ILEX Comunicaciones

INFORME PRESENTADO POR EL DANE NO RESPETA LOS APORTES Y ACUERDOS TRABAJADOS CON LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

La sentencia T-276 de 2022 se dio en respuesta a la tutela interpuesta por ILEX Acción Jurídica, la Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas (CNOA), la Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados (AFRODES), Proceso de Comunidades Negras (PCN), la Asociación Colombiana de Economistas Negras y Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca (ACONC).  En agosto de 2022, la Corte Constitucional reconoció a través de la sentencia T-276 de 2022 que los resultados del censo 2018 realizado por el DANE, sí vulneraban los derechos fundamentales y representaba una invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en Colombia. Una decisión histórica en la que la Corte exhorta y solicita al DANE el cumplimiento de acciones que puedan reparar y enmendar los daños ocasionados a la población, haciendo un llamado a la participación de los afectados, principalmente. En el ejercicio de seguimiento al post fallo, vigilancia y compromiso, las organizaciones de la sociedad civil y comunidad académica que hicieron parte del proceso de litigio, estuvieron al tanto de un plan de cumplimiento y se realizaron mesas de trabajo para que éste fuera efectivo. En las mencionadas mesas se planteó y dio conocimiento de importantes aportes al mejoramiento del ejercicio del DANE con el fin de que para las correcciones correspondientes y en los futuros censos, no solo se tuviera en cuenta un enfoque étnico racial, sino que se plantearon metodologías y acciones concretas que evitaran nuevamente  las vulneraciones dadas históricamente. Así mismo, se crearon acuerdos entre ambas partes para que el proceso adelantado por el DANE, se realizará con rigurosidad y con metodologías adecuadas.  Luego de lo que consideramos un trabajo conjunto, conocimos el informe enviado al Juzgado Veintiuno (21) Administrativo del Circuito de Bogotá D.C., por parte del DANE con copia a la Corte Constitucional — “Estudio de Evaluación de las Causas de la Variación y Dificultades en la Captación de la Población Afrodescendiente en los Censos Nacionales: Lecciones Aprendidas” — en el que pretende dar por cumplido no solo los tiempos que la Corte le solicitó, sino también se reporta una información que al parecer de las organizaciones accionantes, no corresponde a lo conversado y plasmado en anteriores versiones del documento durante el tiempo de trabajo.  Por lo anterior, enviamos un Memorial de Incumplimiento al Juzgado Veintiuno (21) Administrativo del Circuito de Bogotá D.C, Sección Segunda, en el que nos permitimos solicitar que se declare incumplida la primera parte de la orden segunda de la   sentencia T-276 de 2022. Esta decisión parte de los cambios sustanciales que sufrió la última versión del documento que fue socializada con las organizaciones accionantes, sustituida por un documento que desconoce nuestra participación activa durante el proceso de construcción del documento, los acuerdos  y las discusiones en cuanto a los contenidos significativos que debía contener este informe para dar pleno cumplimiento a lo ordenado en el fallo.  Finalmente y bajo argumentos legales que sustentan nuestra solicitud, hacemos las siguientes recomendaciones:

9.966 personas afrodescendientes han sido víctimas de homicidio en Colombia entre 2015 y 2022

1er Boletín: Registro de Homicidios de Población Afrodescendiente en Colombia Siendo una prioridad y necesidad la existencia y registro de datos sobre las realidades de la población afrodescendiente en Colombia,  el Centro de Estudios para la Justicia Racial – CEJR presenta el análisis del registro de homicidios de personas afrodescendientes comprendido en los años 2015 a 2022, incluyendo el primer semestre del año 2023.  En este primer boletín pretende dar a conocer cómo ha sido el comportamiento de la violencia en Colombia, pero sobre todo, cómo afecta esta a la población afrocolombiana.  Teniendo en cuenta lo anterior, este es el primero de un conjunto de boletines periódicos que se publicarán cada semestre y que abordarán el panorama de la evolución de las lesiones fatales en Colombia, en especial de casos de homicidios en población afrodescendiente. El presente boletín se basa en información del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses – INMLCF, en donde existen 6 categorías de “ancestro racial” (Amarilla, Blanco, Indígena, Mestizo, Mulato, y Negro) para lo cual el boletín, categorizara a la población afrodescendiente como aquellas personas ya fallecidas que están dentro de las categorías Negro y Mulato, dos categorías relacionadas directamente con esta población. Sin embargo, dichas categorías no necesariamente corresponden a las utilizadas en el Sistema Estadístico Nacional, dado que se abordan personas ya fallecidas, por lo cual, no es posible obtener un aspecto de autorreconocimiento. Este boletín, parte también de la existencia del primer tablero de registros sobre homicidios de personas afrodescendientes en Colombia que consolida datos desagregados establecidos por departamentos y municipios.

Derecho a la IVE para personas gestantes de las comunidades étnicas: El paso que no podemos retroceder

La sentencia T – 158 de 2023, revisó el caso de una mujer indígena a quien su EPS le negó la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), al considerar que la solicitud no se encontraba en ninguna de las tres causales establecidas en la sentencia C- 355 de 2006, así como que la misma iba en contravía de las costumbres de la comunidad étnica a la que pertenece la accionante.  En la revisión del caso, la Corte estableció que era necesario pronunciarse de fondo, pues en su interpretación los jueces de primera y segunda instancia desconocieron los fundamentos de la sentencia C-055 de 2022, la cual aplicaron en sus respectivas sentencias. Pero, además, evidenció que existía un conflicto entre los derechos sexuales y reproductivos de la mujer y la autonomía de las comunidades indígenas.  La Corte decidió revocar las dos sentencias anteriores, reconociendo que los derechos a la salud y los derechos sexuales y reproductivos de la accionante fueron vulnerados y exhortó a los jueces de tutela para que, en este tipo de casos, adopten decisiones en el menor tiempo posible atendiendo así la urgencia de protección inherente a los casos de IVE.  También establece que la autonomía de los pueblos indígenas tiene límites frente a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.  En los argumentos para llegar a la decisión mencionada, la Corte señala que no existe el derecho al aborto y sustenta dicha afirmación en las siguientes razones:  Respecto de este caso, desde ILEX Acción Jurídica nos parece importante mencionar lo siguiente, para aportar a la discusión y dejar en la agenda algunos asuntos cuya discusión y debate son necesarios para el interés general y la protección de los derechos sexuales y reproductivos de personas gestantes. Consideramos que es necesario que las Cortes, el gobierno y las organizaciones de sociedad civil asuman este tema con el cuidado y la seriedad que merece.  Consideramos que la sentencia T – 158 de 2023 tiene los siguientes asuntos para debatir:  En la sentencia C-055 de 2022, la Corte pidió al Congreso y al Gobierno que tomaran medidas para establecer una política pública para la atención y prestación de servicios de IVE, cosa que hizo el Gobierno con la Resolución 051 de 2023. Esto implica que el tal vacío normativo no existe.  Dicho lo anterior, también es importante mencionar que aunque los argumentos de la Corte en la sentencia T-158 de 2023 van en contravía de lo que la misma Corte ha venido desarrollando, el contenido de este fallo no significan la anulación de la sentencia que despenalizó el aborto hasta la semana 24 (sentencia C-055 de 2022), sin embargo es un precedente de interpretación de la sentencia C-055 de 2022 que puede ser peligroso para los derechos sexuales y reproductivos de las personas gestantes, por al menos las siguientes razones:  “Primer cargo: violación del derecho a la IVE en las causales de que trata la Sentencia C-355 de 2006, en relación con el derecho a la igualdad 7.  (…) También precisan que la disposición demandada no tiene el mismo impacto cuando se trata de mujeres inmersas en alguna situación de vulnerabilidad, ya que se enfrentan a barreras adicionales para acceder a la práctica de la IVE en las tres causales de que trata la Sentencia C-355 de 2006, debido, entre otras razones, a estar ubicadas en zonas rurales, carecer de recursos económicos o no poder acceder a los servicios de salud” Con todo lo anterior, nos unimos a la solicitud de varias organizaciones de la sociedad civil, como Causa Justa, para pedir que la Corte Constitucional aclare los argumentos de la sentencia T-158 de 2023 con miras a que el Estado brinde una protección real a los derechos sexuales y reproductivos de las personas gestantes, de las mujeres que pertenecen a comunidades étnicas y para evitar el sostenimiento y reforzamiento de las barreras que impiden acceder de manera oportuna y segura a la interrupción voluntaria del embarazo.  Referencias:

“Señora o lo que sea, deme su cédula”: Retratos de la violencia policial racista desde la interseccionalidad

“Señora o lo que sea, deme su cédula”: Retratos de la violencia policial racista desde la interseccionalidad   Este documento da cuenta de una realidad y refleja cómo ha sido el relacionamiento que tiene la Policía Nacional de Colombia con las mujeres y personas asignadas con sexo femenino al nacer, específicamente afrodescendientes, está atravesado por escenarios de discriminación y violencia. Tanto en contextos de protesta como cotidianos, la vida, la dignidad humana, la seguridad personal y la intimidad de estas personas se ven sometidas a constantes abusos y patrones de violaciones a sus derechos humanos, a nivel individual y colectivo. DESCARGAR AQUÍ DOCUMENTO COMPLETO Violencias físicas, simbólicas, verbal, entre otras, fueron algunos de los hallazgos encontrados en los testimonios relatados y registrados en el informe “Señora o lo que sea, deme su cédula”: Retratos de la violencia policial racista desde la interseccionalidad” que fue presentado en Cali este 11 de agosto.  El documento, adelantado por organizaciones como Posá Suto, el Observatorio sobre violencias basadas en género del Proceso de Comunidades Negras – Vigía Afro e ILEX Acción Jurídica, presenta y evidencia cómo la Policía Nacional, basados en criterios sospechosos como lo son la expresión e identidad de género, orientación sexual, pertenencia étnico-racial y condición socioeconómica, vulnera los derechos humanos y dignidad de mujeres cis, personas con asignadas femeninas al nacer (AFAN), mujeres trans y personas no binarias. Por lo anterior, es importante revisar y hacer un análisis de la violencia policial racista desde un enfoque de interseccionalidad. Para Lina Carabalí, investigadora de Vigía Afro, considera que es fundamental que nos paremos desde esta mirada, pues “el tratamiento que se le da a las personas negras, conforme a las diferentes formas de habitar su cuerpo, su vida, sus contextos, es determinante en cuanto al tratamiento que se le da por parte de la fuerza pública. Esto es importante porque repercute en cómo se materializan las consecuencias en la vida de esta persona, después de haber sufrido un hecho violento por parte de los agentes del orden”  Cartagena, Tumaco, Cali y Bogotá, ciudades donde se llevó a cabo la metodología de la investigación, se se conocieron distintas declaraciones que reflejaban los estereotipos y acciones misóginas, transfóbicas y racistas que en la cotidianidad, tienen los agentes de policía con la población mencionada. De ahí la necesidad de realizar un análisis que no solo tenga en cuenta una, sino todas las realidades que atraviesan, desde distintos aspectos la vida, dignidad y humanidad  de las personas contra quienes se cometen actos de violencia policial racista, que además hace parte de una estructura de discriminación que históricamente se ha tenido con la institucionalidad.  “Es importante que desde nuestras experiencias como personas afrodescendientes y con expresiones e identidades de género y orientaciones sexuales diversas, podamos mencionar nuestras palabras lo que nos pasa en el relacionamiento con el Estado en general, en este caso con los agentes del orden. Esto es un fenómeno que no reducimos a la Policía, esto es un fenómeno que habla de cómo el Estado se relaciona con las personas negras afrodescendientes” afirma Dayana Blanco Acendra, directora general de ILEX Acción Jurídica.  En los testimonios recogidos en el informe dan cuenta de que los comportamientos de la fuerza pública han sido sistemáticos y no cumplen, incluso, con las mismas reglamentaciones y regulaciones que tienen respecto al uso de su poder. Como menciona el documento, aunque la mayoría de las situaciones no hay riesgo de vida de un agente o de un tercero, la institución tiene un accionar desproporcionado.  “[…]Entonces salí corriendo y el policía me hizo disparos, fueron más de…cuando fui a ver fueron más de 10 casquillos. Yo corrí por- que me iban a meter presa por algo que yo no había hecho” mencionó Vanessa, una de las personas entrevistadas. Igualmente, Luisa, una joven que vivió un caso de acoso con la policía, contó que: “yo ahí tenía como unos 16, 17 años y entonces yo asustada lloraba que me quería ir para mi casa y pues el policía decía que si queríamos irnos teníamos que chuparle el pene, nos dijo (…) Nosotras que no, que no íbamos a hacer nada y de tanto llorar y gritar en ese CAI pues nos soltaron”  El informe hace recomendaciones que están enmarcadas en el proceso actual de reforma policial que se lleva a cabo en la policía nacional que, si bien no tiene una consolidación definida ni una estructura unificada, está promoviendo un debate público pendiente por parte del Gobierno. La reforma representa una oportunidad clara de incidencia de los grupos que históricamente han sido discriminados, que no han sido incluidos en estos temas, ni se han tenido en cuenta sus demandas.

El poder de las mujeres afrodescendientes en Colombia

En Colombia hay 22,6 millones de mujeres que lideran 14,2 millones de núcleos familiares. Esto es equivalente a que el 40.7% de los hogares los lidera una mujer según el Censo Nacional de Población y Vivienda del 2018. De este porcentaje el 47% que se autorreconoce dentro de un grupo étnico, residen en las zonas rurales del país y el 33.1% se consideran negras, mulatas, afrocolombianas o afrodescendientes. Apropósito del 25 de julio, Día Internacional de la Mujer Afrodescendiente, es imprescindible reflexionar sobre la situación de estas mujeres en Colombia, sobre su aporte en la movilización de economías locales en las regiones con alta influencia étnica y en cómo han estructurado formas diferentes de vivir, donde la riqueza no está en la capacidad de acumular, sino en la capacidad de distribuir, en la capacidad de coexistir con las otras.   Pese a que hablar de justicia economía en Colombia, claramente tiene unas variables de género, clase, etnia y orientación sexual, que determinan su crecimiento y presentan diferencias dependiendo de dónde y de quién vengan, a este punto de nuestra historia, es necesario reconocer que en Colombia las mujeres afrodescendientes han demostrado un doble poder.  Por un lado, su capacidad de impulsar los sistemas económicos locales en los distintos territorios, que, aunque aún no les permiten romper ciclos de pobreza, si les permite hacer resistencia económica y cultural dentro de los mismos. Y por otro, el poder de desafiar los estereotipos arraigados en una sociedad estructurada desde el racismo y la discriminación. La invisibilización histórica de las mujeres afrodescendientes ha perpetuado una realidad de discriminación y exclusión. A menudo, se encuentran en desventaja tanto por su género como por su origen étnico, lo que se traduce en dificultades para acceder a la educación, el empleo y la salud. Esta situación se agrava en las zonas rurales y en comunidades afrodescendientes aisladas, donde los recursos y servicios básicos son escasos.  Generalmente las mujeres afrodescendientes son relacionadas principalmente, actividades como la docencia, agricultura, labores domésticas e incluso actividades sociales y culturales que, particularmente, son ejecutadas desde la voluntariedad y sin mucha remuneración.  No obstante, ellas han generado sin querer un modelo de prosperidad inclusiva   que va desde la transformación de recursos propios de la biodiversidad en los territorios, hasta llegar a las artesanías locales y culturales como medio de subsistencia.  Sin embargo, como sociedad, erróneamente se nos ha enseñado que, en las manos de estas mujeres, la artesanía, la agricultura, el arte y la docencia no generan escenarios potenciales de desarrollo. Que productos como las cocadas del Pacífico y el Caribe, el dulce de leche del Valle del Cauca, el cacao en Tumaco y la producción de Viche no tiene el potencial suficiente para generar plataformas de un posible mercado de exportaciones para Colombia.   Pero lo cierto es que muchas familias se han sostenido desde estos sistemas, pese a las condiciones estructurales de desventajas en el acceso a recursos básicos de vida.  Por ejemplo, la concha o piangua es un bivalvo que tiene como hábitat los bosques de manglar del Chocó biogeográfico y también es una fuente de alimento de las comunidades del Pacífico sur colombiano, liderado por las mujeres en estos territorios, que representa un ingreso clave en los hogares, además de ser uno de los alimentos propio de los municipios que conforman el andén costero del Pacífico.   Otro ejemplo es que, pese a que las mujeres negras trabajan el concepto de cuidado desde la óptica de la familia extensa donde, ya sea en términos de salud, educación y economía, hay una ayuda mutua que viene de sus saberes ancestrales. El trabajo doméstico o trabajo del hogar remunerado es una actividad laboral que cuenta con muy poca valoración a nivel social, al igual que la remuneración económica y otros factores que enfrenta como la desprotección social y precariedad. No obstante, este ha sido fundamental para la sostenibilidad de los núcleos familiares afrodescendientes en Colombia.  En esta fecha es necesario pensar que, en el caso de las mujeres afrocolombianas, negras raizales y palenqueras, hablar de autonomía económica no es solo una cuestión de derechos humanos. Es decir, de que las mujeres tienen derecho de participar en igualdad frente a los hombres en el mercado laboral y ser autosuficientes. Es un asunto de eficiencia económica en los territorios, tiene que ver con que las mujeres tengan, no solo ingresos propios, sino también la capacidad de generarlos de manera individual y colectiva y administrarlos por sí mismas. Y esto, de alguna manera, también tiene que ser asistido desde el Estado.   Hoy más que nunca, es necesario articular los emprendimientos desarrollados por las mujeres negras con cadenas productivas que les otorguen condiciones de generación y apropiación de valor agregado que les permitan ampliar sus niveles de acumulación y su poder de negociación individual y colectivo. Por Audrey Mena. La autora es abogada con maestría de la Universidad de Notre Dame y doctora en derecho de la Universidad del Rosario, con experiencia en temas de derechos étnicos colectivos y derechos culturales. Actualmente es la subdirectora de ILEX Acción Jurídica.

