Noticias

FORO PERMANENTE SOBRE LOS AFRODESCENDIENTE: Algunas reflexiones de dónde estamos y hacia dónde podemos ir

Hace unas semanas, nuestra directora general, Dayana Blanco Acendra, asistió al Foro Permanente sobre los Afrodescendientes que se llevó a cabo en Ginebra, entre el 16 y 19 de abril y que, este año tuvo su tercera edición. Este Foro es un mecanismo internacional que busca mejorar la seguridad y calidad de vida de las personas afrodescendientes. Además, es un organismo consultivo del Consejo de los Derechos Humanos y a su vez, está conectado con el programa y aplicación del Decenio para los Afrodescendientes.  En este espacio, ILEX estuvo participando y exponiendo las diferentes vulneraciones que presenta la población afrodescendiente en Colombia, específicamente los impactos de la  violencia policial racista a la que se ven expuestas las personas afro LGBTIQ+; la ausencia de datos que persiste en las bases de datos administrativas del Estado y de los mecanismos que garanticen la atención y las acciones específicas para contrarrestar, desde una perspectiva interseccional esta problemática. Por último, la importancia de poner en el marco del debate de la justicia económica las barreras diferenciadas que viven las personas con pertenencia étnica-racial.  Luego de estas participaciones, pensamos cómo este espacio puede seguir construyendo e incidiendo en los trabajos que las organizaciones asistentes realizamos en nuestros países y regiones. Además, cómo las recomendaciones entregadas por las OSC, pueden ser acogidas por los Estados y sobre todo, puestas en práctica. La escucha y realización de estos espacios son necesarios, pero no son suficientes si los resultados del estado no van conectados con las realidades y dificultades de la población.  Ahora, ¿qué se dijo durante el Foro en torno a la población negra afrodescendiente del mundo? AGENDA 2030 Y REPARACIONES: JUSTICIA ECONÓMICA:  EDUCACIÓN, CULTURA Y RECONOCIMIENTO DE PRÁCTICAS PROPIAS: II DECENIO INTERNACIONAL PARA LOS AFRODESCENDIENTES: En cuanto a las recomendaciones que se dan en el marco del Foro, revisamos cuáles de las que se habían presentando anteriormente se reforzaron, cuáles son nuevas y cuáles hicieron falta:  ¿Qué se repitió en esta sesión del Foro Permanente?  ¿Qué es lo nuevo en esta sesión del Foro? ¿Qué hizo falta?

Reforma a la Justicia: ¿Qué proponemos?

En ILEX Acción Jurídica hacemos parte de la comisión asesora para la Reforma a la Justicia, aquí te contaremos cuáles son nuestras propuestas en busca de una administración de justicia con enfoque diferencial y que contemple la participación de poblaciones históricamente marginadas como lo somos las personas negras/afro.  La Reforma a la Justicia, en contrucción  De acuerdo con la cartera de justicia se buscará “la construcción de un sistema judicial más justo, accesible y confiable para toda la ciudadanía”. En esta vía, el Ministerio de Justicia ha propuesto 5 puntos claves a trabajar: Si bien esta reforma no podrá garantizar la justicia por sí sola, es responsabilidad del Estado aspirar a modificar la estructura, el espíritu y el propósito de su administración, con el fin de convertirla en una herramienta eficaz para superar las desigualdades. En este sentido, pensar en términos de reforma a la administración de justicia y enfocarse en los cinco ejes propuestos podría iniciar la conversación que se llevará a cabo en el marco de la comisión de expertos para la reforma. Desde ILEX Acción Jurídica hemos llevado a la comisión 2 propuestas transversales a toda la iniciativa de reforma y 3 propuestas concretas para el aterrizaje de aspiración de justicia de población afrodescendiente PROPUESTAS TRANSVERSALES: La escasa o casi nula información oficial disponible sobre acceso a la administración de justicia de población negra-afrodescendiente en Colombia, establece una barrera inicial para dar abiertamente la discusión sobre su reforma. Por lo anterior, y dada su importancia, es necesario que el Estado en cabeza del Ministerio de Justicia proporcione las herramientas necesarias para entender cómo opera la administración de justicia en estas poblaciones. Esto debe ser un principio básico de la conversación: la integración de enfoques y perspectivas étnico-raciales en las discusiones que se lleven a cabo en el contexto de la reforma. MinJusticia debe asegurar la transversalidad de este enfoque en las conversaciones internas del comité y también en los asuntos que no sean abordados por este. En relación con los 5 ejes propuestos por el Ministerio:  Reconociendo la violencia policial contra las personas afrodescendientes como un problema estatal y no simplemente institucional, es crucial que, dentro del marco de esta reforma, se aborden y implementen los cambios necesarios para establecer mecanismos efectivos de denuncia, judicialización y sanción de delitos cometidos por agentes de la policía impulsados por prejuicios raciales. Además, la Fiscalía  deberá crear una unidad especializada para la investigación de delitos cometidos por la Policía Nacional en reconocimiento de fenómenos como la violencia, en especial aquella motivada por criterios racistas. Esta unidad deberá investigar las violaciones de DD.HH. cometidas por miembros de esta entidad en lógica de su sistematicidad. Esta unidad deberá contar con recursos y personal propios, así como presencia a nivel nacional.   Esta propuesta, recoge el trabajo articulado de las organizaciones que integran la Mesa por la Reforma Integral a la Policía.  -En relación con los procesos de formación destinados a funcionarios y colaboradores del sector justicia en temas de diversidad, equidad, inclusión y lucha contra la discriminación, se deben estipular mecanismos concretos para que se identifiquen situaciones que atenten contra los DD.HH, especialmente aquellas motivadas por criterios sospechosos como la pertenencia etnico-racial. Además, se debe incorporar la exigencia de invertir la carga de la prueba en estos escenarios. Dichos procesos de formación deberán contar con indicadores de seguimiento precisos que permitan medir la efectivdad del proceso y su impacto para superar el racismo y la discriminación al interior de estas instituciones.  –Creación de un sistema de información de calidad, uniforme y actualizado, que pueda caracterizar las personas que interactúan con el sistema de justicia para poder reconocer fenómenos que puedan estar afectando grupos específicos. En ese sentido, es necesario tener en cuenta variables de recolección como la edad, el género, la pertenencia étnico-racial, entre otras transversales a todas las bases de datos administrativas del sector.  Para este punto, proponemos lo siguiente: -Aprobar la ley de coordinación entre el Sistema Nacional de Justicia y las Jurisdicciones Especiales Indígenas, bajo los principios de supremacía de la Constitución y reconocimiento del derecho propio.  – Generar mecanismos de denuncia que adopten la variable étnico-racial como un factor relevante de análisis, desde el momento de la recepción de denuncias hasta el seguimiento de los procesos que se abren cuando las víctimas tienen una pertenencia etnico-racial, sin perder de vista un enfoque interseccional.Esto debe, además, contemplar medidas de protección diferenciadas para personas que puedan verse en riesgo por acudir al sistema de justicia. Una justicia accesible para personas, grupos y territorios tradicionalmente excluidos Se propone diseñar una estrategia de levantamiento de datos que incluya la variable étnico-racial integrada para todas las jurisdicciones y la Fiscalía General de la Nación. Además, en conjunto con el DANE, se busque recopilar información sobre la composición demográfica étnico-racial de las personas vinculadas a la rama judicial y junto a la Unidad de Administración de la Carrera Judicial del Consejo Superior de la Judicatura, se definan acciones puntuales de selección que tengan en cuenta la adecuada vinculación de “minorías” en las corporaciones judiciales.

Infraestructura y justicia racial: Análisis de la relación entre el racismo estructural y el abandono estatal en las vías del Pacifico

El 12 de enero, iniciando 2024, una parte de la vía Quibdó – Medellín colapsó y cobró la vida de más de 30 personas. Una tragedia lamentable que ha sido repetitiva y que, sin duda, es la consecuencia de un racismo estructural que no ha bajado nunca la guardia. A partir de este desafortunado hecho, el Centro de Estudios para la Justicia Racial realiza un análisis concreto sobre cómo, con el pasar del tiempo, la desigualdad en la inversión y una planeación segregada, se suma a las históricas vulneraciones que ha enfrentando las poblaciones negras y afrodescendientes de la región del Pacífico. En este documento, presentamos un recorrido de los planes de desarrollo que pasando de escritorio en escritorio, durante décadas ha pospuesto la finalización de una obra que podría garantizar una calidad de vida de las personas en pro la equidad, movilidad y cohesión social. Te invitamos a leer el análisis completo a continuación:

El viche como patrimonio está en riesgo: La nueva normativa estaría amenazando el trabajo de los/las productoras tradicionales

Conocimos la Resolución 0000113 de 2024 y mis pensamientos se deslizan entre líneas que no son propiamente respuestas claras, más bien parecen suspiros ahogados, ante la festividad constante de quienes ostentan el reinado del mercado del Viche. Un dominio que se viste de ironía, utilizando y enmascarando sus marcas con la esencia de nuestros productores afros. En este teatro de oportunidades escasas, nuestros grandes artistas del viche, se ven forzados a danzar con una relación perversa. Como marionetas en el escenario de la desigualdad, ¿qué opción les queda más que aceptar esta danza torcida? Quizás mis palabras no resuelvan este  enigma, pero fluyen, tratando de desatar los nudos de una realidad donde la celebración esconde sombras y la autenticidad de nuestros creadores afros, se ve envuelta en un disfraz impuesto por aquellos que orquestan la sinfonía del mercado.  Bajo el firmamento de resoluciones, entre las danzas burocráticas de ministros y susurros legislativos, la Resolución 00113 de 2024 se desvela como un edicto detallado, una partitura que busca armonizar la comercialización del viche bajo las luces de la Ley 2158 de 2021. Cinco capítulos que, como actos de una compleja obra, levantan el telón y se despliegan en el escenario. Cuatro de ellos, meticulosamente dedicados a los secretos fitosanitarios que envuelven a los creadores de viche, mientras el quinto desgrana las condiciones que las familias y productores afros deben protagonizar para obtener su anhelado registro sanitario. En esta travesía normativa, la voluntad gubernamental se alza como una musa protectora del patrimonio histórico, encerrado en cada gota de conocimiento tradicional atrapada en una botella de viche. Pero ¡Oh! entre las líneas de este edicto, destellos de reflexión emergen como luciérnagas titilantes en la penumbra. ¿Qué verdaderas implicaciones se despliegan en este acto normativo? ¿Cómo encajan los estándares para armonizar la protección del patrimonio, la danza competitiva del mercado y la autonomía económica para los productores afrodescendientes? En este cuadro, las medidas complementarias despiertan preguntas que  parecen quedar en el aire: ¿Qué movimientos ejecuta la resolución para las familias productoras del Pacífico en este juego de aperturas y cierres? Conforme a la normativa, para ser el “titular fabricante” bajo la categoría “Artesanal Étnica (AE)”, debes ser parte de las comunidades negras, afrocolombianas, o ser una persona jurídica conformada por estos individuos, o mayoritariamente por ellos. Tu domicilio debe estar ubicado en los municipios o distritos de los departamentos de Chocó, Cauca, Nariño y Valle del Cauca con “vocación vichera”, según lo establecido en el PES y en un listado de caracterización que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes o su delegado realicen. Imaginemos que, como parte de una familia afro de tradición vichera desde la producción  decides emprender un negocio de fabricación de viche. Tu objetivo es contribuir a la preservación de nuestra herencia cultural única. Sigues cada regla y regulación en la normativa con la esperanza de obtener el preciado “registro sanitario” bajo la categoría “Artesanal Étnica (AE)”. Sin embargo, es en este punto donde surgen complicaciones, la normativa establece que puedes ser el “titular fabricante” si eres parte de las comunidades negras o afrocolombianas. Hasta ahí, suena justo y alineado con nuestra identidad. Pero, aquí viene el dilema, también puedes ser una “persona jurídica conformada por estos individuos, o mayoritariamente por ellos”. Aquí es donde comienza el juego complicado. Ahora, imagina que decides formar una persona jurídica para tu negocio. Puedes incluir algunas personas de nuestras comunidades en el equipo, pero no necesariamente la mayoría. Incluso podrías tener socios o inversionistas que no tienen ninguna conexión real con nuestras tradiciones culturales. Sin embargo, según la normativa, mientras tengas “mayoritariamente” a algunos miembros de nuestras comunidades, estarías cumpliendo con los requisitos.  Esta situación plantea preocupaciones genuinas para nuestros pequeños productores y porductoras. Nos enfrentamos al riesgo de que la esencia misma de nuestro viche, arraigada en nuestra cultura, se vea diluida por influencias externas. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”,  un término  que trae consigo la misma  ley del viche parece abrir la puerta a que personas ajenas a nuestra comunidad se beneficien de nuestras tradiciones, dejando en segundo plano el propósito fundamental de preservar y celebrar nuestra herencia cultural.  En la práctica, esto podría traducirse en que tu negocio esté controlado en gran parte por personas que no tienen una conexión real con la cultura del viche. Pueden ser inversores externos o socios cuya principal preocupación es el retorno de la inversión, no la preservación cultural. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”, crea una entrada para que personas ajenas a las comunidades negras se beneficien de esta categoría, debilitando potencialmente el propósito original de proteger y promover la herencia cultural. Entonces, supongamos que decides formar esa persona jurídica para tu negocio de viche, siguiendo las reglas establecidas en la normativa. Esto, sabiendo que, según la definición, “mayoritariamente” significa tener el 50% más uno. Así que te aseguras de que más de la mitad de los integrantes de esa persona jurídica sean parte de nuestras comunidades afrocolombianas, y finalmente cumples con el requisito. Es precisamente aquí donde está el quid de la cuestión: aunque técnicamente puedas cumplir con la normativa, la realidad es que la minoría que no comparte nuestra conexión cultural podría imponer condiciones. Podrían tener el poder de tomar decisiones fundamentales simplemente porque tienen la capacidad económica o de influencia. Esa podría ser la triste realidad y no podemos ser ingenuos al respecto, ni decirse de otra manera. La situación es que nuestra rica tradición cultural, que debería ser la guía principal, podría quedar subordinada a las decisiones de aquellos que, aunque forman parte de la empresa, no comparten nuestra identidad. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”, podría abrir la puerta a que personas ajenas a nuestra comunidad pongan las condiciones y determinen el rumbo del negocio, desviándolo de su propósito inicial de preservar y honrar nuestras tradiciones culturales.    En el contexto de la ley del viche y su subsiguiente resolución reglamentaria, era imperativo no dejar suelto  el principio “pro libertate” o “principio pro …

El viche como patrimonio está en riesgo: La nueva normativa estaría amenazando el trabajo de los/las productoras tradicionales Leer más »

La norma que regula el licenciamiento ambiental en Colombia no considera los impactos del cambio climático | COMUNICADO CONJUNTO

Explicamos las razones por las que, junto a Dejusticia e investigadores independientes, demandamos ante la Corte Constitucional un artículo de la Ley 99 que hoy debe ser interpretado a la luz de los desafíos de la emergencia climática. La Corte Constitucional admitió una demanda en la que sostenemos que el artículo 57 de la Ley 99, que reglamenta los estudios de impacto ambiental necesarios para que el Estado autorice el desarrollo de proyectos con impactos graves para el medio ambiente, no cumple con los estándares constitucionales y del derecho internacional que contemplan obligaciones del Estado colombiano para luchar contra la crisis climática. Esta demanda, que radicamos desde ILEX Acción Jurídica junto a Dejusticia y los investigadores Sibelys Mejía, David Cruz y Julián González, hace un llamado urgente para que en Colombia se actualice la normativa que por tres décadas ha regulado el licenciamiento ambiental, pero que se queda corta frente al mayor reto que enfrenta la humanidad: el cambio climático y sus múltiples efectos para las personas, sus territorios y la naturaleza.  Lo anterior cobra más relevancia que nunca, pues según el último informe del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC), el mundo necesita reducir las emisiones de gases de efecto invernadero mucho más y aún más rápido de lo que se creía (43% para el año 2030), o los efectos serán devastadores para nuestro futuro. De acuerdo con el informe, crear de forma urgente nuevas y mejores medidas de adaptación será clave si no se quieren perder más vidas y destruir más medios de subsistencia.  Dayana Blanco Acendra, directora general de ILEX Acción Jurídica, dice que, después de un importante esfuerzo técnico y jurídico para explicarle a la Corte la importancia de los cargos  formulados en esta demanda, seguimos creyendo en la importancia de reconocer que, al no prever los impactos a los derechos humano, desconoce los deberes del Estado de proteger derechos. “La conexión entre impactos ambientales y garantía de derechos humanos es fundamental para la supervivencia de comunidades y poblaciones desproporcionadamente afectadas por la crisis climática”, concluye.  Sobre estos llamados, la directora de la línea Justicia Ambiental de Dejusticia, Laura Santacoloma, destaca que el análisis de la Corte Constitucional podría garantizar que las autorizaciones de proyectos que generan impactos graves en el ambiente se evalúen por fin a la luz del actual contexto de emergencia climática, especialmente aquellos que serán ejecutados por períodos que abarcan décadas. “Esto incide, además, en que la adaptación climática tenga un enfoque territorial y los proyectos se desarrollen bajo condiciones que permitan reducir el riesgo de las comunidades aledañas”, agrega la investigadora. A lo anterior se suma que este litigio, que inició formalmente este martes 16 de enero con la admisión por parte de la Corte, es el primero de este tipo en América Latina y el Caribe, y propone repensar la evaluación de impacto ambiental para que el desarrollo de los países se ajuste a estándares de mitigación y adaptación del cambio climático. Con lo anterior, concluye Santacoloma, “el Estado tendría herramientas para transformar su producción en una que se oriente a un verdadero desarrollo sostenible”.  ¿Por qué el artículo 57 de la Ley 99 es obsoleto? Hace tres décadas, cuando Colombia aún se respiraba el aire esperanzador de la Constitución de 1991 y la sociedad inauguraba los derechos a un ambiente sano y a participar en las decisiones que afectaban su entorno, se creó todo el engranaje institucional y normativo para hacer valer estos y otros derechos consagrados en la nueva Carta Política. Así fue como, mediante la Ley 99 de 1993, se creóinauguró en nuestro país el hoy llamado Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se sentaron las bases para la participación ambiental y se incluyó el licenciamiento ambiental para planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales. Desde entonces, las licencias ambientales evalúan y autorizan el desarrollo de proyectos, actividades y obras cuyos daños ambientales pueden ser graves. Para ello, el artículo 57 de la Ley 99 regula una herramienta indispensable en el trámite de este procedimiento para obtener la licencia ambiental, y que permite determinar las afectaciones ambientales generadas por los proyectos, así como diseñar planes para prevenir, mitigar, corregir y compensar los impactos: los estudios de impacto ambiental. Los EIA, como se les conoce por sus siglas, son ejecutados por la empresa o persona que pretende realizar la actividad y entregados a la autoridad ambiental: grandes centros urbanos (como Bogotá, Cali, etc.), Corporaciones Autónomas Regionales (también creadas mediante la Ley 99) o Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). En ellos recae la responsabilidad de evaluar cuán graves son los daños y de establecer si el proyecto es viable o no.Los EIA incluyen en su análisis los elementos bióticos (vivos), abióticos (componentes sin vida que afectan a organismos vivos) y socioeconómicos del área en donde se solicita una licencia ambiental. Sin embargo, en tiempos de emergencia climática global, estos tres elementos son insuficientes, pues los riesgos climáticos son complejos y sus variables requieren una evaluación especializada y particular, que incluya aspectos como afectación en las economías locales, seguridad alimentaria, riesgos por eventos climáticos catastróficos, entre otros. Lo anterior permitiría que las autoridades ambientales tomen mejores decisiones y que el licenciamiento ambiental se ajusten a los desafíos contemporáneos de la justicia ambiental, social y climática. 1. Que en 2024 hay nuevos estándares constitucionales Hace 30 años, cuando se promulgó la Ley 99, la licencia ambiental y los EIA prometían ser un gran avance para la garantía de la protección a un ambiente sano. Por ese entonces no estaban previstas las obligaciones de enfrentar los efectos del cambio climático. Sin embargo, en 2024 la situación no es la misma. La Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han reiterado la necesidad de honrar los compromisos del Estado en materia de adaptación y mitigación del cambio climático, y no tenerlo en cuenta en el proceso de licenciamiento ambiental lleva al Estado a incumplir sus compromisos internacionales. 2. Que en 2024 hay nuevos estándares constitucionales La exacerbación …

La norma que regula el licenciamiento ambiental en Colombia no considera los impactos del cambio climático | COMUNICADO CONJUNTO Leer más »

UNARC HACE UN LLAMADO AL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DDHH QUE TRABAJAN POR LA JUSTICIA RACIAL Y EXIGE VOLUNTAD POLÍTICA POR PARTE DE LOS ESTADOS

El pasado 11 de julio, ILEX Acción Jurídica y organizaciones de la sociedad civil pertenecientes a la Coalición Antirracista UNARC presentaron declaración conjunta en la 53ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre el Diálogo Interactivo con el Relator Especial sobre el Racismo.  Durante esta declaración se hizo un llamado a la Relatora Especial a continuar poniendo sobre la mesa la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos que trabajan por la justicia racial, teniendo en cuenta los retos que representa trabajar con poblaciones racializadas.  Adicional a esto, se instó a los Estados miembros a comprometerse, que se muestre la voluntad política para el  cumplimiento de la Declaración y el Programa de Acción de Durban (DPAD), que busca  la garantía de un entorno seguro y propicio para la población afrodescendiente.  Desde ILEX Acción Jurídica respaldamos esta propuesta e invitamos al Estado colombiano a la implementación de acciones que no solamente mitiguen las violencias y vulneraciones que sufren quienes ejercen la defensa de los derechos humanos en los territorios, sino también a que se haga una debida recolección de la información, teniendo en cuenta la pertenencia étnico racial de los mismos.  ADENDA:  En el mes de abril,  la Organización de Naciones Unidas adoptó por consenso la resolución que renueva el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos.  El mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de las y los defensores de los derechos humanos es esencial para su protección y reconocimiento en todo el mundo. Su misión es recopilar información sobre la situación de los defensores en todo el mundo, colaborar constructivamente con gobiernos y agentes no estatales y ofrecer recomendaciones de expertos para promover la aplicación efectiva de la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos” Te recomendamos leer: ¿Cómo superar el amplio subregistro de las violencias contra líderes y lideresas afro en Colombia? Ver intervención aquí:

Logramos Acuerdos con la Registraduría Nacional del Estado Civil para Mejorar la Visibilidad Estadística de la Población Afrodescendiente, Negra, Raizal y Palenquera en las Elecciones Regionales del próximo 29 de octubre de 2023

En días previos, ILEX Acción Jurídica, la Misión de Observación Electoral- MOE, la Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas – CNOA y la Asociación Colombiana de Economistas Negras Mano Cambiada eealizaron la solicitud ante la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral para garantizar la visibilidad estadística de las poblaciones afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras a nivel de candidaturas en los próximos comicios nacionales. Luego de una reunión desarrollada con el apoyo de la Defensoría del Pueblo, y en la cual también participó Dejusticia, se lograron acuerdos para contabilizar de manera adecuada a los/as candidatos/as afrodescendientes. Las organizaciones partícipes solicitamos a la Registraduría garantizar la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en los procesos electorales y, en especial, con relación al derecho a la participación en calidad de candidatos para alcaldes/as, gobernadores/as, ediles, diputados/as, y concejales/as en los distintos departamentos, municipios y distritos del país. En consecuencia, instauramos un derecho de petición para que se recolectase información desagregada en términos étnico-raciales sobre las candidaturas de las elecciones de octubre y que la información agregada fuese de acceso público (garantizando la anonimidad de los datos personales). Esta informaciónnos permitirá saber cuántas personas afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras participarán como candidatas en el ejercicio democrático. Una de las principales razones por las que, en elecciones anteriores, no se presentaba a la opinión pública información sobre candidatos/as afrocolombianos en comicios electorales es que esta población se encontraba invisibilizada en los registros administrativos que se generaban en los procesos de inscripción de candidaturas, pues los formularios no preguntaban por la identidad étnico-racial de las personas que se inscribían, lo cual afectaba de manera grave los derechos fundamentales de la población afrodescendiente, impidiendo conocer aspectos como: a) sí existían asimetrías en cuanto al acceso a candidaturas para personas afrocolombianas en comparación con otros grupos poblacionales; b) el grado de inclusión con que contaban las personas afrocolombianas en partidos políticos para efectos electorales; c) siexistían variaciones a nivel regional o local en cuanto a la posibilidad relativa (según sus dinámicas de distribución demográfica) que tenían las personas afrocolombianas de tener la calidad de candidatas a elecciones; d) si lasmujeres afrocolombianas accedían de manera adecuada a candidaturas electorales cuando se les comparaba con mujeres que no tienen esta identidad étnico-racial, entre otras. Si bien la Registraduría Nacional del Estado Civil nos informó que ya tenía contemplado recolectar información sobre pertenencia étnica de cara a las próximas elecciones, existían múltiples problemas con la manera en que se había propuesto llevar a cabo la recolección de estos datos. Varios de estos problemas lograron ser solucionados luego de la reunión entre las organizaciones de la sociedad civil y la Registraduría. Específicamente, se lograron acuerdos sobre: Si bien los acuerdos alcanzados constituyen un paso importante para garantizar la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en el ejercicio de derechos político-electorales, aún quedan temas por mejorar. Específicamente, no fue posible lograr que la pregunta sobre la identidad étnico-racial fuese de respuesta obligatoria al momento de la inscripción, lo cual puede tener un impacto sensible sobre la disponibilidad de información sobre la composición del universo de candidatos/as. Esperamos que, en el futuro próximo, sea posible lograr una materialización completa del derecho a la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en procesos electorales. Igualmente, confiamos de buena fe en la materialización de los acuerdos alcanzados por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Más información:Gina Eugenia MorenoCoordinadora Comunicaciones ILEX Acción Jurídicacorreo electrónico: periodista@ilex.com.coTeléfono: 3017355513www.ilexaccionjuridica.org Maio Rivas MolinaCoordinadora Etnocomunicación Estratégica C.N.O.A.Correo electrónico: comunicaciones@convergenciacnoa.orgTeléfono: 3143401898www.convergenciacnoa.org Maria Camila Estacio SinisterraAsociadaAsociación Colombiana de Economistas Negras – Mano Cambiadacorreo electrónico: economistas_negras@protonmail.comTeléfono: 3155658763

“Mujer en rama”, un poema para conmemorar el Mes del Orgullo LGBTIQ+

Dayana Blanco Acendra, nuestra directora general comparte un poema de su autoría para celebrar el amor y enorgullecernos de todas mas maneras que podemos tenerlo y brindarlo. Se escribe para narrar lo íntimo, lo cotidiano y para destacar a todas y cada una de las mujeres que se aman entre sí. En el Mes del Orgullo LGBTIQ+, poesía para enaltecer. Mujer en rama De esta mujer me quedó la risa,  la alborada con papaya picada en cuadritos pequeños. Tres  huevos fritos con pan y un café en taza grande siendo apenas las 6:00am. Me quedó un libro que se repite en mi repisa y habla de los mismos temas, las mismas alegrías, la misma lucha. El problema de siempre, un problema de siglos. Cambian las portadas, la editorial, el año pero es la misma lágrima. A veces la misma risa. De esta mujer me quedó un corazón abierto que bota humo y palabras  para cuando ella las quiera escuchar a la sombra de esta humareda. De ella tengo esta nota,  y su pelo que crece para arriba. Me quedó la puerta abierta del closet. Dos ganchos para colgarme cuando me mira. De esta mujer me quedó un vaso whiskey con dos cubos de hielo el viernes en la noche, con la Aragón. Un vallenato sabanero el domingo en la mañana sin playa, en la montaña. Qué bueno es verme al espejo y verla. Soy los retazos de lo que ha puesto.  Cada pedacito de lo que me dio de la parte de ella que me da. Camino y voy por la calle siete Siendo muchos pedazos de ella. Y la miro y me río. Agarro su mano como la rama mas delgada de este árbol de una década. La agarro con delicadeza Porque en esta rama colgaré  cada pedazo de mi al sol. dba

EN BUENAVENTURA REALIZAMOS EL PRIMER ENCUENTRO DE MUJERES NEGRAS QUE EJERCEN LA LABOR DE CUIDADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y MUJERES NEGRAS CON DISCAPACIDAD

Durante los días 26 y 27 de junio ILEX Acción Jurídica y Fundación Asesorarte, con apoyo del Banco de la República sede Buenaventura, mujeres negras de varias regiones del país se dieron cita para trazar la hoja de ruta y una agenda para la generación de estrategias de incidencia sobre garantías para su labor y acciones claras para quienes cuidan dada su condición de discapacidad y mujeres negras en condición de discapacidad.  Constantemente y en otros espacios las participantes de este encuentro han alzado su voz por el reconocimiento de sus derechos y de quienes cuidan, y en estos dos días, el encuentro permitió el ejercicio de la escucha, el compartir experiencias y saberes que desde sus lugares han podido ejercer, agenciando las necesidades que se presentan de manera recursiva. Sin embargo, sentaron una ruta para iniciar el trabajo colectivo y hacer un llamado al Estado para la atención oportuna de su situación.  Como objetivo principal de este espacio para lideresas negras enfocadas en los cuidados de personas con discapacidad y mujeres negras con discapacidad, se estableció una agenda de incidencia para la formación y la defensa de los derechos económicos, sociales y culturales. Asimismo, generar la primera red que llevará el mismo nombre del encuentro.  Las temáticas que se discutieron durante las jornadas de trabajo fueron el empoderamiento y apoyo mutuo, la defensa de los derechos, el reconocimiento de la labor de cuidado en las mujeres negras, generación de redes y alianzas.Para Audrey Mena, subdirectora de ILEX Acción Jurídica,   este encuentro en liderazgo conjunto con la Fundación Asesorarte y el apoyo del Banco de la República Sede Buenaventura, permitió generar “narrativas y reflexiones que de manera interna se dan en los procesos organizativos, pero de cara a las discusiones nacionales, sobre todo hacia las iniciativas legislativas, planes y programas que impactan la vida de estas mujeres negras. Este espacio fue fundamental para entre nosotras, valorar y discutir sobre el ejercicio de la labor de cuidado por las mujeres negras que constantemente es invisibilizado y subvalorado”.  Impulsar las vocerías y procesos individuales como escenario para reescribir una nueva historia, desde ILEX Acción jurídica, seguimos impulsando y acompañando procesos colectivos, así como esta gran red que se gestó en la ciudad de Buenaventura con la representación de 20 mujeres de todo el país.  Para mayor información: periodista@ilex.com.co, fundacionasesorarte@gmail.com

En Cartagena se lanzó el último informe de invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en sectores de Educación y Justicia en Colombia. 

¿SUPERAR LA DESIGUALDAD RACIAL SIN DATOS?  es el nombre del informe que se lanzará este 24 de mayo en el salón Eréndira del Claustro La Merced de la Universidad de Cartagena en el marco del mes de la Afrocolombianidad. Jurídica, la Invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en los registros administrativos sigue siendo un reto y realiza la entrega del primer informe en los sectores educación y justicia en Colombia, documento en donde se analiza el estado de la invisibilidad estadística en las bases de datos administrativas como el Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia, Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, secretarías de educación departamentales y distritales, entre otras, generando reflexiones y recomendaciones para la institucionalidad, desde un enfoque de derechos Humanos y de justicia racial.  Para el director de Investigaciones de ILEX Acción Jurídica, Daniel Gómez menciona la importancia de esta investigación en materia de derechos y reconocimiento: “En la sentencia T-276 de 2022, sentencia del Censo realizado en el 2018 por el Dane, la Corte Constitucional retoma una frase que ya había incorporado en una sentencia previa que dice que se contado y cómo, importa en términos de derechos, ello quiere decir que si usted no es visible para el Estado, si no se contabiliza y no da cuenta de su situación, en últimas eso tendría un impacto sobre derechos humanos porque la respuesta del Estado para garantizar esos derechos no lo va a tomar en cuenta de manera adecuada. Este informe lo que hace es visibilizar esa situación, visibiliza el hecho de que hay una parte de la población afrocolombiana que no es contabilizada por los sistemas de información del Estado, y también muestra que cuando es contabilizada, es mal contabilizada”.  La invisibilidad estadística de la población afrodescendiente genera un desconocimiento de las condiciones sociales, económicas y políticas de la población, en este informe se centra en los sectores de educación y justicia: “nos dimos cuenta que en el sector educación hay muchas secretarías departamentales de educación que no tienen datos desagregados de calidad y que den cuenta de cuántos estudiantes afrodescendientes estudian en colegios que están bajo la jurisdicción o competencia de las secretarías de educación. Eso significa que estos establecimientos y el Ministerio de Educación no tienen cómo hacer políticas públicas enfocadas para los estudiantes afros porque no son visibles. Lo que encontramos en los datos del sector justicia es que no hay claridad frente al número de muertes violentas que tienen sobre la población afro, no hay datos de cuántas personas afro hay privadas de la libertad en cárceles o penitenciarias en Colombia, no tenemos conocimiento estadístico del número de personas afro que están siendo objeto de judicialización por la comisión de ciertos delitos y ello impacta gravemente en materia de derechos humanos porque ello significa que las políticas públicas en el sector justicia no pueden responder a la realidad de la población afro”, manifiesta Daniel Gómez.  Así mismo tendremos un espacio para recordar en el marco del aniversario de la sentencia T-128, en el que la Corte Constitucional ordenó al Gobierno Nacional integrar la partería al Sistema de Seguridad Social.  Descarga la publicación dando clic en el siguiente texto:  ¿SUPERAR LA DESIGUALDAD RACIAL SIN DATOS?: La invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en los registros administrativos de los sectores de educación y justicia en Colombia. – Ilex Acción Jurídica