Acceso a la justicia y política criminal

CONOCE LA SEGUNDA EDICIÓN DE LA CARTILLA: ¿QUÉ HACER EN CASO DE ABUSO POLICIAL CONTRA PERSONAS AFROCOLOMBIANAS?

SEGUNDA EDICIÓN: ¿QUÉ HACER EN CASO DE ABUSO POLICIAL CONTRA PERSONAS AFROCOLOMBIANAS? Este documento es una actualización necesaria de la cartilla –¿Qué hacer en caso de abuso policial contra personas afrocolombianas? Guía de Formación en Derechos Humanos y Acceso a la Justicia para Personas y Comunidades Afrocolombianas–, que responde tanto a los avances institucionales como a la continuidad de prácticas relacionadas al relacionamiento de los agentes del orden con las personas afrodescendientes. DESCARGAR SEGUNDA EDICIÓN Desde la publicación de la primera edición de la cartilla “¿Qué hacer en caso de abuso policial contra personas afrocolombianas? Guía de Formación en Derechos Humanos y Acceso a la Justicia para Personas y Comunidades Afrocolombianas” , presentada en el año 2020, el panorama político, social y normativo en Colombia ha experimentado transformaciones significativas que inciden de forma directa en la manera en que entendemos y enfrentamos el impacto desproporcionado y diferenciado que el abuso policial tiene sobre grupos étnico-racialmente diferenciados, las personas en situación de vulnerabilidad económica, personas migrantes, entre otros. Este documento es, por tanto, una actualización necesaria de la cartilla, que responde tanto a los avances institucionales como a la continuidad de prácticas relacionadas al relacionamiento de los agentes del orden con las personas afrodescendientes. En estos cinco años, Colombia ha atravesado momentos clave de movilización social, como el Paro Nacional de 2021. Durante estas protestas, diversas organizaciones, entre ellas ILEX Acción Jurídica, documentaron múltiples violaciones de derechos humanos que afectaron especialmente a la población afrodescendiente. Se registraron casos de maltratos, desapariciones, perfilamientos raciales, detenciones arbitrarias y violencia de género, siendo las mujeres afrodescendientes víctimas diferenciales de estas agresiones, donde informes indicaron que, de las 110 personas asesinadas en Cali durante los seis primeros meses del Paro Nacional, el 36,4% pertenecían a la población afrodescendiente. Paralelamente, el proceso de transformación institucional impulsado por el Gobierno Nacional ha dado lugar a medidas como el Decreto 1231 de 2024, que introduce limitaciones al uso de la fuerza, refuerza criterios de proporcionalidad y promueve el control ciudadano sobre las actuaciones policiales. Sin embargo, estas medidas aún conviven con una realidad de perfilamiento racial, requisas arbitrarias y criminalización sistemática de las comunidades negras, especialmente en contextos urbanos y empobrecidos. Uno de los elementos más relevantes de esta actualización es la incorporación de un cambio de visión sobre la política de drogas. En ILEX Acción Jurídica entendemos que no se puede analizar el abuso policial racista sin considerar cómo la legislación y la práctica estatal en materia de control de estupefacientes ha servido históricamente como plataforma para la criminalización racializada. La aplicación diferencial de normas como la Ley 30 de 1986 y el artículo 376 del Código Penal facilita el perfilamiento hacia personas negras, particularmente jóvenes, bajo el supuesto de sospecha por porte o consumo. Esta dinámica reproduce un ciclo de estigmatización, exclusión y violencia que el Estado aún no ha desmontado. Esta cartilla busca seguir cumpliendo con su propósito fundamental: ser una herramienta de formación jurídica popular y de acceso a la justicia, dirigida especialmente a personas afrodescendientes, liderazgos sociales, defensoras de derechos humanos, población LGTBIQ+, y juventudes que enfrentan cotidianamente formas de abuso policial. A través de explicaciones claras, actualizadas y contextualizadas, este documento pretende acercar el derecho a quienes históricamente han sido excluidos del lenguaje y las estructuras jurídicas, democratizando el conocimiento y fortaleciendo capacidades para la defensa individual y colectiva frente a la actuación arbitraria por parte de los agentes del orden. En ese sentido, esperamos que este documento continúe ejecutando su labor de hacer más justas las relaciones entre las personas afrocolombianas, las instituciones y el fortalecimiento del Estado Social de Derecho en Colombia.

