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A DOS AÑOS DEL ESTALLIDO SOCIAL DE 2021 ¡EXIGIMOS UNA REFORMA POLICIAL YA!

28 de abril de 2023 El Paro Nacional iniciado el 28 de abril de 2021, marcó un punto de quiebre en la historia reciente de Colombia. Durante más de tres meses, en todo el territorio nacional, amplios sectores de la sociedad civil expresaron de diversas formas, en las plazas y en las calles, en los barrios y comunas, una serie de  exigencias de condiciones de vida digna. A esta masiva expresión de descontento social se sumaron banderas, movimientos, organizaciones sociales y la población colombiana en general, para la reivindicación del goce efectivo de derechos fundamentales. La legítima expresión social fue respondida con violencia policial y múltiples violaciones a los derechos humanos, como la criminalización de la protesta pacífica y el perfilamiento racial. En cifras reportadas por organizaciones como la Campaña Defender la Libertad Asunto de Todas, se documentaron 89 homicidios, 1.929 personas heridas, 116 lesiones oculares, 343 agresiones a personas defensoras de derechos humanos y 106 denuncias por violencias basadas en género. Algunas de estás Violencias tuvieron impactos diferenciales; así de acuerdo con el  Proceso de Comunidades Negras y otras organizaciones afrodescendientes, se presentaron hechos de 15 violencias basadas en género contra mujeres afrodescendientes a nivel nacional, 26 desapariciones forzadas, 7 detenciones arbitrarias y 36 asesinatos contra personas afrodescendientes.  Por otra parte, cinco relatoras y relatores de la ONU divulgaron en marzo de este año una comunicación con su preocupación por la existencia de “un patrón de uso indiscriminado del derecho penal y del poder fiscalizador del Estado con la finalidad de judicializar a personas que participaron en la protesta” con dos modalidades: aplicación indiscriminada de la captura en flagrancia y el traslado por protección en una primera etapa y; judicializaciones sustentadas en posibles montajes y apelando al uso de tipos penales desproporcionados, como el de terrorismo y concierto para delinquir a partir de junio de 2021.  Además, las detenciones y los traslados por protección fueron utilizados para la comisión de otras agresiones (violencias sexuales, agresiones físicas, torturas, tratos crueles e inhumanos) por lo que se recuerda que el Estado asume un deber de protección reforzado cuando una persona se encuentra privada de libertad y bajo su control efectivo. Al elevado número de víctimas se suma el alto nivel de impunidad. Según datos de la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría, de las denuncias recibidas por abusos de autoridad, tan solo 1.34% se encuentran en investigación, 4.2% en juicio, 0.54% en ejecución de pena, 0.02% en terminación anticipada y tan sólo 0.7% de los casos se han emitido fallos. Esta preocupación es compartida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quien en su primer informe de seguimiento de recomendaciones de su visita de trabajo a Colombia en 2021, expresó la necesidad de realizar una rendición de cuentas sobre lo ocurrido en el contexto del Paro Nacional, especialmente asegurando medidas de reparación integral y oportuna para las víctimas. En ese sentido, no hay garantías efectivas a los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición cuando a las víctimas de violencia policial se les niega el acceso a la justicia. A la vez se afecta la materialización de otras exigencias como la creación de una ruta de atención integral a víctimas, el acompañamiento jurídico y psicosocial, la atención médica oportuna y otras acciones relacionadas al goce de derechos fundamentales, que además tengan en cuenta  enfoques diferenciales como el étnico-racial y de género. El estado de impunidad aumenta las condiciones para la continuidad de los casos de violencia policial, por lo que el trámite de dichos procesos en su mayoría han significado un perjuicio para las víctimas y han terminado en hechos de revictimización, afectando de forma desproporcionada a grupos históricamente discriminados como la población afrodescendiente, indígena y LBGTIQ.  A raíz de estos procesos movilizatorios y los intentos de autorreforma en la Policía Nacional durante el Gobierno de Duque, las consignas por una reforma policial integral con participación amplia de la sociedad civil y el desmonte del ESMAD (Escuadrón Móvil Antidisturbios) tomaron fuerza. Dos años después de la oleada de vulneraciones a los derechos humanos en el Paro Nacional, estas exigencias continúan pendientes.  En el último año, la Policía y el Ministerio de Defensa han impulsado un proceso de transformación del ESMAD hacia la consolidación de la UNDMO (Unidad Nacional de Diálogo y Mantenimiento del Orden), una vez más, sin contar con la sociedad civil y con las víctimas de violencia policial para establecer diálogos y generar propuestas de manera conjunta y vinculante. Esto ha llevado a que la nueva Unidad conserve problemas estructurales, tales como: a. conservar la doctrina; b. actuar en contextos de riñas, minería ilegal, en centros penitenciarios y carcelarios y en la sustitución de cultivos ilícitos, cuando es una Unidad para la atención de manifestaciones; c. no incluir enfoques diferenciales; d. desarrollar acciones de inteligencia y perfilamiento de líderes y lideresas de las movilizaciones; y por último, e. continuar con el uso de armas potencialmente letales sin tener en cuenta sus impactos médicos, psicosociales y ambientales. A lo anterior se suma la preocupación por la no difusión, amplia y clara, de la Resolución 1091 del 31 de marzo de 2023, que expide el Manual para la atención a la Reunión y Manifestación Pública y Pacífica y Control de Disturbios de la Policía Nacional de Colombia y que, de cara a la creación de la UNDMO, es clave que la sociedad civil conozca sus principios y funcionamiento. Hacemos un llamado a que el Gobierno Nacional para que reconozca públicamente los hechos cometidos durante el Paro Nacional por la Fuerza Pública, y así mismo se haga responsable de establecer rutas de atención y acompañamiento para las víctimas de la violencia policial en todo el país, adelantar acciones para su reparación y para la no repetición de hechos que puedan poner en riesgo la vida y la integridad de la población colombiana, en especial aquella que merece especial protección constitucional.  Es necesario que el proceso de reforma a la Policía no esté basado en …

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CAJA DE HERRAMIENTAS PARA LA JUSTICIA RACIAL

En ILEX Acción Jurídica ponemos a tu disposición una caja de herramientas jurídicas enfocada en la defensa de los derechos humanos de la población afrodescendiente. Aquí podrás descargar modelos para la presentación tutelas y derechos de petición específicos que te pueden ser útil, en temas como la defensa del derecho fundamental al territorio, abuso policial, discriminación racial y acceso a la salud. Acción de tutela La acción de tutela es un mecanismo de defensa judicial, que sirve para que toda persona puede acudir antes jueces para pedir la protección de sus derechos fundamentales cuando estos estén siendo vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad o de particulares con funciones públicas. https://ilexaccionjuridica.org/wp-content/uploads/2023/04/TUTELA-CAJA-DE-HERRAMIENTAS.mp4 ¿Ante quien se presenta la acción de tutela? Con base en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, los competentes para conocer de la acción de tutela son los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde se dio la violación o la amenaza que motivan la presentación de la solicitud. ¿Cuáles son los derechos que protege la acción de tutela? La acción de tutela protege: Todos los derechos fundamentales reconocidos en la constitución tales como, la vida, la integridad personal, la igualdad, personería jurídica, la intimidad, el buen nombre, libre desarrollo de la personalidad, prohibición de la esclavitud, libertad de conciencia, libertad de culto, libertad de expresión, la honra, petición, libre locomoción, debido proceso, habeas corpus, asilo entre otros. Los derechos reconocidos como fundamentales en la jurisprudencia constitucional, tales como: la dignidad humanada, el mínimo vital, la seguridad personal, la protección laboral reforzada, entre otros. Sobre esto es importante mencionar que también se han logrado proteger otro tipo de derechos que no son fundamentales, cuando su vulneración o amenaza de vulneración afecta a uno o algunos derechos fundamentales. Ejemplo de esto es la protección del derecho a la salud, por medio de su conexión con el derecho fundamental a la vida. Características de la acción de tutela La acción de tutela se caracteriza por ser un instrumento jurídico: Subsidiario, es decir que solo se debe usar cuando no existe otro mecanismo de defensa judicial idóneo o si existe no sea lo suficientemente idóneo para proteger con prontitud el o los derechos fundamentales que se estén vulnerando o en riesgo de vulneración. Inmediato, tiene por objetivo proteger los derechos fundamentales con prontitud y sin dilaciones y para eso se requiere que el inicio de acción sea cercano a las fechas de las situaciones que afectan los derechos fundamentales que requieren protección.  Sencillo y sin formalidades. La acción de tutela no exige conocimientos jurídicos para su ejercicio. Específico, es un mecanismo especial de protección de los derechos fundamentales.  Eficaz, exige al juez un pronunciamiento de fondo.  Para más información sobre las características de la acción de tutela, se puede consultar jurisprudencia de la Corte constitucional como la sentencia C-483 de 2015 y T-022 de 2017. ¿Cuándo procede la acción de tutela? Como regla general, la acción de tutela procede o se puede usar cuando: i) un derecho fundamental ha sido vulnerado o está en riesgo o amenaza de ser vulnerado por la acción u omisión de cualquier autoridad y/o particular, y ii) la persona afectada no disponga de otro medio de defensa judicial eficaz para la protección de su derecho; iii) No existe otro mecanismo de defensa o los que existen no resultan idóneos o eficaces para la protección de los derechos o ya ha sido agotado; existencia de un perjuicio irremediable; y que se trate de personas que requieran especial protección constitucional.  En cuanto al perjuicio irremediable, la Corte ha dicho que se trata del riesgo de consumación de un daño o afectación jurídica o fáctica que sea cierta y negativa a los derechos fundamentales. También debe ser inminente, grave, urgente e impostergable.  En caso de que la tutela se dirija contra particulares, con fundamento en el artículo 42 del decreto 2591 de 1991, la acción procede si dicho particular cumple alguna de las siguientes condiciones: i) presta un servicio público o cumplan funciones públicas; ii) la persona afectada esté en situación de indefensión o subordinación respecto al particular contra quien se interpone la tutela. Adicionalmente, es importante tener en cuenta que no se puede presentar más de una acción de tutela con los mismos hechos y derechos, so pena de las consecuencias penales del falso testimonio.  Finalmente, la tutela también procede, excepcionalmente, contra providencias judiciales (sentencias), particularmente cuando la decisión judicial desconozca o amenace derechos fundamentales, o pueda causar un perjuicio irremediable. Cuando la acción de tutela este dirigida contra una sentencia o providencia judicial, se debe interponer dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de ejecutoría de la sentencia o providencia judicial contra la que se inicia la acción de tutela. ¿Quiénes pueden presentar la acción de tutela? Según el artículo 10 del Decreto 2591 de 1991, la acción de tutela puede iniciarse en todo momento y lugar, por cualquier persona vulnerada o amenazada en uno o varios de sus derechos fundamentales. Cuando la persona vulnerada o amenazada en uno o varios de sus derechos fundamentales no presente la acción de manera de directa, podrá actuar a través: Agente oficioso: debe manifestar las razones por las cuales la persona interesada no puede actuar directamente. Profesional del derecho: debe presentar poder especial otorgado por la persona interesada. Adicionalmente, el defensor del pueblo y los personeros distritales y/o municipales y la Procuraduría General de la Nación podrán ejercer la tutela en defensa de la persona a la cual le han vulnerado o amenazado en uno o varios de sus derechos fundamentales.  ¿Contra quién se dirige la acción de tutela? De acuerdo con los artículos 13 y 37 del decreto 2591 de 1991, la acción de tutela puede ser dirigida contra la autoridad y/o el representante del órgano que presuntamente violó o amenazó el derecho fundamental. Adicionalmente, la acción de tutela se podrá dirigir contra los particulares que cumplan una o algunas de las condiciones indicadas anteriormente.  ¿Cómo se presenta …

