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Las personas afrodescendientes, indígenas, las mujeres y la comunidad LGBTIQ+ merecen ser tratadxs como sujetxs de derechos por parte de la Policía, institución que debe evitar, a toda costa, cualquier acto de discriminación.

A pesar de que actualmente la Policía imparte a sus integrantes varios programas de formación con un enfoque diferencial, étnico racial y de género, desde ILEX Acción Jurídica hacemos un llamado para que estos protocolos sean mantenidos y se exija el cumplimiento y seguimiento de su aplicación por parte de la Fuerza Pública.

Teniendo en cuenta lo anterior, les presentamos algunas recomendaciones para la implementación y seguimiento de un enfoque, étnico, racial y de género en la formación de lxs integrantes de la Fuerza Pública:

  1. En los últimos años algunas organizaciones han registrado a través de informes las multiples violencias ejercidas por la Policía en distintos escenarios. En este sentido creemos que, como institución, se deben establecer criterios diferenciales en los procedimientos policiales relacionados con la población afrodescendiente, indígena, mujeres  y población LGBTIQ+
  1. Los protocolos que guían el accionar policial deben de manera expresa condenar los actos de discriminación por razones de pertenencia etnico-racial, género, orientación sexual o expresión de género diversas.
  1. También, necesitan basarse en el marco jurídico nacional e internacional de protección de derechos humanos para grupos históricamente discriminados.
  1. En la actuación de la Policía, el uso de la fuerza, en los casos en los que sea estrictamente necesario, debe tener límites claros basados en la proporcionalidad, legalidad y necesidad. Esto evitará que estas acciones sean motivadas por prejuicios raciales, perfilamientos o criminalización de ciertos grupos sociales.
  1. Debe existir una formación para los policías que contemple evitar la elaboración de perfiles y discriminación por motivos de raza, etnia, origen nacional, religión, edad, género, género identidad / expresión, orientación sexual, estado migratorio, discapacidad, estado de vivienda, ocupación o fluidez del idioma.
  1. Además, debe haber un programa de formación para todos los policías en temas de diversidad cultural para que puedan generar confianza y legitimidad en diversas comunidades. Esto debe lograrse con la ayuda de grupos de defensa que representan los puntos de vista de las comunidades que han tenido tradicionalmente relaciones adversas con la aplicación de la ley.
  1. Los policías deben abrazar una cultura de transparencia y analizar si las acciones que se registran se presentan desproporcionalmente en ciertos grupos y si ciertas acciones se enfocan específicamente en mujeres, poblaciones racialmente diferenciadas, entre otras. Para lo anterior se debe publicar regularmente en el sitio web sobre detenciones, citaciones, arrestos, delitos denunciados y otras aplicaciones de la ley datos desagregados por demografía.
  1. Finalmente, el Estado debe abstenerse de prácticas que exijan a lxs policías un número predeterminado de tickets, citaciones, arrestos, citaciones o para iniciar contactos de investigación con ciudadanxs por motivos no directamente relacionados con la mejora de la seguridad pública, como generar ingresos.

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