¿Reformas para quién?: aprendizajes de una reforma laboral archivada en materia de justicia social y trabajo digno

El 18 de marzo de 2025, la Comisión Séptima del Senado archivó el proyecto de ley de reforma laboral. Aunque se trataba de una iniciativa que ya había superado su segundo debate en Cámara, los cuestionamientos sobre su viabilidad fiscal, la ausencia de un consenso político y las dudas sobre su implementación operativa terminaron por frenar su avance. El análisis jurídico de este tipo de situaciones debe ir más allá del resultado legislativo y centrarse en lo que revela sobre la relación entre derecho, instituciones y acceso real a garantías. Volvió a poner sobre la mesa una pregunta que deberíamos hacernos más seguido: ¿Para quién se piensan, se redactan y se aprueban las reformas en Colombia? Uno de los aspectos que más resonancia tuvo en el debate público fue la disposición sobre el trabajo doméstico. Es importante señalar que, desde el marco legal vigente, existe ya la obligación de formalizar esta relación laboral mediante contrato escrito y garantizar afiliación a seguridad social; esto es importante considerando que solo 2 de cada 10 tienen un contrato escrito Lo que introducía el proyecto no era una nueva garantía sustantiva, sino un instrumento adicional de control: el depósito del contrato ante el Ministerio de Trabajo. Este mecanismo podría fortalecer la capacidad institucional para verificar el cumplimiento, aunque su eficacia dependería de la capacidad de supervisión del Estado. El concepto de trabajo doméstico, además, debe entenderse en un sentido amplio. No solo abarca las labores de cuidado y aseo remunerados , sino también actividades como jardinería, conducción y mantenimiento, que muchas veces son desempeñadas por hombres, también en condiciones de informalidad. La dimensión de género, si bien central, no agota el análisis; la perspectiva interseccional obliga a considerar cómo el origen étnico-racial y la clase social inciden en las formas de inserción laboral. Otro componente de la propuesta era la conversión del contrato de aprendizaje en contrato laboral a término fijo. Jurídicamente, el contrato de aprendizaje ya constituye una forma de vínculo formal, pero no otorga los mismos derechos laborales que un contrato laboral ordinario. La reforma buscaba cerrar esta brecha, ampliando las garantías para quienes hoy acceden al mundo del trabajo a través de estas modalidades. No obstante, para evaluar su impacto desde una perspectiva étnico-racial, se requiere mayor desagregación de datos: existen alrededor de 400.000 aprendices del SENA, de estos más de 145 mil aprendices que se autorreconocen en algún grupo étnico-racial, y según los datos de caracterización, se sabe que el 62% de ese último grupo poblacional se autorreconocen como afrocolombianos,  por tanto había un punto clave de favorabilidad sobre este grupo poblacional. No obstante, según analistas económicos es importante mencionar que ese tipo de medidas puede aumentar los costos laborales y con ello generar efectos sobre la oferta laboral, en especial para aprendices en PYMES.  En materia de conciliación entre trabajo y cuidado, la reforma proponía jornadas flexibles para personas con responsabilidades familiares. Técnicamente, estas medidas podrían contribuir a equilibrar la vida laboral y personal. Sin embargo, su efectividad requeriría regulación detallada y monitoreo, para evitar efectos adversos como el estancamiento profesional o la discriminación indirecta. Asimismo, la corresponsabilidad en el cuidado incluyendo la participación activa de los hombres es un componente aún pendiente en el debate jurídico nacional. No obstante, resulta imprescindible que cualquier iniciativa laboral futura no se limite únicamente a quienes se encuentran formalmente empleados o buscan insertarse en el mercado laboral. El sistema jurídico y económico sigue sin reconocer plenamente a una población que realiza labores fundamentales para la sostenibilidad de la vida: las mujeres que ejercen tareas de cuidado no remunerado, en particular aquellas que cuidan de personas con discapacidad en sus hogares. Desde una perspectiva constitucional, estas cuidadoras ejercen una función social de altísimo valor, sin que ello se traduzca en reconocimiento económico, jurídico o en acceso efectivo a medidas de protección social. Esta omisión perpetúa una forma estructural de desigualdad que se entrecruzan con factores de género, raza y pobreza, afectando de manera desproporcionada a mujeres negras y afrodescendientes. La falta de reconocimiento del trabajo de cuidado no remunerado en la política laboral representa una brecha que impide la garantía plena del derecho a la igualdad material. Incorporar mecanismos de protección, compensación y corresponsabilidad del Estado frente a estas cuidadoras es una tarea urgente. Esto podría incluir, por ejemplo, el diseño de sistemas de prestaciones vinculados al tiempo de cuidado, políticas de respiro, acceso preferente a servicios públicos o rutas de empleabilidad adaptadas. La omisión de esta población en las reformas laborales futuras compromete no solo su bienestar individual, sino también la eficacia de cualquier modelo de desarrollo inclusivo. También se habló de lucha contra la discriminación laboral. Es cierto que el racismo, el sexismo y la xenofobia ya están prohibidos por la Ley. Pero el desafío está en cómo se aplican esas normas en la práctica. El proyecto no creaba nuevos derechos, pero sí podía fortalecer mecanismos de exigibilidad si se acompañaba de herramientas concretas de seguimiento y sanción, considerando estos en las obligaciones y prohibiciones de los empleadores En cuanto a los trabajadores de plataformas digitales, la reforma proponía una formalización parcial. Reconocía el vínculo laboral, pero con una fórmula distinta de cotización a la seguridad social. Aunque era un avance, no equiparaba plenamente a estas personas con otros trabajadores formales.  Y por último, hay un punto que no se puede ignorar: la reforma no presentó un análisis fiscal claro. Eso es grave. Si se va a ampliar la cobertura de derechos, es necesario tener un plan fiscal para sostenerlos. De lo contrario, la norma queda en el papel. La técnica jurídica y la política pública deben ir de la mano para garantizar que los derechos se ejerzan, no solo se anuncien. El archivo de esta reforma deja lecciones importantes. Las leyes que buscan transformar las condiciones laborales del país necesitan ser viables jurídicamente, sostenibles fiscalmente, y sobre todo, sensibles a las desigualdades que afectan de manera particular a poblaciones históricamente excluidas, como las personas y comunidadesafrodescendientes. Necesitamos un país …

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Comunicado a la opinión pública: Es urgente una agenda de cambio en la justicia colombiana

El 16 de enero de 2024, las organizaciones de la sociedad civil aquí firmantes acudimos al llamado del Gobierno Nacional, representado por el entonces ministro de justicia, Nestor Osuna, a conformar la Comisión de expertas y expertos para la reforma a la justicia. Confiando en la posibilidad de aportar a la transformación real y estructural de la administración de justicia en Colombia, aceptamos la invitación.  Como parte de la comisión, incorporamos y profundizamos discusiones relevantes como: i) la necesidad de diagnósticos actualizados sobre las barreras en el acceso a la justicia que incluyeran, los impactos diferenciados en  poblaciones históricamente excluidas, ii) la diversidad en la representación de estas poblaciones en el sector justicia, iii) asuntos relativos a la humanización y racionalización de la política criminal, incluido el sistema penitenciario; iii) las reformas a la justicia que se requieren para contribuir a la erradicación de las violencias basadas en género y iv) la administración eficiente y transparente de la Rama Judicial para lograr un acceso equitativo, efectivo y no discriminatorio, que tenga en cuenta las necesidades diferenciadas de las personas en todos los territorios. Además, llamamos permanentemente la atención sobre la necesidad de contar con una metodología clara de trabajo y sobre las limitaciones de pensarse las transformaciones de la justicia únicamente desde las reformas legales y no desde estrategias claras de política pública impulsadas desde el actual gobierno.  A un año de la  puesta en marcha de la Comisión de Reforma a la Justicia, con la que nos hemos comprometido de forma entusiasta y diligente, consideramos importante  presentar no solo un balance de nuestra labor sino una invitación al gobierno nacional para que esta iniciativa no quede relegada a reuniones y revisiones de proyectos de ley. Un año de trabajo de la Comisión de Reforma a la Justicia  El gobierno nacional convocó a representantes de las Altas Cortes, de los sindicatos de la Rama Judicial, del Instituto Nacional de Medicina Legal, de organizaciones de la sociedad civil, entre otras instituciones, con el fin de integrar una Comisión plural que lo pudiera asesorar y contribuir a generar consensos en torno a las reformas a la justicia. El gobierno tenía el propósito de enfocar la reforma en cinco pilares que permitieran al país avanzar hacia: i) una justicia volcada hacia el esclarecimiento de la verdad; ii) una justicia eficaz en la lucha contra la corrupción; iii) una justicia que asuma los enfoques diferenciales; iv) una justicia accesible para las personas y grupos tradicionalmente excluidos; y v) una justicia robusta, moderna y eficaz, en la que las sentencias se cumplen. Durante este año, las personas que hacemos parte de la Comisión nos encargamos de presentar y revisar proyectos de ley que intentaban atender algunas urgencias por materias, sobre todo procesales. El Ministerio de Justicia, en su momento liderado por el Dr. Nestor Osuna, también hizo una convocatoria pública para que la ciudadanía pudiera hacer sus aportes y soñar una nueva administración de justicia en Colombia. El Ministerio, tal como nos fue informado, recibió más de 500 propuestas por parte de la ciudadanía.  La secretaría técnica de la Comisión la asumió el Ministerio de Justicia y fuimos convocadas periódicamente a sesiones plenarias y de subcomisiones sobre cinco asuntos: i. reformas constitucionales; ii. reformas de asuntos penales y penitenciarios; iii. justicia inclusiva; iv. mecanismos alternativos de solución de conflictos y asuntos procesales, y reformas de asuntos judiciales. Con la llegada de la Ministra, Angela María Buitrago Ruiz, hemos sido convocadas nuevamente a discutir textos con propuestas de reforma, en algunos temas puntuales. en algunos temas puntuales.  Sin embargo, el balance no puede concretarse en resultados visibles y de transformaciones estructurales, a nuestro parecer, no solo por la interrumpida metodología de la Comisión de expertas y expertos que no ha estado a la altura de las discusiones sobre algunos de los asuntos de reforma a la administración de justicia en las cuales la diversidad de perspectivas, opiniones y sectores ha sido evidente, sino a la limitada visión de estas transformaciones, sólo desde las reformas legales. Tal como lo anunciamos al inicio de la comisión, no es posible pensarse transformaciones estructurales sólo desde la formulación de proyectos de ley, mucho menos sin la herramienta básica e inicial del diagnóstico de barreras en el acceso a la justicia que tanto hemos reclamado en el marco de la comisión. Además, una agenda de reforma requiere de una visión clara sobre las transformaciones transversales y estructurales que la justicia requiere. El resultado es que la apuesta de reforma del Gobierno nacional no ha avanzado al ritmo deseado.  La reforma a la justicia sigue siendo una tarea urgente e importante para el país La reflexión sobre la reforma a la justicia en el país sigue siendo urgente. Colombia necesita una administración e institucionalidad en el sector que garanticen un servicio de calidad, accesible y operativo, que reconozca las características del territorio en el que funciona y las poblaciones para las que trabaja. Ese ejercicio pasa por conocer no solo las formas en la que históricamente se han construido estas instituciones y sus geografías atadas a la desigualdad social, económica, de género y racial sino que aun en pleno siglo 21 se encuentra marcada por la necesidad de seguir formando a operadores judiciales  en asuntos relevantes no solo a nivel técnico-jurídico y procesal sino de enfoques, en un llamado urgente por la contextualización de la justicia a las necesidades de la ciudadanía.   Las aquí firmantes hacemos un llamado al gobierno nacional liderado por el Ministerio de Justicia, a la Rama Judicial, a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación, así como a nuestras y nuestros colegas en la Comisión de reforma a volver a discusiones que prioricen, profundicen y propongan reformas de política pública que permitan avanzar en las transformaciones que requiere la justicia en Colombia. Estas deberían enfocarse, al menos, en los siguientes cinco asuntos: El futuro de la agenda de reforma a la justicia  Celebramos la iniciativa del gobierno actual por avanzar en una …

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¡UN REGALO DE NAVIDAD PARA LA JUSTICIA RACIAL Y DEFENSA LEGAL DE NUESTROS DERECHOS!

ABC DE ACCIONES CONSTITUCIONALES   La presente cartilla está dedicada a las acciones constitucionales de protección de los derechos fundamentales individuales y colectivos, que consideramos son los más usados a fin de lograr el acceso a la administración de justicia en Colombia para las comunidades negras, afros, raizales y palenqueras, tales como: derecho de petición, acción de tutela, habeas corpus, acción de cumplimiento y acciones populares. Aunque existen otros mecanismos constitucionales y legales que pueden ser ejercidos por las comunidades para la promoción y defensa de sus derechos que han sido vulnerados o amenazados por autoridades públicas o privadas, para efectos de esta cartilla nos limitaremos a desarrollar los previamente mencionados. DESCARGAR ABC DE ACCIONES En el desarrollo de la misión y visión de ILEX, se conecta y busca atender a las necesidades de asesoría, formación, acompañamiento y defensa legal de las poblaciones negras/afro que incluyen, por supuesto, la convicción de lucha contra el racismo y la discriminación, la defensa de los territorios ancestrales, la propiedad colectiva, el patrimonio cultural, y la identidad e integridad étnica y cultural.  Siguiendo las líneas de trabajo de la organización y las apuestas de incidencia y movilización legal realizadas por más de seis años, presentamos a la sociedad, especialmente, para la población afrodescendiente en Colombia,  comunidades negras afros, raizales y palenqueras, esta Cartilla de Garantías y Acciones Constitucionales que es parte de la caja de herramientas jurídicas de la organización, con el objetivo de brindar insumos de formación legal práctica para el ejercicio de mecanismos constitucionales ante las autoridades administrativas y/o judiciales, en virtud del cual se pueden adelantar procesos de movilización legal para la protección de los derechos constitucionales. Las acciones constitucionales son garantía del acceso a la administración de justicia y constituyen un elemento básico de la organización del Estado colombiano desarrollado por la Constitución Política de 1991. Apalancada en la evolución de los criterios normativos para reafirmar la existencia de una Constitución, la Corte Constitucional colombiana ha reconocido la importancia de la incorporación de los mecanismos de protección de los derechos como piedra angular de la filosofía del Estado social y democrático de derecho. Así, ha señalado que la consagración constitucional de estos mecanismos pretenden establecer un procedimiento, o eventualmente un conjunto de procedimientos judiciales autónomos, específicos y directos de garantía inmediata de muy precisos derechos y libertades. En este sentido, ha precisado la relevancia de los principios de debido proceso, igualdad, la legalidad, la buena fe y la favorabilidad. Para cumplir con esta finalidad, los mecanismos de protección constitucional deben ser eficaces. Su carácter idóneo está determinado por la capacidad de dar una protección cierta, efectiva y concreta del derecho fundamental individual o colectivo de cuya violación o amenaza se trata.  La presente cartilla está dedicada a las acciones constitucionales de protección de los derechos fundamentales individuales y colectivos, que consideramos son los más usados a fin de lograr el acceso a la administración de justicia en Colombia para las comunidades negras, afros, raizales y palenqueras, tales como: derecho de petición, acción de tutela, habeas corpus, acción de cumplimiento y acciones populares. Aunque existen otros mecanismos constitucionales y legales que pueden ser ejercidos por las comunidades para la promoción y defensa de sus derechos que han sido vulnerados o amenazados por autoridades públicas o privadas, para efectos de esta cartilla nos limitaremos a desarrollar los previamente mencionados.  Para tales efectos, en los apartes que siguen de esta cartilla  se expondrán de manera breve y sumaria, los criterios normativos del contenido de las acciones constitucionales, su procedencia, la legitimidad y, aspectos procesales como oportunidad, reparto, y trámite conforme a las reglas jurisprudenciales vigentes para cada uno. Se trata de un proyecto, con vocación pedagógica, que esperamos sea de la mayor utilidad para organizaciones, colectivos, estudiantes, consejos comunitarios y demás público general interesado en la defensa de los derechos de las comunidades negras afrodescendientes en Colombia. 

FORO PERMANENTE SOBRE LOS AFRODESCENDIENTE: Algunas reflexiones de dónde estamos y hacia dónde podemos ir

Hace unas semanas, nuestra directora general, Dayana Blanco Acendra, asistió al Foro Permanente sobre los Afrodescendientes que se llevó a cabo en Ginebra, entre el 16 y 19 de abril y que, este año tuvo su tercera edición. Este Foro es un mecanismo internacional que busca mejorar la seguridad y calidad de vida de las personas afrodescendientes. Además, es un organismo consultivo del Consejo de los Derechos Humanos y a su vez, está conectado con el programa y aplicación del Decenio para los Afrodescendientes.  En este espacio, ILEX estuvo participando y exponiendo las diferentes vulneraciones que presenta la población afrodescendiente en Colombia, específicamente los impactos de la  violencia policial racista a la que se ven expuestas las personas afro LGBTIQ+; la ausencia de datos que persiste en las bases de datos administrativas del Estado y de los mecanismos que garanticen la atención y las acciones específicas para contrarrestar, desde una perspectiva interseccional esta problemática. Por último, la importancia de poner en el marco del debate de la justicia económica las barreras diferenciadas que viven las personas con pertenencia étnica-racial.  Luego de estas participaciones, pensamos cómo este espacio puede seguir construyendo e incidiendo en los trabajos que las organizaciones asistentes realizamos en nuestros países y regiones. Además, cómo las recomendaciones entregadas por las OSC, pueden ser acogidas por los Estados y sobre todo, puestas en práctica. La escucha y realización de estos espacios son necesarios, pero no son suficientes si los resultados del estado no van conectados con las realidades y dificultades de la población.  Ahora, ¿qué se dijo durante el Foro en torno a la población negra afrodescendiente del mundo? AGENDA 2030 Y REPARACIONES: JUSTICIA ECONÓMICA:  EDUCACIÓN, CULTURA Y RECONOCIMIENTO DE PRÁCTICAS PROPIAS: II DECENIO INTERNACIONAL PARA LOS AFRODESCENDIENTES: En cuanto a las recomendaciones que se dan en el marco del Foro, revisamos cuáles de las que se habían presentando anteriormente se reforzaron, cuáles son nuevas y cuáles hicieron falta:  ¿Qué se repitió en esta sesión del Foro Permanente?  ¿Qué es lo nuevo en esta sesión del Foro? ¿Qué hizo falta?

23 ORGANIZACIONES DE DERECHOS HUMANOS DENUNCIAN ABUSO POLICIAL CON ARMAS MENOS LETALES EN MANIFESTACIONES ANTE COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) | Comunicado Conjunto

Veintitrés (23) organizaciones internacionales se unieron para denunciar la violencia de Estado ante el incremento del uso de armas menos letales en manifestaciones públicas y la violación de derechos humanos por fuerzas de seguridad, en el marco de una audiencia regional sobre uso de la fuerza en protestas sociales que celebra hoy la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a las 2:00PM en su sede de la ciudad de Washington DC, Estados Unidos. La audiencia se transmitirá en vivo por la página web de la CIDH. La audiencia busca plantear una preocupación por la utilización de armamento como los proyectiles de impacto cinético y los cartuchos de gas lacrimógeno. Algunas de estas armas disparan múltiples proyectiles simultáneamente, lo cual las hace intrínsecamente indiscriminadas. Otras tienen componentes metálicos que pueden producir un daño irreparable. En ambos casos, son inadecuadas para su uso en el control de multitudes. Todo este armamento puede ser mal utilizado y generar lesiones graves, discapacidades permanentes e incluso en algunos casos la muerte que impactan desproporcionadamente a grupos históricamente discriminados. Como parte de la delegación, compuesta por decenas de organizaciones, participa de la audiencia Alicia Ruth Tapuy Santi, viuda de Byron Guatatuca, un líder de la comunidad Kichwa de la zona de Puyo en Ecuador que murió luego de un impacto de un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza.  Las consecuencias del uso irregular de armas menos letales por fuerzas policiales pueden observarse en diversos países:  La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Las organizaciones participantes en este esfuerzo son:

“Señora o lo que sea, deme su cédula”: Retratos de la violencia policial racista desde la interseccionalidad

“Señora o lo que sea, deme su cédula”: Retratos de la violencia policial racista desde la interseccionalidad   Este documento da cuenta de una realidad y refleja cómo ha sido el relacionamiento que tiene la Policía Nacional de Colombia con las mujeres y personas asignadas con sexo femenino al nacer, específicamente afrodescendientes, está atravesado por escenarios de discriminación y violencia. Tanto en contextos de protesta como cotidianos, la vida, la dignidad humana, la seguridad personal y la intimidad de estas personas se ven sometidas a constantes abusos y patrones de violaciones a sus derechos humanos, a nivel individual y colectivo. DESCARGAR AQUÍ DOCUMENTO COMPLETO Violencias físicas, simbólicas, verbal, entre otras, fueron algunos de los hallazgos encontrados en los testimonios relatados y registrados en el informe “Señora o lo que sea, deme su cédula”: Retratos de la violencia policial racista desde la interseccionalidad” que fue presentado en Cali este 11 de agosto.  El documento, adelantado por organizaciones como Posá Suto, el Observatorio sobre violencias basadas en género del Proceso de Comunidades Negras – Vigía Afro e ILEX Acción Jurídica, presenta y evidencia cómo la Policía Nacional, basados en criterios sospechosos como lo son la expresión e identidad de género, orientación sexual, pertenencia étnico-racial y condición socioeconómica, vulnera los derechos humanos y dignidad de mujeres cis, personas con asignadas femeninas al nacer (AFAN), mujeres trans y personas no binarias. Por lo anterior, es importante revisar y hacer un análisis de la violencia policial racista desde un enfoque de interseccionalidad. Para Lina Carabalí, investigadora de Vigía Afro, considera que es fundamental que nos paremos desde esta mirada, pues “el tratamiento que se le da a las personas negras, conforme a las diferentes formas de habitar su cuerpo, su vida, sus contextos, es determinante en cuanto al tratamiento que se le da por parte de la fuerza pública. Esto es importante porque repercute en cómo se materializan las consecuencias en la vida de esta persona, después de haber sufrido un hecho violento por parte de los agentes del orden”  Cartagena, Tumaco, Cali y Bogotá, ciudades donde se llevó a cabo la metodología de la investigación, se se conocieron distintas declaraciones que reflejaban los estereotipos y acciones misóginas, transfóbicas y racistas que en la cotidianidad, tienen los agentes de policía con la población mencionada. De ahí la necesidad de realizar un análisis que no solo tenga en cuenta una, sino todas las realidades que atraviesan, desde distintos aspectos la vida, dignidad y humanidad  de las personas contra quienes se cometen actos de violencia policial racista, que además hace parte de una estructura de discriminación que históricamente se ha tenido con la institucionalidad.  “Es importante que desde nuestras experiencias como personas afrodescendientes y con expresiones e identidades de género y orientaciones sexuales diversas, podamos mencionar nuestras palabras lo que nos pasa en el relacionamiento con el Estado en general, en este caso con los agentes del orden. Esto es un fenómeno que no reducimos a la Policía, esto es un fenómeno que habla de cómo el Estado se relaciona con las personas negras afrodescendientes” afirma Dayana Blanco Acendra, directora general de ILEX Acción Jurídica.  En los testimonios recogidos en el informe dan cuenta de que los comportamientos de la fuerza pública han sido sistemáticos y no cumplen, incluso, con las mismas reglamentaciones y regulaciones que tienen respecto al uso de su poder. Como menciona el documento, aunque la mayoría de las situaciones no hay riesgo de vida de un agente o de un tercero, la institución tiene un accionar desproporcionado.  “[…]Entonces salí corriendo y el policía me hizo disparos, fueron más de…cuando fui a ver fueron más de 10 casquillos. Yo corrí por- que me iban a meter presa por algo que yo no había hecho” mencionó Vanessa, una de las personas entrevistadas. Igualmente, Luisa, una joven que vivió un caso de acoso con la policía, contó que: “yo ahí tenía como unos 16, 17 años y entonces yo asustada lloraba que me quería ir para mi casa y pues el policía decía que si queríamos irnos teníamos que chuparle el pene, nos dijo (…) Nosotras que no, que no íbamos a hacer nada y de tanto llorar y gritar en ese CAI pues nos soltaron”  El informe hace recomendaciones que están enmarcadas en el proceso actual de reforma policial que se lleva a cabo en la policía nacional que, si bien no tiene una consolidación definida ni una estructura unificada, está promoviendo un debate público pendiente por parte del Gobierno. La reforma representa una oportunidad clara de incidencia de los grupos que históricamente han sido discriminados, que no han sido incluidos en estos temas, ni se han tenido en cuenta sus demandas.

A DOS AÑOS DEL ESTALLIDO SOCIAL DE 2021 ¡EXIGIMOS UNA REFORMA POLICIAL YA!

28 de abril de 2023 El Paro Nacional iniciado el 28 de abril de 2021, marcó un punto de quiebre en la historia reciente de Colombia. Durante más de tres meses, en todo el territorio nacional, amplios sectores de la sociedad civil expresaron de diversas formas, en las plazas y en las calles, en los barrios y comunas, una serie de  exigencias de condiciones de vida digna. A esta masiva expresión de descontento social se sumaron banderas, movimientos, organizaciones sociales y la población colombiana en general, para la reivindicación del goce efectivo de derechos fundamentales. La legítima expresión social fue respondida con violencia policial y múltiples violaciones a los derechos humanos, como la criminalización de la protesta pacífica y el perfilamiento racial. En cifras reportadas por organizaciones como la Campaña Defender la Libertad Asunto de Todas, se documentaron 89 homicidios, 1.929 personas heridas, 116 lesiones oculares, 343 agresiones a personas defensoras de derechos humanos y 106 denuncias por violencias basadas en género. Algunas de estás Violencias tuvieron impactos diferenciales; así de acuerdo con el  Proceso de Comunidades Negras y otras organizaciones afrodescendientes, se presentaron hechos de 15 violencias basadas en género contra mujeres afrodescendientes a nivel nacional, 26 desapariciones forzadas, 7 detenciones arbitrarias y 36 asesinatos contra personas afrodescendientes.  Por otra parte, cinco relatoras y relatores de la ONU divulgaron en marzo de este año una comunicación con su preocupación por la existencia de “un patrón de uso indiscriminado del derecho penal y del poder fiscalizador del Estado con la finalidad de judicializar a personas que participaron en la protesta” con dos modalidades: aplicación indiscriminada de la captura en flagrancia y el traslado por protección en una primera etapa y; judicializaciones sustentadas en posibles montajes y apelando al uso de tipos penales desproporcionados, como el de terrorismo y concierto para delinquir a partir de junio de 2021.  Además, las detenciones y los traslados por protección fueron utilizados para la comisión de otras agresiones (violencias sexuales, agresiones físicas, torturas, tratos crueles e inhumanos) por lo que se recuerda que el Estado asume un deber de protección reforzado cuando una persona se encuentra privada de libertad y bajo su control efectivo. Al elevado número de víctimas se suma el alto nivel de impunidad. Según datos de la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría, de las denuncias recibidas por abusos de autoridad, tan solo 1.34% se encuentran en investigación, 4.2% en juicio, 0.54% en ejecución de pena, 0.02% en terminación anticipada y tan sólo 0.7% de los casos se han emitido fallos. Esta preocupación es compartida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quien en su primer informe de seguimiento de recomendaciones de su visita de trabajo a Colombia en 2021, expresó la necesidad de realizar una rendición de cuentas sobre lo ocurrido en el contexto del Paro Nacional, especialmente asegurando medidas de reparación integral y oportuna para las víctimas. En ese sentido, no hay garantías efectivas a los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición cuando a las víctimas de violencia policial se les niega el acceso a la justicia. A la vez se afecta la materialización de otras exigencias como la creación de una ruta de atención integral a víctimas, el acompañamiento jurídico y psicosocial, la atención médica oportuna y otras acciones relacionadas al goce de derechos fundamentales, que además tengan en cuenta  enfoques diferenciales como el étnico-racial y de género. El estado de impunidad aumenta las condiciones para la continuidad de los casos de violencia policial, por lo que el trámite de dichos procesos en su mayoría han significado un perjuicio para las víctimas y han terminado en hechos de revictimización, afectando de forma desproporcionada a grupos históricamente discriminados como la población afrodescendiente, indígena y LBGTIQ.  A raíz de estos procesos movilizatorios y los intentos de autorreforma en la Policía Nacional durante el Gobierno de Duque, las consignas por una reforma policial integral con participación amplia de la sociedad civil y el desmonte del ESMAD (Escuadrón Móvil Antidisturbios) tomaron fuerza. Dos años después de la oleada de vulneraciones a los derechos humanos en el Paro Nacional, estas exigencias continúan pendientes.  En el último año, la Policía y el Ministerio de Defensa han impulsado un proceso de transformación del ESMAD hacia la consolidación de la UNDMO (Unidad Nacional de Diálogo y Mantenimiento del Orden), una vez más, sin contar con la sociedad civil y con las víctimas de violencia policial para establecer diálogos y generar propuestas de manera conjunta y vinculante. Esto ha llevado a que la nueva Unidad conserve problemas estructurales, tales como: a. conservar la doctrina; b. actuar en contextos de riñas, minería ilegal, en centros penitenciarios y carcelarios y en la sustitución de cultivos ilícitos, cuando es una Unidad para la atención de manifestaciones; c. no incluir enfoques diferenciales; d. desarrollar acciones de inteligencia y perfilamiento de líderes y lideresas de las movilizaciones; y por último, e. continuar con el uso de armas potencialmente letales sin tener en cuenta sus impactos médicos, psicosociales y ambientales. A lo anterior se suma la preocupación por la no difusión, amplia y clara, de la Resolución 1091 del 31 de marzo de 2023, que expide el Manual para la atención a la Reunión y Manifestación Pública y Pacífica y Control de Disturbios de la Policía Nacional de Colombia y que, de cara a la creación de la UNDMO, es clave que la sociedad civil conozca sus principios y funcionamiento. Hacemos un llamado a que el Gobierno Nacional para que reconozca públicamente los hechos cometidos durante el Paro Nacional por la Fuerza Pública, y así mismo se haga responsable de establecer rutas de atención y acompañamiento para las víctimas de la violencia policial en todo el país, adelantar acciones para su reparación y para la no repetición de hechos que puedan poner en riesgo la vida y la integridad de la población colombiana, en especial aquella que merece especial protección constitucional.  Es necesario que el proceso de reforma a la Policía no esté basado en …

