junio 2022

De la resistencia a la esperanza: Francia Marquez, la primera mujer afro vicepresidenta de Colombia 

La llegada de la abogada y lideresa caucana a la vicepresidencia de Colombia representa un hito histórico en la lucha por la garantía de los derechos políticos de la población afrodescendiente. Francia Elena Márquez Mina, la primera mujer afrodescendiente electa como Vicepresidenta de Colombia, nació el 1 de diciembre de 1981 en la vereda Yolombó, del municipio de Suárez (Cauca).  Fue allí, en compañía de su comunidad, donde floreció el Ubuntu de su lucha incansable por la defensa del territorio y el cuidado de la naturaleza, dos  banderas que impulsaron su carrera política y sembraron  su camino hacía el segundo cargo más importante del país.  Su activismo e incidencia social, política y comunitaria ha estado marcado por la defensa del territorio, de  la “Casa Grande”, como espacio de vida. Además, ha luchado por el reconocimiento de los derechos inalienables de los pueblos étnicos, afrodescendientes, raizales, palenqueros e indígenas del país. “A los colombianos y colombianas que dieron la vida por este momento. Todos nuestros hermanos y hermanas líderes sociales que tristemente fueron asesinados en este país. A la juventud que ha sido asesinada y desaparecida. A las mujeres violentadas y desaparecidas. Este es un momento histórico para Colombia. Gracias por haber hecho el camino y haber sembrado las semillas de las resistencia y de la esperanza”, dijo Francia Márquez en su discurso victorioso del pasado domingo.  Y agregó: “Hemos avanzado en un paso muy importante. Después de 214 años, logramos un gobierno del pueblo, un gobierno popular, el gobierno de la gente de las manos callosas, el gobierno de la gente de a pie, el gobierno de los y las nadie de Colombia”.  La llegada de la abogada y lideresa caucana a la vicepresidencia de Colombia representa un hito histórico en la lucha por la garantía de los derechos políticos de la población afrodescendiente porque, como asegura la activista Angela Davis, “cuando mujeres negras como Francia Márquez avanzan, el mundo avanza con ellas. Como mujeres negras siempre hemos luchado por el resto de las personas”.  Francia Márquez, galardonada con el Premio Goldman  (2018), representa las luchas de miles de “nadies” que siguen reclamando al Estado la protección y garantía de su derecho a “vivir sabroso”, a una vida digna.  Su experiencia de vida da cuenta de la resistencia, ancestralidad y sabiduría de la población afronortecaucana que continúa trabajando incesablemente por la defensa del territorio, el medio ambiente y los derechos humanos para que las próximas generaciones tengan mejores condiciones de vida. “Vamos hermanos y hermanas a reconciliar esta nación, vamos por la paz sin miedo, vamos por la dignidad, por la justicia, vamos las mujeres a erradicar el patriarcado de nuestro país, vamos por los derechos de nuestra comunidad diversa LGBTIQ+, vamos por los derechos de nuestra madre tierra, de nuestras casa grande, vamos juntos a erradicar el racismo”, exclamó en su discurso la vicepresidenta electa. 

Alerta en San Cipriano: minería ilegal estaría envenenando reserva forestal del Pacífico

