la libertad. Así encontraron un medicamento para las úlceras gástricas, con severas contraindicaciones en el embarazo porque provocaba abortos: el misoprostol, un medicamento que hoy hace parte de la Lista de Medicamentos Esenciales de la Orgnanización Mundial de la Salud.  A comienzos de este siglo, la médica holandesa Rebecca Gomperts comenzó a trasladar a mujeres desesperadas por interrumpir sus embarazos a un barco ubicado en aguas internacionales. Allí les suministraba Misoprostol y Mifepristona de forma segura y legal, pues allí regía la jurisdicción holandesa que protege el derecho al aborto. Gomperts llamó a su iniciativa Women on Waves (Mujeres en las olas), y, aunque fueron pocas las mujeres que llegó a atender, su estrategia se convirtió en un hito por hackear el derecho internacional para producir precedentes judiciales, conversación pública y presión legislativa alrededor de la necesidad de legalizar el aborto. En América Latina, esa fuerza tiene un color y se expresa vivamente en las calles. La Marea Verde, nacida en Argentina y hoy extendida por el continente, es un movimiento vivo y creativo: del pañuelo verde a la Causa Justa que amplió el derecho en Colombia, sacó el aborto del silencio y lo puso en el centro de la conversación pública.  Dentro de esa marea, las mujeres negras han tejido su propio cauce. En el Pacífico, las parteras afrocolombianas y colectivos como la Red Mariposas de Alas Nuevas sostienen las redes de salud sexual y reproductiva que hacen posible decidir. El reclamo de las mujeres negras incluye el aborto, pero no se limita a él. Exigimos una justicia reproductiva que garantice el derecho a tener hijos, a no tenerlos y a criarlos en condiciones dignas. Que puedan crecer a salvo de los agrotóxicos que enferman y de la criminalización que se lleva la vida de los jóvenes negros. Gracias a esos esfuerzos multiplicados globalmente y a la movilización social sostenida de organizaciones, en las últimas décadas diversos países han empezado a flexibilizar sus prohibiciones y a garantizar la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones dignas y seguras.  La existencia de un delito y de marcos restrictivos no nos detuvo en el pasado y no nos detendrá en el presente. Porque poder decidir sobre el propio cuerpo es también una medida de la salud de la democracia: donde ese derecho se niega, la ciudadanía de las mujeres queda a medias. Pero tenerlo escrito en el marco legal no basta para ejercerlo.  En Colombia, el aborto es un derecho constitucional. La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) está permitida hasta la semana 24 sin necesidad de acreditar una causal y después, sin límite temporal, aplican las tres causales de la Sentencia C-355 de 2006 (riesgo para la vida o la salud de la mujer, malformación fetal incompatible con la vida extrauterina y violencia sexual). Así lo decidió la Corte Constitucional en 2022, en un proceso al que las organizaciones de mujeres negras presentaron escritos explicando los efectos desproporcionados de la penalización del aborto en las mujeres afrodescendientes.  Aún así, las mujeres negras, indígenas, migrantes, con discapacidad y las que viven en la ruralidad tardan más en saber que pueden acceder a la IVE, y son las que más tardan en llegar a los servicios. No por negligencia, como muchos piensan, sino por desigualdades estructurales en el acceso a la información, en la infraestructura vial y en las redes de salud cercanas. Como documentamos en ILEX Acción Jurídica en la investigación IVE desde el margen, es más probable que estas mujeres vivan en desiertos de anticoncepción, territorios donde conseguir un método, o siquiera la información para usarlo, resulta casi imposible. A

Entramos por las ventanas: los caminos hacia el derecho al aborto Leer más »

Sobrina, hazte tus trenzas

Por: Sibelys K. Mejía Rodríguez, directora de Movilización Legal y coordinadora de la línea de Territorios, Justicia Ambiental y Paz de ILEX Acción Jurídica Hace unos días, mi sobrina, a poco de cumplir dieciocho, me dijo que quería hacerse trenzas para su cumpleaños. Ella ha llevado su cabello crespo y abundante al natural toda la vida; desde los siete u ocho años no se lo trenza entero. Debo decir que me alegró. Pensé: “Le debe quedar muy bien y le va a gustar todo el proceso”. Pero luego me dijo otra cosa que me dejó helada: “si alguien me dice ESO, yo me pongo a llorar”. Se refiere a lo que me ha pasado, lo que le cuento sobre el mundo que me toca cuando me trenzo el pelo. Llevo casi tres semanas con el estilo que mi sobrina quiere emular. Es un peinado que me gusta, que creo que me sienta bien, que hago cada tanto, que toma horas y manos pacientes, y que hace parte de lo que muchas somos. Me hago trenzas porque me enseñaron a hacerlo, igual que me enseñaron a usar turbantes y cintillos. No debería tener que explicar nada más. Pero en este país el cuerpo de una mujer negra rara vez se deja en paz. Cuando tengo trenzas me observan más, me vigilan más. Pues bien, a los pocos días de estrenar mis trenzas volvió a pasar lo de siempre. Estaba sentada en un café, esperando mi pedido, cuando un hombre de mediana edad se acercó hasta la mesa y me dijo: “Lamento interrumpirle el descanso, pero ¿me puede atender? ¿Me puede mostrar la carta?”. ¿Tan evidente que ni se le ocurrió dudarlo? Su tono no era agresivo, pero llevaba la violencia de quien cree actuar desde una obviedad: para él una mujer como yo, sentada en ese lugar, solo podía estar ahí para atenderlo. El cuento de siempre, gente ayudándole al racismo y al clasismo funcionar a sus anchas.  El comentario de mi sobrina me dice que ya sabe calcular el costo. Ya aprendió, a sus diecisiete años, sin que nadie se lo enseñara en un salón de clase, que hay estéticas que se pagan con exposición. Que ponerse las trenzas puede significar que un desconocido decida, en un café cualquiera, recordarte cuál cree él que es tu lugar. Le respondí a mi sobrina lo que creo: “¡No, señora! Hágase sus trenzas. Que el mundo aprenda. Nosotras no tenemos por qué dejar de hacer las cosas que nos gustan y que hacen parte de nuestras estéticas, nada más porque hay desgraciados en el mundo que se creen muy superiores”. Después de pensar y pensar, sigo creyendo cada palabra. No es negociable. La respuesta a la discriminación no puede ser que nosotras nos hagamos más pequeñas, que nos alisemos, que nos apaguemos, que renunciemos a lo que nos gusta para no incomodar a quien nos desprecia. Eso sería darles la victoria completa, que sería nuestra renuncia. Y sin embargo. Ahora soy yo la que tiene miedo. Porque una cosa es plantarme yo (adulta, algo curtida, con las palabras listas y la rabia entrenada). Y otra muy distinta es mandar a mi sobrina de diecisiete años a un mundo que ya la vi anticipar con temor. Cuando le dije “que el mundo aprenda”, le estaba pidiendo, sin darme cuenta, que fuera ella parte de la lección. Que pusiera el cuerpo. Que aguantara el comentario algunas veces amable y casi siempre demoledor para que otras, algún día, no tengan que aguantarlo. Esa es la trampa en la que nos agarran. Cuando agreden con el racismo nos mantienen a la saga, con la obligación de resistirlo. La misma trenza que quiero pasarle, tejida con el gusto por su propio cabello, las horas de conversación mientras se teje, la certeza de que es hermoso, viene con una coraza pegada que yo no escogí y que ella tampoco. Yo quisiera heredarle solo lo bonito. Quisiera no tener que heredarle también el miedo. Pero no me toca a mí escoger, parece que le toca a un país decidir si va a seguir obligando a unas niñas a ser valientes hasta para poder peinarse como quieran. Así que lo sostengo, aunque me tiemble un poco la voz: hazte tus trenzas, negra. Que el mundo aprenda. Y ojalá aprenda rápido, porque el miedo no debería ser el precio de regalarte un peinado en tu cumpleaños.

Sobrina, hazte tus trenzas Leer más »