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Incidencia internacional: ONU renovó el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de defensores y defensoras de derechos humanos

Los estados miembros de la Organización de Naciones Unidas adoptaron por consenso la resolución que renueva el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos. La decisión fue tomada el pasado 3 de abril, en el marco de la 52ª sesión del Consejo de Derechos Humanos. La resolución, que prorroga por tres años el mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, insta a todos los estados a adoptar medidas concretas para crear, en la legislación y en la práctica, un entorno seguro y propicio en el que las personas defensoras de los derechos humanos pueden ejercer su labor. Asimismo, exhorta a los estados a cooperar con la relatora proporcionando asistencia en el desempeño de sus funciones y aportando toda la información que les sea solicitada.  En una carta enviada a los estados miembros de la ONU en febrero pasado, ILEX Acción Jurídica y otras 169 organizaciones de la sociedad civil instamos a ese organismo a resistir “cualquier intento de diluir el mandato o las obligaciones de los Estados y apoyar la renovación consensuada del mandato”. (También puedes leer: ¿Cómo superar el amplio subregistro de las violencias contra líderes y lideresas afro en Colombia?) El mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de las y los defensores de los derechos humanos es esencial para su protección y reconocimiento en todo el mundo. Su misión es recopilar información sobre la situación de los defensores en todo el mundo, colabora constructivamente con gobiernos y agentes no estatales y ofrece recomendaciones de expertos para promover la aplicación efectiva de la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos” (Declaración sobre los defensores de los derechos humanos). (Te recomendamos leer: La violencia policial racista es sistemática y debe ser visibilizada: Mecanismo de Expertxs Independientes ante la ONU) Desde ILEX Acción Jurídica recibimos como positiva la noticia de la renovación del mandato de la Relatoría y exigimos al Estado colombiano avanzar en la implementación de medidas concretas para visibilizar, prevenir y detener las violencias sufridas por líderes, lideresas sociales y personas afrodescendientes defensoras de derechos humanos. 

Las organizaciones de la sociedad civil exigimos una reforma integral a la policía nacional de Colombia

Este pliego hace parte de un trabajo de discusión y construcción colectiva en el que se consideró fundamental contar con las visiones de distintos sectores de la ciudadanía. Hoy, 2 de marzo de 2023, en el Centro de Memoria Histórica, 20 organizaciones sociales defensoras de los derechos humanos hicimos entrega al Gobierno Nacional del pliego de propuestas para que la Policía Nacional de Colombia reconstruya la confianza con la ciudadanía y se convierta en un servicio público para la paz. Este pliego hace parte de un trabajo de discusión y construcción colectiva en el que se consideró fundamental contar con las visiones de distintos sectores de la ciudadanía. La iniciativa del pliego  surgió a raíz de las múltiples violaciones a los derechos humanos cometidas por la Fuerza Pública de Colombia y con ello, de la necesidad de implementar una Reforma Integral a la Policía que priorice los derechos humanos, la convivencia y la paz. Con el fin de lograr una Reforma Integral a la Policía, las organizaciones de la sociedad civil proponemos cinco puntos claves: 1. La Policía debe ser un servicio público al mando de instituciones civiles, 2. La Policía debe formarse para los derechos humanos, la convivencia y la paz, 3. La Policía debe respetar y garantizar la protesta social, 4. La Policía debe rendir cuentas a la sociedad y 5. Justicia para las víctimas y ¡no más víctimas de abuso policial!. Los anteriores son las bases de las modificaciones normativas e institucionales profundas y que representan un llamado al Estado para que asuma de forma completa, integral y verdadera el compromiso de realizar una Reforma a la Policía Nacional, son un llamado  para que se garantice una participación amplia, real y efectiva de la sociedad civil y en especial de las víctimas de violencia policial, en la construcción y ejecución de cualquier iniciativa que busque transformar a dicha institución. POR LA VERDAD, LA JUSTICIA, LA REPARACIÓN, LAS GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN Y EL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SOLICITAMOS AL GOBIERNO NACIONAL Y AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA QUE ESTOS PUNTOS MÍNIMOS SE TENGAN EN CUENTA EN SU TOTALIDAD AL MOMENTO DE TRAMITAR LA REFORMA A LA POLICÍA. Revive la transmisión del evento: