ILEX Comunicaciones

Reforma a la Justicia: ¿Qué proponemos?

En ILEX Acción Jurídica hacemos parte de la comisión asesora para la Reforma a la Justicia, aquí te contaremos cuáles son nuestras propuestas en busca de una administración de justicia con enfoque diferencial y que contemple la participación de poblaciones históricamente marginadas como lo somos las personas negras/afro.  La Reforma a la Justicia, en contrucción  De acuerdo con la cartera de justicia se buscará “la construcción de un sistema judicial más justo, accesible y confiable para toda la ciudadanía”. En esta vía, el Ministerio de Justicia ha propuesto 5 puntos claves a trabajar: Si bien esta reforma no podrá garantizar la justicia por sí sola, es responsabilidad del Estado aspirar a modificar la estructura, el espíritu y el propósito de su administración, con el fin de convertirla en una herramienta eficaz para superar las desigualdades. En este sentido, pensar en términos de reforma a la administración de justicia y enfocarse en los cinco ejes propuestos podría iniciar la conversación que se llevará a cabo en el marco de la comisión de expertos para la reforma. Desde ILEX Acción Jurídica hemos llevado a la comisión 2 propuestas transversales a toda la iniciativa de reforma y 3 propuestas concretas para el aterrizaje de aspiración de justicia de población afrodescendiente PROPUESTAS TRANSVERSALES: La escasa o casi nula información oficial disponible sobre acceso a la administración de justicia de población negra-afrodescendiente en Colombia, establece una barrera inicial para dar abiertamente la discusión sobre su reforma. Por lo anterior, y dada su importancia, es necesario que el Estado en cabeza del Ministerio de Justicia proporcione las herramientas necesarias para entender cómo opera la administración de justicia en estas poblaciones. Esto debe ser un principio básico de la conversación: la integración de enfoques y perspectivas étnico-raciales en las discusiones que se lleven a cabo en el contexto de la reforma. MinJusticia debe asegurar la transversalidad de este enfoque en las conversaciones internas del comité y también en los asuntos que no sean abordados por este. En relación con los 5 ejes propuestos por el Ministerio:  Reconociendo la violencia policial contra las personas afrodescendientes como un problema estatal y no simplemente institucional, es crucial que, dentro del marco de esta reforma, se aborden y implementen los cambios necesarios para establecer mecanismos efectivos de denuncia, judicialización y sanción de delitos cometidos por agentes de la policía impulsados por prejuicios raciales. Además, la Fiscalía  deberá crear una unidad especializada para la investigación de delitos cometidos por la Policía Nacional en reconocimiento de fenómenos como la violencia, en especial aquella motivada por criterios racistas. Esta unidad deberá investigar las violaciones de DD.HH. cometidas por miembros de esta entidad en lógica de su sistematicidad. Esta unidad deberá contar con recursos y personal propios, así como presencia a nivel nacional.   Esta propuesta, recoge el trabajo articulado de las organizaciones que integran la Mesa por la Reforma Integral a la Policía.  -En relación con los procesos de formación destinados a funcionarios y colaboradores del sector justicia en temas de diversidad, equidad, inclusión y lucha contra la discriminación, se deben estipular mecanismos concretos para que se identifiquen situaciones que atenten contra los DD.HH, especialmente aquellas motivadas por criterios sospechosos como la pertenencia etnico-racial. Además, se debe incorporar la exigencia de invertir la carga de la prueba en estos escenarios. Dichos procesos de formación deberán contar con indicadores de seguimiento precisos que permitan medir la efectivdad del proceso y su impacto para superar el racismo y la discriminación al interior de estas instituciones.  –Creación de un sistema de información de calidad, uniforme y actualizado, que pueda caracterizar las personas que interactúan con el sistema de justicia para poder reconocer fenómenos que puedan estar afectando grupos específicos. En ese sentido, es necesario tener en cuenta variables de recolección como la edad, el género, la pertenencia étnico-racial, entre otras transversales a todas las bases de datos administrativas del sector.  Para este punto, proponemos lo siguiente: -Aprobar la ley de coordinación entre el Sistema Nacional de Justicia y las Jurisdicciones Especiales Indígenas, bajo los principios de supremacía de la Constitución y reconocimiento del derecho propio.  – Generar mecanismos de denuncia que adopten la variable étnico-racial como un factor relevante de análisis, desde el momento de la recepción de denuncias hasta el seguimiento de los procesos que se abren cuando las víctimas tienen una pertenencia etnico-racial, sin perder de vista un enfoque interseccional.Esto debe, además, contemplar medidas de protección diferenciadas para personas que puedan verse en riesgo por acudir al sistema de justicia. Una justicia accesible para personas, grupos y territorios tradicionalmente excluidos Se propone diseñar una estrategia de levantamiento de datos que incluya la variable étnico-racial integrada para todas las jurisdicciones y la Fiscalía General de la Nación. Además, en conjunto con el DANE, se busque recopilar información sobre la composición demográfica étnico-racial de las personas vinculadas a la rama judicial y junto a la Unidad de Administración de la Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura, se definan acciones puntuales de selección que tengan en cuenta la adecuada vinculación de “minorías” en las corporaciones judiciales.