‘Los Bárbaros’: ser y sentirse parte de la reconstrucción

Por Beatriz Valdés Correa, líder de Comunicaciones e Incidencia de ILEX Acción Jurídica. El 10 de agosto de 2026, Yossuar Moreno Moreno durmió apenas una hora. ‘DJ Yomo’, como lo conoce todo el mundo, había terminado su trabajo en la fiesta quibdoseña bien avanzada la madrugada, y ya asomaba el sol cuando él apenas iba a tocar la cama. No duró mucho el sueño. A las 7:34 lo despertó el movimiento de la tierra. Un temblor de 7.4 grados sacudió el país, pero con mayor fuerza el Chocó y varios departamentos vecinos.  Sabría después que el terremoto, aunque él no usa esa palabra, sino que dice “lo que pasó”, dejó 331 muertos en todo el país. Pero ese lunes no hubo mucho más que confusión. Darse cuenta de la magnitud de la tragedia, andar un poco la ciudad y estar con su familia. El martes, un amigo suyo publicó un estado en WhatsApp que cambió la forma en la que él y más de 150 jóvenes en Quibdó, la capital de Chocó, enfrentarían la catástrofe. Ese 11 de agosto llegaron a la Diócesis de Quibdó dos camiones llenos de ayuda humanitaria, pero no había quien los descargara. El llamado de su amigo era a que todos los jóvenes fueran a poner el hombro. Yomo, de 30 años, acudió al llamado, como lo hicieron otros que vieron el mensaje y regaron la petición, porque en Quibdó todo el mundo se distingue entre sí. Deimer Córdoba Murillo también fue. La misma mañana en la que a Yomo lo despertaba el terremoto, a Deimer se le sacudían los pies mientras regresaba a casa después de hacer su rutina en el gimnasio. Córdoba, de 27 años, es madrugador. Todos los días los empieza con ejercicio, que es lo que más le gusta y por lo que se hizo licenciado en Educación Física, Recreación y Deportes. Entonces, claro, lo que pensó ante el llamado a descargar camiones era que esa fuerza, acumulada durante años, podía ser de ayuda. Y lo fue. Después de esos primeros dos camiones llegaron decenas más con toneladas de comida, agua e implementos necesarios para que las familias afectadas por el sismo pudieran gestionar su día a día: desde enlatados y colchonetas hasta productos de gestión menstrual. La carga era pesada. Por eso la comunidad que presenciaba la cadena humana, cajas y cajas que pasaban de mano en mano, con ritmo, con rapidez, empezó a exclamar: ¡Qué bárbaros! ¡Cómo cargan todo eso, son unos bárbaros! El nombre quedó. Está plasmado en las dos camisetas, la blanca y la negra, que recibieron como donación de un privado y de la Gobernación para identificarse. Son las prendas que terminan empapadas de sudor al final del día. Por el trabajo, por supuesto, pero también por el baile, por la recocha y, como dicen Yomo y Deimer, por la alegría. La alegría que también hace sudar. “¡Estamos listos para servir! Si quieres venir, pues vení”. Ese lema, cantado y bailado, anima la solidaridad. No solo la de los jóvenes de Quibdó que descargan los camiones sin recibir pago alguno, sino también la de una comunidad entera que se ha ocupado de alimentarlos y cuidarlos.  Yomo recibe mensajes y llamadas a lo largo del día. Una persona le escribe para decirle: “¿Dónde están? ¿Tienen agua? Les voy a mandar 50 refrigerios”. Otra lo llama para decirle que ya pueden ir a almorzar en una olla comunitaria. Y todos les agradecen. Es una cadena de solidaridades. “Los Bárbaros son un grupo de jóvenes que a donde llegamos tratamos, desde lo que somos, desde lo que nos caracteriza, de llegar con energía y con el folclor para que la gente sienta que no están solos, para que sientan que la tristeza la podemos convertir en alegría, obviamente sin olvidarnos de lo que está pasando o de lo que pasó”, dice DJ Yomo. En una ciudad en la que ser joven ha sido un estigma durante demasiado tiempo, la tragedia modificó la mirada. ‘Los Bárbaros’ y ‘Las Barbaritas’, como les llamaban a las jóvenes que también cargan, agregaron una capa a esa cosa ya tan documentada y aparentemente inamovible, esa realidad de hace tantos años: Quibdó es una ciudad en la que existen pandillas y grupos armados que tienen alianzas con el Ejército de Liberación Nacional (ELN), un grupo insurgente, y el autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia (EGC), un grupo paramilitar. Esta alianza violenta funciona reclutando a jóvenes que están a merced porque viven la pobreza y falta de acceso a derechos y servicios, como infraestructura en salud o conectividad. Lejos de ser un hecho casual, estas condiciones son producto del racismo estructural que se manifiesta en el abandono histórico a una región mayoritariamente formada por gente negra. En otro momento en el que, como ahora, la Universidad Tecnológica del Chocó (UTCH) y los colegios estuvieran cerrados, el conflicto ya se hubiera tragado a varios. Jóvenes con los que hablé hace algunos meses me lo dijeron: en el paro la gente se retira de la universidad.  Mientras los jóvenes están desocupados, una voz vecina o amiga plantea un negocio del que después es imposible salir. Lo es porque los tentáculos del crimen son largos, pero también porque las autoridades e instituciones no se enfocan en prevenir, sino que rara vez actúan, y eso significa que, una vez más, los jóvenes pagarán con cárcel o muerte.  Entonces, esta solidaridad en medio de la catástrofe resulta ser una protección: ellos ayudan, pero también reciben apoyo y reconocimiento.  Deimer Córdoba lo ve así:  — Al comienzo teníamos muchos nervios por los comentarios de que podía haber réplicas, pero ahora, como estamos enfocados en ayudar y descargar, el ánimo es diferente. Tenemos la mente con la sensación y con la alegría de saber que estamos aportando desde lo que podemos, dar nuestro granito de de arena para ayudar al Chocó.  — ¿Te sientes parte de la reconstrucción?, le pregunto. — Me siento parte, la verdad. Y anímicamente me siento mejor. Porque sé

