ILEX Comunicaciones

Corte Constitucional reconoce que el Censo del 2018 vulneró los derechos de la población afrocolombiana y ordena tomar medidas para mitigar impactos 

Las organizaciones tutelantes celebramos esta decisión en favor de la garantía de los derechos fundamentales de las personas afrodescendientes. La Corte Constitucional reconoció este martes las graves vulneraciones a los derechos fundamentales de la población afrodescendiente acaecidos por la invisibilización estadística en el Censo 2018 del Departamento Nacional de Estadística (DANE). A través de la sentencia T-276 de 2022, la Corte resolvió la acción de tutela interpuesta por ILEX Acción Jurídica, la Asociación Colombiana de Economistas Negras “Mano Cambiada”, la Corporación Agencia Afrocolombiana Hileros-PCN, la Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca (ACONC), la Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados (AFRODES) y la Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas (CNOA), así como un grupo de personas afrocolombianas individualmente consideradas. Este proceso de litigio contó además con el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación y el Centro de Estudios Afrodiaspóricos de la Universidad ICESI. De acuerdo con la Sala Primera de Revisión, una variedad de factores, incluyendo errores cometidos por el DANE durante el proceso de ejecución del Censo 2018, dieron lugar a la disminución significativa en el número de personas contabilizadas como afrodescendientes, vulnerando así los derechos fundamentales a la igualdad, al reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, a la información de calidad y a la materialización progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales de esta población. (Te recomendamos leer:ABC TUTELA INVISIBILIDAD ESTADÍSTICA DE LA POBLACIÓN AFRODESCENDIENTE EN EL CENSO 2018) Este “daño irreversible” en la visibilización estadística de las comunidades afrocolombianas, asegura la Corte, afecta el “reconocimiento oficial de las diversidades en la población colombiana” y “obstruye el diseño de políticas públicas idóneas que permitan superar las enormes brechas que golpean de forma desproporcionada a las poblaciones afrocolombianas”. Cabe recordar que en la acción de tutela decidida por la Corte Constitucional las organizaciones tutelantes advertimos que en los resultados del Censo de 2018 el número de personas afrocolombianas contabilizadas disminuyó de 4´311.757 a 2´982.224 en relación con el Censo de 2005, lo que representa una reducción de 30.8% de esta población en el país. Esta situación desconoce el derecho del pueblo afrocolombiano de ser contabilizado adecuadamente en las estadísticas oficiales y puso en grave riesgo sus derechos económicos, sociales y culturales, para cuya materialización se requiere contar con datos estadísticos de calidad sobre los grupos étnico-raciales. (También puedes leer: INVISIBILIDAD ESTADÍSTICA LLEGA A LA CIDH: ¿QUÉ SE ARGUMENTÓ EN LA AUDIENCIA PÚBLICA?) Además, argumentamos que las medidas correctivas adoptadas por el DANE, a manera de estimaciones estadísticas, no subsanaron completamente el impacto de estos errores en los derechos fundamentales de la población afrodescendiente. Con la sentencia T-276 del 2022, la Corte Constitucional sienta un precedente histórico para el país al exhortar al DANE a realizar, en un plazo de diez meses, un estudio que “evalúe de manera sistemática y comprensiva” las causas que dieron lugar a la disminución en la identificación de la población afrodescendiente en los tres últimos censos. De igual forma, se le ordena a la entidad diseñar un Plan Integral de Preparación para el Censo en materia de identificación de los pueblos negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros, y evaluar y discutir con esta población, en el marco del Espacio Nacional de Consulta Previa, “la viabilidad, riesgos y conveniencia de incluir en la próxima Encuesta de Calidad de Vida un piloto de criterio de heterorreconocimiento en su operaciones estadísticas”. Las organizaciones accionantes celebramos esta decisión en favor de la garantía de los derechos fundamentales de las personas afrodescendientes y reiteramos que la ausencia de información estadística confiable y de calidad sobre esta población es un elemento clave de la situación discriminación estructural que experimenta la población afrodescendiente que, en muchos casos, vive el racismo no a través de actos directos de exclusión sino por medio de situaciones estructurales de invisibilización. Así mismo, invitamos a las entidades de control y a la sociedad colombiana a hacer seguimiento al cumplimiento del fallo. ILEX ACCIÓN JURÍDICA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE ECONOMISTAS NEGRAS “MANO CAMBIADA” CORPORACIÓN AGENCIA AFROCOLOMBIANA HILEROS-PCN ASOCIACIÓN DE CONSEJOS COMUNITARIOS DEL NORTE DEL CAUCA (ACONC) ASOCIACIÓN NACIONAL DE AFROCOLOMBIANOS DESPLAZADOS (AFRODES) CONFERENCIA NACIONAL DE ORGANIZACIONES AFROCOLOMBIANAS (CNOA).