El Impacto del Sistema Laboral Colombiano en las Mujeres Afrodescendientes

El sistema laboral colombiano presenta complejidades significativas y las mujeres afrodescendientes, en particular, se enfrentan a una serie de desafíos que demandan una atención estratégica y novedosa. De acuerdo con el DANE, a cierre del año 2023, en diciembre, la tasa de desempleo se ubicó en 10,0%. Este resultado para las personas afrodescendientes llegaba al 13,5%, número que superaba en 3,5 puntos porcentuales (pps) la cifra nacional y al resultado de las personas sin ninguna pertenencia étnico-racial. La situación de las mujeres afrodescendientes es aún más alarmante. La tasa de desempleo llegó a 19,5%; superando en 10,7 pps a la registrada en los hombres afrodescendientes y 7,1 pps, a las mujeres sin ninguna pertenencia étnico-racial. Estos datos reflejan la alta vulnerabilidad en términos de autonomía económica y de movilidad social que enfrentan las mujeres afrodescendientes en comparación a otros grupos poblacionales. Así mismo, según las cifras de la encuesta de Calidad de Vida 2022 y el último censo, alrededor del 30% de las mujeres afrodescendientes ocupan su tiempo a realizar oficios del hogar, resultado disminuye a 3% en hombres afrodescendientes. Es decir, existe una conexión entre las responsabilidades de cuidado no remunerado, la falta de valoración de estas labores y la inequidad en el ámbito laboral. Por otro lado, la sobre representación de las mujeres afrodescendientes en empleos domésticos remunerado y su limitada participación en el sector formal resaltan la necesidad de abordar estas cuestiones desdeuna perspectiva estructural. ¿Pero qué hace el sistema laboral para corregir su alta tasa de desempleo y formalidad? Lo primero que debemos mencionar, es que el sistema laboral no funciona bien, caracterizado por su alta informalidad, su estructura regulatoria y los sesgos contra los jóvenes y las mujeres ya existentes. Por lo general, el sistema laboral exhibe al menos dos variables que obstaculizan su funcionamiento y generan una rigidez que afecta especialmente a las poblaciones históricamente discriminadas (por no mencionar a la sociedad colombiana en su conjunto). Uno de los aspectos fundamentales que contribuye a esta problemática, radica en que el financiamiento de seguridad social recae en buena parte sobre el costo del trabajo, limitando las condiciones óptimas para la generación de empleo formal, especialmente en el ámbito de las pequeñas y medianas empresas. Perpetuando la informalidad laboral, evidenciada por una proporción de ocupados informales que supera el 50% en Colombia. Ante la necesidad de reducir costos, las empresas se ven obligadas a mantener nominas reducidas y optan por vincular al menos una parte de su personal de manera informal. Esta estrategia no solo refleja una medida económica y financiera de cada empresa, sino que también plantea interrogantes acerca de quiénes serán los principales afectados por dicha informalidad, y como se ha mostrado en diferentes informes serán las mujeres y los jóvenes quienes enfrentan estas condiciones laborales. Otro de los múltiples problemas está vinculado a los aspectos regulatorios, es el conjunto de leyes y normativas que regulan o rigen el sistema laboral que, no necesariamente, está alineado con la estructura económica y productiva del país. Esto se manifiesta entre otras cosas, en la rigidez de la contratación, dificultando la adaptación a necesidades cambiantes y entornos de muchas empresas. Ahora bien, ¿por qué las mujeres afrodescendientes podrían verse afectadas por este tipo de problemas que tiene el sistema laboral? Consideremos el siguiente escenario: una mujer afrodescendiente está en búsqueda de empleo, al igual que otras mujeres sin ninguna pertenencia étnico-racial. Sin embargo, debido la alta carga de financiamiento de seguridad social que recae sobre el costo del trabajo, la empresa a la que se presentó, tiene la capacidad para contratar de manera formal a un número limitado de personas, pero aun así necesita a otras personas para llevar a cabo algunas labores dentro de la empresa. Al final, la empresa opta por contratar de manera formal a la mujer sin ninguna pertenencia étnico-racial, pese a tener las mismas cualidades académicas y de experiencia laboral que la mujer afrodescendiente. El anterior escenario fue real y evidencia que existe al menos una discriminación implícita, es decir, la empresa orienta a tener sesgo discriminatorio que la llevan a preferir a la persona sin ninguna pertenencia étnico-racial en el cargo formal, a pesar de la igualdad en los méritos profesionales. Por lo anterior, el sistema laboral colombiano tiene aspectos técnicos inmersos en el que dificultan la inserción laboral en Colombia, además de contemplar prácticas discriminatorias que obstaculizan y limitan lamovilidad social de ciertos grupos poblacionales. Estas problemáticas no solo contribuyen a perpetuar la informalidad laboral, sino que también sostiene la persistencia de desigualdades sociales y brechas de género. Por lo anterior, es importante que las reformas que se planteen sobre el sistema laboral aborden diferentes perspectivas. Por ejemplo, se sugiere reducir la dependencia de los costos laborales, mediante la exploración de alternativas como la viabilidad de financiar dichos recursos a través de la tributación, en especial al de personas naturales (es decir, mayor progresividad del sistema tributario) y por último, por qué no, que existan aspectos de monitoreo para evaluar las prácticas de equidad de género y racial en el contexto laboral, con incentivos para aquellas empresas que demuestran dichas prácticas inclusivas, similar a las políticas implementadas en relación con el trabajo joven en Colombia que, por cierto, no han sido lo suficientemente exitosas y deben ser mejor diseñadas.

Infraestructura y justicia racial: Análisis de la relación entre el racismo estructural y el abandono estatal en las vías del Pacifico

El 12 de enero, iniciando 2024, una parte de la vía Quibdó – Medellín colapsó y cobró la vida de más de 30 personas. Una tragedia lamentable que ha sido repetitiva y que, sin duda, es la consecuencia de un racismo estructural que no ha bajado nunca la guardia. A partir de este desafortunado hecho, el Centro de Estudios para la Justicia Racial realiza un análisis concreto sobre cómo, con el pasar del tiempo, la desigualdad en la inversión y una planeación segregada, se suma a las históricas vulneraciones que ha enfrentando las poblaciones negras y afrodescendientes de la región del Pacífico. En este documento, presentamos un recorrido de los planes de desarrollo que pasando de escritorio en escritorio, durante décadas ha pospuesto la finalización de una obra que podría garantizar una calidad de vida de las personas en pro la equidad, movilidad y cohesión social. Te invitamos a leer el análisis completo a continuación:

El viche como patrimonio está en riesgo: La nueva normativa estaría amenazando el trabajo de los/las productoras tradicionales

Conocimos la Resolución 0000113 de 2024 y mis pensamientos se deslizan entre líneas que no son propiamente respuestas claras, más bien parecen suspiros ahogados, ante la festividad constante de quienes ostentan el reinado del mercado del Viche. Un dominio que se viste de ironía, utilizando y enmascarando sus marcas con la esencia de nuestros productores afros. En este teatro de oportunidades escasas, nuestros grandes artistas del viche, se ven forzados a danzar con una relación perversa. Como marionetas en el escenario de la desigualdad, ¿qué opción les queda más que aceptar esta danza torcida? Quizás mis palabras no resuelvan este  enigma, pero fluyen, tratando de desatar los nudos de una realidad donde la celebración esconde sombras y la autenticidad de nuestros creadores afros, se ve envuelta en un disfraz impuesto por aquellos que orquestan la sinfonía del mercado.  Bajo el firmamento de resoluciones, entre las danzas burocráticas de ministros y susurros legislativos, la Resolución 00113 de 2024 se desvela como un edicto detallado, una partitura que busca armonizar la comercialización del viche bajo las luces de la Ley 2158 de 2021. Cinco capítulos que, como actos de una compleja obra, levantan el telón y se despliegan en el escenario. Cuatro de ellos, meticulosamente dedicados a los secretos fitosanitarios que envuelven a los creadores de viche, mientras el quinto desgrana las condiciones que las familias y productores afros deben protagonizar para obtener su anhelado registro sanitario. En esta travesía normativa, la voluntad gubernamental se alza como una musa protectora del patrimonio histórico, encerrado en cada gota de conocimiento tradicional atrapada en una botella de viche. Pero ¡Oh! entre las líneas de este edicto, destellos de reflexión emergen como luciérnagas titilantes en la penumbra. ¿Qué verdaderas implicaciones se despliegan en este acto normativo? ¿Cómo encajan los estándares para armonizar la protección del patrimonio, la danza competitiva del mercado y la autonomía económica para los productores afrodescendientes? En este cuadro, las medidas complementarias despiertan preguntas que  parecen quedar en el aire: ¿Qué movimientos ejecuta la resolución para las familias productoras del Pacífico en este juego de aperturas y cierres? Conforme a la normativa, para ser el “titular fabricante” bajo la categoría “Artesanal Étnica (AE)”, debes ser parte de las comunidades negras, afrocolombianas, o ser una persona jurídica conformada por estos individuos, o mayoritariamente por ellos. Tu domicilio debe estar ubicado en los municipios o distritos de los departamentos de Chocó, Cauca, Nariño y Valle del Cauca con “vocación vichera”, según lo establecido en el PES y en un listado de caracterización que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes o su delegado realicen. Imaginemos que, como parte de una familia afro de tradición vichera desde la producción  decides emprender un negocio de fabricación de viche. Tu objetivo es contribuir a la preservación de nuestra herencia cultural única. Sigues cada regla y regulación en la normativa con la esperanza de obtener el preciado “registro sanitario” bajo la categoría “Artesanal Étnica (AE)”. Sin embargo, es en este punto donde surgen complicaciones, la normativa establece que puedes ser el “titular fabricante” si eres parte de las comunidades negras o afrocolombianas. Hasta ahí, suena justo y alineado con nuestra identidad. Pero, aquí viene el dilema, también puedes ser una “persona jurídica conformada por estos individuos, o mayoritariamente por ellos”. Aquí es donde comienza el juego complicado. Ahora, imagina que decides formar una persona jurídica para tu negocio. Puedes incluir algunas personas de nuestras comunidades en el equipo, pero no necesariamente la mayoría. Incluso podrías tener socios o inversionistas que no tienen ninguna conexión real con nuestras tradiciones culturales. Sin embargo, según la normativa, mientras tengas “mayoritariamente” a algunos miembros de nuestras comunidades, estarías cumpliendo con los requisitos.  Esta situación plantea preocupaciones genuinas para nuestros pequeños productores y porductoras. Nos enfrentamos al riesgo de que la esencia misma de nuestro viche, arraigada en nuestra cultura, se vea diluida por influencias externas. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”,  un término  que trae consigo la misma  ley del viche parece abrir la puerta a que personas ajenas a nuestra comunidad se beneficien de nuestras tradiciones, dejando en segundo plano el propósito fundamental de preservar y celebrar nuestra herencia cultural.  En la práctica, esto podría traducirse en que tu negocio esté controlado en gran parte por personas que no tienen una conexión real con la cultura del viche. Pueden ser inversores externos o socios cuya principal preocupación es el retorno de la inversión, no la preservación cultural. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”, crea una entrada para que personas ajenas a las comunidades negras se beneficien de esta categoría, debilitando potencialmente el propósito original de proteger y promover la herencia cultural. Entonces, supongamos que decides formar esa persona jurídica para tu negocio de viche, siguiendo las reglas establecidas en la normativa. Esto, sabiendo que, según la definición, “mayoritariamente” significa tener el 50% más uno. Así que te aseguras de que más de la mitad de los integrantes de esa persona jurídica sean parte de nuestras comunidades afrocolombianas, y finalmente cumples con el requisito. Es precisamente aquí donde está el quid de la cuestión: aunque técnicamente puedas cumplir con la normativa, la realidad es que la minoría que no comparte nuestra conexión cultural podría imponer condiciones. Podrían tener el poder de tomar decisiones fundamentales simplemente porque tienen la capacidad económica o de influencia. Esa podría ser la triste realidad y no podemos ser ingenuos al respecto, ni decirse de otra manera. La situación es que nuestra rica tradición cultural, que debería ser la guía principal, podría quedar subordinada a las decisiones de aquellos que, aunque forman parte de la empresa, no comparten nuestra identidad. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”, podría abrir la puerta a que personas ajenas a nuestra comunidad pongan las condiciones y determinen el rumbo del negocio, desviándolo de su propósito inicial de preservar y honrar nuestras tradiciones culturales.    En el contexto de la ley del viche y su subsiguiente resolución reglamentaria, era imperativo no dejar suelto  el principio “pro libertate” o “principio pro …

