La política de drogas en Colombia, en particular la regulación del consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos, ha suscitado diversos debates en consecuencia a las amplias facultades otorgadas a las autoridades locales y a los agentes del orden. Dichas facultades se centran en la potestad que se les confiere a estas instituciones territoriales en la adopción de medidas restrictivas que podrían transgredir derechos fundamentales, como la libertad personal y el libre desarrollo de la personalidad consagrados en nuestra Constitución Política de 1991.

En respuesta a posibles casos de limitaciones de derechos fundamentales, la Corte Constitucional ha enfatizado a través de desarrollos Jurisprudenciales que cualquier limitación a los derechos fundamentales debe cumplir con los principios de proporcionalidad, razonabilidad y necesidad.  Sin embargo, se ha logrado evidenciar que muchas de las medidas adoptadas en el marco de la regulación del consumo de sustancias psicoactivas carecen de una justificación sólida que demuestre su adecuación y proporcionalidad frente al objetivo que pretende alcanzar. Creando este contexto un escenario de riesgo en la criminalización y perfilamiento asociados al consumo de sustancias psicoactivas para las poblaciones afrodescendientes dentro del territorio nacional.

Un ejemplo de este tipo de medidas se refleja en ciudades como Cali y Cartagena, donde, mediante decretos locales, se restringe el consumo   de sustancias psicoactivas en espacios públicos. No obstante, estas regulaciones deben ser proporcionales y no pueden implicar una prohibición absoluta o completa que anule derechos constitucionales como el libre desarrollo de la personalidad, la dignidad humana y la salud. La Corte Constitucional ha establecido límites a las facultades de las autoridades locales y ha reafirmado que el consumo personal o médico de sustancias psicoactivas, así como la posesión de dosis mínima en parques, está protegido constitucionalmente. Sin embargo, las autoridades territoriales, como las alcaldías, tienen la facultad de regular el consumo de drogas en espacios públicos para proteger derechos, especialmente los de niños, niñas y adolescentes. Para garantizar que estas medidas sean compatibles con los derechos fundamentales de las personas usuarias de drogas, deben superar un examen de proporcionalidad. Esto implica que las restricciones deben perseguir un fin constitucional, y ser idóneas, necesarias y proporcionadas.

Así mismo, se ha demostrado que este tipo de intervenciones podrían ampliar perfilamientos raciales sobre población afrodescendiente, como se ha demostrado en diferentes contextos y países. En Colombia, como en muchos países en el mundo existe una criminalización sobre la población afrodescendiente, este grupo poblacional tiende a tener más probabilidades de ser arrestados, aprendidos, requisados o criminalizados por agentes del orden, por lo tanto, las acciones municipales como lo decretos en relación con el control y prohibición de medidas en contra de la comercialización y tráfico de estupefacientes, si bien no son directas sobre un grupo poblacional, normalmente dejan a un lado la evidencia que orienta a un perfilamiento sobre la población afrodescendiente. 

En otros países, como Estados Unidos, por ejemplo, en un estudio desarrollado por Human Rights Watch, encontraron que tanto las personas negras como las blancas cometen delitos relacionados con drogas a tasas similares. Sin embargo, los negros son desproporcionadamente foco de la “guerra contra las drogas”, lo que resulta en un número mucho mayor de arrestos y encarcelamientos en comparación con las personas blanco mestizas. 

En este documento analizamos un aspecto específico de la política de drogas, en relación con la dosis mínima y su efecto en la población afrodescendiente en dos vías, el primero de ellos en el análisis de los decretos 03 de 2024 en Cartagena de Indias y decreto 0125 de 2024 en Cali, haciendo relación a su enfoque prohibitivo y su relación con las sentencias de la Corte Constitucional y, por último, un enfoque en salud pública, que abarca las problemáticas de este tipo de medidas y las prácticas que pueden ser o no efectivas en este tipo de contextos. 

Conoce el análisis realizado en ciudades como Cali y Cartagena: