Análisis de dos pandemias: racismo y crisis de la salud pública en Colombia
«Los impactos del COVID-19 para la garantía de los derechos a la salud, locomoción y territorio de la población afrocolombiana»
«Los impactos del COVID-19 para la garantía de los derechos a la salud, locomoción y territorio de la población afrocolombiana»
Ref: Intervención ciudadana en la acción de tutela T-8.020.871 , instaurada por José Ilder Díaz Benavides y otros contra Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA y otros Compartir en facebook Compartir en twitter Compartir en linkedin Aliados: Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo- Cider de la Universidad de los Andes. Litigio que buscaba detener la reanudación de las aspersiones con glifosato en los territorios que habían sido afectados, especialmente territorios indígenas, campesinos y consejos comunitarios de las comunidades negras, sin previa consulta previa ni garantizando mecanismos de participación efectivos. Ilex no participó directamente en el litigio, sin embargo, presentó intervención en el proceso ante la Corte Constitucional, exponiendo los peligros de lo que el asunto en cuestión representa para las comunidades negras Documentos
Intervención ciudadana de Ilex Acción Jurídica en la Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 122 de la Ley 599 de 2000. Expediente D- 13956 con copia al proceso D0013856. Compartir en facebook Compartir en twitter Compartir en linkedin Aliados: La COMADRE de AFRODES, Corporacion Instituto Internacional de Raza, Igualdad y DerechosHumanos ( Raza e Igualdad), la Asociación deEconomistas Negras “Mano Cambiada” Litigio de acción de inconstitucionalidad frente al artículo 122 del código penal, que penaliza la interrupción voluntaria del embarazo, a través de un amicus. Se persigue la despenalización en defensa de los derechos de las personas gestantes, especialmente el derecho a la salud sexual y reproductiva, la libertad. Documentos
Compartir en facebook Compartir en twitter Compartir en linkedin Las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado constituyen violaciones de los principios fundamentales de la normativa internacional de derechos humanos y del derecho internacional humanitario. CONFERENCIA MUNDIAL Y ASAMBLEA GENERAL DEDICADA EL MILENIO DECLARACIÓN Y PROGRAMA DE ACCIÓN DE VIENA La Coordinación de Mujeres Afrocolombianas Desplazadas en Resistencia – La COMADRE- es un colectivo de mujeres afrocolombianas víctimas del conflicto armado, perteneciente a la Asociación Nacional de Afrocolombianos Desplazados (AFRODES). Es un proceso organizativo horizontal que agrupa aproximadamente 7.000 mujeres afrocolombianas víctimas del conflicto armado de 26 territorios y 14 departamentos del país. En su trayectoria ha desarrollado un proceso continuo de más de 15 años de diálogo y articulación que han permitido consolidarse como sujetas políticas centrales de los procesos institucionales, a través de los cuales el Gobierno colombiano ha ido construyendo las respuestas institucionales para proteger y garantizar los derechos de las mujeres afrocolombianas víctimas del conflicto armado. Pero, ante todo, La COMADRE se ha consolidado como alternativa autónoma para acompañar a las mujeres en la superación de los graves impactos que han experimentado como grupo poblacional más afectado. El 8 de marzo de 2017, la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) notificó su decisión de incluir a la COMADRE en el RUV como sujeto de reparación colectiva étnica en aplicación del Decreto Ley 4635 de 2011, a través de la Resolución No. 2016-244846.Sin embargo, el 30 de mayo de 2018 indicó que el proceso de reparación colectiva debía ser abordado bajo los lineamientos de la Ley 1448 de 2011, argumentando que no se cumplían con los presupuestos para considerar a la COMADRE como una comunidad negra, afrocolombiana, raizal o palenquera en los términos del Decreto 4635 de 2011. Hoy se cumplen 5 años de la Resolución No. 2016-244846. Cinco años sin avances en la consolidación de una forma integral de reparación que las consulte como mujeres víctimas étnicas sujetas de reparación. Resulta desproporcionado que el Estado no concrete procesos de reparación propios de sujetos colectivos étnicos por falta de interpretación de las normas y jurisprudencias nacionales e internacionales. Por todo lo anterior, La COMADRE exige respuestas urgentes y acciones contundentes por parte del Estado colombiano dirigidas a activar la Ruta de reparación colectiva étnica para la protección de los derechos territoriales. Específicamente, ordenar a la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas – UARIV, y al Ministerio del Interior que de manera inmediata sigan con el proceso de reparación colectiva de LA COMADRE bajo los términos del Decreto Ley 4635 de 2011 y no de la Ley 1448 de 2011, en aras de desarrollar el Plan Integral de Reparación Colectiva y acceder a la reparación del daño ocasionado por el conflicto armado.