junio 2023

EN BUENAVENTURA REALIZAMOS EL PRIMER ENCUENTRO DE MUJERES NEGRAS QUE EJERCEN LA LABOR DE CUIDADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y MUJERES NEGRAS CON DISCAPACIDAD

Durante los días 26 y 27 de junio ILEX Acción Jurídica y Fundación Asesorarte, con apoyo del Banco de la República sede Buenaventura, mujeres negras de varias regiones del país se dieron cita para trazar la hoja de ruta y una agenda para la generación de estrategias de incidencia sobre garantías para su labor y acciones claras para quienes cuidan dada su condición de discapacidad y mujeres negras en condición de discapacidad.  Constantemente y en otros espacios las participantes de este encuentro han alzado su voz por el reconocimiento de sus derechos y de quienes cuidan, y en estos dos días, el encuentro permitió el ejercicio de la escucha, el compartir experiencias y saberes que desde sus lugares han podido ejercer, agenciando las necesidades que se presentan de manera recursiva. Sin embargo, sentaron una ruta para iniciar el trabajo colectivo y hacer un llamado al Estado para la atención oportuna de su situación.  Como objetivo principal de este espacio para lideresas negras enfocadas en los cuidados de personas con discapacidad y mujeres negras con discapacidad, se estableció una agenda de incidencia para la formación y la defensa de los derechos económicos, sociales y culturales. Asimismo, generar la primera red que llevará el mismo nombre del encuentro.  Las temáticas que se discutieron durante las jornadas de trabajo fueron el empoderamiento y apoyo mutuo, la defensa de los derechos, el reconocimiento de la labor de cuidado en las mujeres negras, generación de redes y alianzas.Para Audrey Mena, subdirectora de ILEX Acción Jurídica,   este encuentro en liderazgo conjunto con la Fundación Asesorarte y el apoyo del Banco de la República Sede Buenaventura, permitió generar “narrativas y reflexiones que de manera interna se dan en los procesos organizativos, pero de cara a las discusiones nacionales, sobre todo hacia las iniciativas legislativas, planes y programas que impactan la vida de estas mujeres negras. Este espacio fue fundamental para entre nosotras, valorar y discutir sobre el ejercicio de la labor de cuidado por las mujeres negras que constantemente es invisibilizado y subvalorado”.  Impulsar las vocerías y procesos individuales como escenario para reescribir una nueva historia, desde ILEX Acción jurídica, seguimos impulsando y acompañando procesos colectivos, así como esta gran red que se gestó en la ciudad de Buenaventura con la representación de 20 mujeres de todo el país.  Para mayor información: periodista@ilex.com.co, fundacionasesorarte@gmail.com

En Cartagena se lanzó el último informe de invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en sectores de Educación y Justicia en Colombia. 

¿SUPERAR LA DESIGUALDAD RACIAL SIN DATOS?  es el nombre del informe que se lanzará este 24 de mayo en el salón Eréndira del Claustro La Merced de la Universidad de Cartagena en el marco del mes de la Afrocolombianidad. Jurídica, la Invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en los registros administrativos sigue siendo un reto y realiza la entrega del primer informe en los sectores educación y justicia en Colombia, documento en donde se analiza el estado de la invisibilidad estadística en las bases de datos administrativas como el Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia, Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación, secretarías de educación departamentales y distritales, entre otras, generando reflexiones y recomendaciones para la institucionalidad, desde un enfoque de derechos Humanos y de justicia racial.  Para el director de Investigaciones de ILEX Acción Jurídica, Daniel Gómez menciona la importancia de esta investigación en materia de derechos y reconocimiento: “En la sentencia T-276 de 2022, sentencia del Censo realizado en el 2018 por el Dane, la Corte Constitucional retoma una frase que ya había incorporado en una sentencia previa que dice que se contado y cómo, importa en términos de derechos, ello quiere decir que si usted no es visible para el Estado, si no se contabiliza y no da cuenta de su situación, en últimas eso tendría un impacto sobre derechos humanos porque la respuesta del Estado para garantizar esos derechos no lo va a tomar en cuenta de manera adecuada. Este informe lo que hace es visibilizar esa situación, visibiliza el hecho de que hay una parte de la población afrocolombiana que no es contabilizada por los sistemas de información del Estado, y también muestra que cuando es contabilizada, es mal contabilizada”.  La invisibilidad estadística de la población afrodescendiente genera un desconocimiento de las condiciones sociales, económicas y políticas de la población, en este informe se centra en los sectores de educación y justicia: “nos dimos cuenta que en el sector educación hay muchas secretarías departamentales de educación que no tienen datos desagregados de calidad y que den cuenta de cuántos estudiantes afrodescendientes estudian en colegios que están bajo la jurisdicción o competencia de las secretarías de educación. Eso significa que estos establecimientos y el Ministerio de Educación no tienen cómo hacer políticas públicas enfocadas para los estudiantes afros porque no son visibles. Lo que encontramos en los datos del sector justicia es que no hay claridad frente al número de muertes violentas que tienen sobre la población afro, no hay datos de cuántas personas afro hay privadas de la libertad en cárceles o penitenciarias en Colombia, no tenemos conocimiento estadístico del número de personas afro que están siendo objeto de judicialización por la comisión de ciertos delitos y ello impacta gravemente en materia de derechos humanos porque ello significa que las políticas públicas en el sector justicia no pueden responder a la realidad de la población afro”, manifiesta Daniel Gómez.  Así mismo tendremos un espacio para recordar en el marco del aniversario de la sentencia T-128, en el que la Corte Constitucional ordenó al Gobierno Nacional integrar la partería al Sistema de Seguridad Social.  Descarga la publicación dando clic en el siguiente texto:  ¿SUPERAR LA DESIGUALDAD RACIAL SIN DATOS?: La invisibilidad estadística de la población afrodescendiente en los registros administrativos de los sectores de educación y justicia en Colombia. – Ilex Acción Jurídica

EN COMPAÑÍA DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, CIDH FORMALIZÓ E INSTALÓ EL MECANISMO PARA EL SEGUIMIENTO Y RECOMENDACIONES A COLOMBIA EN EL MARCO DEL PARO 2021

¿Para qué sirve este mecanismo? El dia 9 de junio, en el Palacio de San Carlos – Salón Bolívar, participamos en  la instalación del Mecanismo Conjunto de Seguimiento a las Recomendaciones formuladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) durante su visita de trabajo a Colombia, con ocasión de los hechos ocurridos en el marco de las protestas sociales del 2021. Este espacio fue presidido por la Viceministra de relaciones multilaterales, Elizabeth Taylor Jay y el Viceministro de asuntos bilaterales , Francisco J Coy, la secretaria ejecutiva de la CIDH, Tania Reneaum Panszi, Luis Ernesto Vargas, embajador de Colombia ante la OEA y Organizaciones Nacionales de la Sociedad Civil. En este espacio, el Estado manifestó sus compromisos para generar cambios que permitan la garantía de los derechos humanos y el compromiso del Gobierno Nacional con el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, se estima de gran relevancia el acompañamiento por parte de las organizaciones y de la sociedad que han hecho incidencia en materia de protesta social e impulsado constantemente el cumplimiento de los derechos humanos ante el sistema regional.   ¿Y el mecanismo? El Mecanismo Conjunto de Seguimiento, será administrado por la CIDH, a partir de una agenda de trabajo con el Estado de Colombia y las organizaciones de sociedad civil. De acuerdo con la Secretaria Ejecutiva de la CIDH,  el funcionamiento del mecanismo  en dos fases iniciales, (la primera, del 9 de junio al 31 de diciembre de 2023, y la segunda, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, con opción de prórroga), el Mecanismo dará seguimiento a los procesos de implementación y cumplimiento de 33 recomendaciones de la CIDH: (28) sobre protesta social (las cuales coinciden con las incorporadas al primer informe de seguimiento presentado en enero de 2023); (49) en materia de libertad de prensa y protección a periodistas (rec. 37, 38, 39 y 40), y  ¡IMPORTANTE! Se incluye la recomendación sobre (1) sobre violencia basada en discriminación étnico-racial (rec. 20). Celebramos que finalmente podamos conocer el contenido y alcance de este mecanismo. Desde el año 2021, ILEX Acción Jurídica ha hecho veeduría sobre las formas de seguimiento de las recomendaciones hechas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En conjunto con otras organizaciones, en diciembre de 2021,  enviamos una propuesta inicial para un potencial instrumento de seguimiento, donde definimos la importancia de priorizar las recomendaciones en materia étnico-racial, que afectan específicamente a la población afrodescendiente, además de formular indicadores de cumplimiento  de estas recomendaciones. No obstante, este tema quedó un poco rezagado ante la voluntad política del gobierno de ese momento, convirtiéndose en una exigencia constante de las organizaciones en los encuentros posteriores con la Comisión.   En el año 2022, en la respuesta al cuestionario de la CIDH para la elaboración de seguimiento de las recomendaciones emitidas en la visita de trabajo en medio del Paro Nacional, planteamos la necesidad de un mayor compromiso por parte del Estado para acatar lo dispuesto en el informe. Esto implicaba condiciones concretas de verificación. Asimismo, para el año 2023, cuando conocimos el primer informe emitido por la Comisión ante las medidas adoptadas para garantizar la no vulneración de derechos humanos, recordamos y observamos la ausencia de mecanismos claros y eficientes de seguimiento de lo propuesto, sumado a que lo presentado evidenciaba falencias sobre la aplicación del  enfoque étnico-racial. En ese sentido, sostuvimos la necesidad de tener claridad sobre priorizar las recomendaciones que afectan a la comunidad afrodescendiente.  La existencia de este mecanismo abre la posibilidad de acompañar al Estado en el cumplimiento de las recomendaciones del informe de la visita (LEA AQUÍ). Es imperativo que se siga garantizando la participación activa y con voz de las organizaciones de la sociedad civil en todo este proceso. Ya existe el mecanismo, ¿Ahora qué? Lo que sigue después de esta reunión es que a través de un diálogo que sostendrá con las organizaciones de la sociedad civil, el método de participación de estas últimas, junto con el calendario tentativo de actividades, temporalidad de reuniones, definición de ejes temáticos de recomendaciones y aspectos operativos, según estos parámetros: • El Mecanismo funcionará a través de sesiones virtuales de trabajo durante el año (convocadas por la CIDH, y que incluirán al Estado y/o sociedad civil) y visita presencial anual al país (la primera en noviembre/diciembre de 2023). • El seguimiento de las 33 recomendaciones se realizará a partir de ejes temáticos.  • De manera complementaria, la CIDH podrá convocar a audiencias virtuales que permitirán la participación de las organizaciones de la sociedad civil, con la finalidad de abordar el seguimiento de un grupo específico de las recomendaciones o un eje temático previamente definido. Desde ILEX Acción Jurídica celebramos el resultado de este recorrido y especialmente la priorización de la recomendación específica sobre la población afrodescendiente. Este mecanismo ha sido una necesidad que se ha materializado gracias al esfuerzo de múltiples organizaciones y esperamos pueda llevarse a cabo garantizando la participación de los grupos históricamente discriminados. 

Transformación del ESMAD en UNDMO no fue estructural ni contó con verdadera participación: Mesa por la Reforma Policial

Las organizaciones y plataformas de derechos humanos exigimos un diálogo amplio, con garantías y orientado a transformaciones reales e integrales. Bogotá, D.C. 13 de junio de 2023. Las organizaciones abajo firmantes, integrantes de la Mesa por la Reforma Policial, manifestamos nuestra profunda preocupación por el proceso de transformación interno de la Policía Nacional, que se ha caracterizado como endógeno y cosmético, lo que no propicia transformaciones integrales y debates reales sobre la función policial en nuestra democracia y en escenarios de construcción de paz.  Entre las propuestas de campaña del nuevo Gobierno se encontraban la exclusión de la Policía Nacional del Ministerio de Defensa y su traslado a un ministerio de carácter civil; el desmonte del Escuadrón Móvil Antidisturbios -ESMAD-; y la promoción del diálogo social sobre los problemas que subyacen a la protesta social.  Mientras se abandonó la discusión sobre la ubicación de la Policía Nacional, la institución policial avanza en reformas que no han sido discutidas amplia y democráticamente. Ejemplo de ello, es la expedición de la Resolución 1091 de 2023, a través de la cual se establece el procedimiento de actuación de la nueva Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden -UNDMO- que reemplazaría al Escuadrón Móvil Antidisturbios – ESMAD-.  La nueva reglamentación para la atención policial de manifestaciones, recibió observaciones previas de la sociedad civil en una convocatoria que, además de ser limitada a un número muy reducido de actores, no propició una discusión completa y de fondo sobre aspectos sensibles de la resolución, para  llegar a consensos que recogieran las experiencias de las organizaciones sociales y de las víctimas de violencia policial. La participación se restringió a la presentación por escrito de unos comentarios que, en su mayoría, no fueron considerados en la construcción de la norma final. La resolución fue expedida sin un diálogo previo sobre las observaciones enviadas, generando inconformidad entre las organizaciones que participaron en las reuniones previas, quienes además habían llamado la atención sobre la importancia de otorgar amplitud al proceso de consulta.   La nueva UNDMO, aunque sustituye el ESMAD, no desmonta la antigua estructura y pretende legitimar prácticas abusivas y violatorias de derechos humanos en otros escenarios. Es así como se amplía el margen de actuación de esta Unidad a procedimientos de erradicación de cultivos ilícitos, control de la minería informal, control externo a motines penitenciarios y carcelarios, sin que se tenga en cuenta, de manera clara, la aplicación de reglas de tratamiento diferenciado a grupos de especial protección como población campesina, carcelaria, pueblos indígenas y afrodescendientes y las personas privadas de la libertad. Igualmente, se desaprovecha la oportunidad para afrontar y poner fin a prácticas de discriminación contra , mujeres, personas con orientación sexual e identidad de género diversas y racismo estructural contra población afro y comunidades étnicas.  La novedad que resalta la Policía en esta nueva resolución tiene que ver con la constitución de equipos de diálogo al interior de las unidades de intervención y de atención, dedicados a la mediación para la resolución de los conflictos, articulándose con los equipos de diálogo y mediación de las demás entidades y el Ministerio Público.  La inclusión de estos equipos resulta insuficiente, por las siguientes razones: (i) no hay claridad en el  procedimiento, creación y la utilización de armas por parte de sus integrantes (ii) la vinculación de apenas dos personas a los Equipos de Diálogo frente a 25 agentes que integrarían los Equipos Móviles de Intervención, EMI; (iii) los policías con funciones de diálogo están bajo el mando del comandante de los dispositivos; (iv) la ineficacia del “enfoque de construcción de confianza”, al carecer de canales de facilitación más allá de los ya establecidos y (v) falta de integración y representación de las organizaciones y veedurías civiles.  En suma, se mantiene el énfasis en una noción reactiva pero no facilitadora y asertiva en la gestión de conflictos sociales. Resulta inaceptable con las víctimas de violencia policial – sobre las cuales se mantiene en la impunidad la responsabilidad por las agresiones en su contra- que la nueva unidad de diálogo procure agotar la intervención violenta a la protesta en una tanqueta “modificada” para generar dentro de ella una presunta mediación con las y los manifestantes.  Tampoco existe claridad en la propuesta sobre las circunstancias de terminación del diálogo bajo el argumento indefinido de “peligro inminente”. Adicionalmente, los agentes de policía dispuestos para el diálogo harán uso de colores y elementos de distintivos históricamente usados utilizados por el movimiento de DDHH, organismos humanitarios y organizaciones internacionales.   Aún más preocupante dentro de las etapas de actuación de las unidades de Policía, que en la anterior resolución se identificaban como acciones previas, concomitantes y posteriores, ahora se incluyen las etapas de anticipación y preparación, dentro de las cuales se prevén acciones de inteligencia que busquen prevenir la comisión de delitos.  Autorizan el uso de dispositivos tecnológicos, sin embargo, falta reglamentar el procedimiento/protocolo para definir: (i) ¿cuáles tecnologías serán utilizadas?; (ii) ¿quiénes tendrán acceso a la información recaudada por los dispositivos tecnológicos? (Ej. drones, body cams o imsi catcher) y en cuáles condiciones; (iii)¿cuál será acceso a la información por parte de las autoridades civiles, organizaciones civiles, ciudadanía y los organismos de control, (iv) la cadena de custodia del material probatorio y; (v) el presupuesto y controles a la adquisición de tecnologías, incluido un estudio de impacto en derechos humanos, entre otros.  Varias organizaciones sociales y la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos han alertado acerca de los riesgos de las actividades de ciberpatrullaje a través de herramientas de inteligencia de fuentes abiertas -OSINT- y otras herramientas tecnológicas con capacidades de vigilancia masiva en internet.  La previsión de estas acciones en la reglamentación oficial implica legitimar prácticas de hostigamiento y persecución a través de la criminalización arbitraria de quienes promueven y participan en las manifestaciones públicas, como lo reconoció la Corte Suprema de Justicia en sentencia STC-7641 del 22 de septiembre de 2020. Por ello, la falta de regulación específica sobre la valoración táctica de riesgos y amenazas por parte de los comandantes …

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