‘Los Bárbaros’: ser y sentirse parte de la reconstrucción Leer más »

Carta abierta al presidente Abelardo de la Espriella: sobre la reconstrucción del Pacífico tras el terremoto

Señor ABELARDO DE LA ESPRIELLA Presidente de la República Al Gobierno Nacional, a las instituciones responsables de la atención de la emergencia y al país El sismo del 10 de agosto volvió a poner los ojos de Colombia sobre el Pacífico. Sabemos que cuando la emergencia deje de ocupar los titulares, las comunidades seguirán allí. Seguirán allí las familias que hoy necesitan atención, refugio, agua, vías y servicios de salud. Pero también seguirán allí las desigualdades que existían mucho antes de que la tierra temblara.  En razón a ello, nos permitimos proponer una serie de recomendaciones de cara a lo que sigue. Por eso queremos más allá de la atención inmediata de la emergencia: Colombia no puede reconstruir el Pacífico como si el punto de partida de todos los territorios fuera el mismo. Puede haber emergencias naturales, pero los impactos sociales de estas no son neutrales, sus consecuencias sí están determinadas por las condiciones en las que cada población enfrenta la emergencia, la calidad de sus viviendas, la presencia de hospitales, las vías disponibles, el acceso al agua, la conectividad, la capacidad fiscal de los municipios y la presencia efectiva del Estado. En el caso de un país como Colombia, esas condiciones tienen una historia profundamente marcada por la desigualdad racial. Durante décadas, las comunidades negras del Pacífico han vivido las consecuencias de una distribución profundamente desigual de la infraestructura, los servicios públicos y la inversión estatal. El Chocó se encuentra entre los territorios con mayores déficits en infraestructura sanitaria. En los municipios con más del 75% de población afrocolombiana la capacidad instalada en salud es de apenas 42 camas y 9 salas por cada 10.000 habitantes, frente a un promedio de 107 camas y 17 salas en el resto del país. El propio departamento del Chocó tiene el menor número de profesionales de salud del país en la mayoría de las áreas asistenciales; en 2017 contaba con solo 1.8 bacteriólogos por cada 10.000 habitantes, frente a 8,89 en Bogotá*. Asimismo, municipios con alta concentración de población afrodescendiente tienen menores capacidades fiscales propias y una alta dependencia de las transferencias nacionales. Un aumento de 10 puntos porcentuales en la concentración de población afrocolombiana se asocia con aproximadamente 1,6 puntos porcentuales más de dependencia de transferencias fiscales y la cobertura del régimen subsidiado de salud disminuye aproximadamente 0,3 puntos. Estos mismos territorios registran mayor pobreza multidimensional y mayor mortalidad materna e infantil, con una razón de mortalidad materna que aumenta cerca de 9,5 puntos por cada 100.000 nacidos vivos, y una mortalidad infantil que aumenta cerca de 2,1 puntos por cada 1.000 nacidos vivos, por cada 10 puntos adicionales de concentración afrocolombiana**. Es decir, los territorios que enfrentan algunas de las mayores necesidades son, al mismo tiempo, aquellos que cuentan con menos recursos propios para responder a ellas. Por eso esta emergencia no puede ser atendida únicamente desde la lógica de la ayuda humanitaria. En el marco de estas circunstancias, los lineamientos de política pública para atender la emergencia y para la reconstrucción deben incluir criterios de justicia racial, inversión pública redistributiva y reconstrucción territorial. La respuesta estatal debe orientarse a contribuir a cerrar las brechas históricas que hicieron que esta emergencia golpeara con mayor fuerza a determinadas comunidades. Por ello resulta indispensable que la atención inmediata, la recuperación y la reconstrucción incorporen un enfoque étnico-racial explícito.  