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Editorial: Con la bota en el cuello ¿Cómo descansa uno?

Por: Dayana Blanco Acendra, directora general de ILEX Estos primeros días de enero me han llevado a cuestionar si realmente logré descansar durante las vacaciones. Mientras escribo sobre esta reflexión desde la perspectiva  de una defensora de derechos humanos, debo confesar que la sensación de descanso no ha sido tan evidente como pensaba. Como solemos decir quienes rondamos los treintas, “dormí pero no descansé”. Y esta falta de descanso, o mejor dicho, mi resistencia a entregarme plenamente a él, creo que está intrínsecamente ligada a mi ocupación. Voy a compartir con ustedes el paso a paso de mi experiencia, para que juntos reflexionemos sobre la compleja relación entre el descanso y la incansable labor de defender derechos humanos. Porque, como descubrí, a veces el verdadero desafío está en encontrar la paz en medio tanta injusticia. PRIMER PASO: ¿Quién soy? ¿A qué me dedico? y la culpa por descansar Soy Dayana Blanco Acendra, mi pronombre es ella y dirijo una organización que se dedica a la lucha contra la discriminación racial y la defensa de derechos de las personas afrodescendientes en Colombia. Siendo el racismo mi peor enemigo, si el racismo no descansa, ¿Por qué y cómo podría hacerlo yo? Siendo la defensa de derechos humanos una de las principales actividades a las que dedico mi tiempo, viviendo en este país y sufriendo la agitación de estos tiempos, ¿cómo podría encontrar descanso? La conciencia de los afanes del mundo,  las injusticias sociales y las necesidades de las personas con las que trabajo y mías, porque mi trabajo es mi lucha personal, son factores que complejizan mi relación con el descanso pues mi cuerpo y espíritu se mantienen en constante alerta y una pregunta me aborda cuando tengo la posibilidad de descansar: ¿Puedo descansar si otres están sufriendo? En esa pregunta del “¿puedo?”, se atraviesa la cuestión moral de si está bien o mal hacerlo en relación con la situación de otres.  Siendo la defensa de derechos humanos una de las principales actividades a las que dedico mi tiempo, viviendo en este país y sufriendo la agitación de estos tiempos, ¿cómo podría encontrar descanso? Para responder esta pregunta, entonces entro en la proyección de las imágenes del mundo actual: i. Gaza y el genocidio del pueblo Palestino a manos de Israel.  No solo lo digo yo, ya lo dijo Sudáfrica que en un acto de dignidad y humanidad denunció a Israel ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), por violación a la Convención sobre el Genocidio. ii. El asesinato de Michell Dayana y la situación de las niñas negras en Colombia. Michell no es un caso aislado sino una constante en la vida de la niñez afrodescendiente, casi invisible para la sociedad colombiana, iii. Las denuncias de discriminación racial y requerimientos de líderes sociales que llegan a los canales de ILEX para atención legal de emergencia, iv.  Un factor material directo que se atraviesa en mi descanso: las tareas técnicas y administrativas de final de año y la avalancha de correos que quieren resolverlo todo a último momento, y por último, mientras nos preparábamos para sacar esta editorial el pasado domingo, ver cómo se perdían vidas en la carretera Medellín -Quibdó. Esas vidas que no le importan a nadie y que están condenadas a perderse de maneras absurdas. ¿Quién puede descansar? ¿Y cómo lidiar con la culpa si lo hago? SEGUNDO PASO: Convencerme de que necesito descansar y entrar en la aceptación Quienes hayan llegado hasta acá en la lectura, seguro estarán pensando que además de ser muy consciente de las desigualdades del mundo y sufrir por ello tengo otros problemas en el relacionamiento con mi trabajo que debo tratar en terapia, y sí. Cuando hablo con algunes colegas que se dedican también a la defensa de los derechos humanos, llegamos a la conclusión de que tenemos muchos problemas para desconectarnos y para decir que no. Valdría la pena reflexionar un poco más sobre el activismo y la desconexión laboral, reconociendo el activismo como trabajo. O sobre el desafío del autocuidado en el activismo. Lo que me ha funcionado de manera muy efectiva es pensar en mi equipo. Para llegar a la conclusión de que necesito descansar y efectivamente hacerlo, parto de la certeza de que mi equipo necesita descanso y en tanto yo me mantenga activa, ninguno de ellos lo hará. Entonces todes descansamos.  Otra herramienta muy útil es pensar en mi cuerpo. Creo firmemente que mi cuerpo me agradece el descanso, eso sí, debo primero evitar la culpa por hacer nada. Esa es otra forma de la culpa distinta a la de descansar siendo activista. Hecho esto, acepto el descanso y aprovecho para hacer ejercicio, leer, caminar y mi actividad favorita del mundo mundial: Ver lejos. Dícese del acto de escoger un punto en el vacío y observarlo por un tiempo indeterminado.  TERCER PASO: Aceptar que voy a descansar y mantenerlo El 6 de enero acepté el descanso y como Alexis Play me dije “Yo solo quiero una playa para irme a descansar, donde no entre ni señal del celular”, entonces me fui al mar dos largos días y metí los pies en el agua  para recordar lo dicho por el artista: “Déjenme coger mi carretera destapa’Sí, porque parece que así se van a quedarPa’ coge’ el camino que me va a llevarA donde está el río que me va a limpiarDe tanta vaina, de tanta mala energíaCon la que han mirado a la tierra míaY antes de que esto me vaya a enloquecerVoy cogiendo camino (…)” Lastimosamente, después de lo ocurrido el pasado viernes en la carretera, esta canción cobra una dolorosa vigencia de racismo y muerte. Una carretera destapá es lo que nos dejan hasta para descansar. Esa delgada línea que separa el descanso y la muerte en regiones del país como el pacífico colombiano.  Mientras estaba en el mar pensé en leer pero no llevé libros porque el que estoy leyendo ahora se llama “Laberintos de prohibición y regulación, los grises de la mariguana en Colombia” …