Desde hace tres meses las comunidades negras que habitan en la reserva natural de San Cipriano, en Buenaventura, comenzaron a percibir que el agua bajaba de las montañas con un color cobrizo alarmante. Al poco tiempo comprobaron que sus sospechas eran ciertas. La plaga de la minería ilegal llegó a la cuenca de los ríos Escalarete y San Cipriano, dos arterías fluviales de esta área de conservación regional de 8.564 hectáreas, reconocida por su riqueza hidrológica y por estar situada en el corazón de la selva del Litoral Pacífico, la cuarta zona más húmeda y lluviosa del mundo.   “Se llegó a la conclusión que efectivamente se están desarrollando prácticas de minería ilegal que genera turbiedad prolongada y exagerada en el río Escalerete por encima de la capacidad de tratamiento de nuestras plantas e impide el suministro de agua potable a los habitantes de la ciudad”, afirmó a finales de abril el alcalde de Buenaventura, Victor Vidal, tras realizar sobrevuelos en la zona y practicar pruebas de laboratorio en la fuente hídrica que abastece a los más de 432 mil habitantes del Distrito. “Se llegó a la conclusión que efectivamente se están desarrollando prácticas de minería ilegal que genera turbiedad prolongada y exagerada en el río Escalerete por encima de la capacidad de tratamiento de nuestras plantas e impide el suministro de agua potable a los habitantes de la ciudad”. Los hallazgos son preocupantes. De acuerdo con la Corporación Regional del Valle del Cauca (CV), aunque en la zona no se encontraron retroexcavadoras, sí había implementos para la para la explotación de oro por medio de un sistema de cúbicos, el cual también genera graves afectaciones ambientales al ecosistema.  “Sobre esto llevamos once informes que se han entregado a la Alcaldia”, aseguró Edgar Sevilla, director general de la región Pacífico Oeste de la CVC. El funcionario invitó a las autoridades a “redoblar la vigilancia e implementar las acciones necesarias que permitan mejorar las condiciones ambientales de este ecosistema de vital importancia para el Distrito”.  Aunque estas pruebas ya se encuentran en poder de la Fiscalía General de la Nación, los habitantes de las zonas de San Cipriano, Córdoba y Bodega temen que sus afluentes corran con la misma suerte de los otros ríos que han sido envenenados por el mercurio a lo largo y ancho de la región Pacífico.  El pasado 10 de junio las autoridades incineraron las retroescavadoras utilizadas en dos minas ilegales para la explotación del oro ubicadas el sector de Yanobajo, a 37 kilómetros de la reserva forestal de San Cipriano, y que pertenecerían a la disidencia Jaime Martínez de la extinta guerrilla de las Farc.  Ante las alertas, la Secretaría de Salud distrital y el operador del acueducto (SAAAB) han aumentado el monitoreo y  las pruebas de laboratorio que realizan en el cauce del río Escalerete. Se espera que los resultados de los estudios sean conocidos a finales de este mes.  Una práctica que está envenenando a los ríos del Pacífico De acuerdo con el último informe (2021) de la la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), el 35 % de las minas explotación de oro del país se encuentran en la Reserva Forestal del Pacífico, que alberga algunos de los bosques más biodiversos del planeta. La práctica posee al menos 43.325 hectáreas en jurisdicción de los Consejos Comunitarios de Mayor del Cantón de San Pablo (ACISANP), Mayor del Medio Atrato (ACIA) y ACADESAN. Estos dos últimos presentaron un incremento  de evidencias de explotación de oro de aluvión (EVOA) del 9 % y el 12 %, respectivamente, en comparación con el año anterior.  Investigadores del Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) han denunciado que en el Pacífico  las operaciones mineras ilícitas arrasan con amplias áreas de bosque, lo que deja sin hábitat a gran parte de la biodiversidad de esta región. Además, durante la explotación, los mineros ilegales utilizan mercurio y otros productos químicos que “envenenan los ríos, las especies que viven en ellos, y los humanos cuya alimentación y sustento depende de éstos”. La organización advierte, además, que organizaciones criminales como el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y disidentes de la guerrilla de las FARC, seducidas por los altos precios del oro, “supervisan directamente las operaciones mineras ilegales”,  “extorsionan a los mineros” y “utilizan oro extraído ilegalmente para lavar dinero derivado del tráfico de drogas”. Fueron estas afectaciones al ecosistema y a la salud de las comunidades étnicas de estos territorios las que llevaron a la Corte Constitucional a reconocer hace siete años, mediante la Sentencia T-622 de 2016, al río Atrato,  su cuenca y afluentes como “una entidad sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y las comunidades étnicas”.  Para la Corte,  “las actividades contaminantes producidas por la explotación minera ilegal pueden llegar a tener impactos directos sobre la salud de las personas y adicionalmente, otra clase de impactos indirectos sobre el bienestar humano, como la disminución de productos del bosque que afecta el balance alimentario y medicinal, y puede producir cambios en las prácticas tradicionales, usos y costumbres de las comunidades étnicas asociados a la biodiversidad”. Por ahora, los habitantes de Córdoba, San Cipriano que reciben gran parte de sus ingresos gracias al turismo ecológico que se práctica en la zona, esperan que esta fiebre enervante del oro no termine socavando aún más la biodiversidad de sus territorios. 