Racialización del trabajo en Colombia: aproximación a las experiencias de empleabilidad de profesionales afrodescendientes

Conferencia dictada por Daniel Gómez Mazo, abogado fundador de ILEX Acción Jurídica, durante la Semana De La Inclusión Trust. En el marco de la Semana De La Inclusión Trust, Daniel Gómez Mazo, abogado fundador de ILEX Acción Jurídica, dictó la conferencia “Racialización del trabajo en Colombia: aproximación a las experiencias de empleabilidad de profesionales afrodescendientes.” En el espacio se abordaron las principales barreras que las personas afrodescendientes experimentan en el acceso al trabajo en el país y América Latina. Te invitamos a ver la conferencia completa:

¡El viche se respeta, carajo!: Así va el proceso jurídico con el que buscamos amparar los derechos de lxs productorxs de esta bebida ancestral

Anuncio de suspensión de incautación del viche llega una semana después de admisión de tutela interpuesta por ILEX Acción Jurídica y Viche Canao. La ministra de Cultura, Patricia Ariza, selló este domingo un acuerdo con el mayor General, Henry Sanabria, director de la Policía Nacional, para suspender la incautación y decomiso del Viche a los productores artesanales del país. La decisión se dio a conocer una semana después de que fuera admitida una acción de tutela interpuesta por Viche Canao e ILEX Acción Jurídica, con la que buscamos amparar los derechos a la igualdad y no discriminación de los productoras de esta bebida ancestral.  En la acción de tutela, admitida el pasado 8 de agosto por el Juzgado 19 laboral del circuito de Bogotá, solicitamos al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), a la Policía Nacional, al Ministerio de Cultura, al Ministerio del Interior,  Ministerio de Salud y a las Secretarías de Salud departamentales de Nariño, Valle del Cauca, Cauca y Chocó, proteger la diversidad étnica y cultural de la nación, y garantizar el derecho al trabajo y mínimo vital de los y las productoras de viche en el país.  Para las organizaciones accionantes, la ausencia de la creación de la categoría Artesanal Étnico estipulada en la Ley 2158 del 2021,  así como la falta de directrices y acompañamiento para la movilización y comercialización de la bebida  y sus derivados durante el periodo de transición y expedición de la reglamentación sobre registro sanitario especial, vulneran los derechos de los y las productoras de esta bebida a la identidad étnica y cultural, a la igualdad y no discriminación, y al derecho al trabajo en condiciones dignas, justas y seguras.  En este sentido, solicitamos al juez constitucional que ordene al Invima establecer un mecanismo o permiso transitorio conforme a lo que regula a esta institución, que les permita a las productoras de Viche Canao obtener los permisos sanitarios para continuar su producción y comercialización durante el periodo transición y/o  creación de la categoría artesanal étnica dispuesta en la ley 2158 del 2021. De igual forma, pedimos que se decrete la medida provisional de ordenar detener el decomiso del Viche Canao, o extender los efectos de esta medida a los demás productores de viche hasta tanto esta categoría no  haya sido reglamentada.  ¿Qué han dicho las entidades accionadas?  Tras ser notificado sobre la admisión de la acción de tutela por el Juzgado 19 laboral del circuito de Bogotá, el Ministerio de Cultura anunció la suspensión de la incautación del Viche a los productores artesanales e informó que la reglamentación de  la categoría Artesanal Étnico estaría lista en enero del 2023. Posteriormente se comenzaría a reglamentar el registro sanitario para derivados como curao y tomaseca. “Una vez, la cartera de salud  emita la reglamentación en enero de 2023 para obtener el registro sanitario ante INVIMA, los vicheros deberán presentar el registro de marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio y el certificado como vicheros tradicionales para el cual se creará un sistema de información a partir de la constancia expedida por el respectivo consejo comunitario y por la asociación de vicheros de su departamento, quienes los validarán como sabedores tradicionales del viche”, asegura el Ministerio de Cultura.  De acuerdo con esa cartera, el Gobierno Nacional avanza actualmente en la recolección de muestras de la bebida tradicional que “permitirán determinar la línea base para registro sanitario artesanal étnico del Viche, gracias a la articulación con el Ministerio de Salud e INVIMA, quienes han demostrado toda la disposición para reglamentar este registro especial”.  Desde ILEX Acción Jurídica celebramos las medidas implementadas por las entidades accionadas, sin embargo, seguimos a la espera del fallo de primera instancia de la acción de tutela con el objetivo de que se construyan vías sólidas para garantizar la igualdad, mínimo vital y demás derechos fundamentales colectivos de los y las productoras de viche tradicional en las comunidades negras y afrocolombianas del Pacífico. 

Presentamos intervención ciudadana en demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Ciudadana

Señalamos que el artículo 13 de la esta ley abre paso a la criminalización del ejercicio de los derechos fundamentales a la expresión, reunión, asociación y manifestación pública y pacífica. ILEX Acción Jurídica presentó una intervención ciudadana en la demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 4, 7 (PARCIAL), 11, 13 (PARCIAL), 16.1, 25 y 48 de la Ley 2197 de 2022 mediante la cual “se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones”. En el escrito enviado a la Corte Constitucional apoyamos las solicitudes de La Comisión Colombiana de Juristas -CCJ-, Sisma Mujer y el Centro de Estudios Derecho, Justicia y Sociedad –Dejusticia-, demandantes en el proceso, con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 13 (parcial) de Ley de Seguridad Ciudadana, considerando que su contenido y eventual  aplicación exacerba los riesgos de abuso policial en contra de personas afrodescendientes, contrariando el principio de igualdad y no discriminación, establecido en el artículo 13 de la Constitución Política.  De igual forma, señalamos que el artículo 13 de la esta ley abre paso a la criminalización del ejercicio de los derechos fundamentales a la expresión, reunión, asociación y manifestación  pública y pacífica que configuran el derecho complejo a la protesta social, pues pretende  controlar la ubicación estática, temporal o continua, de un colectivo de manifestantes en  lugares estratégicos.   En la intervención advertimos que la norma podría tener un impacto desproporcionado sobre poblaciones históricamente  discriminadas y violentadas. En consecuencia, proponemos una visión diferencial de las  reformas de la actividad policial, que se centre en la escucha de la sociedad  civil y sus advertencias frente a los impactos que esta tiene en las poblaciones en especiales  condiciones de vulnerabilidad, como la población afrodescendiente.  

Resistir no es aguantar: 8 hallazgos del capítulo Étnico del Informe Final de la Comisión de la Verdad

La Comisión de la Verdad presentó este 2 de agosto ‘Resistir no es aguantar’, el capítulo Étnico del Informe Final que da cuenta de lo acontecido durante más de medio siglo de conflicto armado en Colombia. Este capítulo recoge los relatos dolorosos escuchados por los y las comisionadas en los territorios de los pueblos indígenas, ROM y afrodescendientes del país. El capítulo evidencia cómo el racismo estructural, la invisibilidad estatal y la ausencia de garantías de seguridad fueron cómplices para la perpetuación del conflicto en estos pueblos. Compartimos ocho de los hallazgos de la Comisión de la Verdad en este capítulo del Informe Final: “El trato colonial y el racismo estructural vivido por los pueblos étnicos en Colombia a lo largo de un continuum de violencias en que el Estado, por acción u omisión, ha incumplido su obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos de todos los ciudadanos, sin discriminar ni revictimizar a ningún sector de la población, ya sea por su color de piel, pertenencia étnica o ubicación en la geografía nacional”.  “El trato colonial persiste en pensamientos, discursos y prácticas basados en el proyecto identitario europeo que subordina a otras culturas para disolverlas dentro de sí […] El continuum de violencias contra los pueblos étnicos fue asimilado y replicado en el accionar de los grupos armados en el conflicto armado y causó daños e impactos desproporcionados”.  De acuerdo con la Comisión, existen por lo menos diecisiete corredores del conflicto armado en  territorios étnicos: “Estos corredores son dinámicos y han constituido el epicentro de la confrontación de los grupos armados que disputan las rentas de seguridad para desarrollar economías extractivas legales e ilegales”.  “El trato colonial y el racismo estructural están expresados en la invisibilidad de información estadística sobre los pueblos étnicos, narrativas del conflicto armado y la violencia histórica, lo que ha impedido a la sociedad colombiana, bajo su propia voz y análisis, conocer la realidad de la historia de los pueblos étnicos y la dimensión de las violencias y daños sufridos en el marco del conflicto armado”.  La Comisión explica que la barbarie del conflicto armado y las violencias históricas contra los pueblos étnicos han generado “graves afectaciones a la pervivencia cultural como pueblos, a la existencia como colectivo, a la transmisión de conocimiento intergeneracional, a sus formas de gobierno y organización, y al territorio”. “El territorio y la naturaleza fueron víctimas del conflicto armado. Estos sufrieron múltiples daños y fueron profanados por el accionar violento de los grupos armados en asocio con sectores económicos o políticos que se beneficiaron del conflicto armado”. “Las violencias continuas contra los pueblos indígenas u originarios evidencian prácticas recurrentes que permiten la imposición cultural mediante procesos de invasión, ocupación del territorio y sometimiento de las comunidades y de sus miembros, lo que contribuye, en el marco del conflicto armado, al exterminio físico y cultural de los pueblos indígenas”. Par la Comisión, la “negación del ser al pueblo negro”, es decir, la privación de sus derechos a un territorio, a una cultura y a una nación libre de discriminación racial, ha sometido a esta población, en el marco del conflicto armado, a “ciclos desproporcionados de desterritorialización, ocupación de territorios, despojo y desprotección”. 