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Las personas afrodescendientes con discapacidad necesitan garantías para el acceso a la educación y a sus derechos sexuales y reproductivos

Al menos el 15% de las personas con discapacidad en Colombia se identifican como pertenecientes de un grupo étnico. De ese total, sólo el 26,8% se autorreconoce como negro, afrodescendiente, raizal o palenquero. Pero las cifras no son del todo confiables. Según el registro administrativo del Ministerio de Salud y Protección Social, en Colombia existen 1,3 millones personas con  discapacidad. La cifra, a corte del 2020, equivale al 2,6% de la población nacional.  Yina Pérez, activista y líder de Mujeres Sobre Ruedas, fundación que vela por los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad, asegura que esta población cuenta con “múltiples capacidades” y “aportes a la construcción de la ciudadanía y los espacios socioculturales.” Por ello, coincide en que es importante que las personas con discapacidad denuncien las barreras que les restan autonomía. Una de las principales barreras para el acceso a derechos de esta población es la invisibilidad estadística. El Registro de Localización y Caracterizacion de Personas con Discapacidad (RLCPD), principal mecanismo estatal de suministro de información sobre esta población, ha sido cuestionado en múltiples ocasiones por la falta de datos robustos y confiables.  (Te recomendamos leer: Sin justicia de datos no hay justicia racial: una investigación sobre invisibilidad estadística y su impacto en los derechos de la población afro) De acuerdo con el último reporte del RLCPD, al menos el 15% de las personas registradas se identifican como pertenecientes de un grupo étnico. De ese total, sólo el 26,8% se autorreconoce como negro, afrodescendiente, raizal o palenquero. Tal como lo ha evidenciado ILEX Acción Jurídica, contar con  información  estadística verídica y de calidad  sobre las condiciones vitales, sociales y económicas de las personas negras con discapacidad impedirá el diseño de políticas públicas, planes sociales y distribución de presupuesto ajustado a la realidad de esta población.  La invisibilidad estadística también impacta su acceso a derechos fundamentales como la salud y la educación.  Según ONU Mujeres, las principales razones por las que esta población presenta mayores inconvenientes en el acceso a este derecho está relacionada con las barreras de acceso a estos servicios. De ese total, el 53% corresponde a barreras administrativas, en el 29% la falta de apoyos y ajustes razonables, el 11% la falta de información, y el 8% a otras barreras. Un ejemplo que resulta preocupante respecto al acceso a la salud, tiene que ver con el goce de derechos de salud sexual y reproductiva de las personas con discapacidad. A pesar de que el marco normativo colombiano protege este derecho y de que el Sistema Nacional de Salud tiene el deber de garantizarlo, la falta de ajustes razonables y las barreras administrativas continúan obstaculizando su acceso.  De acuerdo con la activista, Yina Perez, a las personas con discapacidad “se les niega la maternidad, la autonomía, y los derechos sexuales y reproductivos. Esto se evidencia cuando practican una citología sentada a una mujer usuaria de silla de ruedas, colocándola en una situación de dolor e incomodidad. Este un tema que atraviesa todo el sistema de derechos”. (También puedes leer: Recomendaciones para la implementación de un sistema de monitoreo con enfoque étnico-racial) Respecto a la educación el panorama no es muy alentador.  Según el Censo poblacional de 2018, el promedio de analfabetismo en el país  para la población en general se encuentra en 5,2%, mientras que para las personas con discapacidad el porcentaje llega al 17%. Por lo anterior, ONU Mujeres señala que entre los obstáculos para el acceso y permanencia en el sistema educativo se encuentran la falta de voluntad de la comunidad educativa y la falta de apoyos o ajustes de movilidad.  En este estudio, la ONU Mujeres concluye que, “la educación se ubica como una de las principales prioridades y acciones que debe realizar el gobierno nacional, local y la cooperación internacional para mejorar la calidad de vida e inclusión social de las personas con discapacidad en Colombia”. De este modo, la principal recomendación, en procura de la dignidad de las personas negras con discapacidad, es el fortalecimiento y unificación de sistemas de registros y caracterización, los cuales cumplen un papel fundamental en la toma de decisiones para mejorar las condiciones de acceso, tal y como se requiera a los sistema nacionales de Salud y Educación, dando espacios a las voces de las personas con discapacidad, para que estos cambios se realicen desde la diversidad y desde un enfoque de género y étnico-racial. 