Invisibilidad estadística llega a la CIDH: ¿qué se argumentó en la audiencia pública?

Organizaciones afro señalamos el vínculo que existe entre las estadísticas sociodemográficas y la garantía de derechos humanos de los grupos históricamente discriminados.  “Los afrodescendientes que no han sido cubiertos por censos anteriores son invisibilizados actualmente. Si quisieran pedir sus derechos no podrían porque no hacen parte de la población reconocida de Colombia”, manifestó la comisionada de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Margarette Macaulay, tras escuchar este miércoles los argumentos presentados en una audiencia pública citada por ILEX Accción Jurídica, La Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas (C.N.O.A), la  Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados (AFRODES), La Asociación Colombiana de Economistas Negras, Mano Cambiada, y el Proceso de Comunidades Negras (P.C.N).  Durante la audiencia las organizaciones expusimos la grave situación de invisibilidad estadística que enfrenta la población afrodescendiente a raíz de los errores presentados durante la ejecución del Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2018, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). De acuerdo con esta institución, la población contabilizada como afrodescendiente se redujo en un 30,8% entre los últimos dos censos. Se pasó de 4.311.757 personas censadas como afrodescendientes en el 2005, a solo 2.982.224 en el año 2018.  (También puedes leer: CIDH escuchará a organizaciones afro por invisibilidad estadística en censo) Para Daniel Gómez, director de la línea de Representación  de ILEX Acción Jurídica, “la ausencia de información estadística veraz y confiable sobre la población afrocolombiana es un elemento clave de la situación discriminación racial estructural que experimenta esta población en el país. Si bien durante las últimas tres décadas se han hecho avances significativos respecto al reconocimiento de la diversidad étnico-racial en América Latina, la invisibilidad estadística sigue siendo un reto enorme para combatir del racismo y la discriminación racial, puesto que impide el goce pleno de los derechos humanos para la población afrodescendiente.” En la intervención también se señaló el vínculo que existe entre las estadísticas sociodemográficas y la garantía de derechos humanos de los grupos históricamente discriminados.  “Es claro que los censos constituyen actos administrativos con altas implicaciones entre poblaciones y territorios étnicos, en la medida que con la información estadística se toman decisiones de orden fiscal y se definen las políticas públicas, en ambos casos con efectos directos en diversos aspectos de la vida de familias y comunidades”, argumentó Jader Gomez, representante del Proceso de Comunidades Negras (PCN).  De acuerdo con Gómez, durante la ejecución del Censo se vulneraron los derechos de las comunidades negras porque “la participación de los directamente involucrados es necesaria en la manera como se planifican y se ejecutan ejercicios estadísticos como los censos, encuestas y demás estudios que involucren población de grupos étnicos, y es en este sentido que la Consulta Previa emerge como derecho fundamental en torno a la producción de estadísticas.”  (Recomendamos el artículo: Comunidades afrodescendientes llegan a la CIDH por invisibilidad en el país) El diagnóstico de Glenda Palacios, cofundadora de la Asociación Colombiana Economistas Negras, fue contundente:”El DANE no tuvo solo errores con la variable étnica sino con las variables como asistencia escolar, fecundidad y vivienda”, manifestó. De igual forma,  afirmó que las personas que hicieron las encuestas “no solo presentan unos sesgos implícitos sino también unos sesgos explícitos. Y fue muy claro en el informe que presentaron los auditores de cómo los encuestadores no hicieron las preguntas éticas durante los primeros meses del Censo. Pero el DANE ya sabía todos esos problemas porque estamos en una sociedad racista y ellos no hicieron nada para evitar esos problemas”.  Te recomendamos leer: ABC TUTELA INVISIBILIDAD ESTADÍSTICA DE LA POBLACIÓN AFRODESCENDIENTE EN EL CENSO 2018) La audiencia también contó con la intervención del director del DANE, Juan Manuel Oviedo, quien explicó las acciones implementadas por esa institución para intentar remediar los daños derivados por la invisibilización estadística y la desprotección a la que se ha sometido la población afrodescendiente, especialmente en un contexto como el de la pandemia por el coronavirus del Covid-19.  El espació abrió un debate significativo dentro del sistema interamericano de derechos humanos sobre cómo la invisibilidad estadística de la población afrodescendiente desconoce la garantía de igualdad y no discriminación racial incorporada en las normas internacionales de derechos humanos.  