Alumbradoras de vida

    El primer parto que atendió Magdalena Obregón fue “impulsivo”, trepidante, inesperado. La matrona recuerda que muy joven tuvo que alumbrar el camino del bebé de una mujer que se encontraba sola y clamando por atención médica en su rancho perdido en la selva del Pacífico colombiano. “Atendí ese parto y dije tengo que capacitarme y aprender más, porque esto, la partería, fue lo que me tocó hacer en la vida”, asegura Magdalena con el espíritu fatigado. En estos más de cuarenta y tres años que lleva ejerciendo el oficio ancestral de la partería, la matrona ha alumbrado el camino a la vida de decenas de niños y niñas en Buenaventura, y socorrido a un centenar de mujeres que, bien sea por falta de recursos o por la baja cobertura del sistema de salud en la región, no pudieron contar con acompañamiento médico durante el parto. Sin embargo, la satanización histórica de la medicina ancestral de las comunidades negras ha sometido a las parteras a ejercer su trabajo bajo la sombra alienante del racismo estructural en el país. Magdalena, vinculada a la Asociación de Parteras Unidas del Pacifico (Asoparupa), la cual agrupa a más de 254 sabedoras de la región, relató que en muchas ocasiones se sintió discriminada y pordebajeada por el personal médico de los centros de salud a donde ingresa a las madres gestantes. Que nos anexen al Sistema de Salud significa que ya nosotras estamos a la par; ya nos van a ver con otros ojos y nosotras nos vamos a sentir recompensadas”. “Que nos anexen al Sistema de Salud significa que ya nosotras estamos a la par; ya nos van a ver con otros ojos y nosotras nos vamos a sentir recompensadas”, afirma la partera haciendo referencia a la sentencia T-128 del 2022, con la cual la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Salud integrar a las parteras al Sistema General de Seguridad Social en Salud y exhortó al Congreso a legislar sobre el tema. El fallo, publicado el pasado 19 de mayo, se dio en respuesta a una acción de tutela interpuesta en febrero de 2021 por ILEX Acción Jurídica, las Parteras Unidas del Pacífico (Asoparupa) y la  Asociación de la Red Interétnica de parteras y parteros del departamento del Chocó (Asoredipar – Chocó). De acuerdo con la Sala Sexta de Revisión de la Corte, el Ministerio de Salud vulneró los derechos fundamentales a la salud, a la igualdad, a la no discriminación y a la diversidad étnica de las parteras y parteros de Asoparupa y Asoredipar – Chocó, al no priorizarlas en el Plan Nacional de Vacunación en contra del COVID-19 y al excluirlas del reconocimiento económico previsto en el Decreto Legislativo 538 de 2020, aún cuando atendieron personalmente a pacientes contagiados del virus.           La decisión de la Corte rompe con una cadena histórica de vulneraciones de las que han sido víctimas las personas que ejercen la partería a lo largo y ancho del país. Eduvina Mena Ramírez, residente en el municipio de Medio San Juan (Chocó) y una de las 1.050 parteras afiliadas a Asoredipar-Chocó, denunció que ha tenido dificultades con los médicos en los hospitales porque a ellos “no les gusta que los partos se atienden en casa. También nos ponen trabas para emitir el Certificado del Nacido Vivo”.  Cergelia Hernández Angulo, partera del Corregimiento de Santa María, en Timbiquí  (Cauca), aseguró que también ha sido vetada de las salas de parto de los hospitales y que en muchas ocasiones su trabajo de acompañamiento médico no ha sido remunerado por estas instituciones.  Para las parteras, su vinculación al Sistema General de Seguridad Social en Salud representa una oportunidad para combatir la alta tasa de mortalidad materna en la región porque muchas veces los centros médicos “no tienen la capacidad de saber cuándo un niño viene atravesado o con una trama”. Además,  las parteras brindan servicios de medicina ancestral, diagnóstico y trata de enfermedades a las comunidades a las que pertenecen.  De acuerdo con una investigación de la Universidad del Valle, la tasa de mortalidad materna en la región Pacífico es de 86,1 por cada 100.000 habitantes, 11,2 puntos más que el promedio nacional: 74.9. En el departamento del Chocó, la tasa asciende a 227,4, muertes de madres gestantes por cada 100.000 habitantes. En Cauca llega a 97,1 y en Nariño a 75,9.           Para el Ministerio de Cultura, los partos llevados a cabo a través de la  partería tradicional, reconocida en 2017 como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación,  reafirman el vínculo de las comunidades con su territorio y constituyen un acto de confianza que afianza los lazos de solidaridad existentes entre ellos. La cartera ha señalado  que  “al ser conocedoras de las propiedades medicinales de las plantas y otros alimentos, también brindan estos conocimientos para interpretar la salud y la enfermedad de todas las personas de la comunidad y sus servicios son una alternativa confiable, frente al sistema de salud”.  Al ser conocedoras de las propiedades medicinales de las plantas y otros alimentos, también brindan estos conocimientos para interpretar la salud y la enfermedad de todas las personas de la comunidad y sus servicios son una alternativa confiable, frente al sistema de salud”.  Informes de la Organización Mundial de la Salud, la Organización Panamericana de la Salud y el Fondo de Población de las Naciones Unidas han aseverado que  la partería contribuye a aliviar la saturación de los servicios de salud, brinda acceso a atención en salud en aquellos lugares donde no hay puestos médicos y tiene el potencial de disminuir la violencia contra la mujer y la discriminación que las comunidades raciales pueden experimentar por parte de algunas personas del personal hospitalario. En este orden de ideas, el fallo de la Corte Constitucional representa un hito para el país porque, además de estatuir un criterio de igualdad y no discriminación, establece una guía para que el Estado ejerza los compromisos de respetar, reconocer y resguardar la pluralidad racial y cultural que contiene el sostenimiento de …