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La norma que regula el licenciamiento ambiental en Colombia no considera los impactos del cambio climático | COMUNICADO CONJUNTO

Explicamos las razones por las que, junto a Dejusticia e investigadores independientes, demandamos ante la Corte Constitucional un artículo de la Ley 99 que hoy debe ser interpretado a la luz de los desafíos de la emergencia climática. La Corte Constitucional admitió una demanda en la que sostenemos que el artículo 57 de la Ley 99, que reglamenta los estudios de impacto ambiental necesarios para que el Estado autorice el desarrollo de proyectos con impactos graves para el medio ambiente, no cumple con los estándares constitucionales y del derecho internacional que contemplan obligaciones del Estado colombiano para luchar contra la crisis climática. Esta demanda, que radicamos desde ILEX Acción Jurídica junto a Dejusticia y los investigadores Sibelys Mejía, David Cruz y Julián González, hace un llamado urgente para que en Colombia se actualice la normativa que por tres décadas ha regulado el licenciamiento ambiental, pero que se queda corta frente al mayor reto que enfrenta la humanidad: el cambio climático y sus múltiples efectos para las personas, sus territorios y la naturaleza.  Lo anterior cobra más relevancia que nunca, pues según el último informe del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC), el mundo necesita reducir las emisiones de gases de efecto invernadero mucho más y aún más rápido de lo que se creía (43% para el año 2030), o los efectos serán devastadores para nuestro futuro. De acuerdo con el informe, crear de forma urgente nuevas y mejores medidas de adaptación será clave si no se quieren perder más vidas y destruir más medios de subsistencia.  Dayana Blanco Acendra, directora general de ILEX Acción Jurídica, dice que, después de un importante esfuerzo técnico y jurídico para explicarle a la Corte la importancia de los cargos  formulados en esta demanda, seguimos creyendo en la importancia de reconocer que, al no prever los impactos a los derechos humano, desconoce los deberes del Estado de proteger derechos. “La conexión entre impactos ambientales y garantía de derechos humanos es fundamental para la supervivencia de comunidades y poblaciones desproporcionadamente afectadas por la crisis climática”, concluye.  Sobre estos llamados, la directora de la línea Justicia Ambiental de Dejusticia, Laura Santacoloma, destaca que el análisis de la Corte Constitucional podría garantizar que las autorizaciones de proyectos que generan impactos graves en el ambiente se evalúen por fin a la luz del actual contexto de emergencia climática, especialmente aquellos que serán ejecutados por períodos que abarcan décadas. “Esto incide, además, en que la adaptación climática tenga un enfoque territorial y los proyectos se desarrollen bajo condiciones que permitan reducir el riesgo de las comunidades aledañas”, agrega la investigadora. A lo anterior se suma que este litigio, que inició formalmente este martes 16 de enero con la admisión por parte de la Corte, es el primero de este tipo en América Latina y el Caribe, y propone repensar la evaluación de impacto ambiental para que el desarrollo de los países se ajuste a estándares de mitigación y adaptación del cambio climático. Con lo anterior, concluye Santacoloma, “el Estado tendría herramientas para transformar su producción en una que se oriente a un verdadero desarrollo sostenible”.  ¿Por qué el artículo 57 de la Ley 99 es obsoleto? Hace tres décadas, cuando Colombia aún se respiraba el aire esperanzador de la Constitución de 1991 y la sociedad inauguraba los derechos a un ambiente sano y a participar en las decisiones que afectaban su entorno, se creó todo el engranaje institucional y normativo para hacer valer estos y otros derechos consagrados en la nueva Carta Política. Así fue como, mediante la Ley 99 de 1993, se creóinauguró en nuestro país el hoy llamado Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se sentaron las bases para la participación ambiental y se incluyó el licenciamiento ambiental para planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales. Desde entonces, las licencias ambientales evalúan y autorizan el desarrollo de proyectos, actividades y obras cuyos daños ambientales pueden ser graves. Para ello, el artículo 57 de la Ley 99 regula una herramienta indispensable en el trámite de este procedimiento para obtener la licencia ambiental, y que permite determinar las afectaciones ambientales generadas por los proyectos, así como diseñar planes para prevenir, mitigar, corregir y compensar los impactos: los estudios de impacto ambiental. Los EIA, como se les conoce por sus siglas, son ejecutados por la empresa o persona que pretende realizar la actividad y entregados a la autoridad ambiental: grandes centros urbanos (como Bogotá, Cali, etc.), Corporaciones Autónomas Regionales (también creadas mediante la Ley 99) o Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). En ellos recae la responsabilidad de evaluar cuán graves son los daños y de establecer si el proyecto es viable o no.Los EIA incluyen en su análisis los elementos bióticos (vivos), abióticos (componentes sin vida que afectan a organismos vivos) y socioeconómicos del área en donde se solicita una licencia ambiental. Sin embargo, en tiempos de emergencia climática global, estos tres elementos son insuficientes, pues los riesgos climáticos son complejos y sus variables requieren una evaluación especializada y particular, que incluya aspectos como afectación en las economías locales, seguridad alimentaria, riesgos por eventos climáticos catastróficos, entre otros. Lo anterior permitiría que las autoridades ambientales tomen mejores decisiones y que el licenciamiento ambiental se ajusten a los desafíos contemporáneos de la justicia ambiental, social y climática. 1. Que en 2024 hay nuevos estándares constitucionales Hace 30 años, cuando se promulgó la Ley 99, la licencia ambiental y los EIA prometían ser un gran avance para la garantía de la protección a un ambiente sano. Por ese entonces no estaban previstas las obligaciones de enfrentar los efectos del cambio climático. Sin embargo, en 2024 la situación no es la misma. La Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han reiterado la necesidad de honrar los compromisos del Estado en materia de adaptación y mitigación del cambio climático, y no tenerlo en cuenta en el proceso de licenciamiento ambiental lleva al Estado a incumplir sus compromisos internacionales. 2. Que en 2024 hay nuevos estándares constitucionales La exacerbación …

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El derrumbe de la vía Quibdó-Medellín: Una tragedia anunciada a la sombra del Racismo

Una columna escrita por: Audrey Mena, subdirectora general de ILEX Acción Jurídica Chocó hoy está de luto y sabemos que esta tragedia no es un simple  accidente, que el departamento haya sido declarado en calamidad pública obedece a una clara negligencia y racismo estructural del Estado. La vía que une Quibdó con Medellín, a pesar de su importancia geográfica y social, ha sido dejada a la sombra, olvidada por las promesas de desarrollo que deberían acompañar cualquier arteria vital de la nación. En el mapa, la distancia entre Medellín y Quibdó se presenta como una simple línea de 215 kilómetros, una cifra que debería sugerir cercanía y accesibilidad. Sin embargo, detrás de esta aparente proximidad se esconde una realidad desafiante que revela las profundas desigualdades y ausencia de Estado que presenta la infraestructura vial de nuestro país. Sorprendentemente, de esos 215 kilómetros, aproximadamente 90 km de estos no están pavimentados, convirtiendo un trayecto que debería ser ágil y eficiente en una odisea que consume tiempo y recursos.  No se trata de un tema nuevo, desde agosto de 2016 y a causa de un paro cívico nacional el gobierno se comprometió a dejar financiadas la pavimentación de las vías Quibdó-Medellín y Quibdó- Pereira. Un año más tarde se realizó un nuevo paro cívico reiterando las mismas peticiones, la muerte de más de 33 personas que podrían ser más con el paso de las horas son evidencia del incumplimiento. No se trata de un tema nuevo, desde agosto de 2016 y a causa de un paro cívico nacional el gobierno se comprometió a dejar financiadas la pavimentación de las vías Quibdó-Medellín y Quibdó- Pereira. No obstante, no es solo una cuestión de baches y falta de cemento, es la negligencia deliberada que priva a comunidades y población, en su mayoría afrodescendiente de oportunidades y acceso igualitario a los recursos. Mientras otras rutas son modernizadas y priorizadas, la de Quibdó-Medellín se mantiene en un estado crítico, reforzando el hecho de que ciertas vidas y regiones no son dignas de inversión.  Caminar por esta carretera es desentrañar una historia de decisiones gubernamentales que nos han relegado a una posición de desventaja. La falta de pavimentación, la carencia de señalización adecuada y la ausencia de servicios básicos son más que simple negligencia; son manifestaciones tangibles de un racismo estructural que persiste en ignorar las necesidades  de las personas afrodescendientes e indígenas del Chocó. En este punto, cabe decir que el departamento del Chocó comprende el 82% de la población afrodescendiente del país y existen 50 consejos comunitarios referentes a la Región Pacífica, de la misma manera que aproximadamente se encuentran 12 comunidades indígenas.  Por lo anterior, no puede separarse  el accidente ocurrido el día de ayer en la carretera Quibdó-Medellín es  del racismo estructural y del abandono estatal que han tejido un manto de disparidad sobre esta población y comunidades. Los accidentes, lejos de ser meras fatalidades, son el resultado de un sistema que antepone ciertas vidas y desatiende otras.   En el juego de las prioridades, la vía Quibdó-Medellín ha quedado rezagada, una elección que no puede desvincularse de la herencia de discriminación racial que persiste en la Colombia contemporánea. Esta carretera, más que un simple tramo de asfalto, se convierte en un reflejo tangible de cómo el racismo estructural permea incluso las infraestructuras fundamentales de nuestro país.La discriminación estructural y sistemática se manifiesta de manera flagrante en la falta de inversión en medidas de seguridad vial y en la ausencia de mantenimiento adecuado de la carretera. Mientras las comunidades afrodescendientes luchan por acceder a servicios médicos de calidad y a educación, la vía que debería ser su puente hacia oportunidades se transforma en un peligro constante.  No puede separarse  el accidente ocurrido el día de ayer en la carretera Quibdó-Medellín es  del racismo estructural y del abandono estatal que han tejido un manto de disparidad sobre esta población y comunidades. Las estadísticas son implacables, cada  vez hay una tragedia peor. La cantidad de noticias y víctimas que ha cobrado la mal llamada “Trocha de la muerte”, ha significado para las comunidades afrodescendientes que habitan en las regiones a lo largo de esta carretera, enfrentarse a condiciones desfavorables, desde la falta de infraestructuras básicas hasta el acceso limitado a servicios de emergencia. El estado de la carretera misma, marcado por la negligencia, se convierte en un símbolo tangible de las injusticias  raciales y la misma incapacidad de reconocer que aún persisten estas dinámicas en Colombia. El tiempo de viaje, que debería ser una cuestión de horas, se convierte en díasy los costos económicos y humanos se acumulan para aquellos que dependen de esta vía.  Esto, sin contar que para viajar a esta zona del país, los costosos tiquetes aéreos torna a una gran mayoría, que no cuenta con el recurso económico suficiente, en las víctimas escogidas de este tipo de tragedias. La discriminación no siempre se presenta en formas obvias; a veces, se manifiesta en la omisión estratégica y en la falta de compromiso con el bienestar de comunidades afrodescendientes. Lo que ha pasado hoy, nos tiene que llevar a afirmar que  la vía Quibdó-Medellín se erige como un símbolo de una negligencia racista e histórica estatal y confirmar la necesidad apremiante de desmontar las estructuras que perpetúan la desigualdad racial. El pavimento roto, los deslizamientos, no son sólo un obstáculo físico, es un recordatorio de la deuda histórica que el Estado tiene con estas comunidades. Hasta que todas las vías en Colombia sean tratadas con igualdad, seguiremos conduciendo sobre el pavimento de la injusticia y la muerte.

FALLOS DE LACORTE CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE LOS DERECHOSDE PUEBLOS NEGROS/AFRO DE COLOMBIA

El presente “Boletín de Seguimiento” busca brindar un panorama general de las diferentes sentencias que han sido proferidas por la Corte Constitucional de enero de 2022 a junio de 2023, en relación con los derechos de la población negra y afrodescendiente del país. La selección de los expedientes que abarca este boletín responde al interés que pueden tener para ILEX Acción Jurídica, toda vez que guardan relación con las líneas de trabajo de la organización. Con este boletín, buscamos actualizar a personas interesadas sobre los últimos pronunciamientos en materia de derechos de los pueblos negros y afrodescendientes del país y abrir puertas para la incidencia en el ecosistema de los derechos de este grupo poblacional. Con esos propósitos en mente, este documento procura poner en la discusión la necesidad de revisar críticamente las decisiones judiciales de cara al logro de la justicia racial. Con fortuna, podemos decir que la categoría de justicia racial es un enfoque que sigue tomando fuerza en la visión de algunos profesionales del derecho que le apuestan a una mirada del campo jurídico desde la defensa de los derechos de las poblaciones racializadas. De ahí que revisar algunos de los pronunciamientos y movilizaciones legales emprendidas ante instancias judiciales, resulta importante para tener una imagen general sobre las causas litigiosas, los temas y los resultados en materia de justicia racial y demás temas de interés para la ILEX Acción Jurídica. Para aportar a esos propósitos, el presente documento está dividido en cuatro partes. En el primer apartado exponemos la metodología de seguimiento y algunas definiciones de categorías o términos importantes para la comprensión del contenido del documento; en el segundo apartado se abordan los pronunciamientos de la Corte Constitucional como resultado del uso de la facultad de revisión de fallos tutela; en el tercero se exponen los pronunciamientos en el marco del uso de la acción pública de inconstitucionalidad y en el cuarto apartado, se muestran las sentencias de unificación. Finalmente, en el último punto se reseñan algunas intervenciones presentadas por ILEX en diversos procesos ante la Corte Constitucional, como parte del trabajo de incidencia y movilización legal que realizamos desde la organización. Finalmente, aprovechamos para: Te invitamos a consultar este boletín a continuación presentado:

Comisión Intersectorial Nacional de Reparación Histórica: Un paso fundamental en el reconocimiento de las deudas pendientes a las poblaciones étnicas

El 12 de octubre de 2022 se llevó a cabo la instalación de la Comisión Intersectorial Nacional de Reparación Histórica para superar los efectos del racismo, la discriminación racial y el colonialismo en los pueblos étnicos, creada mediante decreto 820 de 2023. Esta Comisión es la puesta en marcha de la implementación de políticas, programas, acciones y normas dirigidas a la reparación histórica.  La creación de esta instancia, es parte del reconocimiento de la obligación de reparación histórica en favor de los pueblos que fueron víctimas del  colonialismo, la esclavización y la trata transatlántica como: indígenas,  africanos/nas y afrodescendientes; y además reconoce que esas victimizaciones no son una cuestión del pasado, sino que actualmente se experimentan las herencias del pasado colonial que esclavizó, segregó, explotó, abusó y exterminó a determinados sujetos que hoy se mantienen viviendo en profundas condicones de desigualadad, de precaridad en el acceso y garantía de derechos y siendo víctimas del racismos y la discriminación estructural por su pertenencia etnico-racial.  Así que, aunque la mera creación de una Comisión no resuelve los problemas que requieren ser resueltos, creemos que  es un paso fundamental para reconocer que lo ocurrido en el pasado tiene legados de opresión materiales y simbólicos presentes y actuales que afectan de manera desproporcionada a ciertas poblaciones como los  pueblos étnicos. En el caso concreto de las poblaciones afrodescendientes, puesta en situaciones, posiciones y condiciones sistemáticas de desigualdad social que ha impedido el goce de derechos fundamentales, la idea de pensar con seriedad y desde un espacio concreto sobre reparaciones históricas pone en la agenda del país y movilización social negra/afro la celebración de ser escuchados.  Además, creemos que esta Comisión da lugar en las conversaciones actuales a la necesidad de hablar de la pertinencia de afrorreparaciones como formas de, para efectos de comprensión de las complejidades de las afectaciones a los pueblos negros/afros,  tender puentes entre el pasado y el presente desde una visión de la memoria que posibilita la conexión entre la esclavitud y sus consecuencias con las opresiones y desigualdades estructurales del presente; y además las agendas de liberación antiesclavista del pasado con las agendas de la movilización antirracista del presente. Esto tiene efectos simbólicos políticos, académicos y, con seguridad, debería tener también efectos materiales.   Desde Ilex, resaltamos esta Comisión Intersectorial porque, entre otras razones, consideramos importante entender que las condiciones de desigualdad de la población afrodescendiente, se soportan en  siglos exclusión y hoy, como antes, la discriminación racial y las estructuras que le soportan son sistemas  quepermean las instituciones e impactan en el goce de derechos.  Finalmente, queremos anotar algunos comentarios sobre la creación y el funcionamiento de esta Comisión, a saber:  Es importante que el proceso de reparación pueda enfocarse en garantizar condiciones de vida digna para los pueblos étnicos víctimas del racismo, la discriminación racial y el colonialismo. Se deben plantear medidas efectivas de reparación, comprensivas de la complejidad, diversidad y presencia de las poblaciones étnicas en los distintos lugares del país. Esto requiere una actitud analítica y crítica sobre buena parte de las normas que han permitido avanzar en el reconocimiento de derechos, pero que también significan obstáculos para el acceso a ellos. Por ejemplo: la existencia de grandes comunidades negras/afro en zonas urbanas; la presencia y dinamicas de estas poblaciones en zonas del país que la Ley 70 y sus decretos reglamentrios no imaginaron; la necesidad de desencializar la negritud para reconocer la diversidad; la materialización de la justicia económica para las poblaciones negras/afro; la invisibilidad estadistica y el borramiento de las poblaciones negras/afro de las bases de datos para la toma de decisiones públicas; el acceso sin dilaciones a la propiedad de la tierra; la justicia tributaria en favor de los históricamente oprimidos; el anlaisi del cambio climatico y las afectaciones que sobre los pueblos negros/afros está teniendo y tendrá; entre otros muchos temas que son esenciales a la reperación historica de los los pueblos étnicos víctimas del racismo, la discriminación racial y el colonialismo.   

23 ORGANIZACIONES DE DERECHOS HUMANOS DENUNCIAN ABUSO POLICIAL CON ARMAS MENOS LETALES EN MANIFESTACIONES ANTE COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) | Comunicado Conjunto

Veintitrés (23) organizaciones internacionales se unieron para denunciar la violencia de Estado ante el incremento del uso de armas menos letales en manifestaciones públicas y la violación de derechos humanos por fuerzas de seguridad, en el marco de una audiencia regional sobre uso de la fuerza en protestas sociales que celebra hoy la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a las 2:00PM en su sede de la ciudad de Washington DC, Estados Unidos. La audiencia se transmitirá en vivo por la página web de la CIDH. La audiencia busca plantear una preocupación por la utilización de armamento como los proyectiles de impacto cinético y los cartuchos de gas lacrimógeno. Algunas de estas armas disparan múltiples proyectiles simultáneamente, lo cual las hace intrínsecamente indiscriminadas. Otras tienen componentes metálicos que pueden producir un daño irreparable. En ambos casos, son inadecuadas para su uso en el control de multitudes. Todo este armamento puede ser mal utilizado y generar lesiones graves, discapacidades permanentes e incluso en algunos casos la muerte que impactan desproporcionadamente a grupos históricamente discriminados. Como parte de la delegación, compuesta por decenas de organizaciones, participa de la audiencia Alicia Ruth Tapuy Santi, viuda de Byron Guatatuca, un líder de la comunidad Kichwa de la zona de Puyo en Ecuador que murió luego de un impacto de un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza.  Las consecuencias del uso irregular de armas menos letales por fuerzas policiales pueden observarse en diversos países:  La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Las organizaciones participantes en este esfuerzo son: