Jahdiel Orozco

Ref: Intervención ciudadana en la acción de tutela T-8.020.871 , instaurada por José Ilder Díaz Benavides y otros contra Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA y otros

Ref: Intervención ciudadana en la acción de tutela T-8.020.871 , instaurada por José Ilder Díaz Benavides y otros contra Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA y otros Compartir en facebook Compartir en twitter Compartir en linkedin Aliados: Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo- Cider de la Universidad de los Andes. Litigio que buscaba detener la reanudación de las aspersiones con glifosato en los territorios que habían sido afectados, especialmente territorios indígenas, campesinos y consejos comunitarios de las comunidades negras, sin previa consulta previa ni garantizando mecanismos de participación efectivos. Ilex no participó directamente en el litigio, sin embargo,  presentó intervención en el proceso ante la Corte Constitucional, exponiendo los peligros de lo que el asunto en cuestión representa para las comunidades negras Documentos

Intervención ciudadana de Ilex Acción Jurídica en la Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 122 de la Ley 599 de 2000. Expediente D- 13956 con copia al proceso D0013856.

Intervención ciudadana de Ilex Acción Jurídica en la Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 122 de la Ley 599 de 2000. Expediente D- 13956 con copia al proceso D0013856. Compartir en facebook Compartir en twitter Compartir en linkedin Aliados: La COMADRE de AFRODES, Corporacion Instituto Internacional de Raza, Igualdad y DerechosHumanos ( Raza e Igualdad), la Asociación deEconomistas Negras “Mano Cambiada” Litigio de acción de inconstitucionalidad frente al artículo 122 del código penal, que penaliza la interrupción voluntaria del embarazo, a través de un amicus. Se persigue la despenalización en defensa de los derechos de las personas gestantes, especialmente el derecho a la salud sexual y reproductiva, la libertad. Documentos

CIDH, informe de dd.Hh y discriminación racial en colombia en contextos de protesta

CIDH, INFORME DE DD.HH Y DISCRIMINACIÓN RACIAL EN COLOMBIA EN CONTEXTOS DE PROTESTA Compartir en facebook Compartir en twitter Compartir en linkedin El paro nacional iniciado el pasado 28 de abril y que ya  cumple más de 60 días, se ha caracterizado por la resistencia., especialmente de la población joven, las demostraciones artísticas y la confluencia de distintos sectores sociales y políticos. También han sido persistentes, múltiples y sistemáticas, las vulneraciones a derechos humanos por parte de la Policía nacional y su Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD). De acuerdo con la ONG Temblores entre el 28 de abril y 26 de junio de 2021, se registran 4.687 casos de violencia policial entre los que se encuentran violencia sexual, física, detenciones arbitrarias e intervenciones violentas, en su mayoría, caracterizadas por el uso desproporcional e innecesario de la fuerza.   Estas alarmantes cifras se conjugan con la militarización de las ciudades, entre ellas Cali, Buenaventura, Buga, Yumbo y Palmira (Valle del Cauca),  Pasto e Ipiales (Nariño), Popayán (Cauca), Bucaramanga (Santander), Pereira (Risaralda), Madrid y Facatativá (Cundinamarca), y Neiva (Huila), así con medidas de toque de queda, restricciones por parte de mandatarios locales, y la criminalización de las manifestaciones.  Aunado a esto, el ministro del interior, Daniel Palacios,  anunció una modificación al Decreto 003 de 2021 por medio del cual se expidió el Estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a La Protesta Pacífica Ciudadana, en el sentido de establecer que las protestas que se valgan de bloqueos no serán consideradas pacíficas, desconociendo que la Corte Constitucional,  ha manifestado que la interrupción de la normalidad social es inherente al ejercicio de este derecho, pues lo que persigue es llamar la atención sobre las demandas de la sociedad civil.   Esta tendencia represiva del derecho a la protesta por parte del Gobierno, a través de la Policía, afecta diferencialmente a las personas afrodescendientes que en razón del racismo son estereotipadas, consideradas como un peligro, perfiladas como criminales. También, se ven afectadas las personas que les atraviesan categorías de opresión como clase, sexo y género. Estas personas, fuera del contexto de las protestas, tienen una mayor interacción con la Policía, por lo general, mediada por la excesiva vigilancia, registros y/o controles injustificados, detenciones arbitrarias, el uso excesivo de fuerza, malos tratos y asesinatos.   También puedes leer el blog ‘Con orgullo y luchando por nuestra ciudadanía.  Lo anterior, fue confirmado en las observaciones formuladas por la CIDH con base en su visita de trabajo en el marco del paro nacional, entre las cuales manifestó que en el país se presenta una discriminación histórica y estructural hacia afrodescendientes e indígenas y que observa con preocupación la utilización del perfilamiento étnico-racial, los traslados por protección indiscriminadamente, las detenciones arbitrarias y abusos a los que se encuentran expuestos.   Aunado a ello, la CIDH recomienda sistematizar los datos desagregados con la variable étnico racial sobre víctimas en conjunto con la población civil, esclarecer las denuncias de violaciones a derechos humanos, generar diálogos con enfoque territorial, evitar la estigmatización y discursos de odio por parte de autoridades, reestructurar la formación de la Policía Nacional y sacar la institución del ministerio de defensa.  La violación a derechos humanos, desatada en el marco de las protestas, llamó la atención incluso de la alta comisionada de Naciones Unidas para los derechos humanos, quien en su informe Promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los africanos y los afrodescendientes frente al uso excesivo de la fuerza y otras violaciones de los derechos humanos por agentes del orden, hace mención a la investigación de Abuso Policial Racista realizada por Ilex, la cual halló que para el año 2019 en las localidades de Usme y Kenedy en Bogotá D.C.   “El perfilamiento racial en la imposición de medidas correctivas se concentra en aquellas personas que tienen la tonalidad de piel más oscura. Personas de tonalidades más oscuras tienen 2,67 más probabilidades de interactuar con la policía y 2,57 mayor probabilidad de ser detenidas, llevadas al área restringida, multadas o requisadas”, se cita en el texto. A pesar de que la alta comisionada pasó por alto mencionar datos específicos sobre violencia policial contra personas afrodescendientes en Colombia en el marco del paro nacional iniciado en abril de 2021, su informe sí es claro en establecer la sistematicidad de la violencia contra estas por parte de la Fuerza Pública.  Las conclusiones del informe reflejan la realidad de Colombia, que a pesar de contar con alta presencia de población negra/afrodescendiente, es un país racista. Las tasas de necesidades básicas insatisfechas, inseguridad y violencia se concentran en los sectores habitados mayoritariamente por la población afrodescendiente sobre la que reposan estereotipos que la asocian con la criminalidad. Estos estereotipos fundados en el racismo permean toda la estructura estatal.   Por esta razón, la vigilancia y persecución por parte del personal que ejerce estas funciones en establecimientos de comercio y la esfera pública deriva en requisas injustificadas y al “azar”, uso desproporcionado de la fuerza y malos tratos aludiendo a características fenotípicas de las personas afrodescendientes.  El informe de la comisionada reitera el carácter sistemático del racismo y llama a la acción de los Estados para contrarrestarlo, igualmente resalta el carácter de derecho humano que tiene la protesta y reactiva en la agenda pública internacional, nacional y regional la lucha contra la discriminación racial, especialmente en el uso  excesivo de la fuerza y otras violaciones de los derechos humanos por agentes del orden.  Adicionalemnte, el texto también brinda recomendaciones para lograr la equidad racial para la agenda 2030 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en concordancia con los objetivos de reconocimiento, justicia y desarrollo del decenio de los afrodescendientes, la conmemoración de 20 años de la declaración y programa de acción de Durban, y la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.   La alta comisionada exhorta a los Estados a garantizar la participación de personas afrodescendientes en la toma de decisiones que les afecten y cumplir con los …

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