ABC de derechos territoriales y titulación colectiva

ABC de derechos territoriales y titulación colectiva ILEX Acción Jurídica, como parte de su línea de trabajo de derecho al territorio y justicia ambiental, presenta la cartilla ABC de derechos territoriales y titulación colectiva, una herramienta práctica y accesible para fortalecer la formación de estas comunidades a fin de abordar principalmente el derecho al territorio, su exigencia, garantía y protección.  Desde la entrada en vigor de Ley 70 de 1993 en el país, alrededor de seis millones de  hectáreas han sido reconocidas como propiedad colectiva las comunidades que han venido ocupando estos territorios. “La titulación colectiva es un derecho fundamental para los pueblos negros, Afrocolombianos, Raizal y Palenquero, por eso yo titulo mi propiedad”, se lee en la pared lateral de una vivienda anclada al Consejo Comunitario de Villa Gloria, en el norte del Cartegena.  Desde la entrada en vigor de Ley 70 de 1993 en el país, alrededor de seis millones de  hectáreas han sido reconocidas como propiedad colectiva las comunidades que han venido ocupando estos territorios, garantizando así la materialización del derecho fundamental colectivo al Territorio y la aplicación efectiva  de la igualdad en el plano formal y material.  Sin embargo, de acuerdo con la Agencia Nacional de Tierras, en la actualidad hay por lo menos 401 comunidades del país en espera de trámite y culminación de titulación colectiva de sus territorios ancestrales. Estos resultados evidencian un estancamiento de los avances en lo que refiere a la protección del Estado de los derechos territoriales y la diversidad étnica y cultural de Colombia. En este contexto, ILEX Acción Jurídica, como parte de su línea de trabajo de derecho al territorio y justicia ambiental, presenta la cartilla ABC de derechos territoriales y titulación colectiva, una herramienta práctica y accesible para fortalecer la formación de estas comunidades a fin de abordar principalmente el derecho al territorio, su exigencia, garantía y protección.  Nuestro documento tiene tres unidades, en los cuales hacemos un recuento de conceptos y definiciones básicas; presentamos el paso a paso para su formalización haciendo énfasis en las etapas en las que la comunidad interviene de manera más activa, además hacemos énfasis en algunos obstáculos que se han identificado para la materialización de este derecho, aterrizados en casos específicos del Caribe, como una breve reflexión sobre las implicaciones del Covid-19 en el contexto actual. También presentamos una caja de herramientas jurídicas, a partir de la jurisprudencia colombiana, reconociendo a la Corte Constitucional como una aliada en su calidad de intérprete de la Constitución.  Adicionalmente, referimos un capítulo relacionado con las afectaciones territoriales en el marco del conflicto armado, los mecanismos para la protección y restitución formal y material de los derechos territoriales de las comunidades negras. 

Organizaciones afro expondremos ante CIDH implicaciones por invisibilidad estadística en Censo (2018)

Las claves:  Expondremos ante CIDH la situación de invisibilidad estadística que enfrenta la población afrodescendiente a raíz de los graves errores presentados durante la ejecución del Censo 2018.  La disminución de un 30,8% de la población contabilizada como afrodescendiente representa una  amenaza fehaciente a nuestros derechos económicos, sociales y culturales; al derecho a la información, la diversidad étnica y cultural, y al derecho a la igualdad y no discriminación.  El Estado colombiano  ha fallado en adoptar medidas que puedan resarcir los daños que se derivaron por la invisibilización estadística y la desprotección a la que se ha sometido la población afrodescendiente.  También expondremos la necesidad de garantizar la inclusión de la variable étnico-racial en bases de datos administrativas y otros instrumentos estadísticos distintos del censo. Este miércoles 22 de junio, ILEX Acción Jurídica, La Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas (C.N.O.A), la  Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados (AFRODES), La Asociación Colombiana de Economistas Negras, Mano Cambiada, y el Proceso de Comunidades Negras (P.C.N) expondremos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la situación de invisibilidad estadística que enfrenta la población afrodescendiente a raíz de los graves errores presentados durante la ejecución del Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2018, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).  La audiencia ante la CIDH se enmarca en una larga batalla jurídica emprendida por estas organizaciones, junto con la Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca y con el apoyo de la Procuraduría General de la Nación,  con el objetivo de denunciar los efectos desproporcionados y discriminatorios que representa para los y las afrodescendientes la reducción de un 30,8 % del número de personas contabilizadas como parte de esta población en el Censo (2018). De acuerdo con el DANE, se pasó de 4.311.757 personas censadas como afros en el año 2005, a solo 2.982.224 en el año 2018.  (Le recomendamos leer: ABC de tutela por invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en el censo 2018) Esta alarmante disminución de la población afrodescendiente en los registros oficiales que determinan las decisiones que garantizan la atención de los derechos humanos para reducir las desigualdades, representa, además, una  amenaza fehaciente a nuestros derechos económicos, sociales y culturales; al derecho a la información, la diversidad étnica y cultural, y al derecho a la igualdad y no discriminación.  De igual forma, esta situación evidencia el incumplimiento del Estado  de sus obligaciones internacionales en el marco  del Sistema Interamericano de Derechos referentes a la protección de grupos históricamente discriminados y la transparencia en la información que se recoge, sistematiza y analiza para evaluar el desarrollo de la garantía de los derechos humanos y, por enlace, de otros compromisos internacionales.  Durante la audiencia, las organizaciones citantes explicaremos a la CIDH las implicaciones de esta situación para los afrodescendientes, y expondremos las deficiencias del Estado al adoptar medidas que realmente puedan resarcir los daños que se derivaron por la invisibilización estadística y la desprotección a la que se ha sometido esta población, especialmente en un contexto como el de la pandemia, en el que tener datos actualizados y desagregados resulta indispensable para poder medir impactos diferenciales que ha tenido la emergencia sanitaria de la COVID-19. Cabe señalar que, actualmente, la acción de tutela presentada por las organizaciones afrodescendientes  se encuentra en revisión por la Corte Constitucional bajo radicado T8374654 y se está a la espera de que el tribunal se pronuncie sobre  las repercusiones de la invisibilidad estadística para la población afrodescendiente. En dicha acción judicial, las organizaciones pedimos a la Corte Constitucional que le ordene al Estado suspender el uso de los resultados del Censo 2018 para lo relacionado con el diseño de políticas públicas para la población afrodescendiente del país, hasta tanto se realicen los ajustes correspondientes.  La audiencia pública que se adelantará frente a la CIDH representa un hito importante debido a que permitirá exponer el vínculo que existe entre las estadísticas sociodemográficas y la garantía de derechos humanos de los grupos históricamente discriminados. Así mismo, permitirá abrir un debate significativo dentro del sistema interamericano de derechos humanos sobre cómo la invisibilidad estadística de la población afrodescendiente desconoce la garantía de igualdad y no discriminación racial incorporada en las normas internacionales de derechos humanos.   Línea de tiempo del caso A continuación, una reseña de las organizaciones Ilex Acción Jurídica es una organización de derechos humanos conformada por abogados y abogadas afrodescendientes que lucha contra la discriminación racial y promueve el empoderamiento y la protección de los derechos de las personas negras en Colombia. La Asociación Colombiana de Economistas Negras, Mano Cambiada, está compuesta por mujeres negras y economistas interesadas en contribuir al movimiento negro y afrodiaspórico en particular, y a la sociedad en general a partir de la generación de información, investigación y análisis crítico de las situaciones socioeconómicas de pueblo negro en Colombia, particularmente de las mujeres negras en nuestras identidades diversas para el goce de derechos humanos y colectivos, en perspectiva de autodeterminación. La Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados -AFRODES- es una organización que brinda orientación, apoyo, acompañamiento, asesoría, y capacitación e interlocución en defensa de los derechos e identidad cultural de la población afrocolombiana en situación de desplazamiento. La Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas -CNOA- es una convergencia a nivel nacional, en la que confluyen más de 278 organizaciones afrocolombianas de primer y segundo nivel, redes y articulaciones. El Proceso de Comunidades Negras -PCN- es una dinámica organizativa negra que articula a más de 140 organizaciones de base, consejos comunitarios y personas, que trabajan constantemente en la transformación de la realidad política, social, económica y territorial de las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, mediante la defensa y reivindicación de sus derechos individuales, colectivos y ancestrales.