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La masacre de Melilla y las políticas fronterizas de la muerte

El tratamiento de los cuerpos negros en las fronteras evidencia la deshumanización arraigada en un sistema de racismo estructural. La masacre de al menos 23 ciudadanos africanos en la valla fronteriza de Melilla (España) el pasado 24 de junio de 2022, es otra dolorosa muestra de las políticas migratorias de la muerte que rigen los pasos fronterizos hacia el “primer mundo”.  Las cruentas  imágenes del hecho muestran a decenas de hombres africanos tendidos en el suelo, en condiciones inhumanas, después de ser asesinados por los agentes del orden cuando intentaban cruzar la valla fronteriza de Mellilla. De acuerdo con la Delegación del Gobierno de la Ciudad Autónoma, de las 2.000 personas que se acercaron ese día a las inmediaciones de España, 133, en su mayoría de origen sudanés y chadiano, consiguieron llegar y ahora se encuentran recluidos en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Melilla. Otros inmigrantes fueron devueltos de forma violenta e ilegal, lo cual representa una clara vulneración a la legislación internacional de derechos humanos.  (Te recomendamos leer: ¿Cómo incluir el enfoque étnico y de género en la actuación de la Policía?) En una carta enviada a las Naciones Unidas, firmada por ILEX Acción Jurídica y otras 63 organizaciones de la sociedad civil, advertimos que las fuerzas del orden marroquíes, en colaboración con la Guardia Civil y la Policía Nacional, “violaron los principios básicos sobre el uso de la fuerza y ​​de armas de fuego de las Naciones Unidas, recurriendo a una violencia desproporcionada y letal, disparando balas de goma y bombas lacrimógenas, utilizando porras, pateando y golpeando, maltratando y golpeando a las decenas de víctimas heridas y desangradas en el suelo sobre cuerpos inanimados”. “Violaron los principios básicos sobre el uso de la fuerza y ​​de armas de fuego de las Naciones Unidas, recurriendo a una violencia desproporcionada y letal, disparando balas de goma y bombas lacrimógenas, utilizando porras, pateando y golpeando, maltratando y golpeando a las decenas de víctimas heridas y desangradas en el suelo sobre cuerpos inanimados”. El tratamiento de los cuerpos negros en las fronteras evidencia la deshumanización arraigada en un sistema de racismo estructural donde la supremacía blanca como ideología establece nuestro valor, nuestra humanidad. Las organizaciones denunciamos que “la forma en que se despojan de los derechos humanos básicos de determinados grupos raciales y étnicos se justifica bajo el “control” de la migración eludiendo las leyes antidiscriminatorias y el derecho internacional de los derechos humanos bajo la garantía de la seguridad en suelo europeo”.  Miembros del Mecanismo Internacional de Expertos Independientes (MIEI) de la ONU calificaron la masacre de Melilla como un hecho “gravemente preocupante” y recalcaron que “todo uso de la fuerza por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la  ley debe guiarse por los principios de legalidad, precaución, necesidad,  proporcionalidad, rendición de cuentas y no discriminación”.  Los expertos solicitaron a los gobiernos de España y Marruecos información detallada  sobre el incidente y sobre parámetros internos en cuanto al uso de la fuerza y las medidas adoptadas para garantizar que  no se repita una situación similar en estas álgidas fronteras.  Más que preocupante, el panorama es aterrador. De acuerdo con estimaciones de la Organización Internacional para las Migraciones, desde el 2014 más de 34.000 migrantes han muerto en su travesía hacia los países del “Norte Global”, de ese total, casi 24.000 personas han muerto tratando de cruzar el Mediterráneo.  Las fronteras de la Unión Europea, Estados Unidos y otras naciones del “Norte Global” se han transformado en escenarios de barbarie, deshumanización, abuso de la fuerza, impunidad y criminalización, amparados y aplaudidos por gobernantes que implementan políticas de selección y exclusión de migrantes, en base a criterios jerárquicos de opresión y exterminio  como el origen, la nacionalidad, el género y la raza. En este entramado “necropolítico”, son estas categorías las que terminan por  definir la distancia entre la persona migrante y la bala. (Te recomendamos leer: De Minneapolis a Bogotá) Por ahora, el círculo de migración y despojo pareciera estar lejos de cerrarse. Adriana Estévez, ​​doctora en Derechos Humanos, considera que la migración masiva hacía estos destinos no es más que el  “resultado  residual  de  estrategias  deproducción  capitalista  que  los  necropoderes  utilizan  para  deshacerse  de  la  gente  que  habita  geografías  ricas  en  recursos  naturales  renovables  y  no  renovables mientras se benefician de tecnologías mortales como la violencia criminal y de pandillas, y la violencia sexual y de género, las cuales producen muerte  lucrativa  de  hombres  y  mujeres  diferenciadamente”.  Las fronteras de Europa y Estados Unidos son expresiones de un “necropoder” que deshumaniza, subyuga y distingue formas “válidas” de vida, de muerte y de muerte en vida.