Hoy los sistemas presupuestales del Estado tienen enormes dificultades para identificar cuánto gasto público beneficia específicamente a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. Al revisar los catálogos presupuestales del Presupuesto General de la Nación 2024 (3.645 registros) y del CUIPO (una muestra de 500.000 registros) con doce términos de búsqueda asociados al cuidado, no se encontró una sola fila desagregada por grupo étnico-racial en el CUIPO. Ninguno de los principales sistemas de información presupuestal del país (PGN, el SIIF y el CUIPO) cuenta hoy con un clasificador que permita aislar de manera sistemática el gasto dirigido a estas comunidades. Recomendamos que el Gobierno Nacional establezca desde el inicio de la emergencia un mecanismo público de seguimiento a los recursos de atención y reconstrucción, con información desagregada territorialmente y, cuando sea posible, étnico-racialmente. La participación comunitaria tampoco puede reducirse a socializar decisiones ya tomadas. Las comunidades negras del Pacífico cuentan con organizaciones, autoridades territoriales, liderazgos, sistemas comunitarios de cuidado y conocimientos propios que históricamente han sostenido la vida allí donde la presencia institucional ha sido insuficiente. Es necesario reconocerlas como interlocutoras de las decisiones que afectan sus territorios.  Asimismo, la incorporación del enfoque étnico-racial también debe comenzar desde el levantamiento de la información sobre la emergencia, considerando que una parte importante de las afectaciones se concentró en territorios del Pacífico colombiano. El Gobierno Nacional debe garantizar un registro único y territorialmente desagregado de personas, hogares y comunidades damnificadas, que no se limite a contabilizar viviendas afectadas o ayudas entregadas. Esta identificación debe garantizar como mínimo captación del autorreconocimiento étnico-racial, así como variables como sexo, edad, discapacidad y ubicación geográfica, incluido los aspectos territoriales, como la pertenencia a consejos comunitarios o resguardos indígenas. Dado el contexto territorial, es necesario garantizar la adecuada captación de afectaciones a la vivienda, pérdida de medios de vida, acceso a agua, salud, energía y conectividad, condiciones de movilidad y nivel de aislamiento territorial. La Constitución colombiana ha reconocido que la igualdad no consiste en tratar de manera idéntica realidades profundamente desiguales. El enfoque diferencial no es una concesión ni un privilegio. Es una herramienta para hacer efectiva la igualdad. Estas exigencias no nacen únicamente del derecho interno colombiano, sino que también encuentran fundamento en las obligaciones y compromisos internacionales asumidos por el país. La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, ratificada por Colombia mediante la Ley 22 de 1981 obliga a los Estados partes a prohibir y eliminar la discriminación racial y a garantizar, en condiciones de igualdad, derechos como la vivienda, la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales, así como el acceso a los lugares y

Carta abierta al presidente Abelardo de la Espriella: sobre la reconstrucción del Pacífico tras el terremoto Leer más »

Modelo de derecho de petición para Solicitud de caracterización e inclusión en el Registro Único de Damnificados (RUD)

Encuentre aquí un modelo de derecho de petición para solicitar la caracterización e inclusión en el Registro Único de Damnificados (RUD). ¿Qué es este documento y para qué le sirve?Es una carta formal que usted le entrega a la alcaldía de su municipio para pedir que a usted y a su familia los incluyan en el Registro Único de Damnificados (RUD). Por qué importa: según el Decreto 1171 del 11 de agosto de 2026, para efectos de la atención del desastre se consideran personas damnificadas aquellas que figuran en el RUD. Si usted no queda en ese registro, no aparece en el listado oficial y puede quedar por fuera de las ayudas. Presentar este derecho de petición es gratis, no necesita abogado y la entidad está obligada a responderle por escrito.

Modelo de derecho de petición para Solicitud de caracterización e inclusión en el Registro Único de Damnificados (RUD) Leer más »