BALANCE DE LA LEGISLATURA 2022 – 2023 PARA LAS PERSONAS Y COMUNIDADES AFROCOLOMBIANAS

Históricamente, la representación política de las comunidades afrocolombianas en el poder legislativo estuvo limitada a las curules de circunscripción especial establecidas en el artículo 176 de la Constitución Política. Asimismo, sumada a las circunscripciones territoriales de la Cámara de Representantes correspondientes a los departamentos del litoral Pacífico y, de manera eventual, por un grupo de Senadores o Senadoras, generalmente de izquierda, que asumían la vocería de los intereses y reivindicaciones de este grupo étnico-racial. En este contexto, las elecciones del Congreso de la República 2022-2026 son un hito político importante para las personas y comunidades afrocolombianas. En las últimas elecciones al Congreso, la participación política de este grupo experimentó una apertura democrática que permitió la presencia de una pluralidad de sectores políticos en su representación, lo cual evidencia el crecimiento de la relevancia democrática de los/as afrocolombianos/as en la política nacional. El balance legislativo que presenta este documento sólo se encarga de analizar la representación política afro en la integración del Congreso de la República y en los proyectos de ley y de acto legislativo sobre las comunidades afrocolombianas tramitados en la legislatura 2022-2023. Para su construcción se tomaron como fuentes de búsqueda de la información la página de la Comisión Legal Afrocolombiana, la sección de proyectos de ley y actos legislativos del Senado de la República, la sección de proyectos de ley y actos legislativos de la Cámara de Representantes y la página del programa del departamento de Ciencias Políticas de la Universidad de los Andes– “Congreso Visible”. En este sentido, la información que se presenta sigue una metodología cualitativa. Para el proceso de sistematización, verificación y consolidación del informe se elaboró una matriz en Excel que permitió contrastar las fuentes de información para, finalmente, realizar su análisis cualitativo. Te invitamos a consultar el informe a continuación presentado:

UNARC HACE UN LLAMADO AL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DDHH QUE TRABAJAN POR LA JUSTICIA RACIAL Y EXIGE VOLUNTAD POLÍTICA POR PARTE DE LOS ESTADOS

El pasado 11 de julio, ILEX Acción Jurídica y organizaciones de la sociedad civil pertenecientes a la Coalición Antirracista UNARC presentaron declaración conjunta en la 53ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre el Diálogo Interactivo con el Relator Especial sobre el Racismo.  Durante esta declaración se hizo un llamado a la Relatora Especial a continuar poniendo sobre la mesa la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos que trabajan por la justicia racial, teniendo en cuenta los retos que representa trabajar con poblaciones racializadas.  Adicional a esto, se instó a los Estados miembros a comprometerse, que se muestre la voluntad política para el  cumplimiento de la Declaración y el Programa de Acción de Durban (DPAD), que busca  la garantía de un entorno seguro y propicio para la población afrodescendiente.  Desde ILEX Acción Jurídica respaldamos esta propuesta e invitamos al Estado colombiano a la implementación de acciones que no solamente mitiguen las violencias y vulneraciones que sufren quienes ejercen la defensa de los derechos humanos en los territorios, sino también a que se haga una debida recolección de la información, teniendo en cuenta la pertenencia étnico racial de los mismos.  ADENDA:  En el mes de abril,  la Organización de Naciones Unidas adoptó por consenso la resolución que renueva el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos.  El mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de las y los defensores de los derechos humanos es esencial para su protección y reconocimiento en todo el mundo. Su misión es recopilar información sobre la situación de los defensores en todo el mundo, colaborar constructivamente con gobiernos y agentes no estatales y ofrecer recomendaciones de expertos para promover la aplicación efectiva de la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos” Te recomendamos leer: ¿Cómo superar el amplio subregistro de las violencias contra líderes y lideresas afro en Colombia? Ver intervención aquí:

¿Cuál es el impacto del  Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 en las comunidades negras y la población afrodescendiente en Colombia?

El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, tiene aspectos importantes que establecen una relación directa con la población afrodescendiente en el país, teniendo 5 ejes transformadores: ordenamiento del territorio alrededor del agua, seguridad humana y justicia social, derecho humano a la alimentación, transformación productiva, internacionalización y acción climática, convergencia regional. Además, contiene cuatro ejes transversales: paz total, los actores diferenciales para el cambio, estabilidad macroeconómica, política exterior con enfoque de género; aspectos que orientarán gran parte de las propuestas dispuestas en el articulado.  Según la visión de gobierno, el PND ha sido un proceso participativo en el cual más de 250.000 colombianas y colombianos participaron en los diálogos regionales vinculantes, lo que hizo en buena parte un Plan orientado a la ciudadanía, garantizando voces diversas en la construcción de ideas y metas finales. Dicho plan tiene un costo aproximado de 1.154,8 billones de pesos constantes, donde el 50% de la financiación del Plan Plurianual de Inversiones Públicas saldrán del presupuesto general de la nación. La distribución total de las fuentes de financiación se distribuye así: Gráfica 1. Fuentes que financian el PND 2022-2026. Fuente: : Subdirección General de Inversión, Seguimiento y Evaluación – DNP. Cifras en miles de millones de pesos constantes 2022. Dentro del PND existen diversas propuestas en torno a la población afrodescendiente que les  impactará de manera transversal en diferentes ejes, necesarios para el desarrollo inversión territorial y la movilidad social. Uno de ellos es la implementación de trazadores presupuestales para las asignaciones presupuestales de los pueblos indígenas y comunidades negras, afrodescendientes, raizales, palenqueros. Esta estrategia es importante, dado que las entidades deben preparar anualmente informes sobre los recursos apropiados y de alguna manera, es una herramienta que permite realizar seguimientos sobre los recursos destinados y que orienta la focalización a grupos específicos. Algunas estrategias importantes que se contempla dentro del PND, se destacan la apropiación de partidas presupuestarias para que el cierre de compromisos adquiridos en los pueblos indígenas y comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, y campesinas que se vincularon al Programa de Cultivos de Uso Ilícito -PNIS. Esta iniciativa contemplada en el artículo 11 del PND, podría orientar las prácticas en beneficio de los municipios y comunidades étnicas afectadas por el cultivos ilícitos, por medio de sustituciones alternativas. Esto último es necesario, sin embargo, no propiamente se menciona el cómo se realizará este tipo de actividades, aunque se deja en manos de las entidades como la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos y autoridades propias. Por otro lado, se dispondrán y crearán mecanismos especiales con enfoque intercultural para la gestión catastral multipropósito en territorios y territorialidades de comunidades negras e indígenas. Cabe destacar que, los operadores catastrales en territorios formalizados serán operadores indígenas y comunidades negras y estas, podrán ser contratadas de manera directa y  el gestor transversal en estos aspectos será el IGAC. Esta iniciativa tiene dos matices, la primera de ellas, es que se está reconociendo de manera amplia la autogestión de los territorios. Esto implica que las comunidades tengan una participación directa en la gestión del catastro, en donde podrán tomar decisiones, entre otras cosas, sobre el control e información del territorio. Por otro lado, este artículo (11 – PND) también orienta a que habrá un mayor reconocimiento de su territorio y por último, que es posible que haya una consolidación y empoderamiento económico, al permitir que la gestión del catastro los operadores sean “comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras pertenecientes al territorio a intervenir catastralmente”.  Sin embargo, es necesario que además del enfoque intercultural, se contemple y se desarrolle, como así lo mencionan en el PND, un enfoque técnico en donde los gestores tengan toda la información necesaria y capacitación para llevar a cabo una gestión del catastro multipropósito coherentes y veraz. Por lo cual, el acompañamiento del IGAC y demás instituciones como la ANT u otras instituciones, será indispensable en todo este proceso para la implementación de la política del catastro multipropósito, que entre otras cosas dicha política es necesaria para corregir situaciones de inequidad. Contar con esta información, orientaría a garantizar mejores políticas en torno a la tenencia de la tierra, acceso y ordenamiento territorial, así como también mejorar los aspectos de recaudo de impuestos, y permitiría identificar lugares, áreas y territorios que de alguna manera estén en riesgo de desastres, entre otras cosas. Así mismo, se creará el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural, como mecanismo transversal en la implantación de la reforma agraria y reforma rural integral, esto es importante para las comunidades negras, dado que el PND contempla que dicho sistema esté compuesto por ocho subsistemas, en donde uno de ellos estará directamente relacionado con la delimitación, constitución y consolidación de territorios indígenas y de territorios colectivos de comunidades negras. La importancia radica en que, si esto se cumple, habría un instrumento amplio para que de esta manera mejoren las condiciones de los trabajadores agrarios y también, la amplitud de la garantía de los derechos territoriales de las comunidades indígenas y negras, que de alguna manera realizan actividades de conservación, producción y aprovechamiento de recursos, y este tipo de actividades deben ser evidenciadas en la reforma rural y agraria. Uno de los programas que, de cumplirse puede disminuir brechas sanitarias y de salud, es el programa de “Agua es vida”, el cual será formulado por el Ministerio de Igualdad y Equidad, en conjunto con el Ministerio de Vivienda. Este programa debe estar en vigencia según el texto conciliatorio dentro los primeros seis meses a la entrada de la Ley. La estrategia es vital para el mejoramiento y el acceso de agua potable y saneamiento básico de la población vulnerable, por ejemplo, la cobertura de agua potable en Colombia para la población afrodescendiente llega al 69,% y el alcantarillado al 54,1%, estos resultados para la población afrodescendiente en la zona rural son aún más bajos. Por último, algo que se resalta es que dentro de este programa habrá un plan de acción para la restauración ecológica en la …

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Logramos Acuerdos con la Registraduría Nacional del Estado Civil para Mejorar la Visibilidad Estadística de la Población Afrodescendiente, Negra, Raizal y Palenquera en las Elecciones Regionales del próximo 29 de octubre de 2023

En días previos, ILEX Acción Jurídica, la Misión de Observación Electoral- MOE, la Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas – CNOA y la Asociación Colombiana de Economistas Negras Mano Cambiada eealizaron la solicitud ante la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral para garantizar la visibilidad estadística de las poblaciones afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras a nivel de candidaturas en los próximos comicios nacionales. Luego de una reunión desarrollada con el apoyo de la Defensoría del Pueblo, y en la cual también participó Dejusticia, se lograron acuerdos para contabilizar de manera adecuada a los/as candidatos/as afrodescendientes. Las organizaciones partícipes solicitamos a la Registraduría garantizar la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en los procesos electorales y, en especial, con relación al derecho a la participación en calidad de candidatos para alcaldes/as, gobernadores/as, ediles, diputados/as, y concejales/as en los distintos departamentos, municipios y distritos del país. En consecuencia, instauramos un derecho de petición para que se recolectase información desagregada en términos étnico-raciales sobre las candidaturas de las elecciones de octubre y que la información agregada fuese de acceso público (garantizando la anonimidad de los datos personales). Esta informaciónnos permitirá saber cuántas personas afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras participarán como candidatas en el ejercicio democrático. Una de las principales razones por las que, en elecciones anteriores, no se presentaba a la opinión pública información sobre candidatos/as afrocolombianos en comicios electorales es que esta población se encontraba invisibilizada en los registros administrativos que se generaban en los procesos de inscripción de candidaturas, pues los formularios no preguntaban por la identidad étnico-racial de las personas que se inscribían, lo cual afectaba de manera grave los derechos fundamentales de la población afrodescendiente, impidiendo conocer aspectos como: a) sí existían asimetrías en cuanto al acceso a candidaturas para personas afrocolombianas en comparación con otros grupos poblacionales; b) el grado de inclusión con que contaban las personas afrocolombianas en partidos políticos para efectos electorales; c) siexistían variaciones a nivel regional o local en cuanto a la posibilidad relativa (según sus dinámicas de distribución demográfica) que tenían las personas afrocolombianas de tener la calidad de candidatas a elecciones; d) si lasmujeres afrocolombianas accedían de manera adecuada a candidaturas electorales cuando se les comparaba con mujeres que no tienen esta identidad étnico-racial, entre otras. Si bien la Registraduría Nacional del Estado Civil nos informó que ya tenía contemplado recolectar información sobre pertenencia étnica de cara a las próximas elecciones, existían múltiples problemas con la manera en que se había propuesto llevar a cabo la recolección de estos datos. Varios de estos problemas lograron ser solucionados luego de la reunión entre las organizaciones de la sociedad civil y la Registraduría. Específicamente, se lograron acuerdos sobre: Si bien los acuerdos alcanzados constituyen un paso importante para garantizar la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en el ejercicio de derechos político-electorales, aún quedan temas por mejorar. Específicamente, no fue posible lograr que la pregunta sobre la identidad étnico-racial fuese de respuesta obligatoria al momento de la inscripción, lo cual puede tener un impacto sensible sobre la disponibilidad de información sobre la composición del universo de candidatos/as. Esperamos que, en el futuro próximo, sea posible lograr una materialización completa del derecho a la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en procesos electorales. Igualmente, confiamos de buena fe en la materialización de los acuerdos alcanzados por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Más información:Gina Eugenia MorenoCoordinadora Comunicaciones ILEX Acción Jurídicacorreo electrónico: periodista@ilex.com.coTeléfono: 3017355513www.ilexaccionjuridica.org Maio Rivas MolinaCoordinadora Etnocomunicación Estratégica C.N.O.A.Correo electrónico: comunicaciones@convergenciacnoa.orgTeléfono: 3143401898www.convergenciacnoa.org Maria Camila Estacio SinisterraAsociadaAsociación Colombiana de Economistas Negras – Mano Cambiadacorreo electrónico: economistas_negras@protonmail.comTeléfono: 3155658763

“Mujer en rama”, un poema para conmemorar el Mes del Orgullo LGBTIQ+

Dayana Blanco Acendra, nuestra directora general comparte un poema de su autoría para celebrar el amor y enorgullecernos de todas mas maneras que podemos tenerlo y brindarlo. Se escribe para narrar lo íntimo, lo cotidiano y para destacar a todas y cada una de las mujeres que se aman entre sí. En el Mes del Orgullo LGBTIQ+, poesía para enaltecer. Mujer en rama De esta mujer me quedó la risa,  la alborada con papaya picada en cuadritos pequeños. Tres  huevos fritos con pan y un café en taza grande siendo apenas las 6:00am. Me quedó un libro que se repite en mi repisa y habla de los mismos temas, las mismas alegrías, la misma lucha. El problema de siempre, un problema de siglos. Cambian las portadas, la editorial, el año pero es la misma lágrima. A veces la misma risa. De esta mujer me quedó un corazón abierto que bota humo y palabras  para cuando ella las quiera escuchar a la sombra de esta humareda. De ella tengo esta nota,  y su pelo que crece para arriba. Me quedó la puerta abierta del closet. Dos ganchos para colgarme cuando me mira. De esta mujer me quedó un vaso whiskey con dos cubos de hielo el viernes en la noche, con la Aragón. Un vallenato sabanero el domingo en la mañana sin playa, en la montaña. Qué bueno es verme al espejo y verla. Soy los retazos de lo que ha puesto.  Cada pedacito de lo que me dio de la parte de ella que me da. Camino y voy por la calle siete Siendo muchos pedazos de ella. Y la miro y me río. Agarro su mano como la rama mas delgada de este árbol de una década. La agarro con delicadeza Porque en esta rama colgaré  cada pedazo de mi al sol. dba