Celebramos los avances de la nueva circular de la Superintendencia Nacional de Salud, para mejorar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), que en gran medida incorpora un enfoque de género e interseccional, siguiendo los estándares establecidos por la Corte Constitucional colombiana y las recomendaciones de Ilex Acción Jurídica.

En la sentencia C-055 de 2022, la Corte Constitucional destacó que la penalización del aborto es ineficaz, injusta y discriminatoria. En lugar de prevenir, crea obstáculos para el acceso a la IVE, afectando desproporcionadamente a mujeres, hombres trans y personas no binarias, que enfrentan múltiples vulnerabilidades, como que viven en áreas rurales, pertenecen a comunidades indígenas, afrodescendientes o Rom, viven con discapacidades, son menores de edad, están en situación de desplazamiento, migración irregular, viven privadas de la libertad, o son madres cabeza de familia.Condiciones, que a menudo hacen que lleguen tarde al sistema de salud o experimenten demoras prolongadas para acceder a la atención en aborto

Desde Ilex, seguimos de cerca y recomendando al Ministerio de Salud y la Superintendencia para que las circulares y resoluciones sobre la IVE se traduzcan en acciones concretas y vinculantes. Es fundamental que las medidas adoptadas respondan a las necesidades de las poblaciones más vulnerables, garantizando un acceso equitativo y seguro a la IVE.

Recomendaciones de Ilex acogidas por la última circular de IVE:

1. Garantizar la atención integral en salud con un enfoque de género e interseccional.

Ilex ha recomendado incluir estándares específicos para prevenir la discriminación étnico-racial. Esto permitirá incorporar un enfoque étnico-racial en las directrices, cumpliendo así con el mandato de la Corte Constitucional y reduciendo la desprotección que enfrentan las personas más vulnerables al intentar acceder a la IVE. Estas personas a menudo son víctimas de malos tratos, discriminación racial, estigmatización y criminalización dentro del sistema de salud.

2. Abstenerse de imponer barreras administrativas y/o de atención y/o de ejercer violencia obstétrica y/o prácticas discriminatorias.

Celebramos que la circular ordene explícitamente a todos los actores del sistema de salud abstenerse de imponer barreras que puedan llevar a la discriminación por pertenencia étnica, así como a la estigmatización, culpabilización o revictimización de quienes solicitan la atención integral de IVE, evitando así cualquier afectación física, psicológica o emocional.

3. Vigilar y promover la participación en la orientación y apoyo para el acceso a la IVE a las parteras, los agentes de salud comunitarios, los agentes de la medicina tradicional y complementaria

Este es un avance significativo que ILEX ha promovido, al incluir la integración de parteras tradicionales y otros actores comunitarios en la orientación y apoyo para el acceso a la IVE. Desde ILEX, recomendamos no solo la integración de la partería tradicional, sino también la capacitación de enfermeras en el uso de la Aspiración Manual Endouterina (AMEU) y en la administración de abortos con medicamentos. Además, es fundamental la formación del personal en farmacias para que puedan brindar información clara y precisa sobre el aborto farmacológico. Ampliar la participación de estos actores garantizará que las comunidades afrodescendientes, así como aquellas que viven en zonas rurales o afectadas por el conflicto armado, accedan a servicios de IVE de manera adecuada y oportuna, sin necesidad de trasladarse a otros municipios.

4. Vigilar y monitorear que los prestadores de servicios en salud garanticen el acceso efectivo e inmediato a la IVE.

Es crucial reiterar que el plazo de 5 días para la atención del aborto es excepcional, ya que debe considerarse un servicio esencial y urgente. Esta aclaración es vital para garantizar que las mujeres en zonas rurales, áreas de dispersión geográfica o en contextos de conflicto armado reciban atención oportuna. Estas barreras se agravan en los contextos en los que viven miles de mujeres afrodescendientes.

5. Vigilar el acceso a la asesoría en salud sexual y reproductiva y el suministro del método anticonceptivo en el marco de los derechos sexuales y reproductivos.

Celebramos esta directriz, ya que en la investigación de Ilex se documentó un caso en el que una mujer negra fue forzada a aceptar un método anticonceptivo de larga duración, a pesar de haber expresado su desacuerdo. Se le impuso dicho método y se le entregó una orden médica para un procedimiento que no había elegido, violando así sus derechos reproductivos y su autonomía al no respetar su capacidad de tomar decisiones informadas sobre su propio cuerpo.

6. Disponer de una red prestadora de servicios habilitados en las distintas modalidades de atención: presencial, telemedicina, interactiva o tele-experticia.

Ilex recomendó que todas las EPS establezcan y comuniquen una red oficial de prestadores de servicios de IVE, identificando claramente las IPS que ofrecen estos servicios según la Resolución 3280 de 2018. Esta red debe brindar información precisa y accesible sobre la disponibilidad, nivel de complejidad y edades gestacionales atendidas en cada institución. Aunque esta disposición es un avance, ahora es crucial que las secretarías de salud municipales, distritales y departamentales hagan seguimiento y socialicen estas redes con las mujeres en sus municipios.

7. Vigilar la garantía del derecho a la intimidad y confidencialidad por parte de

los profesionales de la salud.

Es fundamental reforzar esta directriz, ya que la violación del secreto profesional es una de las prácticas documentadas por Ilex que desincentivan a las mujeres afrodescendientes de acudir al sistema de salud cuando necesitan acceder a un aborto.

8. Fortalecer las capacidades del talento humano en salud de las parteras, agentes de salud comunitario, agentes de medicina tradicional y complementaria.

Este es un avance significativo que incorpora una de las recomendaciones prioritarias de Ilex. La organización ha subrayado la urgencia de incluir a la partería tradicional en acciones de Información, Educación y Comunicación (IEC), así como en el acompañamiento durante el aborto autogestionado con medicamentos seguros y en la identificación temprana de signos de alarma para prevenir posibles complicaciones.

¿Qué sigue haciendo falta para cumplir con el mandato de la Corte Constitucional?

Para hacer realidad el mandato de la Corte Constitucional, es crucial desarrollar directrices que mejoren el registro de la pertenencia étnico-racial y la desagregación de datos relacionados con la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Se deben implementar medidas que aseguren una recolección y análisis adecuados de estos datos, especialmente para la población negra afrodescendiente, que enfrenta un significativo subregistro.