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El viche como patrimonio está en riesgo: La nueva normativa estaría amenazando el trabajo de los/las productoras tradicionales

Conocimos la Resolución 0000113 de 2024 y mis pensamientos se deslizan entre líneas que no son propiamente respuestas claras, más bien parecen suspiros ahogados, ante la festividad constante de quienes ostentan el reinado del mercado del Viche. Un dominio que se viste de ironía, utilizando y enmascarando sus marcas con la esencia de nuestros productores afros. En este teatro de oportunidades escasas, nuestros grandes artistas del viche, se ven forzados a danzar con una relación perversa. Como marionetas en el escenario de la desigualdad, ¿qué opción les queda más que aceptar esta danza torcida? Quizás mis palabras no resuelvan este  enigma, pero fluyen, tratando de desatar los nudos de una realidad donde la celebración esconde sombras y la autenticidad de nuestros creadores afros, se ve envuelta en un disfraz impuesto por aquellos que orquestan la sinfonía del mercado.  Bajo el firmamento de resoluciones, entre las danzas burocráticas de ministros y susurros legislativos, la Resolución 00113 de 2024 se desvela como un edicto detallado, una partitura que busca armonizar la comercialización del viche bajo las luces de la Ley 2158 de 2021. Cinco capítulos que, como actos de una compleja obra, levantan el telón y se despliegan en el escenario. Cuatro de ellos, meticulosamente dedicados a los secretos fitosanitarios que envuelven a los creadores de viche, mientras el quinto desgrana las condiciones que las familias y productores afros deben protagonizar para obtener su anhelado registro sanitario. En esta travesía normativa, la voluntad gubernamental se alza como una musa protectora del patrimonio histórico, encerrado en cada gota de conocimiento tradicional atrapada en una botella de viche. Pero ¡Oh! entre las líneas de este edicto, destellos de reflexión emergen como luciérnagas titilantes en la penumbra. ¿Qué verdaderas implicaciones se despliegan en este acto normativo? ¿Cómo encajan los estándares para armonizar la protección del patrimonio, la danza competitiva del mercado y la autonomía económica para los productores afrodescendientes? En este cuadro, las medidas complementarias despiertan preguntas que  parecen quedar en el aire: ¿Qué movimientos ejecuta la resolución para las familias productoras del Pacífico en este juego de aperturas y cierres? Conforme a la normativa, para ser el “titular fabricante” bajo la categoría “Artesanal Étnica (AE)”, debes ser parte de las comunidades negras, afrocolombianas, o ser una persona jurídica conformada por estos individuos, o mayoritariamente por ellos. Tu domicilio debe estar ubicado en los municipios o distritos de los departamentos de Chocó, Cauca, Nariño y Valle del Cauca con “vocación vichera”, según lo establecido en el PES y en un listado de caracterización que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes o su delegado realicen. Imaginemos que, como parte de una familia afro de tradición vichera desde la producción  decides emprender un negocio de fabricación de viche. Tu objetivo es contribuir a la preservación de nuestra herencia cultural única. Sigues cada regla y regulación en la normativa con la esperanza de obtener el preciado “registro sanitario” bajo la categoría “Artesanal Étnica (AE)”. Sin embargo, es en este punto donde surgen complicaciones, la normativa establece que puedes ser el “titular fabricante” si eres parte de las comunidades negras o afrocolombianas. Hasta ahí, suena justo y alineado con nuestra identidad. Pero, aquí viene el dilema, también puedes ser una “persona jurídica conformada por estos individuos, o mayoritariamente por ellos”. Aquí es donde comienza el juego complicado. Ahora, imagina que decides formar una persona jurídica para tu negocio. Puedes incluir algunas personas de nuestras comunidades en el equipo, pero no necesariamente la mayoría. Incluso podrías tener socios o inversionistas que no tienen ninguna conexión real con nuestras tradiciones culturales. Sin embargo, según la normativa, mientras tengas “mayoritariamente” a algunos miembros de nuestras comunidades, estarías cumpliendo con los requisitos.  Esta situación plantea preocupaciones genuinas para nuestros pequeños productores y porductoras. Nos enfrentamos al riesgo de que la esencia misma de nuestro viche, arraigada en nuestra cultura, se vea diluida por influencias externas. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”,  un término  que trae consigo la misma  ley del viche parece abrir la puerta a que personas ajenas a nuestra comunidad se beneficien de nuestras tradiciones, dejando en segundo plano el propósito fundamental de preservar y celebrar nuestra herencia cultural.  En la práctica, esto podría traducirse en que tu negocio esté controlado en gran parte por personas que no tienen una conexión real con la cultura del viche. Pueden ser inversores externos o socios cuya principal preocupación es el retorno de la inversión, no la preservación cultural. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”, crea una entrada para que personas ajenas a las comunidades negras se beneficien de esta categoría, debilitando potencialmente el propósito original de proteger y promover la herencia cultural. Entonces, supongamos que decides formar esa persona jurídica para tu negocio de viche, siguiendo las reglas establecidas en la normativa. Esto, sabiendo que, según la definición, “mayoritariamente” significa tener el 50% más uno. Así que te aseguras de que más de la mitad de los integrantes de esa persona jurídica sean parte de nuestras comunidades afrocolombianas, y finalmente cumples con el requisito. Es precisamente aquí donde está el quid de la cuestión: aunque técnicamente puedas cumplir con la normativa, la realidad es que la minoría que no comparte nuestra conexión cultural podría imponer condiciones. Podrían tener el poder de tomar decisiones fundamentales simplemente porque tienen la capacidad económica o de influencia. Esa podría ser la triste realidad y no podemos ser ingenuos al respecto, ni decirse de otra manera. La situación es que nuestra rica tradición cultural, que debería ser la guía principal, podría quedar subordinada a las decisiones de aquellos que, aunque forman parte de la empresa, no comparten nuestra identidad. La normativa, al hablar de “mayoritariamente”, podría abrir la puerta a que personas ajenas a nuestra comunidad pongan las condiciones y determinen el rumbo del negocio, desviándolo de su propósito inicial de preservar y honrar nuestras tradiciones culturales.    En el contexto de la ley del viche y su subsiguiente resolución reglamentaria, era imperativo no dejar suelto  el principio “pro libertate” o “principio pro

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La norma que regula el licenciamiento ambiental en Colombia no considera los impactos del cambio climático | COMUNICADO CONJUNTO

Explicamos las razones por las que, junto a Dejusticia e investigadores independientes, demandamos ante la Corte Constitucional un artículo de la Ley 99 que hoy debe ser interpretado a la luz de los desafíos de la emergencia climática. La Corte Constitucional admitió una demanda en la que sostenemos que el artículo 57 de la Ley 99, que reglamenta los estudios de impacto ambiental necesarios para que el Estado autorice el desarrollo de proyectos con impactos graves para el medio ambiente, no cumple con los estándares constitucionales y del derecho internacional que contemplan obligaciones del Estado colombiano para luchar contra la crisis climática. Esta demanda, que radicamos desde ILEX Acción Jurídica junto a Dejusticia y los investigadores Sibelys Mejía, David Cruz y Julián González, hace un llamado urgente para que en Colombia se actualice la normativa que por tres décadas ha regulado el licenciamiento ambiental, pero que se queda corta frente al mayor reto que enfrenta la humanidad: el cambio climático y sus múltiples efectos para las personas, sus territorios y la naturaleza.  Lo anterior cobra más relevancia que nunca, pues según el último informe del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC), el mundo necesita reducir las emisiones de gases de efecto invernadero mucho más y aún más rápido de lo que se creía (43% para el año 2030), o los efectos serán devastadores para nuestro futuro. De acuerdo con el informe, crear de forma urgente nuevas y mejores medidas de adaptación será clave si no se quieren perder más vidas y destruir más medios de subsistencia.  Dayana Blanco Acendra, directora general de ILEX Acción Jurídica, dice que, después de un importante esfuerzo técnico y jurídico para explicarle a la Corte la importancia de los cargos  formulados en esta demanda, seguimos creyendo en la importancia de reconocer que, al no prever los impactos a los derechos humano, desconoce los deberes del Estado de proteger derechos. “La conexión entre impactos ambientales y garantía de derechos humanos es fundamental para la supervivencia de comunidades y poblaciones desproporcionadamente afectadas por la crisis climática”, concluye.  Sobre estos llamados, la directora de la línea Justicia Ambiental de Dejusticia, Laura Santacoloma, destaca que el análisis de la Corte Constitucional podría garantizar que las autorizaciones de proyectos que generan impactos graves en el ambiente se evalúen por fin a la luz del actual contexto de emergencia climática, especialmente aquellos que serán ejecutados por períodos que abarcan décadas. “Esto incide, además, en que la adaptación climática tenga un enfoque territorial y los proyectos se desarrollen bajo condiciones que permitan reducir el riesgo de las comunidades aledañas”, agrega la investigadora. A lo anterior se suma que este litigio, que inició formalmente este martes 16 de enero con la admisión por parte de la Corte, es el primero de este tipo en América Latina y el Caribe, y propone repensar la evaluación de impacto ambiental para que el desarrollo de los países se ajuste a estándares de mitigación y adaptación del cambio climático. Con lo anterior, concluye Santacoloma, “el Estado tendría herramientas para transformar su producción en una que se oriente a un verdadero desarrollo sostenible”.  ¿Por qué el artículo 57 de la Ley 99 es obsoleto? Hace tres décadas, cuando Colombia aún se respiraba el aire esperanzador de la Constitución de 1991 y la sociedad inauguraba los derechos a un ambiente sano y a participar en las decisiones que afectaban su entorno, se creó todo el engranaje institucional y normativo para hacer valer estos y otros derechos consagrados en la nueva Carta Política. Así fue como, mediante la Ley 99 de 1993, se creóinauguró en nuestro país el hoy llamado Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se sentaron las bases para la participación ambiental y se incluyó el licenciamiento ambiental para planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales. Desde entonces, las licencias ambientales evalúan y autorizan el desarrollo de proyectos, actividades y obras cuyos daños ambientales pueden ser graves. Para ello, el artículo 57 de la Ley 99 regula una herramienta indispensable en el trámite de este procedimiento para obtener la licencia ambiental, y que permite determinar las afectaciones ambientales generadas por los proyectos, así como diseñar planes para prevenir, mitigar, corregir y compensar los impactos: los estudios de impacto ambiental. Los EIA, como se les conoce por sus siglas, son ejecutados por la empresa o persona que pretende realizar la actividad y entregados a la autoridad ambiental: grandes centros urbanos (como Bogotá, Cali, etc.), Corporaciones Autónomas Regionales (también creadas mediante la Ley 99) o Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). En ellos recae la responsabilidad de evaluar cuán graves son los daños y de establecer si el proyecto es viable o no.Los EIA incluyen en su análisis los elementos bióticos (vivos), abióticos (componentes sin vida que afectan a organismos vivos) y socioeconómicos del área en donde se solicita una licencia ambiental. Sin embargo, en tiempos de emergencia climática global, estos tres elementos son insuficientes, pues los riesgos climáticos son complejos y sus variables requieren una evaluación especializada y particular, que incluya aspectos como afectación en las economías locales, seguridad alimentaria, riesgos por eventos climáticos catastróficos, entre otros. Lo anterior permitiría que las autoridades ambientales tomen mejores decisiones y que el licenciamiento ambiental se ajusten a los desafíos contemporáneos de la justicia ambiental, social y climática. 1. Que en 2024 hay nuevos estándares constitucionales Hace 30 años, cuando se promulgó la Ley 99, la licencia ambiental y los EIA prometían ser un gran avance para la garantía de la protección a un ambiente sano. Por ese entonces no estaban previstas las obligaciones de enfrentar los efectos del cambio climático. Sin embargo, en 2024 la situación no es la misma. La Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han reiterado la necesidad de honrar los compromisos del Estado en materia de adaptación y mitigación del cambio climático, y no tenerlo en cuenta en el proceso de licenciamiento ambiental lleva al Estado a incumplir sus compromisos internacionales. 2. Que en 2024 hay nuevos estándares constitucionales La exacerbación

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UNARC HACE UN LLAMADO AL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DDHH QUE TRABAJAN POR LA JUSTICIA RACIAL Y EXIGE VOLUNTAD POLÍTICA POR PARTE DE LOS ESTADOS

El pasado 11 de julio, ILEX Acción Jurídica y organizaciones de la sociedad civil pertenecientes a la Coalición Antirracista UNARC presentaron declaración conjunta en la 53ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre el Diálogo Interactivo con el Relator Especial sobre el Racismo.  Durante esta declaración se hizo un llamado a la Relatora Especial a continuar poniendo sobre la mesa la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos que trabajan por la justicia racial, teniendo en cuenta los retos que representa trabajar con poblaciones racializadas.  Adicional a esto, se instó a los Estados miembros a comprometerse, que se muestre la voluntad política para el  cumplimiento de la Declaración y el Programa de Acción de Durban (DPAD), que busca  la garantía de un entorno seguro y propicio para la población afrodescendiente.  Desde ILEX Acción Jurídica respaldamos esta propuesta e invitamos al Estado colombiano a la implementación de acciones que no solamente mitiguen las violencias y vulneraciones que sufren quienes ejercen la defensa de los derechos humanos en los territorios, sino también a que se haga una debida recolección de la información, teniendo en cuenta la pertenencia étnico racial de los mismos.  ADENDA:  En el mes de abril,  la Organización de Naciones Unidas adoptó por consenso la resolución que renueva el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos.  El mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de las y los defensores de los derechos humanos es esencial para su protección y reconocimiento en todo el mundo. Su misión es recopilar información sobre la situación de los defensores en todo el mundo, colaborar constructivamente con gobiernos y agentes no estatales y ofrecer recomendaciones de expertos para promover la aplicación efectiva de la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos” Te recomendamos leer: ¿Cómo superar el amplio subregistro de las violencias contra líderes y lideresas afro en Colombia? Ver intervención aquí:

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Logramos Acuerdos con la Registraduría Nacional del Estado Civil para Mejorar la Visibilidad Estadística de la Población Afrodescendiente, Negra, Raizal y Palenquera en las Elecciones Regionales del próximo 29 de octubre de 2023

En días previos, ILEX Acción Jurídica, la Misión de Observación Electoral- MOE, la Conferencia Nacional de Organizaciones Afrocolombianas – CNOA y la Asociación Colombiana de Economistas Negras Mano Cambiada eealizaron la solicitud ante la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral para garantizar la visibilidad estadística de las poblaciones afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras a nivel de candidaturas en los próximos comicios nacionales. Luego de una reunión desarrollada con el apoyo de la Defensoría del Pueblo, y en la cual también participó Dejusticia, se lograron acuerdos para contabilizar de manera adecuada a los/as candidatos/as afrodescendientes. Las organizaciones partícipes solicitamos a la Registraduría garantizar la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en los procesos electorales y, en especial, con relación al derecho a la participación en calidad de candidatos para alcaldes/as, gobernadores/as, ediles, diputados/as, y concejales/as en los distintos departamentos, municipios y distritos del país. En consecuencia, instauramos un derecho de petición para que se recolectase información desagregada en términos étnico-raciales sobre las candidaturas de las elecciones de octubre y que la información agregada fuese de acceso público (garantizando la anonimidad de los datos personales). Esta informaciónnos permitirá saber cuántas personas afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras participarán como candidatas en el ejercicio democrático. Una de las principales razones por las que, en elecciones anteriores, no se presentaba a la opinión pública información sobre candidatos/as afrocolombianos en comicios electorales es que esta población se encontraba invisibilizada en los registros administrativos que se generaban en los procesos de inscripción de candidaturas, pues los formularios no preguntaban por la identidad étnico-racial de las personas que se inscribían, lo cual afectaba de manera grave los derechos fundamentales de la población afrodescendiente, impidiendo conocer aspectos como: a) sí existían asimetrías en cuanto al acceso a candidaturas para personas afrocolombianas en comparación con otros grupos poblacionales; b) el grado de inclusión con que contaban las personas afrocolombianas en partidos políticos para efectos electorales; c) siexistían variaciones a nivel regional o local en cuanto a la posibilidad relativa (según sus dinámicas de distribución demográfica) que tenían las personas afrocolombianas de tener la calidad de candidatas a elecciones; d) si lasmujeres afrocolombianas accedían de manera adecuada a candidaturas electorales cuando se les comparaba con mujeres que no tienen esta identidad étnico-racial, entre otras. Si bien la Registraduría Nacional del Estado Civil nos informó que ya tenía contemplado recolectar información sobre pertenencia étnica de cara a las próximas elecciones, existían múltiples problemas con la manera en que se había propuesto llevar a cabo la recolección de estos datos. Varios de estos problemas lograron ser solucionados luego de la reunión entre las organizaciones de la sociedad civil y la Registraduría. Específicamente, se lograron acuerdos sobre: Si bien los acuerdos alcanzados constituyen un paso importante para garantizar la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en el ejercicio de derechos político-electorales, aún quedan temas por mejorar. Específicamente, no fue posible lograr que la pregunta sobre la identidad étnico-racial fuese de respuesta obligatoria al momento de la inscripción, lo cual puede tener un impacto sensible sobre la disponibilidad de información sobre la composición del universo de candidatos/as. Esperamos que, en el futuro próximo, sea posible lograr una materialización completa del derecho a la visibilidad estadística de la población afrocolombiana en procesos electorales. Igualmente, confiamos de buena fe en la materialización de los acuerdos alcanzados por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Más información:Gina Eugenia MorenoCoordinadora Comunicaciones ILEX Acción Jurídicacorreo electrónico: periodista@ilex.com.coTeléfono: 3017355513www.ilexaccionjuridica.org Maio Rivas MolinaCoordinadora Etnocomunicación Estratégica C.N.O.A.Correo electrónico: comunicaciones@convergenciacnoa.orgTeléfono: 3143401898www.convergenciacnoa.org Maria Camila Estacio SinisterraAsociadaAsociación Colombiana de Economistas Negras – Mano Cambiadacorreo electrónico: economistas_negras@protonmail.comTeléfono: 3155658763

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“Mujer en rama”, un poema para conmemorar el Mes del Orgullo LGBTIQ+

Dayana Blanco Acendra, nuestra directora general comparte un poema de su autoría para celebrar el amor y enorgullecernos de todas mas maneras que podemos tenerlo y brindarlo. Se escribe para narrar lo íntimo, lo cotidiano y para destacar a todas y cada una de las mujeres que se aman entre sí. En el Mes del Orgullo LGBTIQ+, poesía para enaltecer. Mujer en rama De esta mujer me quedó la risa,  la alborada con papaya picada en cuadritos pequeños. Tres  huevos fritos con pan y un café en taza grande siendo apenas las 6:00am. Me quedó un libro que se repite en mi repisa y habla de los mismos temas, las mismas alegrías, la misma lucha. El problema de siempre, un problema de siglos. Cambian las portadas, la editorial, el año pero es la misma lágrima. A veces la misma risa. De esta mujer me quedó un corazón abierto que bota humo y palabras  para cuando ella las quiera escuchar a la sombra de esta humareda. De ella tengo esta nota,  y su pelo que crece para arriba. Me quedó la puerta abierta del closet. Dos ganchos para colgarme cuando me mira. De esta mujer me quedó un vaso whiskey con dos cubos de hielo el viernes en la noche, con la Aragón. Un vallenato sabanero el domingo en la mañana sin playa, en la montaña. Qué bueno es verme al espejo y verla. Soy los retazos de lo que ha puesto.  Cada pedacito de lo que me dio de la parte de ella que me da. Camino y voy por la calle siete Siendo muchos pedazos de ella. Y la miro y me río. Agarro su mano como la rama mas delgada de este árbol de una década. La agarro con delicadeza Porque en esta rama colgaré  cada pedazo de mi al sol. dba

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EN BUENAVENTURA REALIZAMOS EL PRIMER ENCUENTRO DE MUJERES NEGRAS QUE EJERCEN LA LABOR DE CUIDADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y MUJERES NEGRAS CON DISCAPACIDAD

Durante los días 26 y 27 de junio ILEX Acción Jurídica y Fundación Asesorarte, con apoyo del Banco de la República sede Buenaventura, mujeres negras de varias regiones del país se dieron cita para trazar la hoja de ruta y una agenda para la generación de estrategias de incidencia sobre garantías para su labor y acciones claras para quienes cuidan dada su condición de discapacidad y mujeres negras en condición de discapacidad.  Constantemente y en otros espacios las participantes de este encuentro han alzado su voz por el reconocimiento de sus derechos y de quienes cuidan, y en estos dos días, el encuentro permitió el ejercicio de la escucha, el compartir experiencias y saberes que desde sus lugares han podido ejercer, agenciando las necesidades que se presentan de manera recursiva. Sin embargo, sentaron una ruta para iniciar el trabajo colectivo y hacer un llamado al Estado para la atención oportuna de su situación.  Como objetivo principal de este espacio para lideresas negras enfocadas en los cuidados de personas con discapacidad y mujeres negras con discapacidad, se estableció una agenda de incidencia para la formación y la defensa de los derechos económicos, sociales y culturales. Asimismo, generar la primera red que llevará el mismo nombre del encuentro.  Las temáticas que se discutieron durante las jornadas de trabajo fueron el empoderamiento y apoyo mutuo, la defensa de los derechos, el reconocimiento de la labor de cuidado en las mujeres negras, generación de redes y alianzas.Para Audrey Mena, subdirectora de ILEX Acción Jurídica,   este encuentro en liderazgo conjunto con la Fundación Asesorarte y el apoyo del Banco de la República Sede Buenaventura, permitió generar “narrativas y reflexiones que de manera interna se dan en los procesos organizativos, pero de cara a las discusiones nacionales, sobre todo hacia las iniciativas legislativas, planes y programas que impactan la vida de estas mujeres negras. Este espacio fue fundamental para entre nosotras, valorar y discutir sobre el ejercicio de la labor de cuidado por las mujeres negras que constantemente es invisibilizado y subvalorado”.  Impulsar las vocerías y procesos individuales como escenario para reescribir una nueva historia, desde ILEX Acción jurídica, seguimos impulsando y acompañando procesos colectivos, así como esta gran red que se gestó en la ciudad de Buenaventura con la representación de 20 mujeres de todo el país.  Para mayor información: periodista@ilex.com.co, fundacionasesorarte@gmail.com

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En Cartagena se lanzó el último informe de invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en sectores de Educación y Justicia en Colombia. 

¿SUPERAR LA DESIGUALDAD RACIAL SIN DATOS?  es el nombre del informe que se lanzará este 24 de mayo en el salón Eréndira del Claustro La Merced de la Universidad de Cartagena en el marco del mes de la Afrocolombianidad. Jurídica, la Invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en los registros administrativos sigue siendo un reto y realiza la entrega del primer informe en los sectores educación y justicia en Colombia, documento en donde se analiza el estado de la invisibilidad estadística en las bases de datos administrativas como el Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia, Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, secretarías de educación departamentales y distritales, entre otras, generando reflexiones y recomendaciones para la institucionalidad, desde un enfoque de derechos Humanos y de justicia racial.  Para el director de Investigaciones de ILEX Acción Jurídica, Daniel Gómez menciona la importancia de esta investigación en materia de derechos y reconocimiento: “En la sentencia T-276 de 2022, sentencia del Censo realizado en el 2018 por el Dane, la Corte Constitucional retoma una frase que ya había incorporado en una sentencia previa que dice que se contado y cómo, importa en términos de derechos, ello quiere decir que si usted no es visible para el Estado, si no se contabiliza y no da cuenta de su situación, en últimas eso tendría un impacto sobre derechos humanos porque la respuesta del Estado para garantizar esos derechos no lo va a tomar en cuenta de manera adecuada. Este informe lo que hace es visibilizar esa situación, visibiliza el hecho de que hay una parte de la población afrocolombiana que no es contabilizada por los sistemas de información del Estado, y también muestra que cuando es contabilizada, es mal contabilizada”.  La invisibilidad estadística de la población afrodescendiente genera un desconocimiento de las condiciones sociales, económicas y políticas de la población, en este informe se centra en los sectores de educación y justicia: “nos dimos cuenta que en el sector educación hay muchas secretarías departamentales de educación que no tienen datos desagregados de calidad y que den cuenta de cuántos estudiantes afrodescendientes estudian en colegios que están bajo la jurisdicción o competencia de las secretarías de educación. Eso significa que estos establecimientos y el Ministerio de Educación no tienen cómo hacer políticas públicas enfocadas para los estudiantes afros porque no son visibles. Lo que encontramos en los datos del sector justicia es que no hay claridad frente al número de muertes violentas que tienen sobre la población afro, no hay datos de cuántas personas afro hay privadas de la libertad en cárceles o penitenciarias en Colombia, no tenemos conocimiento estadístico del número de personas afro que están siendo objeto de judicialización por la comisión de ciertos delitos y ello impacta gravemente en materia de derechos humanos porque ello significa que las políticas públicas en el sector justicia no pueden responder a la realidad de la población afro”, manifiesta Daniel Gómez.  Así mismo tendremos un espacio para recordar en el marco del aniversario de la sentencia T-128, en el que la Corte Constitucional ordenó al Gobierno Nacional integrar la partería al Sistema de Seguridad Social.  Descarga la publicación dando clic en el siguiente texto:  ¿SUPERAR LA DESIGUALDAD RACIAL SIN DATOS?: La invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en los registros administrativos de los sectores de educación y justicia en Colombia. – Ilex Acción Jurídica

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EN COMPAÑÍA DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, CIDH FORMALIZÓ E INSTALÓ EL MECANISMO PARA EL SEGUIMIENTO Y RECOMENDACIONES A COLOMBIA EN EL MARCO DEL PARO 2021

¿Para qué sirve este mecanismo? El dia 9 de junio, en el Palacio de San Carlos – Salón Bolívar, participamos en  la instalación del Mecanismo Conjunto de Seguimiento a las Recomendaciones formuladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) durante su visita de trabajo a Colombia, con ocasión de los hechos ocurridos en el marco de las protestas sociales del 2021. Este espacio fue presidido por la Viceministra de relaciones multilaterales, Elizabeth Taylor Jay y el Viceministro de asuntos bilaterales , Francisco J Coy, la secretaria ejecutiva de la CIDH, Tania Reneaum Panszi, Luis Ernesto Vargas, embajador de Colombia ante la OEA y Organizaciones Nacionales de la Sociedad Civil. En este espacio, el Estado manifestó sus compromisos para generar cambios que permitan la garantía de los derechos humanos y el compromiso del Gobierno Nacional con el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, se estima de gran relevancia el acompañamiento por parte de las organizaciones y de la sociedad que han hecho incidencia en materia de protesta social e impulsado constantemente el cumplimiento de los derechos humanos ante el sistema regional.   ¿Y el mecanismo? El Mecanismo Conjunto de Seguimiento, será administrado por la CIDH, a partir de una agenda de trabajo con el Estado de Colombia y las organizaciones de sociedad civil. De acuerdo con la Secretaria Ejecutiva de la CIDH,  el funcionamiento del mecanismo  en dos fases iniciales, (la primera, del 9 de junio al 31 de diciembre de 2023, y la segunda, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, con opción de prórroga), el Mecanismo dará seguimiento a los procesos de implementación y cumplimiento de 33 recomendaciones de la CIDH: (28) sobre protesta social (las cuales coinciden con las incorporadas al primer informe de seguimiento presentado en enero de 2023); (49) en materia de libertad de prensa y protección a periodistas (rec. 37, 38, 39 y 40), y  ¡IMPORTANTE! Se incluye la recomendación sobre (1) sobre violencia basada en discriminación étnico-racial (rec. 20). Celebramos que finalmente podamos conocer el contenido y alcance de este mecanismo. Desde el año 2021, ILEX Acción Jurídica ha hecho veeduría sobre las formas de seguimiento de las recomendaciones hechas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En conjunto con otras organizaciones, en diciembre de 2021,  enviamos una propuesta inicial para un potencial instrumento de seguimiento, donde definimos la importancia de priorizar las recomendaciones en materia étnico-racial, que afectan específicamente a la población afrodescendiente, además de formular indicadores de cumplimiento  de estas recomendaciones. No obstante, este tema quedó un poco rezagado ante la voluntad política del gobierno de ese momento, convirtiéndose en una exigencia constante de las organizaciones en los encuentros posteriores con la Comisión.   En el año 2022, en la respuesta al cuestionario de la CIDH para la elaboración de seguimiento de las recomendaciones emitidas en la visita de trabajo en medio del Paro Nacional, planteamos la necesidad de un mayor compromiso por parte del Estado para acatar lo dispuesto en el informe. Esto implicaba condiciones concretas de verificación. Asimismo, para el año 2023, cuando conocimos el primer informe emitido por la Comisión ante las medidas adoptadas para garantizar la no vulneración de derechos humanos, recordamos y observamos la ausencia de mecanismos claros y eficientes de seguimiento de lo propuesto, sumado a que lo presentado evidenciaba falencias sobre la aplicación del  enfoque étnico-racial. En ese sentido, sostuvimos la necesidad de tener claridad sobre priorizar las recomendaciones que afectan a la comunidad afrodescendiente.  La existencia de este mecanismo abre la posibilidad de acompañar al Estado en el cumplimiento de las recomendaciones del informe de la visita (LEA AQUÍ). Es imperativo que se siga garantizando la participación activa y con voz de las organizaciones de la sociedad civil en todo este proceso. Ya existe el mecanismo, ¿Ahora qué? Lo que sigue después de esta reunión es que a través de un diálogo que sostendrá con las organizaciones de la sociedad civil, el método de participación de estas últimas, junto con el calendario tentativo de actividades, temporalidad de reuniones, definición de ejes temáticos de recomendaciones y aspectos operativos, según estos parámetros: • El Mecanismo funcionará a través de sesiones virtuales de trabajo durante el año (convocadas por la CIDH, y que incluirán al Estado y/o sociedad civil) y visita presencial anual al país (la primera en noviembre/diciembre de 2023). • El seguimiento de las 33 recomendaciones se realizará a partir de ejes temáticos.  • De manera complementaria, la CIDH podrá convocar a audiencias virtuales que permitirán la participación de las organizaciones de la sociedad civil, con la finalidad de abordar el seguimiento de un grupo específico de las recomendaciones o un eje temático previamente definido. Desde ILEX Acción Jurídica celebramos el resultado de este recorrido y especialmente la priorización de la recomendación específica sobre la población afrodescendiente. Este mecanismo ha sido una necesidad que se ha materializado gracias al esfuerzo de múltiples organizaciones y esperamos pueda llevarse a cabo garantizando la participación de los grupos históricamente discriminados. 

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A DOS AÑOS DEL ESTALLIDO SOCIAL DE 2021 ¡EXIGIMOS UNA REFORMA POLICIAL YA!

28 de abril de 2023 El Paro Nacional iniciado el 28 de abril de 2021, marcó un punto de quiebre en la historia reciente de Colombia. Durante más de tres meses, en todo el territorio nacional, amplios sectores de la sociedad civil expresaron de diversas formas, en las plazas y en las calles, en los barrios y comunas, una serie de  exigencias de condiciones de vida digna. A esta masiva expresión de descontento social se sumaron banderas, movimientos, organizaciones sociales y la población colombiana en general, para la reivindicación del goce efectivo de derechos fundamentales. La legítima expresión social fue respondida con violencia policial y múltiples violaciones a los derechos humanos, como la criminalización de la protesta pacífica y el perfilamiento racial. En cifras reportadas por organizaciones como la Campaña Defender la Libertad Asunto de Todas, se documentaron 89 homicidios, 1.929 personas heridas, 116 lesiones oculares, 343 agresiones a personas defensoras de derechos humanos y 106 denuncias por violencias basadas en género. Algunas de estás Violencias tuvieron impactos diferenciales; así de acuerdo con el  Proceso de Comunidades Negras y otras organizaciones afrodescendientes, se presentaron hechos de 15 violencias basadas en género contra mujeres afrodescendientes a nivel nacional, 26 desapariciones forzadas, 7 detenciones arbitrarias y 36 asesinatos contra personas afrodescendientes.  Por otra parte, cinco relatoras y relatores de la ONU divulgaron en marzo de este año una comunicación con su preocupación por la existencia de “un patrón de uso indiscriminado del derecho penal y del poder fiscalizador del Estado con la finalidad de judicializar a personas que participaron en la protesta” con dos modalidades: aplicación indiscriminada de la captura en flagrancia y el traslado por protección en una primera etapa y; judicializaciones sustentadas en posibles montajes y apelando al uso de tipos penales desproporcionados, como el de terrorismo y concierto para delinquir a partir de junio de 2021.  Además, las detenciones y los traslados por protección fueron utilizados para la comisión de otras agresiones (violencias sexuales, agresiones físicas, torturas, tratos crueles e inhumanos) por lo que se recuerda que el Estado asume un deber de protección reforzado cuando una persona se encuentra privada de libertad y bajo su control efectivo. Al elevado número de víctimas se suma el alto nivel de impunidad. Según datos de la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría, de las denuncias recibidas por abusos de autoridad, tan solo 1.34% se encuentran en investigación, 4.2% en juicio, 0.54% en ejecución de pena, 0.02% en terminación anticipada y tan sólo 0.7% de los casos se han emitido fallos. Esta preocupación es compartida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quien en su primer informe de seguimiento de recomendaciones de su visita de trabajo a Colombia en 2021, expresó la necesidad de realizar una rendición de cuentas sobre lo ocurrido en el contexto del Paro Nacional, especialmente asegurando medidas de reparación integral y oportuna para las víctimas. En ese sentido, no hay garantías efectivas a los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición cuando a las víctimas de violencia policial se les niega el acceso a la justicia. A la vez se afecta la materialización de otras exigencias como la creación de una ruta de atención integral a víctimas, el acompañamiento jurídico y psicosocial, la atención médica oportuna y otras acciones relacionadas al goce de derechos fundamentales, que además tengan en cuenta  enfoques diferenciales como el étnico-racial y de género. El estado de impunidad aumenta las condiciones para la continuidad de los casos de violencia policial, por lo que el trámite de dichos procesos en su mayoría han significado un perjuicio para las víctimas y han terminado en hechos de revictimización, afectando de forma desproporcionada a grupos históricamente discriminados como la población afrodescendiente, indígena y LBGTIQ.  A raíz de estos procesos movilizatorios y los intentos de autorreforma en la Policía Nacional durante el Gobierno de Duque, las consignas por una reforma policial integral con participación amplia de la sociedad civil y el desmonte del ESMAD (Escuadrón Móvil Antidisturbios) tomaron fuerza. Dos años después de la oleada de vulneraciones a los derechos humanos en el Paro Nacional, estas exigencias continúan pendientes.  En el último año, la Policía y el Ministerio de Defensa han impulsado un proceso de transformación del ESMAD hacia la consolidación de la UNDMO (Unidad Nacional de Diálogo y Mantenimiento del Orden), una vez más, sin contar con la sociedad civil y con las víctimas de violencia policial para establecer diálogos y generar propuestas de manera conjunta y vinculante. Esto ha llevado a que la nueva Unidad conserve problemas estructurales, tales como: a. conservar la doctrina; b. actuar en contextos de riñas, minería ilegal, en centros penitenciarios y carcelarios y en la sustitución de cultivos ilícitos, cuando es una Unidad para la atención de manifestaciones; c. no incluir enfoques diferenciales; d. desarrollar acciones de inteligencia y perfilamiento de líderes y lideresas de las movilizaciones; y por último, e. continuar con el uso de armas potencialmente letales sin tener en cuenta sus impactos médicos, psicosociales y ambientales. A lo anterior se suma la preocupación por la no difusión, amplia y clara, de la Resolución 1091 del 31 de marzo de 2023, que expide el Manual para la atención a la Reunión y Manifestación Pública y Pacífica y Control de Disturbios de la Policía Nacional de Colombia y que, de cara a la creación de la UNDMO, es clave que la sociedad civil conozca sus principios y funcionamiento. Hacemos un llamado a que el Gobierno Nacional para que reconozca públicamente los hechos cometidos durante el Paro Nacional por la Fuerza Pública, y así mismo se haga responsable de establecer rutas de atención y acompañamiento para las víctimas de la violencia policial en todo el país, adelantar acciones para su reparación y para la no repetición de hechos que puedan poner en riesgo la vida y la integridad de la población colombiana, en especial aquella que merece especial protección constitucional.  Es necesario que el proceso de reforma a la Policía no esté basado en

A DOS AÑOS DEL ESTALLIDO SOCIAL DE 2021 ¡EXIGIMOS UNA REFORMA POLICIAL YA! Leer más »

Incidencia internacional: ONU renovó el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de defensores y defensoras de derechos humanos

Los estados miembros de la Organización de Naciones Unidas adoptaron por consenso la resolución que renueva el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos. La decisión fue tomada el pasado 3 de abril, en el marco de la 52ª sesión del Consejo de Derechos Humanos. La resolución, que prorroga por tres años el mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, insta a todos los estados a adoptar medidas concretas para crear, en la legislación y en la práctica, un entorno seguro y propicio en el que las personas defensoras de los derechos humanos pueden ejercer su labor. Asimismo, exhorta a los estados a cooperar con la relatora proporcionando asistencia en el desempeño de sus funciones y aportando toda la información que les sea solicitada.  En una carta enviada a los estados miembros de la ONU en febrero pasado, ILEX Acción Jurídica y otras 169 organizaciones de la sociedad civil instamos a ese organismo a resistir “cualquier intento de diluir el mandato o las obligaciones de los Estados y apoyar la renovación consensuada del mandato”. (También puedes leer: ¿Cómo superar el amplio subregistro de las violencias contra líderes y lideresas afro en Colombia?) El mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de las y los defensores de los derechos humanos es esencial para su protección y reconocimiento en todo el mundo. Su misión es recopilar información sobre la situación de los defensores en todo el mundo, colabora constructivamente con gobiernos y agentes no estatales y ofrece recomendaciones de expertos para promover la aplicación efectiva de la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos” (Declaración sobre los defensores de los derechos humanos). (Te recomendamos leer: La violencia policial racista es sistemática y debe ser visibilizada: Mecanismo de Expertxs Independientes ante la ONU) Desde ILEX Acción Jurídica recibimos como positiva la noticia de la renovación del mandato de la Relatoría y exigimos al Estado colombiano avanzar en la implementación de medidas concretas para visibilizar, prevenir y detener las violencias sufridas por líderes, lideresas sociales y personas afrodescendientes defensoras de derechos humanos. 

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