Sin justicia de datos no hay justicia racial: una investigación sobre invisibilidad estadística y su impacto en los derechos de la población afro

En el marco de las conmemoraciones del pasado 21 de marzo, Día Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial, ILEX Acción Jurídica realizó el lanzamiento del documento ‘La invisibilidad estadística de la población afrocolombiana y su impacto en los derechos humanos’, una investigación que analiza el ciclo de invisibilidad estadística y las graves vulneraciones de derechos ligadas a esta forma de discriminación de la población étnica en Colombia y América Latina. A partir de un estudio de fuentes secundarias de carácter doctrinal, normatividad nacional e internacional, así como experiencias de litigio -como el llevado a cabo en contra del Censo de 2018 en Colombia-, el documento presenta valiosos apuntes sobre la necesidad de reconocer esta forma de discriminación como un asunto que debe ser enfrentado por los estados con acciones concretas, que eliminen el patrón de marginación y desigualdad a la que ha sido sometida la población afrodescendiente. (También puedes leer: Corte Constitucional reconoce que el Censo del 2018 vulneró los derechos de la población afrocolombiana y ordena tomar medidas para mitigar impactos) Daniel Gómez-Mazo, director de investigaciones de ILEX Acción Jurídica, afirmó que la investigación surgió a raíz de las dificultades presentadas en la contabibilización de la población afrodescendiente en el Censo Nacional realizado por el DANE en 2018. De acuerdo con la sentencia  T-276 de 2022 de la Corte Constitucional, una variedad de factores, incluyendo errores cometidos por el DANE durante el proceso de ejecución del Censo 2018, dieron lugar a la disminución significativa en el número de personas contabilizadas como afrodescendientes, vulnerando así los derechos fundamentales a la igualdad, al reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, a la información de calidad y a la materialización progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales de esta población. Este “daño irreversible” en la visibilización estadística de las comunidades afrocolombianas, aseguró la Corte, afecta el “reconocimiento oficial de las diversidades en la población colombiana” y “obstruye el diseño de políticas públicas idóneas que permitan superar las enormes brechas que golpean de forma desproporcionada a las poblaciones afrocolombianas”. De acuerdo con Mazo, el documento fue desarrollado desde una perspectiva de investigación aplicada en derechos humanos, con el objetivo de entender cómo se contabiliza a la población afro en estos procesos estadísticos e indentificar las vulneraciones de derechos que genera la invisibilidad estadística. “Se piensa que este es un tema técnico, pero no se tiene conciencia sobre las implicaciones que este tema tiene en derechos humanos. La producción de información estadística es fundamental para que el estado pueda desarrollar acciones concretas, políticas públicas, en sus distintos, para atender esas brechas de desigualdad y, en últimas, para garantizar los derechos humanos de grupos históricamente discriminados”, explicó el abogado. Y agregó: “Para alcanzar condiciones de justicia racial es indispensable contar con visibilidad estadística, esto no solo vulnera a la población afrodescendiente, sino que entorpece el accionar del Estado”. “Para alcanzar condiciones de justicia racial es indispensable contar con visibilidad estadística, esto no solo vulnera a la población afrodescendiente, sino que entorpece el accionar del Estado”. Las palabras de Daniel Mazo van en la misma línea de las declaraciones de la comisionada de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Margarette Macaulay, quien ha señalado que “los afrodescendientes que no han sido cubiertos por censos anteriores son invisibilizados actualmente. Si quisieran pedir sus derechos no podrían porque no hacen parte de la población reconocida de Colombia”.  La investigación también analizó los impactos diferenciados de la invisibilidad estadística en la población afrodescendiente en países como Brasil, Perú y México.  De igual forma, se estudiaron los entreverados de esta problemática en Colombia, teniendo como punto de partida el contexto reciente de la crisis social, económica y de salud generada por el COVID-19.  “Cuando un estado no conoce la información detallada de su población no puede tomar decisiones adecuadas, y las decisiones que toma a partir de estas estadísticas van a estar erradas. Cuando la población no se toma en cuenta dentro de las estadísticas, cuando los censos no definen la pertenencia étnico-racial, se invisibilzan las brechas de desigualdad”, afirmó Eliana Alcalá, abogada de ILEX Acción Jurídica. El documento finaliza con recomendaciones a las entidades que de una u otra forma tienen la obligación por revertir los efectos de este fenómeno y empezar a captar información desagregada en aplicación a un enfoque diferencial étnico-racial. Primero, se invita a las instituciones a reconocer que se debe generar un debate y reflexión sobre la posibilidad de ampliar los mecanismos usados para captar la pertenencia étnico-racial, pues aunque el autorreconocimiento es irremplazable y debe ser el factor principal para definir la identidad étnico-racial, este se debe complementar con otros instrumentos. “Para que un proceso de captación estadística tenga una consistencia amplia y verídica, se debe priorizar el uso de estrategias de heterorreconocimiento y no ceñirse sólo al autorreconocimiento”, manifestó por su parte Abraham Caraballo, economista de ILEX Acción Jurídica. (Te recomendamos leer: Diez recomendaciones para la creación y puesta en marcha del Ministerio de la Igualdad en Colombia) El documento también recomienda que se establezca de manera obligatoria la captación de la variable étnico-racial en todas los instrumentos de recolección de información del Estado y capacitar a los encuestadores en los censos nacionales, encuestas y demás receptores/ras de información dentro de la institucionalidad. Finalmente, se recomienda que las entidades privadas que realizan estudios de percepción, opinión y otros, en las diferentes ciudades, incluyan dentro de sus variables sociodemográficas el enfoque étnico-racial. LA INVISIBILIDAD ESTADÍSTICA DE LA POBLACIÓN AFROCOLOMBIANA Y SU IMPACTO EN LOS DERECHOS HUMANOS   La invisibilidad estadística de la población afrodescendiente genera un desconocimiento de las condiciones sociales, económicas y políticas de la población, que al final se ve reflejada en la falta de formulación de políticas que respondan de manera efectiva a las condiciones históricas de discriminación, configurándose con esta situación una expresión más de la discriminación estructural.