La historia poco contada de las personas afro LGBTQIA+ víctimas del conflicto armado en Colombia

La violencia por prejuicios ha sido perpetrada por todos los actores armados del conflicto en Colombia como un mecanismo de discriminación y control social y territorial. “Cuando uno se autorreconoce como marica vive bajo amenaza”, sentencía el líder social de los Montes de María, Omar Meza, con la sapiencia de quien ha sobrevivido a los embates de un conflicto armado que ha marcado diferencialmente los cuerpos y las biografías de las personas afrodescendientes LGBTQIA+ en Colombia.  El relato de Omar es enervante, símbolo de una herida abierta que apenas comienza a ser paliada por un Estado que invisibilizó su dolor y le negó la posibilidad de ser reconocido como víctima de una guerra sin nombre, que acudió a la feminización  física, verbal y psicológica del  contrincante como estrategia de combate, dinámica que afectó principalmente los cuerpos de las personas afros o indígenas.  “En un territorio machista, ser reconocidos como maricas generaba señalamiento, discriminación, golpes y violaciones. Te detienen, y para poder tener la libertad tienes que tener sexo oral o de penetración con la persona que te detiene o vivir las amenazas por parte de desconocidos simplemente por hacer las acciones positivas y visibilizar a tu población”, declaró el líder social en un Espacio de Escucha de la Comisión de la Verdad.  Pero los dardos envenenados no solo llegaron desde el flanco de las guerrillas. Omar cuenta que fue violentado por miembros de la Fuerza Pública en El Carmen de Bolívar y que sus denuncia sobre estos hechos fue desestimada por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV): “Yo creo que eso marca mucho la vida de cada uno, que la gente que ‘fue creada para proteger al ciudadano’’ sea uno de los que directamente violan al ciudadano”, concluye.  La violencia por prejuicios ha sido perpetrada por todos los actores armados del conflicto en Colombia como un mecanismo de discriminación y control social y territorial.  De acuerdo con la Plataforma LGBTQIA+ para la Paz, los ataques contras las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas han estado enmarcados en estrategias sistemáticas para establecer órdenes sociales y morales estrictos, con las cuales los grupos legitiman su poder y  mantienen una dominación sobre la población civil fundada en el miedo. Las cifras de la UARIV sustentan esta teoría.  Entre 1985 y el 2022,  por lo menos 1.140 personas afrodescendientes, pertenecientes a la comunidad LGBTQIA+, han sido violentadas en el marco del conflicto armado. De ese total, el 57,8 % corresponden a casos de desplazamiento forzado y 13,25 % a delitos contra la libertad y la integridad sexual.  (Le recomendamos leer: Con Orgullo y luchando por nuestra ciudadanía) Aunque estos datos están minados por un subregistro que, como ya evidenciamos, en muchos  casos se anuda a los prejuicios de lxs funcionarixs responsables de registrar estas denuncias, las cifras nos permiten vislumbrar un patrón diferencial de violencia y prejuicios que ha perseguido  y sometido, con fines estratégicos, a las personas afro LGBTQIA+ en el país.  Las lucha incansable de  Omar Meza y de otres líderes y organizaciones defensoras de los derechos de esta comunidad deben ser abrazadas y celebradas durante el mes del Orgullo LGBTQIA+ porque es gracias a ellxs, a su batalla descomunal por la construcción de una nación que reconozca  las cicatrices del conflicto armado en los cuerpos de las personas con identidades y expresiones de género diversas, que hoy podemos inundar de escarcha las calles de ciudades y ondear nuestras banderas con valentía.  Que junio sea una oportunidad para celebrar nuestra “(re)existencia” e inundar el mundo con los colores de la diversidad, porque, como afirma Omar, aunque “la vida nos ha golpeado mucho,  ya es hora de salir adelante”. 

Corte Constitucional tuvo en cuenta argumentos presentados por ILEX Acción Jurídica en fallo a favor de despenalización del aborto

Celebramos esta decisión que se basa en el principio de igualdad y en la urgencia de garantizar políticas de Estado para que mujeres y personas gestantes puedan interrumpir su embarazo de forma segura. La Corte Constitucional recogió varios argumentos presentados por ILEX Acción Jurídica,  La COMADRE de AFRODES, Raza e Igualdad y la Asociación de Economistas Negras, “Mano Cambiada”, en su histórico fallo a favor de la despenalización del aborto durante las primeras venticuatro semanas de un embarazo al destacar que:  1. “Las mujeres afrocolombianas viven en promedio 11 años menos que el resto de las mujeres y la tasa de mortalidad materna para este grupo poblacional es de 109,18 casos por cada 100.000 nacidos vivos, lo que contrasta con la tasa de 51 casos por cada 100.000 nacidos de la población en general” (p. 98).  “Las mujeres afrocolombianas viven en promedio 11 años menos que el resto de las mujeres y la tasa de mortalidad materna para este grupo poblacional es de 109,18 casos por cada 100.000 nacidos vivos, lo que contrasta con la tasa de 51 casos por cada 100.000 nacidos de la población en general” 2. Frente a los impactos diferenciales de la penalización del aborto en las mujeres afrodescendientes, la Corte ha señalado que a pesar de los significativos avances del Estado hacia la garantía del derecho a la salud, la igualdad y la interrupción involuntaria del embarazo, aún existen barreras estructurales, operativas, económicas, sociales y legales que impiden la plena garantía de estos derechos ya reconocidos sobre todo para mujeres y niñas en condiciones de gran vulnerabilidad, como las mujeres y niñas negras, especialmente las asentadas en zonas rurales.  (Te recomendamos leer: La lucha histórica y poco nombrada de las mujeres afrodescendientes) De acuerdo con la sentencia c-055 de 2022, el aborto inseguro y clandestino deja anualmente a por lo menos 132.000 mujeres con complicaciones médicas que deben atenderse en el sistema de salud colombiano y que podrían evitarse. De ese total, el 53 % de las afectadas son mujeres que habitan en la ruralidad.  La Corte también advirtió que la mayoría de las mujeres denunciadas por el delito de aborto consentido habitan en zonas rurales y “están expuestas a factores interseccionales de discriminación que las hacen aún más vulnerables”.  Desde ILEX Acción Jurídica celebramos esta sentencia de la Corte Constitucional que se basa en el principio de igualdad y en la urgencia de garantizar políticas de Estado para que mujeres y personas gestantes, que así lo deseen y requieran, especialmente para que las más vulnerables, puedan interrumpir su embarazo de forma segura. Lee aquí la intervención completa: 

ILEX presentó intervención ante el Consejo de Estado en el trámite de control de nulidad contra resolución que regula el Registro Único de Víctimas

ILEX Acción Jurídica presentó una intervención ante el Consejo de Estado en el marco del trámite de control de nulidad contra la Resolución No. 2016-244846 del 22 de diciembre de 2016 “Por la cual se decide sobre la inscripción en el Registro Único de Víctimas, en virtud del artículo 156 de la Ley 1448 de 2011, el artículo 2.2.2.3.11 del Decreto 1084 de 2015 y el Decreto Ley 4635 de 2011”, expedido por la Dirección de Registro y Gestión de la Información de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Con solicitud de medida cautelar de suspensión provisional. Teniendo en cuenta la relevancia constitucional y para la defensa y garantías de los derechos de las víctimas del conflicto armado y de los pueblos negros/afrodescendientes del país, en el documento presentamos argumentos sobre la necesidad de declarar la validez de la Resolución No. 2016-244846 del 22 de diciembre de 2016.

¿Cómo incluir el enfoque étnico y de género en la actuación de la Policía?

Las personas afrodescendientes, indígenas, las mujeres y la comunidad LGBTIQ+ merecen ser tratadxs como sujetxs de derechos por parte de la Policía, institución que debe evitar, a toda costa, cualquier acto de discriminación. A pesar de que actualmente la Policía imparte a sus integrantes varios programas de formación con un enfoque diferencial, étnico racial y de género, desde ILEX Acción Jurídica hacemos un llamado para que estos protocolos sean mantenidos y se exija el cumplimiento y seguimiento de su aplicación por parte de la Fuerza Pública. Teniendo en cuenta lo anterior, les presentamos algunas recomendaciones para la implementación y seguimiento de un enfoque, étnico, racial y de género en la formación de lxs integrantes de la Fuerza Pública: En los últimos años algunas organizaciones han registrado a través de informes las multiples violencias ejercidas por la Policía en distintos escenarios. En este sentido creemos que, como institución, se deben establecer criterios diferenciales en los procedimientos policiales relacionados con la población afrodescendiente, indígena, mujeres  y población LGBTIQ+ Los protocolos que guían el accionar policial deben de manera expresa condenar los actos de discriminación por razones de pertenencia etnico-racial, género, orientación sexual o expresión de género diversas. También, necesitan basarse en el marco jurídico nacional e internacional de protección de derechos humanos para grupos históricamente discriminados. En la actuación de la Policía, el uso de la fuerza, en los casos en los que sea estrictamente necesario, debe tener límites claros basados en la proporcionalidad, legalidad y necesidad. Esto evitará que estas acciones sean motivadas por prejuicios raciales, perfilamientos o criminalización de ciertos grupos sociales. Debe existir una formación para los policías que contemple evitar la elaboración de perfiles y discriminación por motivos de raza, etnia, origen nacional, religión, edad, género, género identidad / expresión, orientación sexual, estado migratorio, discapacidad, estado de vivienda, ocupación o fluidez del idioma. Además, debe haber un programa de formación para todos los policías en temas de diversidad cultural para que puedan generar confianza y legitimidad en diversas comunidades. Esto debe lograrse con la ayuda de grupos de defensa que representan los puntos de vista de las comunidades que han tenido tradicionalmente relaciones adversas con la aplicación de la ley. Los policías deben abrazar una cultura de transparencia y analizar si las acciones que se registran se presentan desproporcionalmente en ciertos grupos y si ciertas acciones se enfocan específicamente en mujeres, poblaciones racialmente diferenciadas, entre otras. Para lo anterior se debe publicar regularmente en el sitio web sobre detenciones, citaciones, arrestos, delitos denunciados y otras aplicaciones de la ley datos desagregados por demografía. Finalmente, el Estado debe abstenerse de prácticas que exijan a lxs policías un número predeterminado de tickets, citaciones, arrestos, citaciones o para iniciar contactos de investigación con ciudadanxs por motivos no directamente relacionados con la mejora de la seguridad pública, como generar ingresos.