Justicia económica y derechos culturales

De pe a pa: 5 conceptos para entender cómo opera el racismo en Colombia

¿Qué es la raza?  La raza es una construcción social, una categoría que describe la jerarquización social de acuerdo con características como el fenotipo o la apariencia física, el linaje o la descendencia, e incluso factores culturales, como la etnia o la religión. ¿Qué es el racismo? El racismo es normalmente conceptualizado como una ideología que afirma que los seres humanos pueden ser clasificados en «razas» de acuerdo con factores biológicos o culturales. Esta idea sostiene que existen «razas» superiores e inferiores y aduce que las «razas superiores» tienen el derecho a subyugar a aquellas consideradas inferiores. Igualmente, el racismo incluye posturas ideológicas que defienden la separación de «las razas» como una forma de mantener su «pureza». ¿Qué es discriminación racial?  La expresión «discriminación racial» denota toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública (Artículo 1 –  Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial). ¿Qué es Racismo estructural?  La discriminación estructural es el conjunto de normas, reglas, rutinas, patrones, actitudes y estándares de comportamiento, tanto de jure como de facto, que dan lugar a una situación de exclusión hacia un grupo de personas en un sentido generalizado, que se perpetúa en el tiempo. La discriminación estructural se refleja en la mentalidad colectiva y en los estereotipos y prejuicios continuos (CIDH / IACHR. ¿Qué es Racismo institucional?  El concepto del racismo sistémico contra los africanos y los afrodescendientes, incluso en lo que se refiere al racismo estructural e institucional, se entiende como la operación de un complejo, interrelacionado sistema de leyes, políticas, prácticas y actitudes en las instituciones del Estado, el sector privado y estructuras sociales que, combinadas, resultan en directa o indirecta, intencional o no intencional, de discriminación, distinción, exclusión, restricción o preferencia de jure o de facto sobre la base de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico (ONU).

Corte Constitucional ordena al Gobierno Nacional integrar a las parteras al Sistema de Seguridad Social

El fallo se da en respuesta a una acción de tutela interpuesta por ILEX Accción Jurídica, Asoparupa y Asoredipar – Chocó. En una decisión sin precedentes en el país, la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Salud integrar a las parteras al Sistema General de Seguridad Social en Salud y exhortó al Congreso a legislar sobre el tema. El fallo, publicado el pasado 19 de mayo, se da en respuesta a una acción de tutela interpuesta en 2021 por ILEX Accción Jurídica, las Parteras Unidas del Pacífico (Asoparupa) y la Red Interétnica de Parteras y Parteros del Chocó (Asoredipar – Chocó).  De acuerdo con la Sala Sexta de Revisión de la Corte,  el Ministerio de Salud vulneró los derechos fundamentales a la salud, a la igualdad, a la no discriminación y a la diversidad étnica de las parteras y parteros de Asoparupa y Asoredipar – Chocó,  al no priorizarlas en el Plan Nacional de Vacunación en contra del COVID-19 y al excluirlas del reconocimiento económico previsto en el Decreto Legislativo 538 de 2020, aún cuando atendieron personalmente a pacientes contagiados del virus. En este sentido, la Corte pidió al Ministerio de Salud efectuar, en un plazo de seis meses, el pago del reconocimiento económico consagrado en el Decreto 538 de 2020 a las parteras y parteros de Asoparupa y Asoredipar-Chocó y adelantar una campaña de información sobre la vacuna contra el COVID-19 en las comunidades de las agremiaciones accionantes. La cartera también deberá realizar un censo nacional que ayude a determinar el número de personas que ejercen la partería en el país.  En concordancia con los argumentos expuestos por ILEX Acción Jurídica, la Corte Constitucional también determinó que la Secretaría de Salud del Chocó y la Secretaría de Salud del Valle del Cauca vulneraron los derechos de las parteras de Asoparupa y Asoredipar-Chocó, al no entregarles los elementos de protección personal requeridos para controlar infecciones y detener la transmisión del COVID-19.  “Estas personas además de atender alumbramientos, acompañar a la madre gestante y cuidar del bebé recién nacido, brindan servicios de medicina ancestral, diagnóstico y trata de enfermedades a las comunidades a las que pertenecen, mediante el uso curativo de plantas medicinales y otras formas de medicina tradicional”,  manifestó la Corte, y  agregó que es un “deber constitucional y legal” integrar la partería al Sistema de Seguridad Social.  Finalmente, la sentencia T-128 del 2022 advierte al Ministerio de Salud y al Congreso Nacional que la vinculación de las parteras a este sistema debe respetar los conocimientos propios del saber ancestral de la partería y partir de la base de que esta práctica es una forma de medicina, reconocida por la jurisprudencia constitucional, por la ley, por el Ministerio de Cultura y por la sociedad.  Desde ILEX Acción Jurídica celebramos esta decisión que responde a la necesidad de desarrollar una línea jurisprudencial que ejerza una protección a las parteras y parteros como una forma de estatuir un criterio de igualdad y no discriminación, además de establecer una guía para que el Estado ejerza los compromisos de respetar, reconocer y resguardar la pluralidad racial y cultural que contiene el sostenimiento de las poblaciones, promoviendo los derechos económicos, sociales y culturales, certificando su ejercicio y goce de los mismos.

Mapeando la herencia africana: de la esclavitud a las estrategias culturales de resistencia

Las conmemoraciones por el Día de la Afrocolombianidad son una oportunidad para reconocer el aporte histórico y cultural de la población afrocolombiana  al proyecto de nación.  “Yo vengo de una raza que tiene / una historia pa´contá / que rompiendo sus cadenas / alcanzó la libertá”, advierte la poeta afrocolombiana Mary Grueso en las líneas intermedias de un poema colosal. En “Negra Soy”, la autora rechaza los eufemismos y pide que la llamen “negra” porque está orgullosa de sus ancestros africanos que “a sangre y fuego” abolieron el yugo esclavista “que por siglos nos aplastó”. En cada verso, la guapireña eleva su grito de resistencia antirracista para denunciar los oprobios que afectan desde hace siglos a una población afrocolombiana que aunque se liberó de la esclavitud hace más de 171 años, aún sigue siendo deshumanizada por un Estado que la invisibiliza y deslegitima su importancia en la construcción del proyecto de nación.  Navegar hacia los holocenos de la herencia africana en Colombia implica indagar más allá del 21 de mayo de 1951, fecha en la que el presidente José Hilario López  -acorralado por los movimientos afros y la lucha abolicionista-, puso fin a los más de cuatro siglos de la barbarie de la esclavitud en el país. Hasta ese entonces, por el puerto negrero de Cartagena habían pasado “legalmente” más de 270.000 personas africanas que fueron secuestradas, convertidas en cuerpos moneda y explotadas hasta la muerte en las metrópolis, los corredores auríferos del Pacífico y las grandes plantaciones que florecían a lo largo y ancho del continente.  Tras ser cazadas, cosificadas, envenenadas y calcificadas por los colonizadores, las personas esclavizados fueron despojadas de su nombre, lengua e identidades mandingo, yolofo, biafara, zape, brane angola, congo, monicongo, anzico, ewé-fon (guacamayos), fanti-ashanti, akán (minas) e ibo (carabalíes).  La historia de sus civilizaciones continentales que florecieron aisladas en la selva y a orillas de los grandes ríos (Senegal, Congo, Zambeze, Nilo y Níger), como los reinos de Axum, Ghana, Malí y Songay, o los imperios de Kanem – Bornu, Ruanda-Urundi y Congo Kivu fue borrada de sus cuerpos con “agua bendita”.  “La Iglesia intentaba imprimirles un alma,  “estirpar abominables males y creencias en el diablo”, mientras que por parte de los dueños intentaban asegurar la identificación de la propiedad, a través de la marca, ante las posibilidades de ‘extravío’ o fuga, para acudir a su recuperación”, explica el historiador Mario Romero en su estudio sobre la conformación de la familia afrocolombiana.  “La Iglesia intentaba imprimirles un alma,  “estirpar abominables males y creencias en el diablo”, mientras que por parte de los dueños intentaban asegurar la identificación de la propiedad, a través de la marca, ante las posibilidades de ‘extravío’ o fuga, para acudir a su recuperación” Para resistir durante siglos al terror de la mayor empresa de aculturación de la historia, la población afro, reducida a la extrema desnudez durante la esclavitud, construyó en América una célula cultural que nació del mestizaje de las tradiciones y saberes de los pueblos africanos, los pueblos indígenas y las dinámicas sociales impuestas por los colonizadores europeos.  En el abanico de estrategias de supervivencia cultural se destacan rituales y festividades ancladas a sus cosmogonías africanas, composiciones de literatura oral,  prácticas medicinales y curativas, y ritmos y danzas festivas (cumbia, mapalé, currulao) en las que los cuerpos “zapatean y coquetean” al son de tambores, gaitas, cununos y marimbas.  En este contexto, las conmemoraciones en el marco del mes de la Herencia Africana y el Día de la Afrocolombianidad representan una oportunidad para reconocer el aporte histórico y cultural de esta población al proyecto de nación. La fecha también se ha consolidado como una ocasión para promover debates y acciones estructurales que ayuden a combatir el racismo, la inequidad y otras problemáticas que laceran la cotidianidad de las personas afrocolombianas.  Negra Soy¿Por que me dicen morena?si moreno no es coloryo tengo una raza que es negra,y negra me hizo Dios. Y otros arreglan el cuentodiciéndome de colordizque pa` endulzarme la cosay que no me ofenda yo. Yo tengo una raza puray de ella orgullosa estoyde mis ancestros africanosy del sonar del tambó. Yo vengo de una raza que tieneuna historia pa´contáque rompiendo sus cadenasalcanzó la libertá. A sangre y fuego rompieron,las cadenas de opresióny ese yugo esclavistaque por siglos nos aplastó. La sangre en mi cuerpose empieza a desbocáse me sube a la cabezay comienzo a protestá yo soy negra como la noche,como el carbón mineral,como las entrañas de la tierray como el oscuro pedernal. Así que no disimulenllamándome de colordiciéndome morenaporque negra es que soy yo. (Mary Grueso Romero. Negra Soy. 2019: 20)

Amicus Curiae de Ilex Acción Jurídica, Race and Equality y CNOA en la Acción de tutela con expediente T-8018193

Amicus Curiae de Ilex Acción Jurídica, Race and Equality y CNOA en la Acción de tutela con expediente T-8018193 Compartir en facebook Compartir en twitter Compartir en linkedin Aliados: La COMADRE de AFRODES, Corporación Instituto Internacional de Raza, Igualdad y Derechos Humanos ( Raza e Igualdad), la Asociación de Economistas Negras “Mano Cambiada” Ilex pesentó intervención conjunta exponiendo sobre los impactos diferenciales de la penalización del aborto en las mujeres afrodescendientes, sin embargo, Ilex no participó directamente en el litigio. Documentos

Caso parteras

Caso parteras Compartir en facebook Compartir en twitter Compartir en linkedin Ilex presentó conjuntamente acción de tutela en apoyo a las organización directamente afectadas: La Asociación de Parteras Unidas del Pacifico –ASOPARUPA-, Asociación de la Red interétnica de Parteras y Parteros del Chocó – ASOREDIPARCHOCO. Litigio para la defensa de los derechos a la salud, trabajo, identidad etnica y cultural e igualdad y no discriminación de  las parteras de ASOPARUPA y ASOREDIPAR  del Pacífico colombiano, quienes en medio del Covid-19 se encontraron en estado de desprotección. Documentos