Abrimos convocatoria laboral para el cargo de Coordinador/a de la línea de Derechos Territoriales

ILEX Acción Jurídica es una organización de la sociedad civil liderada por abogadas afrodescendientes, dirigida a impulsar estrategias de movilización legal, comunicaciones e investigación social, con enfoque interseccional, para alcanzar la justicia racial y contribuir al goce efectivo de los derechos de las comunidades y personas afrodescendientes en Colombia. La organización se encuentra actualmente en búsqueda de un/a abogado/a para el cargo de coordinador/a de la línea de Derechos Territoriales y Justicia Ambiental. También buscamos una abogada con experiencia en derecho constitucional que apoye nuestras iniciativas para la garantía de derechos sexuales y reproductivos de mujeres negras/afrodescendientes. Coordinador/a de la línea de Derechos Territoriales y Justicia Ambiental Perfil requerido Tipo de contrato: Prestación de servicios. Honorarios: Cinco millones de pesos colombianos ($ 5’000.000) Abogada Perfil requerido Tipo de contrato: Prestación de servicios. Honorarios: Cinco millones de pesos colombianos ($ 5’000.000) Fecha límite de postulación: viernes 17 de marzo de 2023. Postúlate

Instamos a los Estados miembros de la ONU a apoyar la resolución que renueva el mandato del Relator Especial de derechos humanos

ILEX Acción Jurídica se suma a la carta en la que 168 organizaciones de la sociedad civil instan a los Estados miembros de la ONU a resistir “cualquier intento de diluir el mandato o las obligaciones de los Estados y apoyar la renovación consensuada del mandato”. Las personas defensoras de los derechos humanos son personas que actúan con humanidad, sirven a la humanidad y contribuyen a sacar lo mejor de ella. Son fundamentales en nuestra vida cotidiana: trabajan para que nuestros gobiernos sean más transparentes y rindan cuentas, para que nuestro medio ambiente esté más limpio y seguro, y para que nuestras escuelas y lugares de trabajo sean más justos y nuestro futuro más sostenible. Al enfrentarse al poder, los privilegios y los prejuicios, los defensores y defensoras de los derechos humanos se enfrentan con frecuencia a un amplio abanico de riesgos y amenazas, tanto contra sus organizaciones como contra sus familias, amigos y seres queridos. A pesar de su vital contribución, tanto algunos gobiernos como agentes no estatales siguen intentando silenciar a las personas defensoras de derechos humanos cuando denuncian injusticias y exigen rendición de cuentas para todes. El mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de las y los defensores de los derechos humanos es esencial para su protección y reconocimiento en todo el mundo. Su misión es recopilar información sobre la situación de los defensores en todo el mundo, colabora constructivamente con gobiernos y agentes no estatales y ofrece recomendaciones de expertos para promover la aplicación efectiva de la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos” (Declaración sobre los defensores de los derechos humanos). (Te recomendamos leer: La violencia policial racista es sistemática y debe ser visibilizada: Mecanismo de Expertxs Independientes ante la ONU) En 2023 se cumplen 25 años desde que la Asamblea General de la ONU adoptó la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos. La adopción de la Declaración fue un momento crucial en la historia de los derechos humanos, en el que se articuló la forma en que la legislación vigente sobre derechos humanos se aplica a la situación de los defensores de los derechos humanos, se reconoció la importancia y legitimidad de la actividad de defensa de los derechos humanos y la necesidad de protegerla junto con quienes la llevan a cabo. Es oportuno que este importante aniversario coincida con el 75 aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, lo que refleja el papel integral que desempeñan los defensores de los derechos humanos en la realización de los derechos humanos universales. En 2022, el Consejo de Derechos Humanos reafirmó la importancia de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos y su aplicación plena y efectiva, y que promover el respeto, el apoyo y la protección de las actividades de los defensores de los derechos humanos, incluidas las defensoras de los derechos humanos, es esencial para el disfrute general de los derechos humanos, incluso en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos. En 2021, la Asamblea General aprobó por consenso con 85 Estados copatrocinadores una resolución en la que se reconocía el importante y legítimo papel que desempeñaron los defensores de los derechos humanos en la respuesta al COVID-19, así como los retos a los que se enfrentaron como consecuencia de ello. (También puedes leer: ¿Cómo superar el amplio subregistro de las violencias contra líderes y lideresas afro en Colombia?) En la 52ª sesión del Consejo, los Estados considerarán una resolución que prorrogue el mandato del Relator Especial por tres años. Esta es una oportunidad clave para que los Estados y el Consejo demuestren su apoyo y reconocimiento al papel indispensable que desempeñan los defensores de los derechos humanos para garantizar que todas las personas disfruten de libertad, dignidad, justicia e igualdad. Por lo tanto, nuestras organizaciones instan a todos los Estados a apoyar la resolución que renueva el mandato del Relator Especial de la ONU sobre la situación de los defensores de los derechos humanos mediante: Atentamente,

Mes de la Historia Negra: ¿qué significa y por qué se celebra?

En Estados Unidos, del 1 de febrero hasta el 1 de marzo, se celebra el Mes de la Historia Negra, que se celebra principalmente para reconocer y resaltar los aportes de la diáspora afroaméricana al desarrollo del país. Además, se busca poner sobre la agenda pública la discriminación, el racismo y abusos con las que se han tenido que luchar durante años, y que siguen siendo el diario vivir de muchas personas afrodescendientes en EEUU.  Esta celebración se ha dado desde 1915, cuando Carter G. Woodson inspirado por la conmemoración de los 50 años de la emancipación de la comunidad afroaméricana, dio inicio a la celebración de la Semana de la Historia Negra y a la conformación de una asociación que se encargaría de estudiar de manera científica la vida e historia de las personas negras. Esta asociación hoy lleva por nombre ASALH (Asociación para el Estudio de la Vida y la Historia de los Afroamericanos). Para Woodson y su coequipero, en ese entonces ministro Jesse E. Moorland, era importante que las personas negras fueran conscientes de su historia, de las contribuciones al país y a sus luchas.  Esta revolución alrededor de dignificar la existencia de les afrodescendientes, creó todo un movimiento que no solamente creció y destacó desde distintos aspectos sociales, políticos y económicos la huella que ya había marcado la historia de todo un pueblo, sino que también fue la inspiración de quienes comenzaban a ser parte de una nueva sociedad, en la que tendrían que enfrentar los retos de su existencia.  En un evento público, las palabras del académico ante estudiantes del Instituto Hampton fueron: “Vamos a volver a esa hermosa historia y nos va a inspirar a logros más grandes”.  Luego en 1976 y tras un arduo camino de consciencia, el ex presidente Gerald R. Ford, quien instó a los estadounidenses a “buscar la oportunidad para honrar los logros de los afroestadounidenses, con mucha frecuencia ignorados, en todas las áreas de actividad de nuestra historia”, anunció el primer mes de la historia negra, que además, desde un principio estuvo enmarcado con la fecha de nacimiento de Fredrick Douglass, líder del movimiento abolicionista y del presidente Abraham Lincoln.  A lo largo de esta celebración se han destacado otros nombres y celebridades que también siguieron forjando el camino hacía la visibilidad, no solo de la historia y de los logros que como población fueron alcanzando, sino también de la continuación de las muchas formas de intolerancia, racismo y discriminación estructural que sigue cobrando vidas y vulnerando los derechos de la comunidad afroaméricana.  Anualmente esta celebración enfoca la agenda y el discurso en distintos temas que siguen atravesando la realidad de les afroestadounidenses y para 2023, se tuvo en cuenta la “Resistencia negra”, esto a raíz de los casos de violencia policial que le han dado la vuelta al mundo en los últimos años y como lo mencionó oficialmente la ASALH: “Este es un llamamiento a todos, dentro y fuera de la academia, para estudiar la historia de las respuestas de los estadounidenses negros para establecer espacios seguros, donde la vida negra pueda sostenerse, fortificarse y respetarse”.

Comunidades negras del Caribe podrían tardar más de 60 años en obtener los títulos de sus territorios ancestrales o comunitarios

En el ‘muntú’ de las comunidades negras de Colombia, el vivir dignamente ha estado ligado a un continuum de modelos ancestrales de organización espiritual,  social, económica, política y cultural de armonía con su entorno. El territorio es la base de la construcción de la autonomía y autodeterminación de esta población. El espacio en el que se crea y recrean constantemente su identidad cultural.  La garantía de los derechos colectivos sobre los territorios de las comunidades negras es un requisito indispensable para la pervivencia de su espíritu. Es en este espacio ancestral, material y simbólico sobre el cual se desarrollan sus prácticas tradicionales de producción, utilizadas desde tiempos seculares para “garantizar la conservación de la vida y el desarrollo autosostenible”, según reseña un apartado de la Ley 70 de 1993.  Sin embargo, a pesar de los avances en materia de políticas públicas, el camino hacia la titulación de la propiedad colectiva implica para las comunidades negras recorrer una  pendiente cuesta arriba plagada de barreras institucionales  para la implementación del debido proceso y largas demoras para la adjudicación de las titulaciones. Hernando Vega, representante del Consejo Comunitario Curazao Giovanny Vega, ubicado en el municipio de San Juan del Cesar (La Guajira), afirma que las trabas en el procedimiento han ido apagando el sueño de la titulación en varias comunidades de su región. “Inicialmente teníamos muchas expectativas pero no imaginamos que este iba a ser un proceso tan tedioso”, reclamó.  El líder comunitario solicitó a la Agencia Nacional de Tierras -entidad encargada de los temas formalización y reconocimiento de los derechos sobre la propiedad rural-  tener en cuenta que son “comunidades pobres, víctimas del conflicto armado, y no contamos con un rubro económico para hacer todas las diligencias a las que nos someten a lo largo del proceso. Siempre está uno actualizando, pagando impuestos para mantener la documentación vigente de los predios para adquirir la titulación colectiva o lograr que ellos compren la tierra”.  Los resultados sobre las titulaciones en los últimos años esbozan un panorama desalentador. De acuerdo con cifras de la ANT documentadas por un informe realizado por ILEX Acción Jurídica, en el país hay alrededor  de 400 comunidades negras a la espera de que sus derechos territoriales sean reconocidos por una institucionalidad que se ha caracterizado por el incumplimiento en las ejecuciones presupuestales asignadas para estos asuntos, y por fallar en la implementación de los “planes de choque” que con los que se pretende remediar esta problemática del rezago.  El estudio titulado ‘Desafiando las alambradas: análisis de las barreras que impiden el acceso a los derechos territoriales de las comunidades negras en la región Caribe’, documenta que para el 2021 el 47 por ciento de las solicitudes en el Caribe estaba en estado “rezago” y  un número alto de solicitudes en etapa preliminar calificadas como “incompletas” hoy “peticiones”. Situación que representa una doble vulneración a los derechos fundamentales de estas comunidades negras, algunas de estas víctimas del conflicto armado, puesto que, conforme a lo afirmado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-371 de 2014, la protección de los derechos ancestrales de los pueblos étnicos está íntimamente relacionada con los derechos a la identidad cultural y, por ende, ligada a la subsistencia de los mismos. “Persiste la necesidad de apostarle a un real esfuerzo fiscal, no sólo con relación a la disposición de mayores recursos que permitan avances significativos, sino la correcta ejecución de estos, dado que las cifras que fueron objeto de análisis evidencian que existe una relación entre los resultados y la ineficiente ejecución de los recursos, por tanto, la planeación e implementación de los planes de acción presentes y futuros debieran compensar los resultados ya expuestos”, señala el documento. “Persiste la necesidad de apostarle a un real esfuerzo fiscal, no sólo con relación a la disposición de mayores recursos que permitan avances significativos, sino la correcta ejecución de estos, dado que las cifras que fueron objeto de análisis evidencian que existe una relación entre los resultados y la ineficiente ejecución de los recursos” No obstante, agrega el estudio, para el 2020 las hectáreas tituladas en esta región sólo representaron el 0,08% de las más de cinco millones de hectáreas del territorio nacional pertenecientes a las comunidades negras del país. La inmensa mayoría, el 99,5%, se encuentra en el Pacífico, y un 0,31% restante en la zona Interandina.  De acuerdo con el mapeo presentado por la investigación,  a la fecha existen 22 comunidades negras con título colectivo en el Caribe, de éstas, ocho se ubican en el departamento de Bolívar, siete en La Guajira, tres en Magdalena y dos en el Atlántico.  Córdoba y Sucre solo cuentan con un caso, respectivamente.  “Persiste la necesidad de apostarle a un real esfuerzo fiscal, no sólo con relación a la disposición de mayores recursos que permitan avances significativos, sino la correcta ejecución de estos, dado que las cifras que fueron objeto de análisis evidencian que existe una relación entre los resultados y la ineficiente ejecución de los recursos, por tanto, la planeación e implementación de los planes de acción presentes y futuros debieran compensar los resultados ya expuestos”, señala el documento. No obstante, agrega el estudio, para el 2020 las hectáreas tituladas en esta región sólo representaron el 0,08% de las más de cinco millones de hectáreas del territorio nacional pertenecientes a las comunidades negras del país. La inmensa mayoría, el 99,5%, se encuentra en el Pacífico, y un 0,31% restante en la zona Interandina.  De acuerdo con el mapeo presentado por la investigación,  a la fecha existen 22 comunidades negras con título colectivo en el Caribe, de éstas, ocho se ubican en el departamento de Bolívar, siete en La Guajira, tres en Magdalena y dos en el Atlántico.  Córdoba y Sucre solo cuentan con un caso, respectivamente.  El estudio, fruto del trabajo investigativo de la línea de Derechos territoriales y titulación colectiva de ILEX Acción Jurídica, identificó que tanto la ausencia de progresividad en la titulación en la región, como el aumento de las aspiraciones territoriales sin atención ni acompañamiento estarían …

Comunidades negras del Caribe podrían tardar más de 60 años en obtener los títulos de sus territorios ancestrales o comunitarios Leer más »

Crisis climática amenaza la biodiversidad y supervivencia de los territorios afro del Colombia

Además de albergar a un gran número de comunidades afrodescendientes de nuestro país, en el Litoral Caribe y el Chocó biogeográfico se concentran gran parte de los territorios colectivos que se han adjudicado o se encuentran en procesos de titulación colectiva en el marco de la Ley 70 de 1993. En este orden de ideas, la mirada étnico racial debe ser central en la conversación sobre la adaptación y mitigación de este fenómeno mundial que afecta de forma desproporcional a los grupos étnicos del país.. En la actualidad sabemos que el litoral caribe cuenta con una baja cobertura boscosa que cada día disminuye más exponiéndose a que fenómenos como las sequías e inundaciones se manifiesten de forma más extrema en cada periodo seco y de lluvias. De la misma forma, el Chocó biogeográfico, identificado como el lugar más biodiverso del planeta por unidad de área, experimentará la pérdida acelerada de especies de fauna y flora debido principalmente a la degradación forestal, la deforestación, así como la elevación de las temperaturas medias del océano que afectan directamente el ecosistema manglar. Conforme al índice poblacional del DANE (2018), las comunidades negras que se verán mayormente  afectadas por estos modificaciones propias del cambio climático estarían en todos los departamentos del Chocó biogeográfico (Valle del Cauca, Chocó, Cauca y Nariño); y en los departamentos de Bolívar, Cesar, Atlántico y Magdalena para el Caribe.  La emergencia no da tregua. En La Guajira, la aridez de las tierras y los crecientes fenómenos climáticos extremos, aunados a otros desafíos socioeconómicos, han generado condiciones adversas para el Pueblo Indígena Wayuú en lo que respecta a cultivar y criarganado. Como resultado, muchas comunidades indígenas se encuentran en un alto grado de vulnerabilidad a la inseguridad alimentaria, según se destaca en un informe de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura – FAO (2021). Ya en el Chocó biogeográfico, la comunidad del territorio colectivo y ancestral de COCOMASUR, ubicado sobre la cuenca del río Tolo y la zona costera sur del municipio de Acandí, ha emprendido desde el 2005 estrategias para afrontar el cambio climático y asegurar la subsistencia y la permanencia de las familias; esto ha implicado esfuerzos comunitarios, compromiso y entrega de hombres y mujeres que trabajan de forma voluntaria para conservar y proteger los bosques, la biodiversidad y la comunidad dentro del territorio colectivo. En este orden de ideas, es trascendental reconocer los elementos de la biodiversidad que convierten a estas regiones en dos lugares claves para la supervivencia de la vida en el planeta Tierra.  Se extiende desde el Cabo Tiburón en el Golfo de Urabá, al Noroccidente del país, y en su extremo oriental con Venezuela, hasta el Hito Castilletes. Cuenta con una extensión cercana a los 1.642 kilómetros cuadrados. El clima en el Caribe colombiano es modulado por la posición geográfica de la zona de convergencia intertropical y por el movimiento meridional del sistema de monzones americanos (Andrade, 2000). Algunos de los fenómenos climatológicos más frecuentes en el litoral Ccaribe colombiano relacionados con la intervención de los vientos son Ciclones tropicales, Ondas tropicales, Marejadas y Mar de leva. Colombia ocupa la mayor parte de la cuenca occidental de la extensión del Caribe. Este mar semicerrado, de aguas cálidas y de relativa poca profundidad, presenta características ambientales complejas que determinan una gran cantidad de especies y de endemismos.  El mar Caribe está influenciado, además, por gran cantidad de aporte fluviales provenientes de la Sierra Nevada de Santa Marta, del Rió Magdalena y en sector suroccidental de los ríos Atrato y Sinú. RECURSOS HÍDRICOS La vertiente Caribe está conformada por los ríos que vierten sus aguas directamente o a través de alguno de sus afluentes al mar Caribe. Entre dichos ríos, los más importantes son El Magdalena y sus tributarios, el río Atrato y sus tributarios y los ríos Sinú, San Jorge y Ranchería, entre otros.  Dada la gran cantidad de cuencas y microcuencas definidas (más de 700.000), Colombia es uno de los países más ricos en recursos hídricos. En la cuenca de la región Caribe se vierten 15.430 m3/s de agua (IDEAM, 2008)  La tabla 1 muestra los principales afluentes y su caudal. Las ciénagas han sido clasificadas independientemente, se han reportado 1900 ciénagas plenamente identificadas que cubren 451.419 ha y 13000 cuerpos de agua no identificados que cubren cerca de 130.000 ha. Tabla 2, es importante mencionar que casi el 60 % de las mencionadas áreas están ubicadas en los departamentos de Bolívar y Magdalena.  BIOMAS TERRESTRES Los biomas (zonas bioclimáticas) son unas divisiones apropiadas para organizar el mundo natural debido a que los organismos que viven en ellos poseen constelaciones comunes de adaptaciones, particularmente al clima de cada una de las zonas y a los tipos característicos de vegetación que se desarrollan en ellos. Dentro de los elementos primarios que determinan los diferentes biomas se cuentan el clima, los suelos y la vegetación. Dentro de cada uno de los biomas hay asociaciones animales y vegetales que les son propias, con un componente de biodiversidad específico dependientes del clima y la vegetación y sus adaptaciones. Desde el nivel del mar hasta las colinas adyacentes de la región de la costa Caribe continental, especialmente de la Serranía de la Macuira y el basamento de la Sierra Nevada de Santa Marta, es probable encontrar tipos de vegetación terrestre como cardonales, Bosque Seco Tropical y bosque de colinas (Rangel et al.,1997). ECOSISTEMAS MARINOS La pérdida de hábitat litorales es un problema de dimensiones globales que afecta a muchos de los medios marinos más ricos y productivos en biodiversidad. Casi la mitad de las marismas y manglares del mundo han sido despejados, desecados, tapiados o terraplenados. Del 5% al 10% de los arrecifes coralinos del mundo han sido prácticamente eliminados por contaminación o destrucción directa y otro 60% corre el riesgo de desaparecer en los próximos 20 años. Incluso las playas -que no son especialmente productivas, pero que son esenciales para muchas especies marinas, como las tortugas – están en peligro, ya …

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Abrimos convocatoria laboral para Coordinadorx administrativx

ILEX Acción Jurídica es una organización de la sociedad civil liderada por abogadas afrodescendientes, dirigida a impulsar estrategias de acción jurídica, comunicaciones e investigación social con enfoque interseccional, para contribuir al goce efectivo de los derechos de las comunidades y personas afrodescendientes en Colombia. La organización se encuentra actualmente en búsqueda de unx coordinadorx administrativx. Invitamos a profesionales pertenecientes a población afrodescendiente, mujeres y LGBTIQ+ a presentarse a esta convocatoria. Coordinador/a administrativo/a Perfil requerido Postúlate