Derecho a la Verdad: el racismo justificó la violencia sufrida por la población afro durante el conflicto armado 

Informe Final de la Comisión de la Verdad señala que el racismo propició graves hechos de violencia contra comunidades negras, indígenas y ROM.  En Colombia se han desarrollado sistemáticamente  prácticas discriminatorias en todos los espacios de la vida social. En el marco del conflicto armado, esas prácticas han deshumanizado, subyugado y sometido a los pueblos étnicos a una secuencia interminable de vulneraciones de sus derechos.  La Comisión de la Verdad, en el tomo ‘Hallazgos y Recomendaciones’ del Informe Final presentado al país el pasado 28 de junio, explica que “negar la condición de los pueblos étnicos, negar su humanidad, fue la justificación perfecta para ejecutar acciones atroces en contra de esa población, de sus cuerpos y territorios. Pasaron de ser los grupos sociales más marginalizados históricamente a ser, también, los que más han sufrido los efectos de la guerra”. El documento, resultado de un trabajo investigativo de más de cuatro años en el que se escucharon a más de 30.000 víctimas y actores del conflicto, explica que el racismo validó las narrativas esclavistas y colonizadoras y, también, propició hechos de barbarie que desgarraron a las comunidades negras, indígenas y ROM durante una guerra de más de medio siglo. Durante todo ese tiempo,  las guerrillas no reconocieron las autonomías de las comunidades étnicas; mientras que el paramilitarismo, apoyado por las élites de poder,  masacró y despojó de sus tierras a las comunidades étnicas.  “Negar la condición de los pueblos étnicos, negar su humanidad, fue la justificación perfecta para ejecutar acciones atroces en contra de esa población, de sus cuerpos y territorios”. En su propósito de demostrar la superioridad de su aparato bélico, las guerrillas, los paramilitares y la Fuerza Pública cometieron acciones atroces en contra de esta población históricamente discriminada. En el marco del evento de Reconocimiento por la Verdad del Pueblo Negro, Afrocolombiano, Raizal y Palenquero, una mujer que fue marcada con un hierro por un comandante de las Autodefensas Unidas de Colombia en Montes de María aseguró que fue violentada “porque era negra”: “Y me marcó como si fuera una esclava. En la época de la esclavitud marcaban las mujeres negras, así fue como me marcaron a mí las autodefensas”. La discriminación y el prejuicio racial conllevaron a la deshumanización de las personas negras durante el conflicto, incluso al interior de las filas de los grupos armados: “Entonces hay maltrato al interior de las instituciones por el hecho de tu ser afro. Los mandos medios y altos no respetan la diferencia y te maltratan a ti por como tú hablas. Te maltratan por como tú eres. No te llaman por tu apellido, sino “negro, venga acátal cosa”. Todo es la palabra negro, que el negro es el sujeto fuerte, que el negro debe aguantarmás que los otros soldados porquees negro, y asociamos a los negros con aquel peón fuerte que puede soportar todo como una bestia”, relató a la Comisión un hombre afro, víctima del conflcito.  La desprotección estatal y el despojo  En el informe de la Comisión de la Verdad se sostiene que el racismo estructural también es conexo a los altos niveles de pobreza, desprotección estatal y acceso marcadamente desigual de las comunidades étnicas a sus derechos. Estos grupos también han sido excluidos de forma permanente y persistente del relato nacional,  y vilipendiados implícita y explícitamente, con narrativas racistas instaladas en organismos institucionales, espacios de poder, medios de comunicación  y otros actores decisores del país. A este entramado de exclusión y desprotección estatal se ha sumado, dice el Informe,  “la baja aplicación de leyes que se han logrado con enormes luchas en la búsqueda de la equidad”. Entre ellas se destacan la autonomía de los gobiernos indígenas y la Ley 70 de 1993, la cual tiene por objeto reconocer a las comunidades negras el derecho a la propiedad colectiva. Sobre esta última, aunque han pasado 27 años desde que se promulgó, la Ley aún no se ha reglamentado en su totalidad, lo que ha impedido que estas comunidades accedan al goce efectivo de sus derechos.  De acuerdo con la Comisión, la  concepción colonial y dominante  de los territorios indígenas y negros basados en tres elementos: “i) espacios “baldíos”, ii) la relación entre violencia y economía y, iii) el acaparamiento de tierras como sinónimo de riqueza y poder, junto con la adopción de políticas de desposesión territorial,  militarización y de exterminio y asimilación cultura que, también dieron lugar a la imposición sistemática de intereses ajenos sobre las formas tradicionales de vida y conservación territorial”, situación que se evidencia en violaciones como “el desplazamiento, el despojo, la apropiación y el control de los territorios y ante todo, la destrucción espiritual de estas poblaciones”.  (También puedes leer: ABC DE DERECHOS TERRITORIALES Y TITULACIÓN COLECTIVA) Fue así como la definición de los territorios étnicos como espacios “salvajes”, una herencia colonial mantenida una “visión de productividad” en Occidente, permitió que se perpetuara la costumbre de “civilizar mediante el saqueo y el despojo”. Con la llegada de la explotación de petróleo a la región del pueblo barí en 1930, por ejemplo, se produjo un exterminio de la población, la cual fue reducida en un 80 % y despojada del 70 % de su territorio ancestral. Las violencias sufridas por las comunidades negras e indígenas en el Bajo Atrato evidencian la magnitud de lo que ha sido este engranaje de despojo y desolación. Desde finales de 1996, luego de los desplazamientos forzados generados por las operaciones Génesis de la Brigada XVII y el Bloque Elmer Cárdenas, la expulsión violenta de aproximadamente 15.000 personas de la región, así como el posterior reordenamiento territorial y social, facilitó que, en el marco de las alianzas que establecieron algunos agentes económicos (gremio bananero, Ecopetrol, multinacionales mineras, industria azucarera) con las AUC, miembros de la fuerza pública y funcionarios estatales, se consolidaran proyectos económicos a gran escala en los territorios despojados. El informe señala que la política de “repoblación” implementada por los paramilitares en los territorios étnicos  buscaba, por medio de la violencia y el control territorial y …

Derecho a la Verdad: el racismo justificó la violencia sufrida por la población afro durante el conflicto armado  Leer más »

¿Independencia para quién? 

​La proclamación de la independencia del imperio Español no significó el fin de la esclavitud en Colombia.  Las declaraciones de igualdad y fraternidad escritas por los próceres de la era republicana, herederos del sistema colonial, no contemplaron la libertad de los esclavizados pese a que muchos de estos hicieron parte de los ejércitos libertarios como oficiales o soldados.  Después de recorrer varios puertos caribeños tras la caída del segundo intento de gobierno republicano en 1814, Simón Bolívar viajó a Haití y se comprometió a dejar en libertad a los esclavizados de la nueva república a cambio de la ayuda de un batallón de soldados, municiones y barcos ofrecidos por Alejandro Petión, líder de la revolución afro que conquistó la independencia en 1791, antes que cualquier otra nación de América. Sin embargo, Bolívar no cumplió con su promesa y muchos soldados volvieron a quedar bajo el poder de sus amos después de dejar el alma en la titánica campaña libertadora.  En una carta enviada al director de la Gaceta Real de Jamaica en 1815,  Bolívar justificó sus causas para postergar la libertad de los esclavizados:  “El colono español no oprime a su doméstico con trabajos excesivos: lo trata como a un compañero; lo educa en los principios de moral y de la humanidad, que prescribe la religión de Jesús. […] El esclavo en América española vegeta abandonado en las haciendas, gozando, por decirlo así, de la inacción, de la hacienda de su señor y de una gran parte de los bienes de la libertad. Como la religión le ha persuadido que es un deber sagrado servir, ha nacido y existido en esta dependencia doméstica, se considera en su estado natural, como un miembro de la familia de su amo, a quien ama y respeta. La experiencia nos ha mostrado que, ni aún excitado por los estímulos más seductores, el siervo español no ha combatido contra su dueño; y por el contrario, ha preferido muchas veces la servidumbre pacífica a la rebelión”.  La carta de Bolívar evidencia cómo los próceres criollos estaban más preocupados por conservar los beneficios del sistema colonial, que por garantizar un proyecto de nación humanista, que protegiera los derechos de  todxs.  En Las Claves Mágicas de América, el escritor Manuel Zapata Olivella asegura que “los nuevos amos criollos entendían que el régimen neocolonialista debía contar, al menos por algún tiempo, con la mano esclava […] La libertad de los africanos en América no podría ser un acto de mera actitud filantrópica y de declaración de principios humanitario El 2 de junio de 1816, Simón Bolívar decretó la libertad absoluta a todos los esclavos que se alistaron en las filas del Ejército Patriota (EP), conjunto de milicias que luchó en las guerras de independencia de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.  “La justicia, la política, y la Patria reclaman imperiosamente los derechos imprescindibles de la naturaleza, he venido en decretar, como decreto, la libertad absoluta de los esclavos que han gemido bajo el yugo español en los tres siglos pasados”, sentenció Bolívar.  No obstante, los intereses de los dueños de los esclavizados se impusieron sobre la justicia que demandaba la libertad de los antiguos comandantes y soldados esclavizados. Bolívar tampoco utilizó su poder para exigir el cumplimiento del decreto.  La libertad de todas las personas esclavizadas en Colombia fue concedida en 1851, 37 años después de la promesa que Bolívar le hizo a Petión. Aunque se desconoce la cantidad de esclavizados que participaron en la campaña independentista, varias investigaciones señalan que fueron pocos los esclavizados que obtuvieron la libertad después de prestar servicio militar.

De pe a pa: 5 conceptos para entender cómo opera el racismo en Colombia

¿Qué es la raza?  La raza es una construcción social, una categoría que describe la jerarquización social de acuerdo con características como el fenotipo o la apariencia física, el linaje o la descendencia, e incluso factores culturales, como la etnia o la religión. ¿Qué es el racismo? El racismo es normalmente conceptualizado como una ideología que afirma que los seres humanos pueden ser clasificados en «razas» de acuerdo con factores biológicos o culturales. Esta idea sostiene que existen «razas» superiores e inferiores y aduce que las «razas superiores» tienen el derecho a subyugar a aquellas consideradas inferiores. Igualmente, el racismo incluye posturas ideológicas que defienden la separación de «las razas» como una forma de mantener su «pureza». ¿Qué es discriminación racial?  La expresión «discriminación racial» denota toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública (Artículo 1 –  Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial). ¿Qué es Racismo estructural?  La discriminación estructural es el conjunto de normas, reglas, rutinas, patrones, actitudes y estándares de comportamiento, tanto de jure como de facto, que dan lugar a una situación de exclusión hacia un grupo de personas en un sentido generalizado, que se perpetúa en el tiempo. La discriminación estructural se refleja en la mentalidad colectiva y en los estereotipos y prejuicios continuos (CIDH / IACHR. ¿Qué es Racismo institucional?  El concepto del racismo sistémico contra los africanos y los afrodescendientes, incluso en lo que se refiere al racismo estructural e institucional, se entiende como la operación de un complejo, interrelacionado sistema de leyes, políticas, prácticas y actitudes en las instituciones del Estado, el sector privado y estructuras sociales que, combinadas, resultan en directa o indirecta, intencional o no intencional, de discriminación, distinción, exclusión, restricción o preferencia de jure o de facto sobre la base de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico (ONU).